BOLETÍN Nº 77 - 28 de junio de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

MILAGRO

Convocatoria para la provisión, con carácter fijo, mediante concurso-oposición, de una plaza de Coordinador/a Cultural del Ayuntamiento de Milagro

Base 1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Coordinador/a Cultural del Ayuntamiento de Milagro.

1.2. La persona aspirante que resulte nombrada en virtud de la presente convocatoria tendrá la condición de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Milagro y será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. La persona aspirante que resulte nombrada quedará encuadrada en el nivel B de los establecidos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y percibirá las retribuciones básicas correspondientes a dicho nivel y, en su caso, las retribuciones complementarias que se atribuyan en la Plantilla Orgánica municipal.

1.4. La persona nombrada desempeñará todas aquellas funciones relacionadas con el puesto de trabajo que en cada momento le sean señaladas por los órganos municipales competentes. Los trabajos y funciones propias serán las adecuadas a la categoría de la convocatoria y que se relacionen con la programación de actividades culturales y socioculturales, así como la organización, coordinación, seguimiento y evaluación de los programas municipales vigentes y los que se vayan generando en el futuro. Ejercerá, además, las funciones de Gerencia de la Fundación Milagro XXI.

1.5. Tendrá deber de residencia en Milagro o en un radio de 15 kilómetros.

1.6. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos municipales competentes.

Base 2._Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidas a la presente oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad de alguno de los países miembros de la Unión Europea.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión, como mínimo, de titulación correspondiente a Diplomatura Universitaria, Ingeniería o Arquitectura Técnica.

d) Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.

e) No hallarse suspendido/a ni inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado/a del servicio de una Administración Pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por las personas aspirantes en el plazo y forma previsto en la base séptima de la convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Base 3._Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en las pruebas deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Milagro en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, hasta las trece horas de dicho día.

Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I y a las mismas se deberán acompañar curriculum vitae y los certificados originales, copias autenticadas o fotocopias compulsadas de los méritos que se deseen hacer valer en la fase del concurso y justificante de haber abonado en la cuenta 2054 0038 ** 1100000376 del Ayuntamiento de Milagro la cantidad de 25,00 euros en concepto de formalización de expediente y derechos de examen.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la citada resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones o, en su caso, subsanar los defectos formales de su solicitud y documentación adjunta.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Alcaldía dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Base 5._Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Esteban Garijo Pérez, Alcalde del Ayuntamiento de Milagro.

Suplente: Don Rafael Abad Callejas, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Milagro.

Vocal: Doña Asunción Mayor Puy, Presidenta de la Comisión de Cultura.

Suplente: Don César Salvatierra Les, miembro de la Comisión de Cultura.

Vocal: Doña Cristina Escalada León, miembro de la Comisión de Cultura.

Suplente: Doña María Pilar Tadeo Rada, Concejala del Ayuntamiento de Milagro.

Vocal: A designar por el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

Suplente: A designar por el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

Vocal-Secretario: Don Alfredo Hernández Oscoz, Secretario del Ayuntamiento de Milagro.

Suplente: José Luis Unzué Ruiz, Secretario del Ayuntamiento de Olite.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

Base 6._Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición dará comienzo una vez transcurridos, al menos, dos meses desde la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, se determinarán el lugar, la fecha y la hora de comienzo de las pruebas.

6.2. Desarrollo del concurso:

El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por el candidato/a de acuerdo con el siguiente baremo:

6.2.1. Experiencia en puesto similar al de la convocatoria por tiempo no inferior a un año en las Administraciones Públicas, por cada año 7 puntos con máximo de 20 puntos. Se acreditará mediante certificado de la Administración Pública correspondiente.

6.2.2. Por titulación universitaria de grado superior: 3 puntos.

6.2.3. Por realización de cursos reconocidos y realizados referentes a distintos aspectos de gestión cultural, o participación en jornadas o congresos relacionados con el puesto de trabajo, a valorar por el Tribunal de la siguiente forma:

Cursos:

_De 20 horas a 50 horas: 0,25 puntos.

_De 50 horas a 100 horas: 0,50 puntos.

_De 100 horas a 150 horas: 0,75 puntos.

_De 150 horas en adelante: 1,00 puntos.

Jornadas o Congresos:

_Por asistencia a Jornadas o Congresos relacionados con el puesto de trabajo a cubrir: 0,10 puntos por cada uno, con un máximo de 2 puntos.

La puntuación máxima de este apartado será de 7 puntos.

6.2.4. Por publicaciones, comunicaciones, trabajos de investigación relativos a materias relacionadas con la convocatoria, según valoración del Tribunal: 0,5 puntos por cada uno, con un máximo de 2 puntos.

La puntuación máxima en el conjunto de los apartados anteriores será de 30 puntos.

El Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento las puntuaciones del concurso.

6.3. Desarrollo de la oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios:

_Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de varias preguntas cortas o tipo test sobre los temas del programa que figura como Anexo II. Se calificará de 0 a 15 puntos. Mínimo para aprobar 7,50 puntos.

_Segundo ejercicio: De carácter teórico: Desarrollo de un tema escogido al azar de entre los que figuran en el Anexo III del programa. Se calificará de 0 a 20 puntos. Mínimo para aprobar 10 puntos.

_Tercer ejercicio: De carácter práctico. Tratará sobre un supuesto de planificación, coordinación y gestión cultural municipal a especificar por el Tribunal que deberá desarrollarse por escrito en un máximo de dos horas y media. Se calificará de 0 a 25 puntos. Mínimo para aprobar 12,50 puntos.

_Cuarto ejercicio: Pruebas psicotécnicas para la adecuación al puesto de trabajo, a realizar por el Servicio de Psicología del INAP, con una puntuación máxima de 10 puntos, de carácter no eliminatorio:

Puntuación máxima de la fase de concurso: 30 puntos.

Puntuación máxima de la fase oposición: 70 puntos.

Puntuación total de concurso-oposición: 100 puntos.

6.4. Cada una de las pruebas de que constan en los distintos ejercicios de la oposición, _salvo el psicotécnico_, serán eliminatorias, quedando eliminados/as en cada una de ellas aquellos opositores/as que no alcancen, al menos, la puntuación mínima asignada a las mismas, sin que el Tribunal entre a calificar el resto de pruebas del ejercicio de que se trate.

6.5. Finalizada la corrección de cada ejercicio, el Tribunal, en el plazo máximo de 5 días, hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la lista de las personas aprobadas con las calificaciones obtenidas, y la fecha, el lugar y la hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación, como mínimo de 48 horas.

6.6. Los ejercicios de la oposición se realizarán mediante llamamiento único, al que deberán acudir las personas aspirantes provistas del Documento Nacional de Identidad, quedando eliminadas las que, por cualquier motivo, no se presenten en las fechas, horas y lugares anunciados.

Base 7._Relación de personas aprobadas y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará publica en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la relación de personas aprobadas por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en la fase de concurso y en los distintos ejercicios de la oposición, así como la propuesta de nombramiento en favor del/la aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

7.2. En el plazo de treinta días naturales siguientes a la notificación individual de la propuesta de nombramiento, la persona propuesta deberá aportar los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria.

Los documentos a aportar son:

a) Certificado de nacimiento.

b) Documentos acreditativo de la titulación exigida en la base 2.c).

c) Certificado médico acreditativo de poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado/a del servicio de una Administración Pública.

7.3. Si dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor debidamente justificada, la persona propuesta no presentase dichos documentos, no podrá ser formalizado el contrato laboral quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la baja se cubrirá con el/la aspirante incluido/a inmediatamente a continuación en la relación de aprobados/as a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 8._Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo, la Alcaldía, mediante Resolución, procederá al nombramiento de la persona propuesta que haya dado cumplimiento a lo dispuesto en la base 7.2, como personal contratado laboral fijo del Ayuntamiento de Milagro, para desempeñar el puesto de coordinador/a cultural y ordenará la publicación del nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.2. La persona nombrada deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, no tomase posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de empleado/a fijo/a del Ayuntamiento. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4.

Base 9._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma cabe, optativamente, uno de los recursos siguientes:

a) Recurso de reposición contra el mismo órgano que aprobó el acto administrativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra o notificación del mismo.

b) Recurso contencioso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra o a la notificación del acto de aplicación que se recurra.

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado igualmente desde el día siguiente a la publicación o notificación del acto que se recurra.

ANEXO I

Don/Doña ................., mayor de edad, con D.N.I. número ......., nacido/a el día ....... de .......... con domicilio en .......... calle ..........., número ......, piso ....., código postal ......., teléfono ................

Ante Ud. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de coordinador/a cultural del Ayuntamiento de Milagro, de carácter laboral fijo.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Por todo lo expuesto,

Solicito se sirva admitir la presente solicitud, y en su virtud, me admita a las pruebas que tendrán lugar con motivo de la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza de coordinador/a cultural del Ayuntamiento de Milagro, de carácter laboral fijo.

................, .............. de ............ de 2006.

(Firma)

SEÑOR ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MILAGRO.

ANEXO II

Temas sobre instituciones, normativa y procedimiento

Tema 1._Las Instituciones Forales de Navarra. El Parlamento Foral, la Cámara de Comptos, el Gobierno de Navarra. La Administración del Estado en Navarra.

Tema 2._El Municipio, conceptos y elementos. Las entidades locales de Navarra. Organización y competencias. Las Asociaciones de municipios.

Tema 3._La Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios y ámbitos de aplicación. Las fases del procedimiento administrativo. El silencio administrativo. Los recursos administrativos y jurisdiccionales en el ámbito de la Administración Local.

Tema 4._Los presupuestos municipales de Navarra. Estructura y clasificación de ingresos y gastos. Aprobación y modificación. Fases de ejecución, tramitación e intervención.

Tema 5._Los contratos de las Administraciones Públicas de Navarra, normativa aplicable. Clases de contratos administrativos. Actuaciones preparatorias. Procedimientos y forma de adjudicación.

Tema 6._El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases, régimen y normativa aplicable.

Tema 7._Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, de régimen tributario de Fundaciones y actividades de patrocinio.

ANEXO III

Temas específicos relacionados con la gestión cultural

Tema 1._Gestión cultural y reflexión estratégica. Fases de la reflexión estratégica. Planes, programas, proyectos, actividades.

Tema 2._Modelos de gestión cultural.

Tema 3._La vida asociativa y el desarrollo cultural.

Tema 4._Cultura y desarrollo: La dinámica cultural en el desarrollo territorial.

Tema 5._Gestión del patrimonio como factor de desarrollo.

Tema 6._La organización y funciones del Servicio Municipal de Cultura.

Tema 7._La evaluación en los servicios culturales.

Tema 8._Participación ciudadana. Democracia participativa.

Tema 9._La Agenda 21 de la Cultura. Declaración de Barcelona.

Tema 10._El movimiento cultural en Milagro en los últimos 10 años.

Milagro, 7 de junio de 2006
El Alcalde, Esteban Garijo Pérez

Código del anuncio: L0609840