BOLETÍN Nº 57 - 12 de mayo de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 1010/2006, de 18 de abril, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Biólogo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 1010/2006, de 18 de abril, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Biólogo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Biólogo, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número 1536, adscrita al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, con destino en Pamplona.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación.

1.3. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 9 de esta convocatoria.

2._Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria hasta el de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Biólogo o título equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por el aspirante propuesto para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, Avda. de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro General mencionado, cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 33, de fecha 18 de marzo de 2005, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en ella. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar copia compulsada del documento expedido por órgano competente que acredite la condición legal de discapacitado.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará el justificante de haber abonado en cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don Enrique Eraso Centelles, Director del Servicio de Conservación de la Biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Don Pedro Zuazo Onagoitia, Director del Servicio de Integración Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Vocal: Don Jokin Larumbe Arricibita, Biólogo, Jefe de la Sección de Hábitats del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Doña Ana Palacios Arellano, Bióloga, adscrita a la Dirección General de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Vocal: Don Enrique Castién Arriazu, Biólogo, Jefe del Negociado de Gestión Cinegética del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Doña Amaia Casado Pérez, Bióloga, adscrita a la Dirección General de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Vocal: un representante del personal propuesto por la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Suplente: un representante del personal propuesto por Personal de Administración Núcleo.

_Vocal-Secretario: Don Félix Armendáriz Martínez, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Doña María José Alvarez Los Arcos, Secretaria General Técnica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición comenzará en el mes de enero de 2007. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de hasta 100 preguntas con varias alternativas de respuesta sobre la materia incluida en la primera y segunda parte del temario, disponiendo para ello de tres horas. Penalizarán los errores.

Segundo: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas sacados a la suerte entre los incluidos en la tercera parte del temario. Para su realización los opositores dispondrán de cinco horas.

Tercero: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas escogidos al azar entre los comprendidos en la parte cuarta del temario. Los opositores dispondrán para su realización de cinco horas.

Cuarto: Consistirá en resolver en campo o en aula un supuesto práctico sobre la materia incluida en el temario. El Tribunal fijará el tiempo de su realización al comienzo del ejercicio.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primero: Hasta 20 puntos.

Segundo: Hasta 30 puntos. Cada uno de los temas se puntuará hasta 15 puntos.

Tercero: Hasta 30 puntos. Cada uno de los temas se puntuará hasta 15 puntos.

Cuarto: Hasta 20 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. En el primero y cuarto ejercicios quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada uno de ellos. En el segundo y tercero quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen la mitad de la puntuación asignada a cada uno de los temas.

6.5. Los ejercicios segundo y tercero serán leídos por los aspirantes ante el Tribunal calificador en acto público.

6.6. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminadas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio. Y si persistieran se tomarán en consideración, sucesivamente y por su orden, las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero y tercero.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos que se encuentran preparados al efecto en las dependencias de dicho órgano los siguientes documentos:

7.2.1. Si el aspirante no tuviera la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos copias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Copia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

d) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado discapacidad, deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

g) La demás documentación que le sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

c) La demás documentación que le sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado una discapacidad deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Nombramiento, adjudicación de la vacante y toma de posesión.

8.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Biólogo, y adjudicará la vacante, mediante Resolución, al aspirante que dé cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estuviera ya afiliado al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogido al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

8.3. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

8.6. En el caso de aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

_Lista de aprobados sin plaza.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

9.2. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

b) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

9.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

9.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y que no hayan resultado aprobados sin plaza.

9.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

10._Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/doña ...................................... mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ................................ (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ......... de ..................... de .........., natural de ........................ (........................), nacionalidad ....................................., con domicilio actual en ................................. (..............................) calle ................................................ código postal ....................... teléfono ............................... teléfono trabajo ...........................

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante ........................................, de .......... plazas del puesto de trabajo de .............................. al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número .........., de fecha ......................, en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción*

f Turno de reserva para discapacitados*

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

f Administración Núcleo*

f Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea*

f Instituto Navarro de Bienestar Social*

(Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés.*

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ............. de ..................... de ................

(Firma)

(*) Unicamente cuando proceda.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR. DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.

ANEXO II

Temario

PRIMERA PARTE

1._La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

2._Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

3._Las fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

4._El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

5._El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

6._El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

7._El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

8._El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

9._La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

10._La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

11._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

12._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

13._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

14._La Hacienda Pública de Navarra: derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación.

15._Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: concepto y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, y extinción de los contratos.

16._La protección de datos personales en Europa y España. Principios. Derechos de las personas. Agencia de protección de datos. Movimiento internacional de datos.

17._La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones: Disposiciones generales y procedimientos de concesión y gestión.

18._Competencias de la Comunidad Foral de Navarra en materia de medio ambiente. El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda: Organización, estructura y funciones de la Dirección General de Medio Ambiente.

19._Ley Foral 4/2005 de 22 de marzo de 2005 sobre Intervención para la Protección Ambiental: Estructura y análisis de su contenido.

20._La Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de protección y desarrollo del patrimonio forestal de Navarra: estructura y análisis de su contenido.

21._La Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats: estructura y análisis de su contenido. Modificaciones posteriores.

22._La Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de espacios naturales de Navarra: estructura y análisis de su contenido.

23._Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas: Dominio Público Hidráulico del Estado. Administración Pública del Agua. Planificación Hidrológica. Utilización del Dominio Público Hidráulico.

24._La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna silvestres: Estructura y análisis de su contenido.

25._La Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.

26._La Directiva 2001/42/CE. Evaluación ambiental estratégica de políticas, planes y programas.

27._El Reglamento (CE) número 1698/2005, del Consejo de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

28._Directiva 2003/4/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso del público a la información ambiental.

29._La Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

30._La Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres.

31._Convenios internacionales suscritos por España y relativos a conservación de espacios y especies silvestres.

SEGUNDA PARTE

1._Concepto de diversidad. Mediciones de diversidad. La diversidad como medida de organización. Los niveles de biodiversidad: Diversidad genética. Diversidad intraespecífica, riqueza de especies: Diversidad alfa, beta y gamma, diversidad de ecosistemas y habitats.

2._Dinámica del paisaje. Principios. Teorías y modelos ligados a la ecología del paisaje. Patrones de escala.

3._Fragmentación del hábitat. Conectividad. Corredores ecológicos. Diseño.

4._La aplicación de los sistemas de información geográfica a los estudios de ecología del paisaje.

5._La distribución de las especies. Factores que delimitan la distribución: la dispersión, el comportamiento, interrelaciones con otros organismos, la temperatura, la humedad, otros factores.

6._Metapoblaciones. Modelos. Conservación de metapoblaciones. Tamaño mínimo de población viable.

7._Especies más vulnerables a la extinción. Concepto de rareza, relación entre rareza y probabilidad de persistencia.

8._Aspectos genéticos de la conservación de poblaciones: Variabilidad, cuellos de botella, tamaño efectivo de población, endogamia.

9._La depredación. Teorías: oscilaciones depredador-presa, depredación prudente y rendimiento óptimo. Efectos sobre poblaciones silvestres y recursos cinegéticos.

10._Demografía poblacional: densidad, natalidad, mortalidad, inmigración y emigración. Tablas de vida, valor reproductivo, distribuciones de edades. Relación con la densidad.

11._Estructuras de tamaños, edades y fenofases en una estructura vegetal. Tablas de vida horizontal y vertical. Curvas de supervivencia.

12._Demografía poblacional: poblaciones oportunistas frente a poblaciones en equilibrio, ciclos de población: causas y efectos. Evolución de la táctica reproductiva: esfuerzo reproductivo, gasto por progenie.

13._Sexo, proporción de sexos, selección sexual y sistemas de apareamiento. Eficacia biológica y el status del individuo en la población. Mantenimiento de la variabilidad. Comportamiento social y selección de parientes.

14._Demografía en las plantas. Ciclos de vida. Esfuerzo reproductivo. Mortalidad. Procesos de reclutamiento y regeneración. Modelos básicos de crecimiento poblacional.

15._Fitosociología, estructura de la comunidad vegetal, clasificaciones fisionómicas de la vegetación, clasificación de las comunidades según su composición, sistema sigmatístico, clasificación de ecosistemas.

16._Planificación de una estima de población: objetivo, exactitud y precisión, tipos de muestreo, muestreo estratificado, cálculo del tamaño de la muestra.

17._Censos y estimas de densidad absoluta aplicados a poblaciones silvestres. Transectos lineales, captura-marcaje-recaptura, captura sucesivas, estaciones de observación, batidas.

18._Estimas de densidad relativa e índices de abundancia aplicados a poblaciones silvestres. Captura-esfuerzo, huellas y excrementos, frecuencia de aparición, tablas de caza, índice kilométrico de abundancia.

19._Estimas de abundancia vegetal: Frecuencia y frecuencia relativa. Densidad, biomasa, índice de cobertura. Censos mediante sistemas plot y mediante transectos. Indice de densidad linear. Estudio de gradientes.

20._Diseño experimental de una pesca eléctrica. Métodos para estimar el tamaño de una población de peces.

21._Radioseguimiento. Objetivos. Aplicación. Equipamiento. Tipos de transmisores. Fijación. Técnicas de seguimiento y análisis.

22._Técnicas de revegetación en la restauración del paisaje. Integración ambiental de líneas eléctricas e infraestructuras de comunicación.

23._Proceso de elaboración de Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental. Screening.

24._Métodos de evaluación de impacto ambiental: listas-chequeo. Matrices causas-efecto. Métodos cartográficos. Métodos cuantitativos.

25._La evaluación de impacto ambiental en proyectos agrarios.

26._La evaluación de impacto ambiental en la red natura 2000.

27._La evaluación de impacto ambiental en infraestructuras de comunicación.

28._La evaluación de impacto ambiental en embalses.

29._La evaluación de impacto ambiental en infraestructuras de transporte de energía y en actividades extractivas.

TERCERA PARTE

1._Sinopsis del medio natural en Navarra. Geografía Física. Geología. Edafología. Climatología. Biogeografía.

2._Principales series de vegetación descritas en Navarra. Descripción, localización y comparación con la vegetación actual.

3._Zonas alpinas en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

4._Ecosistemas fluviales en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

5._Hayedos en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

6._Robledales húmedos en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

7._Quejigales en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

8._Carrascales en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

9._Pinares naturales de Pinus sylvestris y repoblaciones de P. nigra en Navarra: Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

10._Pinares de pino carrasco en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

11._Matorrales mediterráneos en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

12._Pastizales no esteparios naturales y seminaturales y brezales en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Paisajes agroganaderos. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

13._Roquedos en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

14._Estepas en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

15._Balsas, lagunas y saladares en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

16._Turberas en Navarra: Hábitats de la Directiva 92/43/CEE y otros. Estructura del hábitat: Características, distribución, comunidades florísticas y faunísticas, criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

17._Agrosistemas: Estructura del hábitat. Setos. Ecotonos. Características, distribución, comunidades florísticas y criterios de conservación. Breve reseña de fauna asociada.

18._Especies de Flora Catalogadas como sensibles a la alteración de su hábitat en Navarra: distribución, estatus y problemas para su conservación.

19._Especies de Flora Catalogadas como vulnerables en Navarra: distribución, estatus y problemas para su conservación.

20._Especies de fauna catalogadas como en peligro de extinción, en Navarra. Distribución, estatus y problemas para su conservación.

21._Especies de fauna catalogadas como sensibles a la alteración de su hábitat, en Navarra. Distribución, estatus y problemas para su conservación

22._Especies de fauna catalogadas como vulnerables, en Navarra. Distribución, estatus y problemas para su conservación

23._Red natura 2000 en Navarra: biorregión atlántica.

24._Red natura 2000 en Navarra: biorregión alpina.

25._Red natura 2000 en Navarra: biorregión mediterránea.

CUARTA PARTE

1._Ordenación y gestión de los salmónidos en Navarra.

2._Ordenación y gestión de los ciprínidos en Navarra.

3._El cangrejo de río: Biología, ecología, conservación. Cangrejos alóctonos en Navarra: especies, biología, interacciones con la especie autóctona.

4._Movimientos de los peces. Obstáculos para la migración. Sistemas para permeabilizar los obstáculos. Caudales ecológicos.

5._Gestión de especies de caza mayor: ciervo. Biología, ecología, Evaluación de poblaciones. Productividad. Estima de la capacidad del habitat. Daños. Gestión de la caza.

6._Gestión de especies de caza mayor: corzo y jabalí. Biología, ecología, evaluación de poblaciones. Productividad. Estima de la capacidad del habitat. Daños. Gestión de la caza.

7._Gestión de especies de caza menor: liebre y conejo. Biología, ecología, evaluación de poblaciones. Productividad. Estima de la capacidad del habitat. Hibridaciones. Daños. Gestión de la caza.

8._Gestión de especies de caza menor: perdiz. Biología, ecología, Evaluación de poblaciones. Productividad. Estima de la capacidad del habitat. Hibridaciones. Gestión de la caza.

9._Gestión de especies migratorias: paloma y tórtola. Biología, ecología, estatus. Evaluación del estado y tendencias de las poblaciones. Productividad. Migración. Gestión de la caza.

10._Gestión de especies migratorias: becada y codorniz. Biología, ecología, estatus. Evaluación del estado y tendencias de las poblaciones. Productividad. Migración. Gestión de la caza.

11._Gestión de especies migratorias: zorzales. Biología, ecología, estatus. Evaluación del estado y tendencias de las poblaciones. Productividad. Migración. Gestión de la caza.

12._Planes de ordenación cinegética. Contenido de los planes. Inventario cinegético. Tipos de censos. Planificación. Plan de aprovechamientos y mejoras.

13._Aves rapaces rupícolas en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

14._Aves piciformes nidificantes en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

15._Aves esteparias nidificantes en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

16._Aves de zonas húmedas nidificantes en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

17._Aves de alta montaña en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

18._Micromamíferos en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

19._Murciélagos en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

20._Mustélidos, félidos y vivérridos en Navarra. Areas de importancia. Situación actual, aspectos claves en su conservación.

21._Anfibios en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

22._Comunidad de Reptiles en Navarra. Areas de importancia. Situación actual. Aspectos claves en su conservación.

23._Peces en Navarra: Petromyzonidae, Clupeidae, Cobitidae, Balitoridae, Cottidae, Bleniidae, Percidae y Centrarchidae.

24._Criterios para la selección de áreas protegidas: Prioridades de selección. Diseño de redes de espacios protegidos.

25._Clasificación de las áreas naturales protegidas. Categorías de protección.

26._Captura y manejo de animales silvestres.

27._Gestión y profilaxis de enfermedades de la fauna silvestre.

28._Especies plaga en Navarra. Concepto. Efectos sobre la biodiversidad. Visón americano, ratilla campesina y topillo mediterráneo, topo común: efectos económicos, sistemas de control, efectividad, riesgos.

Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 18 de abril de 2006
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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