BOLETÍN Nº 66 - 2 de junio de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

VALTIERRA

Convocatoria para la provisión, con carácter restringido al personal funcionario y laboral con nivel D del muy ilustre Ayuntamiento de Valtierra, de puesto de trabajo de Director de Escuela de Música, nivel C, del muy ilustre Ayuntamiento de Valtierra.

1._Normas Generales:

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión, al amparo del artículo 15.6 del Estatuto del Personal Funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, con carácter restringido al personal funcionario y laboral con nivel D del muy ilustre Ayuntamiento de Valtierra y mediante concurso-oposición del puesto de trabajo de Director de Escuela de Música, nivel C, de naturaleza funcionarial, del muy ilustre Ayuntamiento de Valtierra.

1.2. El aspirante que resulte nombrado en virtud de esta convocatoria tendrá la condición, Director de la Escuela de Música, nivel C, amortizándose automáticamente el puesto de trabajo desempeñado hasta ese momento.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración correspondiente al nivel C, definido por el Decreto 251/1993, del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.4. El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado para ocupar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

1.5. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el término de Valtierra.

1.6. El régimen de jornada de trabajo será el establecido por la normativa aplicable, al igual que el régimen de vacaciones, días festivos, remuneración por dietas y demás derechos. No obstante, la jornada de trabajo podrá variarse en cualquier momento por los órganos administrativos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

2._Funciones a desempeñar:

El aspirante nombrado desempeñará las siguientes funciones:

_Dirección de la Escuela de Música.

_Impartir clases de solfeo y conocimiento de instrumentos.

_Dirección de la Banda de Música.

3._Requisitos de los aspirantes:

3.1. Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario o personal laboral con nivel D en el muy ilustre Ayuntamiento de Valtierra.

b) Estar en posesión de la titulación de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

La ausencia del requisito de titulación podrá suplirse con la acreditación de ocho años de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

c) Acreditar cinco años de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

d) No hallarse en situación de excedencia voluntario o forzosa.

4._Instancias:

4.1. Quienes deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar la correspondiente instancia, según el modelo adjunto, en el Registro General del Ayuntamiento de Valtierra, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y hasta las 14 horas del último día, o bien, de cualquiera de las formas establecidas en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. Los aspirantes acompañarán a sus instancias los documentos justificativos de los méritos establecidos en la base séptima que serán objeto de valoración en la fase del concurso. Los documentos deberán ser originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario.

5._Admisión de aspirantes y reclamaciones:

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirante admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

6._Tribunal Calificador:

6.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don Alfonso Mateo Miranda, Alcalde del muy ilustre Ayuntamiento de Valtierra.

_Suplente: Doña Victoria Montori Mateo, Primer Teniente de Alcalde del muy ilustre Ayuntamiento de Valtierra.

_Vocal: Don Francisco Javier Blázquez Echepare, profesor de música.

_Suplente: Don José Javier Malo Amadoz, Profesor de música.

_Vocal: Doña Judith Hualde Irigaray, Concejal, Presidenta de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Valtierra.

_Suplente: Doña Carmen Zapatería Azcona, Concejal del Ayuntamiento de Valtierra.

_Vocal: Doña Blanca Esther Pérez Rodrigo, representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Valtierra.

_Suplente: Doña María Carmen Jiménez Zubiría, representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Valtierra.

_Secretario: Don José Miguel Sanz Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Valtierra.

_Suplente: Don Juan José Iribarren Laita, Secretario del Ayuntamiento de Villafranca.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.4. El Tribunal podrá, asimismo, incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaboración con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

7._Fase del concurso:

7.1. La fase del concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 15 puntos.

7.2. Los méritos alegados y probados conforme a lo establecido en el apartado 4.2. se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo:

Por servicios efectivamente prestados en el Ayuntamiento de Valtierra como empleado, 1 punto por cada año. Se excluirán del cómputo aquellos años que se hayan aportado y computado como requisito para participar en la convocatoria.

7.3. Concluida la fase de concurso, se hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. La puntuación obtenida en la fase de concurso, se sumará a la total obtenida en la fase de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

8._Fase de oposición:

8.1. En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

8.2. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, y su puntuación máxima será de 40 puntos:

a) Impartir una clase práctica de instrumento de viento madera a un alumno que no haya estudiado música anteriormente. Puntuación máxima 15 puntos.

b) Impartir una clase práctica de instrumento de viento madera a un alumno de segundo o tercer curso. Puntuación máxima 15 puntos.

c) Preguntas sobre varios instrumentos que componen la Banda formuladas por el Tribunal.

8.3. Al término de cada ejercicio de la fase de oposición se hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Valtierra la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas.

8.4. No será obligatoria la publicación de fechas, horas y lugar de los sucesivos anuncios de las pruebas, si bien deberá hacerse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Valtierra con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación y veinticuatro si se trata de la continuación de alguna prueba inicial.

8.5. Todos los aspirantes deberán acudir a las pruebas provistos del D.N.I. o asimilado legalmente. Cualquier fraude en las pruebas será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de las actuaciones penales si procedieran.

9._Relación de aprobados, propuesta del Tribunal y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra y en el lugar de celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase concurso y la fase oposición y elevará propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el candidato incluido en la misma deberá aportar en el Registro General del Ayuntamiento los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

En el supuesto previsto en el párrafo anterior, se cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la realización de aprobados a que se refiere el apartado 9.1. procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

10._Nombramiento y toma de posesión.

10.1. El Ayuntamiento de Valtierra nombrará al candidato que hubiere dado cumplimiento a lo dispuesto en el apartado anterior. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 9.2.

11._Recursos.

Contra dicha convocatoria cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución.

b) Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o

c) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a las fecha de notificación de esta resolución.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ..........., mayor de edad, con DNI número .........., nacido/a el día ...... de .......... de ....., natural de .........(.....), con domicilio en .......... (......), calle ............ número ..... código postal ........, teléfono ........, comparece y como mejor proceda,

Expone:

Que el suscribiente ostenta la condición de funcionario o contratado laboral fijo del Ayuntamiento de Valtierra.

Que cumple en tiempo y forma todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y bases para la provisión, por concurso-oposición restringido, de un puesto de trabajo de Director de la Escuela de Música del Ayuntamiento de Valtierra.

Por lo expuesto:

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido de un puesto de trabajo de Director de la Escuela de Música del Ayuntamiento de Valtierra.

(lugar, fecha y firma)

Valtierra, 2 de mayo de 2006
El Alcalde, Alfonso Mateo Miranda.

Código del anuncio: L0607906