BOLETÍN Nº 73 - 19 de junio de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 1364/2006, de 29 de mayo, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de 12 plazas del puesto de trabajo de Diplomado en Ciencias Empresariales al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 1364/2006, de 29 de mayo, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 12 plazas del puesto de trabajo de Diplomado en Ciencias Empresariales al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 12 plazas del puesto de trabajo de Diplomado en Ciencias Empresariales, de régimen funcionarial y nivel B, con destino en Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

_5 plazas en turno libre.

_6 plazas en turno de promoción.

_1 plaza en turno de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

1.2. Las vacantes que se convocan son las siguientes:

_2 en el Departamento Presidencia, Justicia e Interior, identificadas en la plantilla orgánica con los números 7441 y 7442.

_2 en el Departamento Administración Local, números 5838 y 7486.

_3 en el Departamento Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, números 7495, 7267 y 7268.

_1 en el Departamento Agricultura, Ganadería y Alimentación, número 7168.

_1 en el Departamento Bienestar Social, Deporte y Juventud, número 7530.

_2 en el Instituto Navarro de Bienestar Social, números 7544 y 6941.

_1 en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, número 68128.

1.3. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Del mismo modo, las vacantes del turno de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno que proceda, siguiendo el orden de distribución establecido en el artículo 15.3 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Por otra parte, si en el turno de promoción o en el turno de reserva para personas con discapacidad resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de estos turnos optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntu ción final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2.

1.4. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel B en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.5. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 3, 10, 11, 12 y 13 de esta convocatoria.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes.

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Diplomado en Ciencias Empresariales, Profesor Mercantil o título equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, o haber aprobado los tres primeros cursos completos de la licenciatura en Economía, en Ciencias Económicas y Empresariales o en Administración y Dirección de Empresas dentro del plazo señalado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.1.3. Requisito específico para los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad.

Los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad, además de los requisitos señalados en el apartado 2.1.1, deberán tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

2.2. Con la excepción establecida en el punto dos de la base 3.4, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro General mencionado, cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 33, de fecha 18 de marzo de 2005, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en ella. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar documento expedido por órgano competente, acreditativo de la condición legal de discapacitado.

3.3. Al objeto de su inclusión en las listas de contratación temporal que se constituyan con los aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo, en la misma instancia de participación en el mismo, los participantes deberán manifestar el ámbito de gestión a cuyas listas de contratación optan.

A tal fin los participantes deberán elegir exclusivamente uno de los ámbitos de gestión que figuran en la instancia, al objeto de ser incluidos en las listas correspondientes al ámbito del Servicio Navarro de Salud, del Instituto Navarro de Bienestar Social o del resto de Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (Administración Núcleo). En los supuestos en los que se opte por más de un ámbito de gestión, o cuando no se cumplimente a estos efectos la instancia de participación, se entenderá que optan únicamente por las listas correspondientes al ámbito de Administración Núcleo.

3.4. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno._Justificante de haber abonado la cantidad de 18 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

_Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, en las cuentas que la Administración de la Comunidad Foral tiene en las entidades financieras ubicadas en Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

_Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 00308124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

.Nombre y apellidos del aspirante.

.DNI/NIF.

.Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

.Concepto: Oposiciones.

.Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

La falta de alguno de estos datos en el justificante, determinará, asimismo, la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

Dos._Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

3.5. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.6. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Doña María Puy Aldaz Pérez, Jefa de la Sección de Tesorería del Departamento de Economía y Hacienda.

_Suplente: Doña María Dolores Montes García, Gestor e Investigador Auxiliar de Hacienda del Departamento de Economía y Hacienda.

_Vocal: Don Javier Etayo Lezáun, Jefe de la Sección de Gestión Económica y Planificación del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Doña Inmaculada del Castillo Artázcoz, funcionaria adscrita al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales.

_Vocal: Doña Itziar Sagasti Hermoso, Diplomada en Ciencias Empresariales del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

_Suplente: Don Pedro García Sotro, Jefe de la Sección de Reordenación Industrial del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

_Vocal: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Suplente: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Vocal-Secretario: Doña María Carmen Roda Movilla, Jefa de la Sección de Gestión Económica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

_Suplente: Doña Elena Orcaray Gascue, Jefa del Negociado de Difusión de Información Contable del Departamento de Economía y Hacienda.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de enero de 2007. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: De carácter práctico, consistirá en desarrollar y resolver las cuestiones y supuestos propuestos por el Tribunal sobre la materia incluida en la parte I del temario.

El Tribunal fijará al comienzo del ejercicio el tiempo máximo de realización.

Segundo: Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo de 90 minutos, a un cuestionario de 60 preguntas, con varias alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que solo una será válida, sobre las materias del temario. Penalizarán las respuestas erróneas.

Tercero: De carácter teórico, consistirá en exponer por escrito, durante el tiempo máximo de 5 horas, tres temas sacados a la suerte: uno de la parte II del temario y dos de la parte III, uno de cada uno de sus dos apartados.

Los ejercicios primero y tercero se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primero: Hasta 40 puntos.

Segundo: Hasta 30 puntos. Cada pregunta valdrá 0,5 puntos.

Tercero: Hasta 30 puntos, 10 puntos para cada tema.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada uno de los ejercicios o sean calificados con cero puntos en cualquiera de los temas o supuestos.

6.5. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad, mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el segundo.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho órgano, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias; o certificación de haber cursado y aprobado antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, los tres primeros cursos completos de alguna de las licenciaturas mencionadas en dicha base.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) Fotocopia compulsada del documento que acredite tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de que se pretenda acceder a la plaza reservada al turno de personas con discapacidad.

g) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias; o certificación de haber cursado y aprobado antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, los tres primeros cursos completos de alguna de las licenciaturas mencionadas en dicha base.

b) Fotocopia compulsada del documento que acredite tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de que se pretenda acceder a la plaza reservada al turno de personas con discapacidad.

c) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale la Dirección General de Función Pública, su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el párrafo segundo del apartado 8.3, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Diplomado en Ciencias Empresariales, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

_Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo, de acuerdo con la elección de ámbito que hayan manifestado en su instancia de participación.

10.2. Listas de aprobados sin plaza.

La Dirección General de Función Pública constituirá con los aprobados sin plaza del proceso selectivo, una lista de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 11 de esta convocatoria y la gestionará de acuerdo con las normas establecidas en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

Asimismo, remitirá esta lista a los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto Navarro de Bienestar Social, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación en cada ámbito.

10.3. Aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo.

De conformidad con el procedimiento establecido en la base undécima de esta convocatoria, la Dirección General de Función Pública constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y hayan optado por las listas de contratación del ámbito de Administración Núcleo.

Asimismo, la Dirección General de Función Pública remitirá a los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto Navarro de Bienestar Social, la relación de los aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo de ingreso y hayan optado por las listas de contratación de sus respectivos ámbitos, con el fin de que se constituyan listas de aspirantes a la contratación temporal, de acuerdo con los procedimientos establecidos en las bases 12 y 13 de esta convocatoria, respectivamente.

11._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal para el ámbito de Administración Núcleo.

11.1. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y hayan optado por las listas de contratación del ámbito de Administración Núcleo, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

11.2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.3. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, que no hayan resultado aprobados sin plaza y hayan optado por las listas de contratación de Administración Núcleo.

11.4. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

12._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Una vez remitidas por la Dirección General de Función Pública las relaciones de aprobados sin plaza, así como las de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo y hayan optado por las listas de contratación de este ámbito, los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, aprobarán las listas de aspirantes a la contratación temporal correspondientes a su ámbito de gestión, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 9 de enero de 2001 sobre selección de personal para vinculaciones temporales en los centros y establecimientos sanitarios del citado organismo autónomo (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 101, de 20 de agosto de 2001).

A estos efectos, el Servicio Navarro de Salud concederá a los interesados un plazo de diez días hábiles para manifestar la elección de Centro y de inclusión en las listas de contrataciones de corta duración, así como aquellos otros extremos que determine el citado organismo autónomo.

Las listas que se constituyan de conformidad con esta base, se gestionarán por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de 9 de enero de 2001 sobre selección de personal.

13._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal en el Instituto Navarro de Bienestar Social.

Una vez remitidas por la Dirección General de Función Pública las relaciones de aprobados sin plaza, así como las de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo y hayan optado por las listas de contratación de este ámbito, los órganos competentes del Instituto Navarro de Bienestar Social, aprobarán las listas de aspirantes a la contratación temporal correspondientes a su ámbito de gestión, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 17 de enero de 2000, adoptado en dicho organismo autónomo sobre gestión de listas de personal para la contratación temporal.

A estos efectos, el Instituto Navarro de Bienestar Social concederá a los interesados un plazo de diez días hábiles para manifestar la elección de Centro o zona, así como aquellos otros extremos que determine el citado organismo autónomo.

Las listas que se constituyan de conformidad con esta base, se gestionarán por el Instituto Navarro de Bienestar Social de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de 17 de enero de 2000 sobre gestión de listas de personal temporal.

14._Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal Calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/doña ............................. mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número .............. (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........ de ........... de .........., natural de .................. (.................), nacionalidad ................., con domicilio actual en ........................... (.................) calle ...................... código postal .................... teléfono .................. teléfono trabajo ................

EXPONE:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante .................., de ..... plazas del puesto de trabajo de ............. al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......., de fecha ............, en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción*.

f Turno de reserva para discapacitados*.

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

f Administración Núcleo*.

f Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea*.

f Instituto Navarro de Bienestar Social*.

(Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*.

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*.

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés*.

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ................ de .......................... de .......

(Firma)

(*) Unicamente cuando proceda.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

DIRECCION GENERAL DE FUNCION PUBLICA.

ANEXO II

Temario

Parte I

Contabilidad

Tema 1._Concepto y fines contabilidad. La cuenta como instrumento contable. El método de la partida doble. El registro de las operaciones contables. Libros, procedimientos y fases.

Tema 2._Plan General de Contabilidad y las normas contables. Los principios contables y estructura cuentas del Plan General de Contabilidad. Directivas de la Unión Europea. Las normas internacionales de contabilidad. Las normas contables de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA).

Tema 3._Plan General de Contabilidad. Las cuentas de gestión. El resultado contable. Concepto, periodificación contable, regularización contable, propuesta de distribución del resultado.

Tema 4._Plan General de Contabilidad. El activo circulante, el activo financiero y el activo inmovilizado.

Tema 5._Plan General de Contabilidad. Las fuentes de financiación propias y ajenas.

Tema 6._Plan General de Contabilidad. Las cuentas anuales: Balance de situación y Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Distintos modelos. La memoria: Contenido. Los estados de flujos y fondos. El cuadro de financiación.

Tema 7._Análisis de estados financieros. Análisis de la situación financiera a corto plazo.

Tema 8._Análisis de estados financieros. Análisis de la situación financiera a largo plazo.

Tema 9._Contabilidad de costes. Conceptos y clasificaciones. Modelos y métodos de costes.

Tema 10._Plan General de Contabilidad Pública. Ambito subjetivo. El cuadro de cuentas. Registro de las operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

Tema 11._Plan General de Contabilidad Pública. Las cuentas anuales Balance de situación, resultado económico patrimonial, estado de liquidación del presupuesto y Memoria.

Tema 12._Análisis e interpretación patrimonial, económico y financiero de las magnitudes contables de las Administraciones Públicas.

Estadística

Tema 1._Medidas posición: Promedios. Media aritmética, geométrica, armónica, cuadrática, mediana y moda. Medidas de dispersión: recorrido, desviación media, varianza y desviación standard, coeficiente variación, tipificación de una variable. Asimetría y curtosis: Otras medidas.

Tema 2._Análisis del ajuste y de la correlación entre dos variables.

Tema 3._Series temporales: Características y autocorrelación. Componentes de las series temporales. Tendencia secular. Variaciones estacionales. Fluctuaciones cíclicas. Predicción.

Tema 4._Números índices: Simples y complejos. Deflactación de series estadísticas. Enlaces y cambios de base. Indices más utilizados: Especial referencia al I.P.C.

Tema 5._Teoría de la probabilidad. Modelos de distribución. La distribución normal y algunas de sus funciones derivadas. X2 Pearson, T Student y F Snedecor.

Operaciones financieras

Tema 1._Capitalización simple. Descuento comercial y racional. Vencimiento común. Vencimiento medio. Capitalización compuesta. Convenio lineal. Convenio exponencial. Tantos equivalentes en capitalización simple y compuesta. Tanto efectivo y tanto nominal.

Tema 2._Rentas. Conceptos y clasificaciones. Rentas ciertas, constantes y variables. Rentas fraccionadas. Rentas perpetuas.

Tema 3._Préstamos. Sistemas de amortización: Reembolso único, cuota de amortización constante, anualidad constante, anualidades variables en progresión aritmética y geométrica. Método de amortización con intereses fraccionados. Operaciones de constitución de un capital.

Tema 4._Empréstitos normales clásicos y con características comerciales unilaterales y bilaterales. Empréstitos normalizables: Con prima de amortización, con amortización seca, con lotes, con fraccionamiento de pago de intereses, con gastos periódicos de administración.

Informática

Tema 1._Conceptos básicos: Hardware. Componentes de un ordenador. Software. Tipo de programas. Aplicaciones ofimáticas. Tratamiento de textos, Hoja de Cálculo, Gestor de Base de Datos.

Tema 2._Windows: Entorno operativo. Terminología. Uso del ratón. Uso de la ayuda. Funcionamiento de varias aplicaciones: Lista de tareas, conmutar, compartir información entre aplicaciones. Administrador de archivos. Impresión: Configurar impresoras, Administrador de Impresión.

Tema 3._Trabajo con el tratamiento de textos estándar de Gobierno de Navarra (Word 97 o Word 2002): Area de trabajo. Escribir y editar. Formatos. Estilos. Diseño de página y composición. Documentos extensos: Cabeceras y pies de página, Esquemas, Tablas de contenido e Indices, Notas a pie de página. Impresión de documentos. Cartas personalizadas.

Tema 4._Trabajo con la hoja de cálculo estándar de Gobierno de Navarra (Excel 97 o Excel 2002): Requisitos básicos: Libros de trabajo, celdas y comandos, Introducción de datos, Fórmulas y vínculos, formato de una hoja de cálculo, Objetos Gráficos e Impresión. Tablas dinámicas: Creación y personalización. Solución de problemas mediante el análisis de datos: Solución de problemas, "Y si ...", administración de escenarios, uso de Solver y análisis de datos. Barra de Herramientas Auditoría: Características y manejo. Intercambio de datos con otras aplicaciones.

Tema 5._Trabajo con Access estándar de Gobierno de Navarra (Access 97 o Access 2002): Requisitos básicos: Tablas, consultas, formularios, informes.

Parte II

Normativa general

Tema 1._La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2._Las fuentes del Derecho Público: Las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3._Las fuentes del Derecho Administrativo: El reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4._El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 5._El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6._El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7._El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 8._El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

Tema 9._La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Tema 10._La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 12._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 13._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 14._Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: Régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: Concepto y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, y extinción de los contratos.

Tema 15._La protección de datos personales en Europa y España. Principios. Derechos de las personas. Agencia de protección de datos. Movimiento internacional de datos.

Parte III

Economía del sector público

Tema 1._Las relaciones financieras entre las Administraciones Públicas españolas. El sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común: Principios y recursos financieros.

Tema 2._El sistema de Convenio Económico. Historia de los Convenios Económicos entre Navarra y el Estado. La aportación económica a las cargas generales del Estado.

Tema 3._Normas que regulan la armonización fiscal entre Navarra y el Estado. Delimitación de competencias y Administración competente para la exacción de la renta de las personas físicas, impuesto sobre sociedades e impuesto sobre el valor añadido e impuestos especiales de fabricación.

Tema 4._La Hacienda Pública de Navarra. Derechos y obligaciones económicas. Las operaciones financieras. Responsabilidades.

Tema 5._Los Presupuestos Generales de Navarra (I). Contenido y elaboración. Estructura presupuestaria.

Tema 6._Los Presupuestos Generales de Navarra (II). Ejecución y gestión presupuestaria. Liquidación y cierre del presupuesto. Control de su ejecución.

Tema 7._El control de la actividad económica y financiera: concepto y clases. Organos que lo realizan. El control interno. La Cámara de Comptos.

Tema 8._Las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra: Concepto y regulación jurídica. Organos competentes. Los beneficiarios. Procedimientos de concesión y gestión. Justificación y reintegro de subvenciones.

Tema 9._El Presupuesto de las corporaciones locales de Navarra. Contenido, función y estructura. Los principios presupuestarios locales. El ciclo presupuestario local. El control de los presupuestos: Concepto, clases e Instituciones.

Tema 10._El sistema tributario municipal de las corporaciones locales de régimen común y de régimen foral. Impuestos, tasas y contribuciones especiales.

Economía

Tema 1._La Unión Europea: Instituciones y orden jurídico. Los Tratados de la Unión Europea. El Presupuesto de la Unión Europea. Aspectos generales de los ingresos y gastos.

Tema 2._La Política Regional de la Unión Europea. Objetivos. Coordinación de las políticas regionales nacionales. Instrumentos Financieros. Navarra la Política Regional Europea.

Tema 3._La Política Agraria Comunitaria. Objetivos. El desarrollo histórico de la PAC y las sucesivas reformas.

Tema 4._Las transformaciones estructurales de la economía navarra a partir de 1960. La economía navarra en el contexto español. La economía navarra en el contexto regional europeo.

Tema 5._El sector primario en Navarra. La política agraria en Navarra. Especialización productiva. La aplicación de la PAC en Navarra.

Tema 6._El sector industrial en Navarra evolución y situación actual. Especialización productiva. Política industrial y tecnológica del Gobierno de Navarra.

Tema 7._El sector de la construcción en Navarra. La vivienda: Parque de viviendas en Navarra, evolución de precios y costes. La política de vivienda y suelo del Gobierno de Navarra.

Tema 8._El sector de Servicios en Navarra. Principales macromagnitudes y distribución por ramas productivas.

Tema 9._El mercado de trabajo en Navarra. Fuentes estadísticas disponibles. Población activa, ocupación y paro. Distribución por sectores, zonas y edades. Ayudas del Gobierno de Navarra al fomento del empleo.

Tema 10._El gasto público de las Administraciones que operan en Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: Análisis económico y funcional de los gastos, análisis de los ingresos y de los saldos. El sector público empresarial de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11._El sector exterior. Las relaciones comerciales exteriores globales de la economía navarra. Las exportaciones e importaciones con terceros países. Las inversiones extranjeras en Navarra.

Nota:

Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 29 de mayo de 2006
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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