BOLETÍN Nº 73 - 19 de junio de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 1363/2006, de 29 de mayo, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio en Sistemas Informáticos al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, más la que resulte del concurso de traslado aprobado por Resolución 2575/2005, de 24 de octubre, actualmente en tramitación.

Por Resolución 1363/2006, de 29 de mayo, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio en Sistemas Informáticos al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, más la que resulte del concurso de traslado aprobado por Resolución 2575/2005, de 24 de octubre, actualmente en tramitación.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio en Sistemas Informáticos, de régimen funcionarial, nivel B, adscritas a la Dirección General para la Sociedad de la Información del Departamento de Economía y Hacienda, con destino en Pamplona, más la que resulte del concurso de traslado aprobado por Resolución 2575/2005, de 24 de octubre, actualmente en tramitación.

Las plazas se distribuirán entre el turno libre y el turno de promoción, conforme a la siguiente fórmula establecida en el artículo 15.3 del mencionado Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: la primera, al turno libre; la segunda, al de promoción, y a partir de la tercera, las impares al turno de promoción y las pares al turno libre.

1.2. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes del mismo, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

1.3. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel B en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.4. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 3, 10, 11 y 12 de esta convocatoria.

2._Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes.

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, o haber superado los tres primeros cursos de una Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.2. Con la excepción establecida en el punto dos de la base 3.3, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro General mencionado, cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 33, de fecha 18 de marzo de 2005, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en ella. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. Al objeto de su inclusión en las listas de contratación temporal que se constituyan con los aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo, en la misma instancia de participación en el mismo, los participantes deberán manifestar el ámbito de gestión a cuyas listas de contratación optan.

A tal fin los participantes deberán elegir exclusivamente uno de los ámbitos de gestión que figuran en la instancia, al objeto de ser incluidos en las listas correspondientes al ámbito del Servicio Navarro de Salud o del resto de Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (Administración Núcleo). En los supuestos en los que se opte por más de un ámbito de gestión, o cuando no se cumplimente a estos efectos la instancia de participación, se entenderá que optan únicamente por las listas correspondientes al ámbito de Administración Núcleo.

3.4. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno._Justificante de haber abonado la cantidad de 18 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

_Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, en las cuentas que la Administración de la Comunidad Foral tiene en las entidades financieras ubicadas en Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

_Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 00308124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

.Nombre y apellidos del aspirante.

.DNI/NIF.

.Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

.Concepto: Oposiciones.

.Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

La falta de alguno de estos datos en el justificante, determinará, asimismo, la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

Dos._Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

3.5. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.6. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Doña Elisa Guallart Domench, Directora del Servicio de Proyectos de Sistemas de Información del Departamento de Economía y Hacienda.

_Suplente: Don Alberto Solchaga Ibero, Director del Servicio de Infraestructuras Tecnológicas y Centro Soporte del Departamento de Economía y Hacienda.

_Vocal: Don Juan Antonio Rozas Aranguren, Jefe de la Sección de Gestión del Nivel de Servicio y Control de la Operación del Departamento de Economía y Hacienda.

_Suplente: Don Eduardo Zariquiegui Aldabe, Jefe de la Sección de Centro de Soporte del Departamento de Economía y Hacienda.

_Vocal: Don Angel Fernández Domínguez, Asesor de la Unidad Técnica de Gestión de la Información del Departamento de Educación.

_Suplente: Don Martín Sergio Sara Goyén, Jefe de la Unidad Técnica de Gestión de la Información del Departamento de Educación.

_Vocal: Un representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la misma.

_Suplente: Un representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la misma.

_Vocal-Secretario: Don Alberto Viana Górriz, Técnico de Grado Medio en Sistemas Informáticos adscrito al Departamento de Economía y Hacienda.

_Suplente: Don Jesús Jaime Flamarique Zaratiegui, Jefe de la Sección de Proyectos Departamentales del Departamento de Economía y Hacienda.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de enero de 2007. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición comprenderá los siguientes ejercicios:

Primero: Constará de dos partes:

Parte primera: Consistirá en traducir al castellano un texto en lengua inglesa y responder, en inglés o castellano, a diversas preguntas formuladas en inglés sobre dicho texto, durante el tiempo máximo de 30 minutos. El texto a traducir, de carácter técnico, guardará relación con las funciones a desempeñar en las plazas que se convocan.

Parte segunda: Consistirá en contestar a un cuestionario de carácter general sobre la materia comprendida en las partes 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª y 5.ª del temario de la presente convocatoria.

El tiempo máximo de realización de esta segunda parte del primer ejercicio se establecerá por el Tribunal antes de su comienzo, no pudiendo exceder de 3 horas.

Segundo: Consistirá en resolver y desarrollar los supuestos y cuestiones que el Tribunal proponga sobre la materia comprendida en las partes 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª y 5.ª del temario de la presente convocatoria, así como sobre el desempeño de las funciones inherentes a las plazas convocadas.

El tiempo máximo de realización de este segundo ejercicio se establecerá por el Tribunal antes de su comienzo, no pudiendo exceder de 5 horas.

Tercero: El Tribunal propondrá tres supuestos, referidos a la materia comprendida en las partes 2.ª, 3.ª, 4.ª y 5.ª del temario de la presente convocatoria.

El tiempo máximo de realización de este tercer ejercicio se establecerá por el Tribunal antes de su comienzo, no pudiendo exceder de 5 horas.

Cuarto: Consistirá en responder a un cuestionario con varias opciones de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una de ellas será válida, sobre la materia incluida en la parte sexta del temario.

El tiempo máximo de realización de este cuarto ejercicio se establecerá por el Tribunal antes de su comienzo, no pudiendo exceder de 1 hora.

El Tribunal adoptará las medidas posibles y necesarias en orden a garantizar el anonimato de los opositores en la realización de los ejercicios.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio:

Primera parte: Hasta 5 puntos.

Segunda parte: Hasta 20 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta 35 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta 35 puntos.

Cuarto ejercicio: Hasta 5 puntos.

6.4. La segunda parte del primer ejercicio, así como el segundo y tercer ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados aquellos opositores que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a la parte o ejercicio mencionados. Y también, quienes sean calificados con cero puntos en la primera parte del primer ejercicio y en el ejercicio cuarto.

6.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración, sucesivamente y por su orden, las puntuaciones obtenidas en el tercer ejercicio y en la segunda parte del primer ejercicio.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho órgano, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale la Dirección General de Función Pública, su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el párrafo segundo del apartado 8.3, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio en Sistemas Informáticos, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

_Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo, de acuerdo con la elección de ámbito que hayan manifestado en su instancia de participación.

10.2. Listas de aprobados sin plaza.

La Dirección General de Función Pública constituirá con los aprobados sin plaza del proceso selectivo, una lista de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 11 de esta convocatoria y la gestionará de acuerdo con las normas establecidas en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

Asimismo, remitirá esta lista a los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación en cada ámbito.

10.3. Aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo.

De conformidad con el procedimiento establecido en la base undécima de esta convocatoria, la Dirección General de Función Pública constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y hayan optado por las listas de contratación del ámbito de Administración Núcleo.

Asimismo, la Dirección General de Función Pública remitirá a los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea la relación de los aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo de ingreso y hayan optado por las listas de contratación de sus respectivos ámbitos, con el fin de que se constituyan listas de aspirantes a la contratación temporal, de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 12 de esta convocatoria.

11._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal para el ámbito de Administración Núcleo.

11.1. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y hayan optado por las listas de contratación del ámbito de Administración Núcleo, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

_Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

11.2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.3. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

_Lista de aprobados sin plaza.

_Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, que no hayan resultado aprobados sin plaza y hayan optado por las listas de contratación de Administración Núcleo.

11.4. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

12._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Una vez remitidas por la Dirección General de Función Pública las relaciones de aprobados sin plaza, así como las de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo y hayan optado por las listas de contratación de este ámbito, los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, aprobarán las listas de aspirantes a la contratación temporal correspondientes a su ámbito de gestión, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 9 de enero de 2001 sobre selección de personal para vinculaciones temporales en los centros y establecimientos sanitarios del citado organismo autónomo (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 101, de 20 de agosto de 2001).

A estos efectos, el Servicio Navarro de Salud concederá a los interesados un plazo de diez días hábiles para manifestar la elección de Centro y de inclusión en las listas de contrataciones de corta duración, así como aquellos otros extremos que determine el citado organismo autónomo.

Las listas que se constituyan de conformidad con esta base, se gestionarán por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de 9 de enero de 2001 sobre selección de personal.

13._Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal Calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/doña ............................. mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número .............. (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........ de ........... de .........., natural de .................. (.................), nacionalidad ................., con domicilio actual en ........................... (.................) calle ...................... código postal .................... teléfono .................. teléfono trabajo ................

EXPONE:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante .................., de ..... plazas del puesto de trabajo de ............. al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......., de fecha ............, en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción*.

f Turno de reserva para discapacitados*.

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

f Administración Núcleo*.

f Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea*.

f Instituto Navarro de Bienestar Social*.

(Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*.

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*.

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés*.

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ................ de .......................... de .......

(Firma)

(*) Unicamente cuando proceda.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

DIRECCION GENERAL DE FUNCION PUBLICA.

ANEXO II

Temario

Parte primera

Cuestiones generales sobre Sistemas de Información

Tema 1._Gestión de proyectos: Planificación, seguimiento, control, evaluación de proyectos. Gestión y coordinación de equipos de trabajo y otros recursos. Gestión de riesgos.

Tema 2._Construcción de sistemas de Información. Análisis y diseño. Desarrollo. Documentación.

Tema 3._Pruebas de software. Plan de pruebas: Participantes, juegos de ensayo, etc. Tipos de pruebas: Unitarias, integración, funcionalidad, rendimiento. Documentación: Requisitos, instalación, procesos, operación, manual de usuario.

Tema 4._Implantación de Sistemas: Puesta en producción. Nivel de servicio: Definición de servicios, perfiles necesarios y procedimientos. Gestión del cambio.

Tema 5._La automatización de oficinas. Ofimática y productividad. Herramientas disponibles. Impacto en la organización.

Tema 6._Herramientas ofimáticas: Procesador de textos (Word 2002); Hoja de cálculo (Excel 2002); Presentaciones (Power Point 2002); Editor páginas web (Front Page 2002).

Tema 7._Las herramientas de organización y gestión de tiempo: Agenda, contactos, planificación de tareas. Permisos. (Outlook 2002).

Tema 8._Selección y adquisición de una herramienta de usuario final. Definición de funcionalidades. Definición de pruebas. Evaluación. Adaptación e integración en el sistema de información.

Tema 9._Soporte a usuarios: Canales de atención. Atención Presencial. Atención telefónica. Soporte vía Internet. Contact Center. Otros canales.

Tema 10._Los usuarios y los sistemas de información. Participación de los usuarios. Formación. Relación entre informáticos y usuarios. Soporte funcional.

Tema 11._La red Internet: Orígenes, evolución y características. Redes de soporte. Proveedores de servicios. Internet, Intranet y Extranet: Aspectos comunes y diferencias.

Tema 12._Servicios basados en Internet: Correo, transferencia de ficheros, publicaciones en formato hipertexto, grupos de discusión y noticias, búsquedas y acceso a información estructurada.

Tema 13._Lenguajes utilizados en Internet: HTML, XML, lenguajes de script, Java, ASP y ASP.NET.

Tema 14._Arquitectura de información para la web: La creatividad y el diseño, la imagen corporativa, la línea editorial, la estructura de contenidos, el modelo de navegación, el etiquetado, los sistemas de búsqueda.

Tema 15._Tipología de páginas web: Generalistas, verticales, directorio, transaccionales, promocionales.

Tema 16._La segmentación de la audiencia en un portal. Comunidades de interés y personalización.

Tema 17._Los portales corporativos dirigidos al ciudadano, empleados y colaboradores. Funcionalidades principales: Integración, personalización, gestión de contenidos, inteligencia empresarial, colaboración.

Tema 18._La gestión del conocimiento. Conocimiento tácito y explícito. Personalización. Herramientas de colaboración.

Tema 19._Los gestores de contenidos. Funcionalidad básica.

Tema 20._La gestión documental. El ciclo de vida de los documentos: Generación, flujos de aprobación, almacenamiento, categorización e indexación, la publicación.

Tema 21._Acceso a fuentes documentales. Motores de búsqueda.

Tema 22._Los almacenes de información: Definición, características principales. Arquitecturas: Data warehouse corporativo y Data Marts. Técnicas de análisis: Query y reporting; olap; molap; rolap; data mining.

Tema 23._Los sistemas estratégicos orientados a la toma de decisión: Características y beneficios. Diferencias con los sistemas transaccionales. Perfiles de usuarios en función de las necesidades de información.

Tema 24._Principios de funcionamiento de los ordenadores. Evolución y generaciones de los sistemas informáticos.

Tema 25._Principales componentes físicos de un sistema informático. Arquitectura. a) Microprocesador. Principales familias. Arquitectura x86. b) Memorias. Jerarquías de memorias. Clasificación por sus tecnologías. c) Placas madre. Tipos. Dispositivos asociados (Chip Set): Controladores, DMA, reloj de tiempo real, puertos serie, paralelo, IDE, puentes PCI. d) BIOS. Interrupciones. Buses del sistema: USB, ISA, EISA, MCA, PCI, PCMCIA, SCSI, AGP, Fibre channel.

Tema 26._Dispositivos de almacenamiento masivo. Dispositivos magnéticos, ópticos y mixtos. Tecnologías RAID. Planificación de procedimientos de respaldo y recuperación.

Tema 27._Sistemas Operativos. Concepto, evolución y tendencias. Sistemas de archivos PC: FAT16, FAT32, NTFS. Tecnologías de impresión. Colas.

Tema 28._Redes: Modelo OSI. Tipos de redes. Elementos de conectividad: Hub, switch, router. Protocolos de red: TCP/IP.

Tema 29._Características generales de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y de las disposiciones relacionadas.

Tema 30._Ley de Firma Electrónica.

Parte segunda

Desarrollo-herramientas ofimáticas

Tema 1._Programación orientada a objetos. a) Clases: Atributos, métodos y visibilidad. b) Relaciones: Herencia, Agregación, Asociación y Uso (dependencia o instanciación). c) Métodos. Polimorfismo.

Tema 2._Desarrollo de aplicaciones basadas en componentes. a) Objetos COM y DCOM. b) Controles ActiveX. c) MS Transaction Server.

Tema 3._Plataforma Microsoft. a) Visual Studio. NET. Programación orientada a eventos. Creación de aplicaciones cliente. Creación de componentes servidor. b) Visual Interdev.

Tema 4._Acceso a datos desde programas. a) Procedimientos almacenados. b) Lenguaje SQL. c) Tecnologías de acceso a datos: ADO, OLEDB, ODBC, ADO.NET.

Tema 5._Herramientas ofimáticas de usuario final. a) Procesadores de textos. MS Word 2002. b) Hojas de cálculo. MS Excel 2002. c) Bases de datos. MS Access 2002. d) Correo electrónico. Outlook 2002.

Tema 6._Modelado Orientado a Objetos. UML. a) Capturas de Requisitos: Diagramas de Casos de Uso. b) Modelo Estático: Diagramas de Clases. c) Modelo Físico: Diagramas de Componentes y de Despliegue. d) Modelo Dinámico: Diagramas de Secuencia y de Colaboración. e) Agrupaciones y Dependencias: Diagrama de Paquetes. f) Modelo Temporal: Diagrama de Transición de Estados. g) Modelado de Datos.

Tema 7._Plataforma Java 2. a) Aplicaciones Desktop con JDK estándar versión 1.4.2. b) Acceso a objetos remotos: RMI, CORBA. c) Acceso a datos: JDBC y JDO. d) Aplicaciones Web: Applets, Servlets, JSP. e) Aplicaciones basadas en componentes: Enterprise Java Beans. f) XML y Java.

Tema 8._XML y servicios Web. XML. Transformación y formateado de documentos XML con XSLT y XSL. Descripción de documentos XML con XML Schemas. Invocación de servicios web: SOAP. Descubrimiento y descripción de servicios Web: UDDI y WSDL. Transacciones en servicios Web: XLANG y XAML.

Parte tercera

Almacenes de información

Tema 1._Metodología para la construcción de un almacén de información: Análisis. Definición. Estructura lógica. Implementación física. Seguridad. Puesta en pre-producción del sistema. Validación. Herramientas de consulta. Puesta en producción del sistema.

Tema 2._Componentes del Data Warehouse: Fuentes de datos, herramientas de diseño/desarrollo, herramientas de extracción y transformación de datos, Data Store, herramientas de acceso y análisis de los datos.

Tema 3._Diseño de un Data Warehouse utilizando el MS Data Warehousing Framework: Componentes del modelo, Esquemas de estrella y copo de nieve, granularidad.

Tema 4._Carga de un DataWarehouse utilizando el MS Data Warehousing Framework: Herramientas DTS de SQL Server, T-SQL y VB Script.

Tema 5._Creación y mantenimiento de cubos multidimensionales con Analysis Services (OLAP Services) de SQL Server 2000. a) Dimensiones: jerarquías, características, tipos. Niveles y miembros. b) Medidas: Funciones de agregación, miembros calculados. c) Cubos: Almacenamiento, procesado, tipos de cubos. d) Seguridad: A nivel de base de datos, de cubo, de dimensiones y de celdas. e) Manejo de los cambios en las dimensiones. Variabilidad dimensional. f) Optimización del cubo: Uso de índices, optimización del esquema, particiones. Optimización en base al uso.

Tema 6._Los cuadros de mando: Sistemas de soporte a la decisión (DSS); Sistemas de información ejecutiva (EIS); Cuadro de mando integral (BSC). Definición de indicadores, sistemas de alertas, simulaciones.

Parte cuarta

Sistemas-Infraestructuras

Tema 1._Comunicaciones: Interconexión de redes. Accesos remotos. Gestión de infraestructuras. Servicios básicos: DHCP, resolución de nombres.

Tema 2._Sistemas Operativos profesionales: a) Conceptos. Servicios. Servidores. Clientes. b) MS Windows XP Professional. c) MS Windows 2000 y 2003, ediciones Server, Advanced Server. d) Directorio Activo.

Tema 3._Servidores de aplicaciones. a) Objetos, componentes, aplicaciones. Transacciones. Comunicación entre aplicaciones: Colas de mensajes. b) COM+. MSMQ.

Tema 4._Seguridad: Tipos de riesgos. Mecanismos de seguridad. Tecnologías RAID. Copias de respaldo. Antivirus. Cortafuegos. Tecnologías de cluster: MSCS, NLB.

Tema 5._Administración de Sistemas UNIX. a) Administración de un sistema Solaris 9 sobre Spark. aislado de su Contexto de Red: Usuarios, permisos, dispositivos, procesos, software, etc. b) Entorno de Red Solaris. c) Programación de scripts de Shell (Bash).

Parte quinta

Sistemas-Productos

Tema 1._Correo electrónico. a) Conceptos. Protocolos. Servicios. Herramientas cliente. b) MS Exchange Server 2000. MS Outlook 2002.

Tema 2._Internet/Intranet. a) Generalidades. Protocolos. Servicios. b) MS Internet Information Server. MS ISA Server 3.0. MS Internet Explorer 6.0.

Tema 3._Gestor de bases de datos relacionales. a) Administración. Optimización. Replicación. b) MS SQL Server 2000. c) Oracle 9i.

Parte sexta

Derecho

Tema 1._La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2._Las fuentes del Derecho Público: Las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3._Las fuentes del Derecho Administrativo: El reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4._El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 5._El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6._El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7._El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 8._El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

Tema 9._La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Tema 10._La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 12._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 13._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 14._La Hacienda Pública de Navarra: Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación.

Tema 15._Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: Régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: Concepto y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, y extinción de los contratos.

Tema 16._Ley Orgánica de Protección de datos de carácter personal: Principios de la protección de datos, derechos de las personas.

Nota:

Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 29 de mayo de 2006
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

Código del anuncio: F0609526