BOLETÍN Nº 6 - 13 de enero de 2006

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

Expediente sancionador

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común, de la Resolución sancionadora del expediente sancionador número 6/2005, incoado a don Pedro Jesús Díez de Arizaleta por infracción a la normativa vigente en materia de residuos, se procede por el siguiente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley.

RESOLUCION 1994/2005, de 7 de septiembre, del Director General de Medio Ambiente, por la que se sanciona a don Pedro Jesús Díez de Arizaleta _72627816_ por la comisión de una infracción a la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

Visto el expediente sancionador número 6/2005, incoado a don Pedro Jesús Díez de Arizaleta mediante Resolución 482 de 15 de marzo de 2005, del Director General de Medio Ambiente, como consecuencia del vertido de residuo peligroso _aceite usado_ proveniente del mantenimiento del vehículo Renault NA-4953-AH realizado en el lugar Huertas de Orcoyen, en la localidad de Orcoyen.

Notificado el Pliego de Cargos, el expedientado presentó alegaciones en su defensa dentro del plazo establecido para ello que ya fueron valoradas en la propuesta de resolución realizada, donde se desestimaban las alegaciones presentadas en base a la ratificación de los agentes denunciantes y a que las mismas no minoraban su responsabilidad en la comisión de la infracción, así como mantener la cuantía de la sanción propuesta de 300 euros por la infracción leve del artículo 34.4c) en relación con el artículo 34.3l) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

Recibida dicha propuesta y transcurrido el plazo legalmente establecido, el expedientado presenta nuevas alegaciones, en las que reitera los argumentos de las anteriores alegaciones, negando la propuesta de resolución por falta de pruebas y solicitando la ratificación de los agentes denunciantes.

Recibidas las alegaciones, procede reiterar que la totalidad del expediente se encuentra a su disposición en las oficinas de este Departamento de Medio Ambiente, en la Avenida del Ejército, 2, en Pamplona. Por lo que respecta a las alegaciones, las mismas no suponen novedad significativa respecto a las anteriores, procediendo su desestimación y mantener la cuantía de la sanción de la propuesta de Resolución sancionadora.

No procede, por tanto estimar las alegaciones presentadas por el denunciado y, en cuanto a la graduación de la sanción, en este caso ya se ha procedido por parte de esta Administración a la aplicación de las atenuantes permitidas por la Ley, y en base a las circunstancias de la infracción y la cuantía del residuo, la sanción propuesta ha sido en su grado mínimo ya que la Ley 10/1998, de Residuos establece sanciones de hasta 6.000 euros para estas infracciones cuando se refieren a residuos peligrosos (el aceite usado tiene esa consideración).

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO

1.º Sancionar a don Pedro Jesús Díez de Arizaleta con una multa de 300 euros por la infracción leve cometida del artículo 34.4c) en relación con el artículo 34.3l) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1c) de la citada Ley.

2.º El pago de la multa deberá realizarse en cualquier banco o caja de ahorros mediante la carta de pago oficial antes de transcurridos 15 días desde que la presente Orden Foral adquiera firmeza en vía administrativa, pasado el cual se procederá a su cobro por vía de apremio.

3.º Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.º Notificar la presente Orden Foral al expedientado, al denunciante, a la Sección de Control Administrativo y al Servicio de Integración Ambiental.

Pamplona, 7 de septiembre de 2005
El Director General de Medio Ambiente, Juan José Grau Lasheras.

Código del anuncio: F0523171