BOLETÍN Nº 57 - 12 de mayo de 2006

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

EDICTO

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 3 de abril de 2006, adoptó la siguiente resolución:

RUV 03-ABR-06 (32/UV).

"Visto el informe emitido con fecha 30 de marzo de 2006 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre las visitas de inspección al edificio número 37 de la calle San Antón de Pamplona efectuadas con fecha 15 de diciembre de 2005, antes del inicio de los trabajos de excavación correspondientes a las obras de reurbanización de la citada calle, y 7 de marzo de 2006, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

.En fachada a la calle San Antón:

_Alero con signos de humedades. Piezas en mal estado con posible pudrición. Canalón doblado con pérdidas de agua.

_Desprendimientos de revoco, con riesgo de caída de material.

_Losas de balcones de hormigón en pisos 1.º, 3.º y 5.º: Disgregadas con importante pérdida de sección en cantos y esquinas. Pletinas metálicas a la vista con oxidación. Riesgo de caída de fragmentos a vía pública.

_Losas de balcones de pletinas y fábrica en pisos 2.º y 4.º: Pletinas metálicas oxidadas en mal estado con caída de material.

_Apoyo de barandillas insuficiente, con peligro.

.En cubierta:

_Goteras en vivienda de 5.º piso.

.En patio interior:

_Alero y canalón en mal estado con vegetación y pérdidas de agua. Humedades en zona de contacto con la fachada.

_Revocos deteriorados, con posibles desprendimientos. Zonas con pérdida completa de recubrimiento.

.En portal y caja de escaleras:

_Humedades, desconchones y fisuración en paredes y losas, generalizados en portal y caja de escaleras.

_Pavimentos en mal estado con zonas hundidas, piezas rotas o despegadas.

_Desprendimientos de cielos rasos en zona lucernario.

.En viviendas, piso 1.º:

_Deterioro grave del forjado que separa los pisos 1.º y 2.º, en la zona situada a la izquierda del descanso de las escaleras, debida a posibles fugas en la red de abastecimiento o saneamiento de la vivienda superior o del edificio. Deformación pronunciada de solivería, con algunas piezas podridas y desprendimiento de cielo raso.

.En viviendas, piso 5.º:

_Falsos techos agrietados y con humedades por goteras de cubierta. Peligro de desprendimientos. Instalación eléctrica afectada por las humedades con peligro.

_En general, el edificio no reúne ni condiciones de habitabilidad ni de salubridad para las personas que lo habitan.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones,

HE RESUELTO:

1._Ordenar a los propietarios del edificio número 37 de la calle San Antón que procedan en los plazos que se indican a la ejecución de las siguientes obras:

A._En el plazo de siete días, contados desde la notificación de la presente resolución, a estas obras:

.En viviendas, piso 1.º:

_Revisión, por parte de técnico competente, del estado de la estructura de forjado deteriorada. Adoptando las medidas provisionales de seguridad que el técnico estime oportunas y el seguimiento controlado de los daños y su evolución.

B._En el plazo de sesenta días, contados a partir de la finalización de las obras de reurbanización de la calle San Antón, a estas obras:

.En fachada a la calle San Antón:

_Reposición y sustitución de piezas de alero según casos. Reparar las causas que producen las humedades. Lijado y pintado del alero.

_Picado, revocado y pintado de la fachada completa.

_Losas de balcones todas las plantas: Saneado, picado, retirada de piezas inservibles y recomposición de losas, eliminando cualquier riesgo de caída de fragmentos a vía pública.

_Garantizar la seguridad de barandillas.

.En cubierta:

_Reparación de cubierta, para eliminar goteras, incluso estudio del estado de la estructura y trabajos necesarios derivados de dicho estudio, como sustitución de piezas estructurales u otros para garantizar la estanqueidad y seguridad de la misma. Solucionar encuentro entre cubierta y fachada trasera a patio.

.En patio interior:

_Sustitución de canalón. Solucionar encuentro entre cubierta y fachada trasera a patio.

_Picado, revocado y pintado de la fachada completa.

.En portal y caja de escaleras:

_Saneado y picado de paramentos de portal y caja de escaleras afectados por las humedades, desconchones y fisuración. Revoco y pintado de todo ello.

_Levante de pavimentos en mal estado con zonas hundidas, piezas rotas, despegadas o parcheadas con distintos materiales. Recuperación de las baldosas que se encuentren en buen estado. Renovación de pavimento con baldosas recuperadas y de barro similares a las existentes.

_Sustitución de cielos rasos desprendidos en zona lucernario.

.En viviendas, piso 1.º:

_Eliminación de la causa que haya podido provocar los desperfectos, y reparaciones oportunas, así como revisión de posibles fugas en el resto del edificio.

_Refuerzo y consolidación o sustitución de la parte de forjado dañada, y aplicación de tratamiento para la eliminación de insectos xilófagos que pudieran existir.

.En viviendas, piso 5.º:

_Sustitución o reparación y pintado de falsos techos una vez eliminada la causa que produce las humedades.

_Revisión completa de la instalación eléctrica, garantizando el buen funcionamiento y la seguridad de las personas que la utilizan, realizando los trabajos que sean necesarios para ello.

_Picado, revocado y pintado de las dos fachadas.

Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación del Director de Obra.

2._Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132 por 100 de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3._Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4._Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 10."

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 19 de abril de 2006
La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

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