BOLETÍN Nº 66 - 2 de junio de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ACUERDO de 29 de mayo de 2006, del Gobierno de Navarra, por el que se somete a información pública el Proyecto de Estatutos del Consorcio para el Abastecimiento de Poblaciones e Industrias desde el Canal de Navarra.

Por Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro de 14 de abril de 2004, se otorgó al Gobierno de Navarra la concesión de un aprovechamiento de aguas públicas derivadas del río Irati, en el embalse de Itoiz, en Itoiz (Lónguida), con un caudal medio equivalente en el mes de máximo consumo de 2.660 l/s, destinado al abastecimiento de población y de industrias en 87 términos municipales de Navarra.

En la citada resolución se dispone, entre otras cosas, que la autorización de la puesta en explotación del aprovechamiento podrá hacerse de modo progresivo, debiendo notificar el concesionario cuando la entrada en servicio de los distintos abastecimientos esté lista; que las corporaciones locales destinatarias del abastecimiento a poblaciones a que se destina la concesión sólo podrán asumir su titularidad una vez constituidas en Mancomunidad de Municipios, Consorcio o entidad semejante, conforme a lo ordenado en el artículo 89 del Texto Refundido de la Ley de Aguas; y que una vez constituida la Mancomunidad, Consorcio o entidad correspondiente, de acuerdo con el artículo 146 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, estará obligada a solicitar la oportuna transferencia de la concesión que queda de momento inscrita a nombre del Gobierno de Navarra.

El artículo 95.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que el Gobierno de Navarra puede acordar la creación o la integración de la Administración de la Comunidad Foral en consorcios con otras Administraciones públicas, entre las que existan intereses comunes para la consecución de finalidades de interés público.

Por su parte, el artículo 212.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dispone que las entidades locales de Navarra podrán asociarse con Administraciones públicas de diferente naturaleza constituyendo consorcios para la realización de fines de interés común, en tanto que el artículo 213.3 de dicha Ley Foral determina que los Estatutos del consorcio se aprobarán previa información pública por el plazo de quince días, y determinarán su régimen orgánico, funcional y financiero, así como los fines para los que se instituya.

Al objeto de posibilitar que la concesión del aprovechamiento de agua pueda desagregarse progresivamente, a medida que se vayan completando tanto las obras del Canal de Navarra como las específicamente destinadas al abastecimiento de agua de poblaciones e industrias, de modo que al final del proceso las entidades locales de Navarra que prestan el servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable en los 87 municipios a que hace referencia el expediente concesional aprobado por la Confederación Hidrográfica del Ebro sean las titulares de la referida concesión, el Gobierno de Navarra y la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona han iniciado los trámites para la constitución de un consorcio a constituir en un primer momento por ambas Administraciones Públicas y en el que progresivamente se irían integrando las restantes entidades locales prestadoras de dicho servicio, para lo que han elaborado unos Estatutos que procede someter al trámite de información pública.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Administración Local,

ACUERDA:

1.º Someter a información pública, en las dependencias del Departamento de Administración Local, sitas en la Calle Arrieta, número 12, 3.ª planta, de Pamplona, el Proyecto de Estatutos del Consorcio para el Abastecimiento de Poblaciones e Industrias desde el Canal de Navarra, por un plazo de 15 días contados desde el siguiente al de la publicación de este Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, debiendo exponerse asimismo dicho Proyecto de Estatutos en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Ablitas, Aoiz, Arguedas, Barillas, Buñuel, Cabanillas, Cadreita, Cascante, Castejón, Cintruénigo, Corella, Cortes, Fitero, Fontellas, Fustiñana, Izagaondoa, Lizoáin, Lónguida, Monteagudo, Murchante, Ribaforada, Tudela, Tulebras, Unciti, Urraúl Bajo, Urroz-Villa y Valtierra, y de las Mancomunidades de la Comarca de Pamplona y de Mairaga.

2.º Notificar el presente Acuerdo a las entidades locales citadas y disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 29 de mayo de 2006
El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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