BOLETÍN Nº 48 - 21 de abril de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de Familia)

EDICTO

En Pamplona, a 15 de marzo de 2006.

Doña Margarita Pérez-Salazar Resano, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de Familia).

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona, se tramita procedimiento de separación contencioso, con el número 1.173/2005, instados por la Procuradora doña Ana Marco Urquijo, actuando en nombre y representación de doña María Lourdes Ferreira Ferreira, frente a don José Luis García Rodríguez, en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución, cuyo fallo contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente:

Fallo: Estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora doña Ana Marco Urquijo, en nombre y representación de doña Lourdes Fereira Ferreira, frente a don José Luis García Rodríguez, en rebeldía procesal, debo declarar y declaro la separación matrimonial de los litigantes con respecto al matrimonio que contrajeron en Pamplona, el 4 de agosto de 1990, con los efectos inherentes a esa declaración y con los siguientes:

_Se establece a favor de doña Lourdes Ferreira Ferreira, el derecho a percibir una pensión compensatoria de don José Luis García Rodríguez, en cuantía de 300 euros mensuales. Dicha cantidad se abonará en los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que doña Lourdes Ferreira designe y se revalorizará en enero de cada año, conforme a las variaciones de I.P.C. que publique el I.N.E. u organismo que legalmente le sustituya.

No se hace expresa condena en costas.

Firme la presente resolución, líbrese exhorto al Registro Civil que proceda, para llevar a cabo la anotación correspondiente.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Navarra (artículo 455 L.E.Cn.).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado, en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 L.E.Cn.).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Luis García Rodríguez, en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Pamplona, 15 de marzo de 2006
La Magistrado-Juez, Margarita Pérez-Salazar Resano
La Secretaria, firma ilegible.

Código del anuncio: J0604957