BOLETÍN Nº 57 - 12 de mayo de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

TAFALLA

Delimitación de comunales

En la sesión que con carácter de ordinario celebró el Pleno del muy ilustre Ayuntamiento con fecha 28 de marzo de 2006, entre otros, se adoptó el siguiente acuerdo.

Iniciado mediante Decreto Foral 24/2005, de 31 de enero, el proceso de concentración parcelaria, del Sector IV-I del área regable del Canal de Navarra, en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 52 del Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra se precisa llevar a cabo la delimitación cartográfica de los comunales afectados.

Evacuados los correspondientes informes Jurídico y Técnico, emitidos por EIN y por el Guarda Rural, señor Autor, se acuerda,

Primero._Aprobar el inicio del procedimiento de delimitación cartográfica de los comunales del término municipal de Tafalla.

Segundo._Aprobar el inicio del procedimiento de delimitación cartográfica de las cañadas, únicamente de las que discurren por la zona a concretar.

Tercero._Que se efectúen las correspondientes publicaciones en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, por los plazos establecidos en el artículo 40 del citado Reglamento de Bienes.

Cuarto._Exponer el expediente en Secretaría Municipal a fin de que los interesados lo puedan examinar, en el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de inserción del anuncio publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en el Tablón de Anuncios de la Corporación y, en su caso, presentar alegaciones en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la finalización del plazo anterior.

Al tratarse de un acto de trámite, no es recurrible en vía administrativa, por lo que se lo comunico a los efectos oportunos.

Tafalla, 31 de marzo de 2006
La Alcaldesa, Maite Mañú Echaide.

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