BOLETÍN Nº 77 - 28 de junio de 2006

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR Tribunal Administrativo de Navarra

Edictos de notificación

Notificación para: Doña Silvia Escriche Pola.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 683, de 8 de mayo de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 06-1016, interpuesto por doña Silvia Escriche Pola contra resolución del Concejal Delegado de Conservación Urbana, Medio Ambiente y Sanidad de Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 31 de octubre de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de la propia Concejalía de fecha 03 de marzo de 2005, sobre sanción por llevar un perro en espacio público sin estar en posesión de su identificación, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 683 de 8 de mayo de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducida en el ramo de prueba la documentación identificativa de la perra que paseaba en el momento de la denuncia, cuya copia diligenciada obra en el expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de las pruebas propuestas, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Javier Valencia de Carlos.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 73, de 8 de febrero de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 00-5017, interpuesto por don José Javier Valencia De Carlos contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Burlada de fecha 28 de julio de 2000 (expediente municipal número 144/2000), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 73 de 8 de febrero de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por el Ayuntamiento de Burlada, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por dicho Ayuntamiento."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María Francisca Gómez Soriano.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1561, de 4 de noviembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-2334, interpuesto por doña María Francisca Gómez Soriano contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 03 de marzo de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 12 de diciembre de 2003 (expediente municipal número 16632/03), sobre sanción por rebasar semáforo en rojo, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1561 de 4 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente en parte la prueba documental propuesta por la recurrente, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de la prueba documental propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María Carmen Berzal Alba.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1658, de 24 de noviembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3147, interpuesto por doña María Carmen Berzal Alba contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 30 de abril de 2004 (expediente municipal número 48263/03), sobre sanción por estacionar por tiempo superior al señalado en el tique, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1658 de 24 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar no haber lugar a acceder a la petición de suspensión de la ejecutividad del acto recurrido, formulada por la recurrente en el presente recurso de alzada."

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Luis Hernando Rodríguez.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1514, de 31 de octubre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3169, interpuesto por don José Luis Hernando Rodríguez contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 20 de abril de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 12 de diciembre de 2003 (expediente municipal número 41142/03), sobre sanción por conducir con tasa de alcohol superior a la permitida, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1514 de 31 de octubre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona."

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Joaquín Blanco Esteban.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1598, de 14 de noviembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3219, interpuesto por don José Joaquín Blanco Esteban contra providencia de apremio del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela de fecha 04 de mayo de 2004 (expediente municipal número 3210/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1598 de 14 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Tudela."

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Joaquín Blanco Esteban.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1769, de 19 de diciembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3219, interpuesto por don José Joaquín Blanco Esteban contra providencia de apremio del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela de fecha 04 de mayo de 2004 (expediente municipal número 3210/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1769 de 19 de diciembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Rectificar el error padecido en la Providencia Resolutoria número 1598, de fecha 14 de noviembre de 2005, de este Tribunal, en el sentido de indicar que el apartado 2.º de los Antecedentes de Hecho de la referida Providencia queda redactado de la siguiente forma: "2.º Este Tribunal, por medio de Providencia de su Presidente de fecha 30 de junio de 2004, y de conformidad con lo que establece el artículo 12.3 del referido Decreto, concedió a la Corporación recurrida un plazo de un mes a fin de que pudiera presentar escrito de informe o alegaciones; habiéndose emitido tal informe, sin que en el mismo se propusiera prueba alguna".

Segundo._Notificar la presente Providencia al recurrente y al Ayuntamiento de Tudela."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ignacio Echeverría Cía.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1600, de 14 de noviembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3244, interpuesto por don Ignacio Echeverría Cía contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Villava de fecha 28 de enero de 2004, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de fecha 21 de mayo de 2004 (expediente municipal número 407/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1600 de 14 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Villava."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Víctor Manuel Juan Villar.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1599, de 14 de noviembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3478, interpuesto por don Víctor Manuel Juan Villar contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Ansoáin de 16 de febrero de 2004 publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de fecha 30 de junio de 2004 (expediente municipal número 325/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1599 de 14 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Ansoáin."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pello Torreblanca Lafraya.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1584, de 9 de noviembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3852, interpuesto por don Pello Torreblanca Lafraya contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de mayo de 2004 (expediente municipal número 15358/04), sobre sanción por negarse a facilitar los datos del vehículo solicitados por los afectados en un accidente de circulación, estando implicado en el mismo, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1584 de 9 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: No haber lugar a la práctica de las pruebas propuestas, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Francisco Javier Armendáriz Flamarique.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 588, de 19 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3913, interpuesto por don Francisco Javier Armendáriz Flamarique contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 30 de junio de 2004 (expediente municipal número 505/04), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 588 de 19 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de la prueba propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Socorro Belzunce Martínez.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 512, de 29 de marzo de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3916, interpuesto por doña Socorro Belzunce Martínez contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 30 de junio de 2004 (expediente municipal número 38641/03), sobre sanción por circular en sentido contrario al autorizado (dirección prohibida señalizada), se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 512 de 29 de marzo de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente en parte la prueba documental propuesta por el recurrente, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de la prueba documental propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Rosario del Rocío Hernández Buzón.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 577, de 18 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-3919, interpuesto por doña Rosario del Rocío Hernández Buzón contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 30 de junio de 2004 (expediente municipal número 42233/03), sobre sanción por estacionamiento de residentes en sector distinto al suyo, sin tique habilitante, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 577 de 18 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente en parte la prueba documental propuesta por la recurrente, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de la prueba documental propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Ainhoa Cochero Atáun.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 581, de 19 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-6507, interpuesto por doña Ainhoa Cochero Atáun contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de noviembre de 2004 (expediente municipal número 35595/04), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 581 de 19 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de la prueba propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Juan Luis Erro Mendiburu.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 587, de 19 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 04-6767, interpuesto por don Juan Luis Erro Mendiburu contra embargo de bienes, por parte del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, por importe de 73.41 euros (expediente municipal número 13322/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 587 de 19 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de la prueba propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Maite Górriz Salamanca.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 592, de 20 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-0043, interpuesto por doña Maite Górriz Salamanca contra embargo de bienes, por parte del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, por importe de 74.78 euros (expediente municipal número 390286/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 592 de 20 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Francisco Javier Oroz Iribarren.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 638, de 25 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-0531, interpuesto por don Francisco Javier Oroz Iribarren contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 24 de enero de 2005 (expediente municipal número 23213/04), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 638 de 25 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica de la prueba testifical propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Alberto Jiménez Goya.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 641, de 25 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-0020, interpuesto por don Alberto Jiménez Goya contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de noviembre de 2004 (expediente municipal número 34297/04), sobre sanción por circular a velocidad superior a la autorizada, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 641 de 25 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente en parte la prueba documental propuesta, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona, entre los que se encuentran la fotografía del vehículo en el momento de la denuncia y el certificado de verificación periódica del cinemómetro utilizado.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de las pruebas propuestas, por no considerarlo necesario para dictar resolución"

Edicto de notificación

Notificación para: Don Félix María Induráin Ibáñez.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 267, de 28 de febrero de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-0821, interpuesto por don Félix María Induráin Ibáñez contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de noviembre de 2004 (expediente municipal número 21958/04), sobre sanción por no obedecer las indicaciones de un agente de policía, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 267 de 28 de febrero de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Juan Jáuregui Arana.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 356, de 9 de marzo de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-2737, interpuesto por don Juan Jáuregui Arana contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burlada de fecha 13 de abril de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de fecha 07 de febrero de 2005 (expediente municipal número 297/04), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 356 de 9 de marzo de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por el Ayuntamiento de Burlada, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por dicho Ayuntamiento."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Martín Echarri González.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 171, de 17 de febrero de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-3813, interpuesto por don Martín Echarri González contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Burlada de fecha 01 de abril de 2005, de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de la propia Alcaldía de fecha 30 de diciembre de 2003 (expediente municipal número 431/04), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 171 de 17 de febrero de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por el Ayuntamiento de Burlada, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por dicho Ayuntamiento."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ignacio Javier Sanz Churruca.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 173, de 17 de febrero de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-4234, interpuesto por don Ignacio Javier Sanz Churruca contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Burlada de fecha 17 de junio de 2005 (expediente municipal número 564/04), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 173 de 17 de febrero de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Edurne Rípodas Larramendi.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 725, de 15 de mayo de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-4282, interpuesto por doña Edurne Rípodas Larramendi contra acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Juslapeña de fecha 19 de abril de 2005, sobre requerimiento para que sea retirado el cierre existente en zona ajardinada, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 725 de 15 de mayo de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba DOCUMENTAL propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por definitivamente unidos y por reproducidos en el ramo de prueba los documentos en su día acompañados al escrito de recurso."

Edicto de notificación

Notificación para: María Dolores Eugui Baráibar.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 359, de 9 de marzo de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-4989, interpuesto por doña María Dolores Eugui Baráibar contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Barañáin de fecha 1 de julio de 2005 (expediente municipal número 1147/05), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 359 de 9 de marzo de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Barañáin."

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Ramón Fernández Augusto.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 593, de 20 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-5020, interpuesto por don José Ramón Fernández Augusto contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Burlada de fecha 30 de mayo de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de la propia Alcaldía de fecha 30 de diciembre de 2003 (expediente municipal número 331/04), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 593 de 20 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por el Ayuntamiento de Burlada, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por dicho Ayuntamiento."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Iván Murillo Ulecia.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 600, de 20 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-5353, interpuesto por don Iván Murillo Ulecia contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Burlada de fecha 23 de agosto de 2005 (expediente municipal número 213/05), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 600 de 20 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por el Ayuntamiento de Burlada, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por dicho Ayuntamiento."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Luis María Pérez Zubillaga.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1773, de 20 de diciembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-5447, interpuesto por don Luis María Pérez Zubillaga contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 15 de septiembre de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 16 de mayo de 2005 (expediente municipal número 761269/04), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1773 de 20 de diciembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar no haber lugar a acceder a la petición de suspensión de la ejecutividad del acto recurrido, formulada por el recurrente en el presente recurso de alzada."

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Antonio Urbiola Tobajas.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 235, de 23 de febrero de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 06-0439, interpuesto por don José Antonio Urbiola Tobajas contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 22 de diciembre de 2005 (expediente municipal número 575880/05), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 235 de 23 de febrero de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar no haber lugar a acceder a la petición de suspensión de la ejecutividad del acto recurrido, formulada por el recurrente en el presente recurso de alzada."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Jesús María Azanza Arizaleta.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 702, de 11 de mayo de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 06-1938, interpuesto por don Jesús María Azanza Arizaleta contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 03 de noviembre de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora (expediente municipal número 275192/05), sobre sanción por infracción de las normas de circulación, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 702 de 11 de mayo de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar no haber lugar a acceder a la petición de suspensión de la ejecutividad del acto recurrido, formulada por el recurrente en el presente recurso de alzada."

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Javier Juanikorena Juanikorena.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 703, de 11 de mayo de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 06-1950, interpuesto por don José Javier Juanikorena Juanikorena contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 15 de septiembre de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora (expediente municipal número 43165/04), sobre sanción por infracción de las normas de circulación, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 703 de 11 de mayo de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar no haber lugar a acceder a la petición de suspensión de la ejecutividad del acto recurrido, formulada por el recurrente en el presente recurso de alzada."

Pamplona, 5 de junio de 2006
La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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