BOLETÍN Nº 66 - 2 de junio de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Tribunal Superior de Justicia de Navarra

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

EDICTO

Doña María Angeles Ederra Sanz, Secretaria de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: que en el recurso contencioso-administrativo número 40/2005, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

En Pamplona, a 3 de febrero de 2006. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 40/2005, promovido contra el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento del Valle de Aranguren, celebrado el 30 de noviembre de 2004, por el que se desestimaba el recurso de reposición formulado frente al acuerdo del Pleno de 25 de junio de 2004, por el que se aprobaba el Plan Especial de Reforma Interior de la Unidad UC5MB de Mutilva Baja., siendo en ello partes: Como recurrentes, doña Ana María Larrondo Carretero y don Manuel García Pola, representados ambos por la Procuradora doña Juana María Laita Merino y dirigidos por el Letrado don César Escriche Calvo; y como demandado, Ayuntamiento de Aranguren, representado por la Procuradora doña María Asunción Martínez Chueca y dirigido por el Letrado don Héctor Miguel Nagore Sorabilla; y,

Fallamos: Estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de los recurrentes doña Ana María Larrondo Carretero y don Manuel García Pola, frente a los acuerdos ya identificados en el encabezamiento de esta resolución, acuerdos que anulamos por su disconformidad al Ordenamiento Jurídico, declarando nulo el Plan Especial de Reforma Interior aprobado.

No se hace condena en costas.

Publíquese la presente sentencia, una vez firme en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, tal como determina la Ley Jurisdiccional.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, expido y firmo el presente.

Pamplona, 17 de mayo de 2006
La Secretaria de Sala, María Angeles Ederra Sanz.

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