BOLETÍN Nº 76 - 26 de junio de 2006

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR Tribunal Administrativo de Navarra

Edictos de notificación

Notificación para: Doña Blanca Chivite Fernández.

Acto que se notifica: Resolución número 4319, de 13 de diciembre de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 03-1569 y 03-2236, interpuestos por don Javier López Vera, el primero de ellos contra acuerdo del Pleno del Ayuntamiento del Valle de Egüés de fecha 8 de enero de 2003, sobre aprobación definitiva de modificación de Estudio de Detalle de la Unidad 8 de Gorraiz; y el segundo contra resolución de la Alcaldía del mismo Ayuntamiento de fecha 13 de febrero de 2003, sobre concesión de licencia de obras para la construcción de dos viviendas unifamiliares, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 4319 de 13 de diciembre de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Que procediendo a estimar en parte, como estimamos, los recursos de alzada números 03-1569 y 03-2236 interpuestos por don Javier López Vera contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento del Valle de Egüés, de fecha 8 de enero de 2003, por el que se aprobó definitivamente la modificación del Estudio de Detalle de la Unidad 8 de Gorraiz, afectante a las parcelas 8-3.2 y 8-4 promovido por doña Blanca Chivite Fernández y contra la Resolución del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valle de Egüés, de 13 de febrero de 2003, por la que se concedió a doña Blanca Chivite Fernández licencia de obras para la construcción de dos viviendas unifamiliares aisladas en las parcelas U.8-3.2 y U.8-4 de Gorraiz, debemos declarar la nulidad del Acuerdo de aprobación definitiva de Modificaciones del Estudio de Detalle de la U.8, de 8 de enero de 2003, en cuanto en él se procede a segregar una franja de terreno de la parcela U.8-3.2 y agregarla a la parcela U.8-4, modificando con ello los linderos y cabidas de dichas parcelas, confirmando como acorde a Derecho el resto de modificaciones instadas y aprobadas del Estudio de Detalle de la U8 del Plan Parcial de Gorraiz; y debemos anular y anulamos la Resolución del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valle de Egüés, de 13 de febrero de 2003, por la que se concedió a doña Blanca Chivite Fernández licencia de obras para la construcción de dos viviendas unifamiliares aisladas en las parcelas U.8-3.2 y U.8-4 de Gorraiz, Resolución de alcaldía, por resultar la misma contraria a la legalidad urbanística."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Blanca Chivite Fernández.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 590, de 20 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el expediente de los recursos de alzada acumulados números 03-1569 y 03-2236, interpuestos por don Javier López Vera contra acuerdo del Pleno del Ayuntamiento del Valle de Egüés de fecha 8 de enero de 2003 y contra resolución de la Alcaldía de dicho Ayuntamiento de fecha 13 de febrero de 2003, sobre aprobación definitiva de modificación de Estudio de Detalle de la Unidad 8 de Gorraiz y concesión de licencia de obras para la construcción de dos viviendas unifamiliares, respectivamente, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 590 de 20 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: No haber lugar a ordenar al Ayuntamiento del Valle de Egüés la realización de nuevas actuaciones para la ejecución de nuestra Resolución número 4319, de 13 de diciembre de 2005, por la que se estimaron en parte los recursos de alzada números 03-1569 y 03-2236, interpuestos por don Javier López Vera, y ello en los términos y por los motivos que han sido expuestos en el último Fundamento de Derecho de esta Resolución."

Contra esta providencia resolutoria cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Fernando Elizalde Orzanco.

Acto que se notifica: Resolución número 27, de 12 de enero de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-3913, interpuesto por don Fernando Elizalde Orzanco contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 10466/99), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 27 de 12 de enero de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Que procede estimar y se estima el recurso de alzada interpuesto por don Fernando Elizalde Orzanco, contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 10466/99); acto que debemos anular y anulamos por ser contrario al ordenamiento jurídico."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Fernando Elizalde Orzanco.

Acto que se notifica: Resolución número 31, de 13 de enero de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-3914, interpuesto por don Fernando Elizalde Orzanco contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 39047/99), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 31 de 13 de enero de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Que procede estimar y se estima el recurso de alzada interpuesto por don Fernando Elizalde Orzanco, contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 39047/99); acto que debemos anular y anulamos por ser contrario al ordenamiento jurídico."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Angel María Eguíluz López.

Acto que se notifica: Resolución número 2785, de 2 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-3915, interpuesto por don Angel María Eguíluz López contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 35795/00), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2785 de 2 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada, arriba referenciado, interpuesto por don Angel María Eguíluz López contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del citado Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de junio de 2002 (expediente sancionador número 35795/00); acto que se anula por no ser ajustado a derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Miguel Angel Egúzquiza Zoco.

Acto que se notifica: Resolución número 297, de 20 de enero de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-3916, interpuesto por don Miguel Angel Egúzquiza Zoco contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha que no se indica (expediente municipal número 21202/00), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 297 de 20 de enero de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto frente a publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 4 de agosto de 2003 de diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona para el pago forzoso de una sanción no abonada en el periodo voluntario, impuesta por la comisión de una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número 21202/00); acto que debemos anular por ser contrario a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Miguel Angel Cambra Ozcoz.

Acto que se notifica: Resolución número 2786, de 2 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-3917, interpuesto por don Miguel Angel Cambra Ozcoz contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 10373/01), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2786 de 2 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto por don Miguel-Angel Cambra Ozcoz contra diligencia de embargo del Tesorero del Ayuntamiento de Pamplona de 17 de junio de 2002 (expediente sancionador número 10373/01); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Mercedes Tomasena Goyeneche.

Acto que se notifica: Resolución número 2810, de 9 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-3968, interpuesto por doña Mercedes Tomasena Goyeneche contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de agosto de 2003 (expediente municipal número 10295/03), sobre sanción por conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2810 de 9 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Que procede estimar parcialmente el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto por doña Mercedes Tomasena Goyeneche contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 1 de agosto de 2003, en virtud de la cual se impone multa por la comisión de una infracción en materia de tráfico; resolución que debemos anular parcialmente y, en su lugar, fijamos el importe de la multa en 60 euros."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Miguel Mateo Núñez.

Acto que se notifica: Resolución número 2829, de 10 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-3976, interpuesto por don José Miguel Mateo Núñez contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de agosto de 2003 (expediente municipal número 19952/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2829 de 10 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Que procede desestimar el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto por don José Miguel Mateo Núñez contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona que impone una sanción por la comisión de una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número 19952/03); resolución que debemos confirmar por ser ajustada a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Benigna Sanz Azcona.

Acto que se notifica: Resolución número 2867, de 13 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4007, interpuesto por doña Benigna Sanz Azcona contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de agosto de 2003 (expediente municipal número 10454/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2867 de 13 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Que procede desestimar, y se desestima, el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto contra la resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 1 de agosto de 2003, que impone una sanción por la comisión de una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número 10454/03); resolución que debemos confirmar, y confirmamos, por considerarla ajustada a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María Soledad Castroviejo De Andrés.

Acto que se notifica: Resolución número 2891, de 14 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4047, interpuesto por doña María Soledad Castroviejo De Andrés contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 15 de noviembre de 2002 (expediente municipal número 7683/01), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2891 de 14 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Tesorero del Ayuntamiento de Pamplona para la recaudación, en vía ejecutiva, de deuda en concepto de multa de tráfico (expediente sancionador número 7683/01); acto que se anula por no ser conforme a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Esther Azcona Suescun.

Acto que se notifica: Resolución número 2895, de 14 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4052, interpuesto por doña Esther Azcona Suescun contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de junio de 2002 (expedientes municipales números 6591/00, 28332/00 y 29213/00), sobre reclamación en vía ejecutiva de importes de multas de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2895 de 14 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Tesorero del Ayuntamiento de Pamplona para la recaudación, en vía ejecutiva, de deuda en concepto de multas de tráfico (expedientes números 06591/00, 28332/00 y 29213/00); acto que se anula por no ser conforme a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Ainhoa Cochero Atáun.

Acto que se notifica: Resolución número 2881, de 14 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4071, interpuesto por doña Ainhoa Cochero Atáun contra diligencia de embargo del Tesorero del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de abril de 2003 (expedientes municipales números 16374/01 y 13886/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multas de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2881 de 14 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Archivar las actuaciones relativas al recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo, del Tesorero del Ayuntamiento de Pamplona, dictada en procedimiento ejecutivo relativo a multas de tráfico (expedientes números 16374/01 y 13886/02)."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ramón Garbalena Monasterio.

Acto que se notifica: Resolución número 100, de 10 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4112, interpuesto por don Ramón Garbalena Monasterio contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de agosto de 2003 (expediente municipal número 141918/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 100 de 10 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto contra resolución del Concejal Delegado del Area de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona que impone sanción por la comisión de una infracción en materia de tráfico consistente en estacionar indebidamente un vehículo en doble fila, sin conductor, con vulneración del ordenamiento jurídico."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pedro Bóveda González.

Acto que se notifica: Resolución número 2912, de 15 de diciembre de 2004.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4117, interpuesto por don Pedro Bóveda González contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 21 de marzo de 2003 (expediente municipal número 5776/03), sobre sanción por rebasar el límite de velocidad, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2912 de 15 de diciembre de 2004, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto por don Pedro Bóveda Gónzalez contra Resolución del Concejal Delegado del Area de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 21 de marzo de 2003, en virtud de la cual se impone una sanción por la comisión de una infracción grave, en materia de tráfico, consistente en consistente en circular un vehículo sin moderar la velocidad como exigen las circunstancias (expediente sancionador número 5776/03); acto que se confirma por ser ajustado a derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Hilario Aristu Iza.

Acto que se notifica: Resolución número 142, de 14 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4267, interpuesto por don Hilario Aristu Iza contra providencia de apremio de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de mayo de 2003 (expediente municipal número 830727/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 142 de 14 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto frente a desestimación de recurso de reposición planteado contra providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Pamplona para el pago forzoso de una sanción no abonada en el periodo voluntario, impuesta por la comisión de una infracción en materia de tráfico; acto que debemos confirmar por ser conforme a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Arantxa Ibarrola Frías.

Acto que se notifica: Resolución número 148, de 17 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4271, interpuesto por doña Arantxa Ibarrola Frías contra providencia de apremio de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de mayo de 2003 (expediente municipal número 20504/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 148 de 17 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Pamplona para el pago forzoso de una sanción no abonada en el periodo voluntario, impuesta por la comisión de una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número 20504/02); acto que debemos anular por ser contrario a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Antonio Jiménez Hernández.

Acto que se notifica: Resolución número 149, de 17 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4272, interpuesto por don Antonio Jiménez Hernández contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de agosto de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 25 de abril de 2003 (expediente municipal número 1779/03), sobre sanción por rebasar el límite de velocidad, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 149 de 17 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto frente a desestimación de recurso de reposición planteado contra resolución del Concejal Delegado del Area de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona que impuso una multa de 600 euros por la comisión de una infracción en materia de tráfico, consistente en circular a 120 km/h en vía urbana con infracción del ordenamiento jurídico (expediente municipal 1779/03); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Angel Unzué Paternáin.

Acto que se notifica: Resolución número 150, de 17 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4274, interpuesto por don Angel Unzué Paternáin contra providencia de apremio de al Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de mayo de 2003 (expediente municipal número 18045/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 150 de 17 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba referenciado interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Pamplona para el pago forzoso de una sanción no abonada en el periodo voluntario, impuesta por la comisión de una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número 18045/02); acto que debemos anular por ser contrario a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Gustavo Adolfo Belzuz Chaparro.

Acto que se notifica: Resolución número 182, de 21 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4284, interpuesto por don Gustavo Adolfo Belzuz Chaparro, en nombre y representación de "Belzuz Chaparro Gustavo Adolfo y Miguel", contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de mayo de 2003 (expediente municipal número 31921/02), sobre sanción por no identificar correctamente al conductor responsable de una infracción, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 182 de 21 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se impuso multa por infracción de tráfico (expediente número 31921/02), acto que se anula por no ser conforme a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ignacio Rípodas Rey.

Acto que se notifica: Resolución número 206, de 24 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4319, interpuesto por don Ignacio Rípodas Rey contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de abril de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 15 de noviembre de 2002 (expediente municipal número 24816/02), sobre sanción por realizar un giro prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 206 de 24 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar, el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra la resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 23 de abril de 2003 por la que se desestimó recurso de reposición contra sanción por la comisión de una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número 24816/02); resolución que debemos confirmar, por considerarla ajustada a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Luis Salegui Urbieta.

Acto que se notifica: Resolución número 207, de 24 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4320, interpuesto por don José Luis Salegui Urbieta contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de abril de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 15 de noviembre de 2002 (expediente municipal número 34217/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 207 de 24 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico (expediente sancionador número 34217/02); resolución que se confirma, por ser ajustada a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Luis Salegui Urbieta.

Acto que se notifica: Resolución número 188, de 24 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4321, interpuesto por don José Luis Salegui Urbieta contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de abril de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 15 de noviembre de 2002 (expediente municipal número 32820/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 188 de 24 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico (expediente sancionador número 32820/02); resolución que se confirma, por ser ajustada a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Fernando Iraurgui Otazu.

Acto que se notifica: Resolución número 189, de 24 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4322, interpuesto por Don Fernando Iraurgui Otazu contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de abril de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 14 de febrero de 2003 (expediente municipal número 31281/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 189 de 24 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra la resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por la comisión de una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número 31281/02), resolución que se anula por no ser conforme a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pablo Marcos Iturri.

Acto que se notifica: Resolución número 1115, de 8 de abril de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4323, interpuesto por don Pablo Marcos Iturri contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 7 de marzo de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra dos providencias de apremio de 4 de marzo y de 19 de septiembre de 2002 (expedientes municipales números 24158/01 y 3121/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multas de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1115 de 8 de abril de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar en parte el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Alcaldía de Pamplona por la que se desestimó recurso de reposición contra providencias de apremio del Ayuntamiento de Pamplona, de 4 de marzo de 2002 y de 19 de septiembre de 2002 dictadas en reclamación de multas por infracción de tráfico en el sentido de que la primera se confirma (expediente municipal número 24158/01) en tanto que se anula la segunda que afecta al expediente número 3121/02."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Gorka Elorza Zuzuarregui.

Acto que se notifica: Resolución número 190, de 24 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4324, interpuesto por don Gorka Elorza Zuzuarregui contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de abril de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 15 de noviembre de 2002 (expediente municipal número 26469/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 190 de 24 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico (expediente sancionador número 26469/02); resolución que se confirma, por ser ajustada a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José María Arroqui Olaechea.

Acto que se notifica: Resolución número 191, de 24 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4325, interpuesto por don José María Arroqui Olaechea contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de abril de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 20 de diciembre de 2002 (expediente municipal número 43615/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 191 de 24 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico (expediente sancionador número 43615/02); resolución que se confirma, por ser ajustada a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pedro Cirauqui Martínez.

Acto que se notifica: Resolución número 192, de 24 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4326, interpuesto por don Pedro Cirauqui Martínez contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de abril de 2003, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 20 de diciembre de 2002 (expediente municipal número 47737/02), sobre sanción por rebasar semáforo en rojo, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 192 de 24 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada reseñado interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente municipal número 47737/02), acto que se confirma por ser conforme a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Fidel Blanco Blanco.

Acto que se notifica: Resolución número 193, de 24 de enero de 2005.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 03-4328, interpuesto por don Fidel Blanco Blanco contra providencia de apremio de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 24 de julio de 2003 (expediente municipal número 48282/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 193 de 24 de enero de 2005, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra la resolución de la Alcaldía de Pamplona, por la que se dictó providencia de apremio en reclamación de multa de tráfico (expediente número 48282/02), acto que se confirma por ser conforme a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Luis Martín López.

Acto que se notifica: Resolución número 1490, de 7 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 00-5603, interpuesto por don Luis Martín López contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 7 de septiembre de 2000, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana de dicho Ayuntamiento de fecha 4 de mayo de 2000 (expediente municipal número 9521/00), sobre sanción por realizar un giro prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1490 de 7 de abril de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra desestimación de recurso de reposición planteado frente a sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico consistente en realizar un giro prohibido; resolución que debemos confirmar por ser ajustada a Derecho."

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 30 de mayo de 2006
La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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