BOLETÍN Nº 66 - 2 de junio de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Estella

EDICTO

En Estella, a 19 de mayo de 2006.

Doña Ikerne Aznar Malo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Estella (Navarra).

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Dos de Estella, se tramita procedimiento de juicio ordinario con el número 828/2005, instados por la Procuradora doña Alicia Fidalgo Zudaire, actuando en nombre y representación de don Antonio Echeverría Merino, frente a herencia yacente de don Victoriano Goya y Hermoso de Mendoza y de doña Juana Montoya Pascual, en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución, que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente:

Sentencia número 72/2006. En Estella, a 15 de mayo de 2006. Vistos por mí, doña Ikerne Aznar Malo, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Estella, los autos de juicio ordinario número 828/2006, sobre declaración de herederos, siendo demandante don Antonio Echeverría Merino, representado por la Procuradora señora Fidalgo y defendido por el Letrado don Javier Purroy Goñi y como demandada herencia yacente de don Victoriano Goya y Hermoso de Mendoza y doña Juana Montoya Pascual, dicto la siguiente sentencia:

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio Echeverría Merino, declaro:

_Que se ha cumplido la obligación de la que dependía el ejercicio del derecho de retro-venta por parte de doña Antonia Merino Salanueva y ejercitado dicho derecho por parte de la misma de la vivienda sita en la calle Mayor, número 45 (antes número 47), de Allo (Navarra), inscrita en el Registro de la Propiedad de Estella número 1, al tomo 1.416, libro 47, folio 68, finca 3.592, que se corresponde a la parcela 113, del Polígono número 3, de Allo.

_La condición de propietario de la citada casa de don Antonio Echeverría Merino.

Todo ello sin expresa imposición de costas.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, para su resolución ante la Audiencia Provincial de Navarra.

Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos y llévese el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a herencia yacente de don Victoriano Goya y Hermoso de Mendoza y de doña Juana Montoya Pascual, en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Estella, 19 de mayo de 2006
La Magistrado-Juez Ikerne Aznar Malo._La Secretaria, firma ilegible.

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