BOLETÍN Nº 57 - 12 de mayo de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 619/2006, de 26 de abril, del Director General de General de Industria y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la mejora de la competitividad del año 2006.

El Decreto Foral 208/1991, de 23 de mayo, establece el marco de ayudas para el fomento de la competitividad de las empresas ubicadas en Navarra.

La utilidad pública de estas subvenciones es, por una parte, impulsar los proyectos y procesos de innovación en las empresas de forma que se contribuya a la mejora de su competitividad, y de otra, apoyar las actividades de difusión, sensibilización o demostración encaminadas a extender la cultura de la innovación entre las empresas.

En la elaboración de esta convocatoria se han tenido en cuenta los criterios establecidos en el 2.º Plan Tecnológico de Navarra 2004-2007, aprobado por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 14 de abril de 2003 y, de manera especial, la valoración de las convocatorias anteriores realizadas con esta misma finalidad.

La Ley Foral 18/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2006, en su artículo 30 faculta al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo a adquirir compromisos de gastos con cargo a presupuestos posteriores al del ejercicio correspondiente, siempre y cuando los citados compromisos anuales no sobrepasen las cuantías consignadas para tal finalidad en el ejercicio precedente, para la concesión de las subvenciones para la mejora de la competitividad.

Asimismo, la concesión de estas subvenciones en régimen de evaluación Individualizada ha sido autorizada por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 20 de marzo de 2006, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria para la concesión de las subvenciones para la mejora de la competitividad del año 2006.

2. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria que se recogen en el Anexo de esta Resolución.

3. Autorizar un gasto para atender los compromisos derivados de esta Resolución, que se realizarán con cargo a las siguientes partidas del ejercicio 2006, sin perjuicio de los ajustes que procedan entre partidas en función de las solicitudes recibidas, o de la posibilidad de incrementar las cantidades consignadas en función de las disponibilidades presupuestarias del ejercicio:

_840001/81200/4709/467300 por importe de 100.000,00 euros.

_840001/81200/4709/467302 por importe de 350.000,00 euros.

_840001/81200/4819/467300 por importe de 37.484,57 euros.

Para ejercicios posteriores, el gasto se realizará con cargo a las partidas del Presupuesto de ese ejercicio equivalentes a las anteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Foral 18/2005, de 29 de diciembre, antes citada:

PARTIDA AÑO 2007 (euros)

840001/81200/4709/467300 600.000,00

840001/81200/4709/467302 2.000.000,00

840001/81200/4819/467300 400.000,00

Total 3.000.000,00

4. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5. Trasladar esta Resolución a la Sección de Gestión Económica del Departamento y a la Intervención Delegada de Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.

6. Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2006 DE SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD

BASE 1.ª

Objeto y encuadramiento de las subvenciones

1. Objeto.

_Impulsar los proyectos y procesos de innovación en las empresas, de forma que se contribuya a la mejora de la competitividad de las mismas.

_Apoyar las actividades de difusión, sensibilización o demostración encaminadas a extender la cultura de la innovación entre las empresas.

2. Actividades objeto de subvención:

A._Sistemas de gestion.

B._Innovación:

_B.1.1. Area de Organización.

_B.1.2. Area de Diseño.

_B.1.3. Area de I+D+i.

_B.1.4. Area de Cooperación.

_B.1.5. Area de Tecnologías de la Información y Comunicación.

C._Capacitación de Personal Técnico.

D._Dinamización y Sensibilización.

3. Encuadramiento:

Las subvenciones de esta convocatoria, con excepción de las previstas para la Dinamización y sensibilización que sean realizadas por entidades sin ánimo de lucro, tienen el carácter de ayudas de "minimis" de acuerdo con lo previsto en el Reglamento 69/2001 de la Comisión, de 12 de enero, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de "minimis" y en el Reglamento 1860/2004 de la Comisión, de 6 de octubre, relativo a las ayudas de "minimis" en los sectores agrario y pesquero.

De conformidad con el artículo 1 del citado Reglamento 69/2001, de 12 de enero, quedan excluidos de las subvenciones de la convocatoria el sector del transporte y las actividades relacionadas con la exportación.

4. Estas subvenciones están cofinanciadas con fondos FEDER de la Unión Europea.

BASE 2.ª

Requisitos de los beneficiarios

Para obtener la condición de beneficiarios, los solicitantes de estas subvenciones deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Los establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante una "Declaración responsable" de los solicitantes (que se adjunta en el Anexo 1 de estas bases). Las Entidades Públicas quedan exceptuadas del cumplimiento de estos requisitos generales.

2. Asimismo, en función de las distintas actividades, los solicitantes deberán reunir los requisitos específicos que se señalan a continuación:

a) Los solicitantes de subvención para las actividades A "Sistemas de gestión" deberán ser empresas que tengan la consideración de PYME según lo dispuesto en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. A este tipo de subvención no podrán optar las Administraciones Públicas ni los organismos y empresas de ellas dependientes.

b) Los solicitantes de subvención para las actividades B "Innovación" y C "Capacitación de personal técnico" deberán ser organizaciones radicadas en Navarra. A este tipo de subvención no podrán optar las Administraciones Públicas ni los organismos y empresas de ellas dependientes.

c) Los solicitantes de subvención para las actividades D "Dinamización y sensibilización" deberán ser organizaciones con personalidad jurídica propia radicadas en Navarra que con carácter habitual y sin ánimo de lucro, presten servicios de apoyo a las empresas por sí mismas o a través de asociaciones, federaciones y otras fórmulas de integración. A este tipo de subvención podrán optar los organismos y empresas dependientes de las Administraciones Públicas.

BASE 3.ª

Conceptos subvencionables e importe de la subvención

No serán acogibles los gastos realizados con empresas asociadas o vinculadas según se entienden en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, ya citada.

No serán acogibles las colaboraciones habituales. Se entiende por colaboración habitual la contratación por la organización solicitante de servicios externos por tercera vez para el mismo de los conceptos subvencionables en la presente convocatoria.

A._Sistemas de Gestión.

A.1. Conceptos subvencionables:

Gastos de consultoría externa y certificación para:

_La implantación y auditoría de primera certificación de Sistemas de Gestión de la calidad según Normas ISO 9000, ISO TS 16949 e ISO 17025, en proyectos ya finalizados. El certificado se habrá obtenido entre el 30/06/2005 y la fecha de cierre de la presente convocatoria. Son acogibles los gastos realizados en los 12 meses anteriores a la fecha de obtención del certificado, siempre que los pagos estén realizados a la fecha de solicitud.

El presupuesto máximo aceptado para una actuación (implantación más certificación) será, según el tamaño de empresa:

_De 1 a 10 empleados: 15.000 euros.

_De 11 a 50 empleados: 21.000 euros.

_Más de 50 empleados: 30.000 euros.

A.2. Importe:

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido del 50%. Para las acciones colectivas, tal y como se definen en la Base 6.ª, este tope se considerará por empresa.

B._Innovación.

B.1. Conceptos subvencionables y porcentaje máximo de subvención:

B.1.1. Area de organización. Gastos de asesoría externa para:

_Reflexión y planificación estratégica mediante el uso del análisis DAFO u otra metodología de análisis de posicionamiento. El porcentaje de subvención será del 50%.

_Gestión del conocimiento (identificación, captura, evaluación, distribución y aplicación del conocimiento). El porcentaje de subvención será del 50%.

_Sistemas logísticos de acopio y distribución, entendiéndose como tales la organización del flujo de materiales (externo e interno) y de la información asociada. No serán acogibles los gastos vinculados a programas informáticos de gestión de almacén y trazabilidad. El porcentaje de subvención será del 35%.

_Distribuciones en planta que no estén asociadas a un traslado de las instalaciones o una nueva instalación. El porcentaje de subvención será del 35%.

B.1.2. Area de diseño. Gastos de asesoría externa para:

_Diseño de producto: características funcionales, estéticas y/o ergonómicas de nuevos productos o rediseño de estas características en productos ya existentes. Quedan excluidos los estudios de mercado. El porcentaje de subvención será del 50%.

_Análisis para la sustitución de materiales, y análisis de ciclo de vida. El porcentaje de subvención será del 50%.

_Simulación de proceso y prototipado rápido. El porcentaje de subvención será del 50%.

B.1.3. Area de I+D+i. Gastos de asesoría externa para:

_Preparación de propuestas y negociación para la creación de consorcios para la participación en programas nacionales, europeos e internacionales de investigación y desarrollo tecnológico. Las propuestas deberán presentar proyectos concretos y definidos. El porcentaje de subvención será del 50%.

_Sistemas de gestión de la innovación, implantación de procedimientos específicos que queden integrados en un sistema de gestión certificable, selección e implantación de herramientas de previsión tecnológica, etc. (tales como la contratación de servicios de vigilancia tecnológica, estudios de benchmarking, fomento de la creatividad, etc.). El porcentaje de subvención será del 50%.

_Solicitud de patentes internacionales, siendo acogibles los gastos generados en los 30 meses siguientes a la solicitud de patente en España. Es requisito imprescindible que la solicitud o solicitudes en el extranjero, tengan como prioridad una solicitud de patente o de modelo de utilidad en España, o una solicitud internacional PCT, presentada en la Oficina Española de Patentes y Marcas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2004.

B.1.4. Area de Cooperación. Gastos de asesoría externa para:

_Creación de estructuras interempresariales, con vocación de estabilidad. Esta cooperación podrá entenderse en forma sectorial, o abarcando a empresas en la cadena de valor del producto. El porcentaje de subvención será del 50%.

B.1.5. Area de tecnologías de la información y comunicación. Gastos de asesoría externa, software, hardware y formación asociada a la puesta en marcha, para:

_Implantación de Sistemas que permitan la participación de la empresa en plataformas de negociación electrónica. El porcentaje de subvención será del 25%.

_Implantación de Sistemas que permitan la prestación de servicios, nuevos o habituales, a través de la red Internet. El porcentaje de subvención será del 25%.

B.2. Importe:

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido, con los porcentajes establecidos en las definiciones de conceptos subvencionables y en función de los criterios recogidos en la Base 6.ª de la presente convocatoria. El importe máximo de la subvención por actuación será de 30.000 euros. Para las acciones colectivas, tal como se definen en la Base 6.ª, este tope se considerará por empresa.

C._Capacitación de personal técnico.

C.1. Conceptos subvencionables:

Costes de matrícula, desplazamiento, alquileres de local y estancia para la realización de las siguientes actividades:

_Cursos, cursillos de formación, estancias breves en centros o empresas, tanto nacionales como extranjeras. Estas actividades tendrán como fin la asimilación de tecnología o la implantación de procesos tecnológicos de modernización asociados a actividades de innovación de la empresa. Estarán diseñadas o adaptadas de forma específica e individualizada a cada empresa para la especialización y capacitación de su personal.

Actividades excluidas:

_Los "Masters", cursos reglados y los cursos impartidos de forma habitual y abierta a todo interesado, del tipo de los programados periódicamente por asociaciones, asesorías u otras entidades que realizan actividades de formación.

_La formación en: sistemas de gestión de la calidad, sistemas integrados de gestión (ERPs, CRMs,..), programas de diseño, tecnologías de la información y la comunicación.

_La formación en temas en los que la organización tenga experiencia previa o supongan una repetición en su temática.

_Las actividades de formación que involucren a más del 30% de la plantilla o a más de 20 trabajadores.

C.2. Importe:

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido del 50% en función de los criterios recogidos en la Base 6.ª de la presente convocatoria. El importe máximo de la subvención por actuación, será de 30.000 euros. Para las acciones colectivas, tal como se definen en la Base 6.ª, este tope se considerará por empresa.

D._Dinamización y sensibilización.

D.1. Conceptos subvencionables e importe:

D.1.1. Gastos externos (consultoría, publicidad, alquiler de locales, etc.) e internos (personal, preparación de documentación, etc.) para la realización de actividades de difusión y sensibilización y la de foros o encuentros que sirvan de intercambio de experiencias entre profesionales y/o empresas en las áreas B.1.1, B.1.2 y B.1.4 de las contempladas en la presente convocatoria.

El porcentaje de la subvención será del 100%, en función de los criterios recogidos en la Base 6.ª de la presente convocatoria. El importe máximo de la subvención por actuación será de 100.000 euros.

D.1.2. Gastos de asesoría externa, software, hardware y formación asociada a la puesta en marcha para la implantación de Sistemas que permitan la prestación de servicios, nuevos o habituales, a través de la red Internet.

El porcentaje de la subvención será del 70%, en función de los criterios recogidos en la Base 6.ª de la presente convocatoria. El importe máximo de la subvención por actuación será de 100.000 euros.

BASE 4.ª

Período de elegibilidad de los gastos y pagos

El gasto y el pago de las actividades objeto de subvención, deberán realizarse en el período comprendido entre el 30 de junio de 2005 y el 31 de agosto de 2007, a excepción de:

_Las subvenciones para la implantación y certificación de sistemas de gestión establecidas en el punto A.1.

_Y las subvenciones a la solicitud de patentes internacionales establecidas en el punto B.1.3.

BASE 5.ª

Solicitudes y documentación a presentar

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, que comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y finalizará el día del mes siguiente equivalente al del día de la publicación.

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Parque de Tomás Caballero, número 1 de Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En caso de presentarse la documentación en Correos, deberá hacerse en sobre abierto para hacer constar en la cabecera de la primera hoja el nombre de la oficina y la fecha, lugar, hora y minuto de admisión, circunstancias que también deberán figurar en el resguardo justificativo de su emisión (Artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se regula la prestación de los servicios postales).

Los formularios de solicitud y justificación de gastos son:

_Anexo 1. Solicitud de subvención para la mejora de la competitividad (actividades A "Sistemas de Gestión").

_Anexo 2. Solicitud de subvención para la mejora de la competitividad (resto de actividades).

_Anexo 3. Justificación de gastos para mejora de competitividad.

Estos formularios se podrán obtener de la red internet en la dirección http://www.navarra.es (buscar en subvenciones para la mejora de la competitividad).

_Además de los citados formularios, cuando el presupuesto de la actividad supere el importe de 12.000 euros, el solicitante deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía. Para ello deberá presentar las ofertas que haya solicitado y la justificación de la elección de la oferta seleccionada.

El solicitante quedará exceptuado de lo anterior, en los siguientes supuestos que deberá justificar de manera razonada:

_Cuando por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.

_Cuando el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.

BASE 6.ª

Criterios para la evaluación de las solicitudes

El Servicio de Innovación y Tecnología, a la hora de realizar la propuesta de concesión de las subvenciones, tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

1. El encuadramiento de la propuesta en alguna de las actividades susceptible de ser subvencionada establecidas en la Base 3.ª

2. El presupuesto y el porcentaje correspondiente de subvención a conceder, según la Base 3.ª, teniendo en cuenta los topes máximos establecidos tanto para la subvención a conceder como para el presupuesto acogible cuando así se especifica.

3. Para las acciones colectivas, siempre que alcancen a un mínimo de 5 organizaciones, la intensidad de la subvención se incrementará en un 20% sobre el porcentaje que correspondería a una acción individual.

Las subvenciones se asignarán, en tanto exista crédito presupuestario, conforme al orden de recepción de las solicitudes que cumplan los requisitos señalados en estas bases reguladoras y se acompañen de la documentación completa que permita su evaluación.

Si la solicitud no reuniera los requisitos indicados o resultara incompleta, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación del requerimiento, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud y se dictará resolución de archivo del expediente.

BASE 7.ª

Organos competentes y plazo máximo para resolver sobre la concesión

El Servicio de Innovación y Tecnología evaluará las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la Base anterior, para ello siempre que lo considere necesario podrá solicitar a los interesados cuanta información complementaria o aclaratoria considere necesaria para la resolución del expediente.

Finalizada la evaluación, el órgano instructor elevará propuesta de resolución al órgano competente en la que se hará constar que los beneficiarios cumplen todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención.

El Director General de Industria y Comercio será el órgano competente para resolver sobre la concesión de las subvenciones. La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

Contra la desestimación expresa o presunta podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre el procedimiento administrativo común.

BASE 8.ª

Obligaciones de los beneficiarios y efectos de su incumplimiento

1. Los beneficiarios deberán realizar y justificar las actividades objeto de subvención en la forma establecida en la Base siguiente. La falta de realización de la actividad o de su justificación en la forma y plazo establecidos en la resolución de concesión, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida.

2. Asimismo, los beneficiarios de las subvenciones deberán cumplir las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.

Para acreditar el cumplimiento de la obligación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la solicitud (cuyo modelo se adjunta en el Anexo 1 de estas bases) se informa al solicitante de la autorización que otorga al Departamento para consultar los datos que acrediten que, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión, el mismo se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

3. El incumplimiento total o parcial de alguna de las obligaciones establecidas en la resolución de concesión, en estas bases reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida o, en su caso, al reintegro de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Foral.

4. Por último, la presente convocatoria está sujeta al régimen de infracciones y sanciones establecido en el Título IV de la citada Ley Foral.

BASE 9.ª

Justificación y abono de las subvenciones

1. Una vez realizadas las actividades los beneficiarios deberán solicitar el abono de la subvención, para lo cual deberán presentar informe de finalización y justificar los gastos y pagos subvencionados en el plazo que se establezca en la resolución de concesión.

Para ello deberán presentar el formulario indicado en la Base 5.ª, que deberá ir acompañado de las facturas y documentos justificativos de su pago, y del resto de documentación establecida en el formulario.

Los formularios para la justificación de gastos se podrán obtener de la red internet en la dirección http://www.navarra.es (buscar en subvenciones para la mejora de la competitividad).

La falta de justificación en el plazo establecido en la resolución de concesión, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida.

2. Examinada la documentación justificativa, el Servicio de Innovación y Tecnología elevará al Director General de Industria y Comercio propuesta de resolución de abono, a la que se acompañará informe acreditativo del cumplimiento por los beneficiarios de las obligaciones que dan derecho al cobro de la subvención.

Las subvenciones correspondientes a las actividades A "Sistemas de gestión", serán objeto de una única Resolución de concesión y abono.

En el supuesto de que nunca antes se hubieran recibido subvenciones del Gobierno de Navarra, el solicitante deberá remitir el impreso "Solicitud de abono por transferencia" (originales), a: Gobierno de Navarra - Tesorería.

BASE 10.ª

Compatibilidad de las subvenciones y carácter de ayudas de minimis

1. Estas subvenciones son compatibles con cualesquiera otras líneas de apoyo institucionales que puedan ser de aplicación a los beneficiarios, si bien la aportación por parte de las empresas deberá ser de al menos el 30% del presupuesto auxiliable, a excepción de las actividades en las que existe la posibilidad de conceder el 100% del citado presupuesto.

2. Las subvenciones previstas en esta convocatoria, con excepción de las previstas para la Dinamización y sensibilización que sean realizadas por entidades sin ánimo de lucro, tienen el carácter de ayudas de "minimis" de acuerdo con lo previsto en el Reglamento 69/2001 de la Comisión, de 12 de enero, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de "minimis" y en el Reglamento 1860/2004 de la Comisión, de 6 de octubre, relativo a las ayudas de "minimis" en los sectores agrario y pesquero (En el Anexo 4 de estas bases se recoge la Lista de productos que figuran en el Anexo I del TCE).

De conformidad con dichos Reglamentos, la ayuda total de "minimis" concedida a cualquier empresa no deberá exceder de 100.000 euros en un periodo de tres años o, en el caso de los sectores agrario y pesquero de 3.000 euros en el mismo periodo.

A estos efectos, las empresas están obligadas a declarar, en el momento de presentar sus solicitudes, las ayudas recibidas bajo este régimen durante los tres años anteriores. En el caso de que la suma de las ayudas de minimis, incluida esta subvención, excediesen de dichos límites máximos, el importe de la subvención se reducirá con el fin de no sobrepasar los mismos.

BASE 11.ª

Posibilidad de acogerse a otros regímenes de ayudas

Cuando las actividades objeto de la solicitud de estas subvenciones pudieran beneficiarse de algún otro régimen de ayudas, el Servicio de Innovación y Tecnología podrá derivar dicha solicitud hacia dicho régimen siempre y cuando ello no suponga un perjuicio para el interesado.

BASE 12.ª

Recurso contra las bases reguladoras

Contra estas bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.

BASE 13.ª

Publicidad de las subvenciones concedidas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Foral de Subvenciones, el Servicio de Innovación y Tecnología hará publica en la página Web del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.

ANEXO 1

Solicitud de ayudas para la mejora de la competitividad (Gestión)

1._Datos principales de la Entidad solicitante.

Solicitante o Razón Social:

C.I.F. de la Razón Social:

Domicilio Social (calle-plaza):

Localidad:

Código Postal .............................. Provincia:

Teléfono: ............................. Fax:

Productos y servicios:

CNAE (*) ....................... E-mail:

Tamaño de empresa (**):

Empleo: .................... Activo (euros):

Ventas (euros): ........................... Año datos (***):

A la vista de los datos expuestos la empresa se declara:

f PYME

f NO PYME

(*) CNAE según Real Decreto 1560/1992 de 18 de diciembre.

(**) Tamaño empresa: Los valores del empleo, activo y ventas son los resultantes de la suma de empresa solicitante y de las empresas vinculadas o asociadas, según lo establecido en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

(***) Año datos corresponden al último ejercicio contable cerrado y se calcularán con carácter anual. Las empresas de nueva creación utilizaran estimaciones contables fiables, realizadas durante el ejercicio financiero.

Persona de contacto:

Nombre:

Apellido 1.º: ............................ Apellido 2.º:

Cargo:

Teléfono: ................................. Fax:

E-mail:

2._Datos del proyecto o de la actuación:

Título del proyecto o actuación:

Lugar de realización:

3._Datos de la Entidad Asesora:

Entidad Asesora:

N.I.F.:

Dirección: ................................. Teléfono:

Entidad Auditora:

N.I.F.:

Dirección: ................................. Télefono:

(*) Poner los datos de todas las entidades asesoras que colaboren en el proyecto.

4._Relación de justificantes de gasto.

Total importe

_Facturas:

Se presentarán facturas (abonadas) emitidas por el asesor o asesores encargado/s de la realización del proyecto, ordenándose como en la relación precedente.

Aquellas organizaciones para las cuales el IVA sea un coste no deducible deberán aportar copia de los documentos correspondientes que así lo acrediten.

_Justificantes de pago:

Se adjuntará a cada factura su correspondiente justificante de pago, entendiéndose como tal los cargos o extractos bancarios que reflejen con claridad el movimiento de la cuenta como consecuencia del pago de la misma. No se acepta como justificante de pago el cheque.

5._Documento que debe aportarse.

_Copia del certificado obtenido.

El solicitante autoriza al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo para que compruebe, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión de la subvención, que el mismo se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

En ........................ a ........ de ................ de 200....

EL RESPONSABLE DE LA EMPRESA (FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA)

Declaración responsable sobre la condición de PYME

Don/Doña ..............................., con domicilio en ...................... y DNI número ..................., en representación de ......................... con domicilio social en ........................ y CIF ..............., que ha presentado solicitud de ayudas para la Mejora de la Competitividad de 200.....

Que a los efectos de conocer si la empresa que represento cumple con los requisitos de PYME establecidos en 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, los datos a computar son los siguientes:

Empresa solicitante (datos referidos al último ejercicio):

N.º trabajadores:

Volumen Negocio (ventas netas):

Activo Total:

Participada por otras empresas en más del 25% f SI f NO.

Razón social de la/s empresa/s que participa/n en el capital de la solicitante (3)

% Participación (1) ........................

Empresa (Datos referidos al último ejercicio)

Cuentas consolidadas f SI f NO.

N.º trabajadores: ......... Volumen Negocio (ventas netas): .......... Activo Total: ...................

Participa en otras empresas en más del 25% f SI f NO.

Razón social de la/s empresa/s en las que la solicitante tiene participación (3)

% Participación (1) .........................

Empresa (Datos referidos al último ejercicio)

Cuentas consolidadas f SI f NO.

N.º trabajadores: ......... Volumen Negocio (ventas netas): .......... Activo Total: ...................

Existe alguna empresa con derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de la solicitante f SI f NO.

Existe alguna empresa con derecho a ejercer influencia dominante sobre la solicitante, en virtud de contrato celebrado con ella o una cláusula estatutaria f SI f NO.

Existe alguna empresa accionista o asociada a la solicitante, que controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de ésta, la mayoría de los derechos de voto f SI f NO.

Razón social de la empresa (3)

% Participación (1) .........................

Empresa (Datos referidos al último ejercicio)

Cuentas consolidadas f SI f NO.

N.º trabajadores: ......... Volumen Negocio (ventas netas): .......... Activo Total: ...................

Datos agregados (2):

N.º trabajadores: ......... Volumen Negocio (ventas netas): .......... Activo Total: ...................

A la vista de los datos expuestos, la empresa se declara:

f PYME

f NO PYME

En ..................., a ......., de .................., de 200....

FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA

(1) Si el porcentaje de participación supera el 50% se deberá adjuntar un esquema del grupo empresarial, que incluya porcentaje de participación, volumen de ventas, activo y número de trabajadores de cada empresa o, en su caso, cuentas consolidadas.

(2) Los valores del empleo, activo y ventas son los resultantes de la suma de la empresa solicitante y de las empresas vinculadas o asociadas del último ejercicio contable cerrado y se calcularán con carácter anual (artículo 6 de la Recomendación 2003/361/CE).

La presente declaración no exime del control y verificación previsto por la normativa nacional o comunitaria.

(3) Si se van a aportar los datos de más de una empresa, incorporar tantos grupos de casillas como empresas.

Razón social de la empresa (3)

% Participación (1) .........................

Empresa (Datos referidos al último ejercicio)

Cuentas consolidadas f SI f NO.

N.º trabajadores: ......... Volumen Negocio (ventas netas): .......... Activo Total: ...................

Declaración responsable

Don/Doña ............................., con domicilio en ....................... y NIF número ................., en nombre propio /como representante legal de ......................, con domicilio social en ..................... y CIF .................. (táchese lo que no proceda), que ha solicitado la subvención de ................., formulo las siguientes declaraciones:

1._Declaración sobre otras subvenciones obtenidas.

_En relación con la subvención solicitada, declaro:

f Que no he obtenido ningún tipo de subvención de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, en relación con el objeto de esta solicitud.

f Que he obtenido las siguientes subvenciones de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, en relación con el objeto de esta solicitud:

ENTIDAD CONCEPTO CUANTIA CONCEDIDA

(En miles de euros).

_En relación con las ayudas sometidas al régimen de "mínimis", declaro:

f Que en los tres últimos años no he recibido ayudas de ninguna Administración o Ente público, nacional o internacional, sometidas al régimen de "mínimis".

f Que en los tres años anteriores he recibido ayudas de cualquier Administración o Ente público, nacional o internacional, sometidas al régimen de "mínimis", por importe total de ............. euros.

_En relación a la actualización de datos:

Me comprometo a comunicar por escrito a este Departamento, en el plazo máximo de 15 días a partir de su notificación, cualquier modificación que se produzca en las subvenciones especificadas en esta declaración. Asimismo, me comprometo a ponerlo en conocimiento de toda Entidad pública a la que haya solicitado algún tipo de subvención.

2._Declaración sobre los requisitos del artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones.

El artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones establece que no podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en dicha Ley Foral, las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias que se enumeran en el mismo.

De conformidad con el citado artículo, declaro no hallarme incurso en ninguna de las siguientes circunstancias:

a) Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarme declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de incompatibilidad que establezca la normativa vigente.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

f) Tener la residencia fiscal en u país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, o en la legislación general tributaria.

En ..................., a ...... de .................. de 200.....

FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA

Información de interés para el solicitante

1. Con el fin de acreditar el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 9 e) de la Ley Foral de Subvenciones, el solicitante autoriza al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo para que compruebe, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión de la subvención, que el mismo se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

2. El tratamiento de los datos aportados en la solicitud y la declaración responsable se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la demás legislación aplicable. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerá, conforme a la legislación señalada, en el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

3. El Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo podrá investigar la veracidad de los datos declarados y, en caso de falsedad, exigir el reintegro de la subvención concedida más los intereses de demora correspondientes, así como instruir un expediente sancionador por la comisión de una infracción clasificada como muy grave.

ANEXO 2

Solicitud de ayudas para la mejora de la competitividad (excepto sistemas de gestión)

1._Datos principales de la Entidad solicitante.

Solicitante o Razón Social:

C.I.F. de la Razón Social:

Domicilio Social (calle-plaza):

Localidad:

Código Postal .............................. Provincia:

Teléfono: ............................. Fax:

Productos y servicios:

CNAE (*) ....................... E-mail:

Tamaño de empresa (**):

Empleo: .................... Activo (euros):

Ventas (euros): ........................... Año datos (***):

A la vista de los datos expuestos la empresa se declara:

f PYME

f NO PYME

(*) CNAE según Real Decreto 1560/1992 de 18 de diciembre.

(**) Tamaño empresa: Los valores del empleo, activo y ventas son los resultantes de la suma de empresa solicitante y de las empresas vinculadas o asociadas, según lo establecido en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

(***) Año datos corresponden al último ejercicio contable cerrado y se calcularán con carácter anual. Las empresas de nueva creación utilizaran estimaciones contables fiables, realizadas durante el ejercicio financiero.

Persona de contacto:

Nombre:

Apellido 1.º: ............................ Apellido 2.º:

Cargo:

Teléfono: ................................. Fax:

E-mail:

2._Datos del proyecto o de la actuación:

Título del proyecto o actuación:

Lugar de realización:

3._Datos de la Entidad Asesora / Formadora:

Nombre:

N.I.F.:

Dirección: ................................. Teléfono:

(*) Poner los datos de todas las entidades asesoras que colaboren en el proyecto.

4._Actividad para la que solicita ayuda.

SEÑALAR

UNA UNICA

CASILLA

POR SOLICITUD

B.1.1.a REFLEXION Y PLANIFICACION ESTRATEGICA

B.1.1.b GESTION DEL CONOCIMIENTO

B.1.1.c SISTEMAS LOGISTICOS

B.1.1.d DISTRIBUCIONES EN PLANTA

B.1.2.a DISEÑO DEL PRODUCTO

B.1.2.b SUSTITUCION DE MATERIALES Y CICLO DE VIDA

B.1.2.c SIMULACION DE PROCESO Y PROTOTIPADO RAPIDO

B.1.3.a PREPARACION DE PROPUESTAS DE I+D+I

B.1.3.b GESTION DE LA INNOVACION Y VIGILANCIA TECNOLOGICA

B.1.3.c PATENTES INTERNACIONALES

B.1.4 CREACION DE ESTRUCTURAS INTEREMPRESARIALES

B.1.5.a IMPLANTACION DE SISTEMAS PARA PLATAFORMAS

B.1.5.b IMPLANTACION DE SERVICIOS DE INTERNET

C.1. CURSOS DE FORMACION Y ESTANCIAS BREVES

D.1.1.a DINAMIZACION: ORGANIZACION

D.1.1.b DINAMIZACION: DISEÑO DE PRODUCTO

D.1.1.c DINAMIZACION: COOPERACION

D.1.2 PRESTACION DE SERVICIOS A TRAVES DE INTERNET

5._Descripción detallada de las actividades principales de la organización, productos y/o servicios, líneas de fabricación, etc.

6._Necesidades concretas y especificas que motivan la actuación. situación actual de la organización, grado de conocimiento que la organización tiene en este tema, principales carencias que se pretenden corregir.

7._Objetivos específicos del proyecto (siempre que sea posible establecer objetivos cuantificables).

8.1._Datos detallados de la actuación. (Este apartado no es aplicable a las actividades de capacitación técnica).

Totales

Totales

Coste total de la actuación sin IVA

8.2._Datos detallados de la actuación. (Este apartado solamente es aplicable a las actividades de difusión y dinamización para el apartado D.1.1).

Totales

Totales

Coste total de la actuación sin IVA

8.3._Datos detallados de la actuación. (Este apartado solamente es aplicable a las actividades de capacitación técnica).

Fecha de inicio:

Fecha de finalización:

N.º de horas totales:

N.º de participantes:

Coste de la actuación:

Coste total (suma de los conceptos siguientes):

Matrícula:

Desplazamientos:

Alquiler de local

Alojamiento:

Manutencion:

Otros:

Personal que participa en la actividad:

9._Innovación que la actuación supondrá para la empresa frente a otras de su sector y entorno.

10._Ventajas que presenta para la organización, estableciendo y cuantificando cuando sea posible la mejora competitiva esperada.

11._Documentos que deben aportarse.

_Fotocopia del contrato, convenio de colaboración u oferta económica de la/s entidad/es asesora/s, aceptada por la empresa.

_En el caso de capacitación de personal técnico, además: fotocopia del programa y del contenido formativo.

_Cuando el presupuesto de la actividad supere el importe de 12.000 euros el solicitante deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía. Esto podrá hacerse bien por la presentación de un mínimo de tres ofertas y la justificación de la elección de la oferta seleccionada, por justificación razonada de que por las especiales características de los gastos subvencionables no existe en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o por la justificación razonada de que el gasto se ha realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.

El solicitante autoriza al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo para que compruebe, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión de la subvención, que el mismo se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

En ......................... a ............ de ........... de 200....

EL RESPONSABLE DE LA EMPRESA FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA

Nombre y Apellidos

D.N.I.

ANEXO 3

Justificación de gastos para mejora de competitividad

1._Datos identificativos.

Empresa ............................ NIF:

Título proyecto: ....................... Expediente: ......... IIK:

2._Relación de justificantes.

Total importe

_Facturas:

Se presentarán facturas (abonadas) emitidas por el asesor o asesores encargado/s de la realización del proyecto, ordenándose como en la relación precedente.

Aquellas organizaciones para las cuales el IVA sea un coste no deducible deberán aportar copia de los documentos correspondientes que así lo acrediten.

_Justificantes de pago:

Se adjuntará a cada factura su correspondiente justificante de pago, entendiéndose como tal los cargos o extractos bancarios que reflejen con claridad el movimiento de la cuenta como consecuencia del pago de la misma. No se acepta como justificante de pago el cheque.

2.1._Para el caso de Organimos Intermedios que deban justificar el costes internos.

Total importe

3._Informe final de actuación.

(La extensión máxima será de 4 páginas).

En las actuaciones de Capacitación de personal técnico, el informe final de actuación se puede sustituir por una declaración de la empresa indicando que la actividad se ha completado según el plan previsto o, en caso contrario, indicando las desviaciones ocurridas. Esta declaración deberá estar fechada, firmada por un representante de la empresa y sellada por la misma.

Los puntos a tratar en el informe final serán los siguientes:

3.1._Documentación descriptiva sobre la ejecución de las actividades (con indicación de recursos, costes y modificaciones sobre el plan inicial previsto).

3.2._Resumen de los problemas encontrados y decisiones más importantes tomadas.

3.3._Experiencia general que se ha ganado con la actuación:

_Organización y capacidad de gestión.

_Metodología, procedimientos y técnicas utilizadas.

_Capacitación adquirida por los recursos utilizados o la formación adquirida.

_Calidad de los servicios externos subcontratados.

3.4._Conclusiones generales (grado de consecución de los fines previstos).

En ................. a ............... de ............. de 200....

FIRMA DE LOS RESPONSABLES DEL PROYECTO V.º B.º DE LA EMPRESA

POR PARTE DE LA ASESORIA

Declaración responsable

Don/Doña ............................., con domicilio en .................. y NIF número ..............., en nombre propio /como representante legal de ................., con domicilio social en ........................... y CIF ............... (táchese lo que no proceda), que ha solicitado la subvención de ................., formulo las siguientes declaraciones:

1._Declaración sobre otras subvenciones obtenidas.

_En relación con la subvención solicitada, declaro:

f Que no he obtenido ningún tipo de subvención de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, en relación con el objeto de esta solicitud.

f Que he obtenido las siguientes subvenciones de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, en relación con el objeto de esta solicitud:

ENTIDAD CONCEPTO CUANTIA CONCEDIDA

(En miles de euros).

_En relación con las ayudas sometidas al régimen de "mínimis", declaro:

f Que en los tres últimos años no he recibido ayudas de ninguna Administración o Ente público, nacional o internacional, sometidas al régimen de "mínimis".

f Que en los tres años anteriores he recibido ayudas de cualquier Administración o Ente público, nacional o internacional, sometidas al régimen de "mínimis", por importe total de ............ euros.

_En relación a la actualización de datos:

Me comprometo a comunicar por escrito a este Departamento, en el plazo máximo de 15 días a partir de su notificación, cualquier modificación que se produzca en las subvenciones especificadas en esta declaración. Asimismo, me comprometo a ponerlo en conocimiento de toda Entidad pública a la que haya solicitado algún tipo de subvención.

2._Declaración sobre los requisitos del artículo 13 de la Ley Foral de subvenciones.

El artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones establece que no podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en dicha Ley Foral, las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias que se enumeran en el mismo.

De conformidad con el citado artículo, declaro no hallarme incurso en ninguna de las siguientes circunstancias:

a) Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarme declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de incompatibilidad que establezca la normativa vigente.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

f) Tener la residencia fiscal en u país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, o en la legislación general tributaria.

En ......................, a ............. de .......... de 200....

FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA

Información de interés para el solicitante

4. Con el fin de acreditar el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 9 e) de la Ley Foral de Subvenciones, el solicitante autoriza al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo para que compruebe, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión de la subvención, que el mismo se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

5. El tratamiento de los datos aportados en la solicitud y la declaración responsable se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la demás legislación aplicable. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerá, conforme a la legislación señalada, en el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

6. El Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo podrá investigar la veracidad de los datos declarados y, en caso de falsedad, exigir el reintegro de la subvención concedida más los intereses de demora correspondientes, así como instruir un expediente sancionador por la comisión de una infracción clasificada como muy grave.

ANEXO 4

Lista de productos que figuran en el Anexo I del TCE

_Animales vivos.

_Carnes y despojos comestibles.

_Pescados, crustáceos y moluscos.

_Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural.

_Tripas, vejigas y estómagos de animales (distintos de los de pescado), enteros o en trozos.

_Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otras partidas; animales muertos de los capítulos 1 ó 3, impropios para el consumo humano.

_Plantas vivas y productos de la floricultura.

_Legumbres, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.

_Frutos comestibles; cortezas de agrios y de melones.

_Café, té y especias, con exclusión de la yerba mate.

_Cereales.

_Productos de la molinería; malta; almidones y féculas; gluten; inulina.

_Semillas y frutos oleaginosos; semillas, simientes y frutos diversos; plantas industriales y medicinales; pajas y forrajes.

_Pectina.

_Manteca, otras grasas de cerdo y grasas de aves de corral, prensadas o fundidas.

_Sebos (de las especies bovina, ovina y caprina) en bruto o fundidos, incluidos los sebos llamados «primeros jugos».

_Estearina solar; oleoestearina; aceite de manteca de cerdo y oleomargarina no emulsionada, sin mezcla ni preparación alguna.

_Grasas y aceites de pescado y de mamíferos marinos, incluso refinados.

_Aceites vegetales fijos, fluidos o concretos, brutos, purificados o refinados.

_Grasas y aceites animales o vegetales hidrogenados, incluso refinados, pero sin preparación ulterior.

_Margarina, sucedáneos de la manteca de cerdo y otras grasas alimenticias preparadas.

_Residuos procedentes del tratamiento de los cuerpos grasos o de las ceras animales o vegetales.

_Preparados de carnes, de pescados, de crustáceos y de moluscos.

_Azúcares de remolacha y de caña, en estado sólido.

_Otros azúcares; jarabes; sucedáneos de la miel, incluso mezclados con miel natural; azúcares y melazas caramelizadas.

_Melazas, incluso decoloradas.

_Azúcares, jarabes y melazas aromatizados o con adición de colorantes (incluidos el azúcar con vainilla o vainillina), con excepción de los zumos de frutas con adición de azúcar en cualquier porcentaje.

_Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado.

_Cáscara, cascarilla, películas y residuos de cacao.

_Preparados de legumbres, de hortalizas, de frutas y de otras plantas o partes de plantas.

_Mosto de uva parcialmente fermentado, incluso «apagado» sin utilización de alcohol.

_Vinos de uva; mosto de uva «apagado» con alcohol (incluidas las mistelas).

_Sidra, perada, aguamiel y otras bebidas fermentadas.

_Alcohol etílico desnaturalizado o sin desnaturalizar, de cualquier graduación, obtenido con los productos agrícolas que se enumeran en el Anexo I del Tratado, con exclusión de los aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas; preparados alcohólicos compuestos (llamados «extractos concentrados») para la fabricación de bebidas.

_Vinagre y sus sucedáneos comestibles.

_Residuos y desperdicios de las industrias alimenticias; alimentos preparados para animales.

_Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de tabaco.

_Corcho natural en bruto y desperdicios de corcho; corcho triturado, granulado o pulverizado.

_Lino en bruto (mies de lino), enriado, espadado, rastrillado (peinado) o trabajado de otra forma, pero sin hilar; estopas y desperdicios de lino (incluidas las hilachas).

_Cáñamo (Cannabis sativa) en rama, enriado, espadado, rastrillado (peinado) o trabajado de otra forma, pero sin hilar; estopas y desperdicios de cáñamo (incluidas las hilachas)(*) Partida añadida por el artículo 1 del Reglamento no 7 bis del Consejo de la Comunidad Económica Europea, de 18 de diciembre de 1959 (Diario Oficial número 7, de 30 de 1961, página 71).

Pamplona, 26 de abril de 2006
El director General de Industria y Comercio, Enrique Díaz Moreno.

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