BOLETÍN Nº 73 - 19 de junio de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Tres de Pamplona

Edicto de notificación

Doña Lourdes García Ruiz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Tres de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 21/2006, seguido en este Juzgado a instancias de Juan Luis Carcavilla Díaz, contra la empresa Electricidad Aguirre, Sociedad Limitada, sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que contiene la siguiente parte dispositiva:

Se despacha ejecución a instancia de Juan Luis Carcavilla Díaz, contra Electricidad Aguirre, Sociedad Limitada, por un principal de 6.517,75 euros, más 391,07 euros de intereses provisionales y la de 651,78 euros de costas provisionales.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas, mediante ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, oficina 0030-8025, al concepto 3160.0000.64.0021.06.

Ofíciese a los pertinentes organismos y registros públicos (Jefatura Provincial de Tráfico, Servicio de Indices del Registro de la Propiedad, Ayuntamiento y Registro de la Propiedad correspondientes al domicilio de la parte demandada), a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la parte ejecutada de los que tengan constancia.

Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo del dinero en metálico (dinero existente en la caja del establecimiento), bienes muebles y mercaderías, que pueda encontrarse en el domicilio que consta en autos, sito en Cascante, calle Merindades, número 47, bajo, a fin de cubrir las cantidades reclamadas.

Líbrese al efecto el oportuno exhorto al Juzgado correspondiente al domicilio del ejecutado, quedando facultada la Comisión Judicial que se designe para valerse del auxilio de cerrajero y fuerza pública, debiendo seguirse el orden de prelación establecido legalmente y depositándose los bienes con arreglo a Derecho, procediéndose, en su caso, al nombramiento de depositario con las advertencias legales, y sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma para el embargo acordado. Queda facultada la parte actora para intervenir en la diligencia de embargo, si a su derecho conviene.

Se decreta asimismo el embargo de los créditos cuyos datos más abajo se especifican, como de la titularidad de ejecutado, a cuyo efecto se librará el oportuno oficio con los insertos necesarios, debiendo cumplimentarse dentro del plazo máximo de diez días, bajo los apercibimientos legales que procedan.

Créditos que se declaran embargados:

1.º Cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor Añadido, o cualquier otro, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

2.º Ingresos que se produzcan y saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos en las siguientes entidades, Caja Navarra, Caja Rural de Navarra, Caja Laboral-Euskadiko Kutxa, La Caixa, Banesto, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y Banco Santander Central Hispano, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en las indicadas entidades financieras actúen como depositarias o intermediarias, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

Requiérase al deudor o persona que legalmente le represente, para que en el plazo de diez días, de no haber abonado en su totalidad la cantidad objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados, presente manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en forma.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo, que contra la misma cabe recurso de reposición (5 días).

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Electricidad Aguirre, Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 26 de mayo de 2006
La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

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