BOLETÍN Nº 44 - 12 de abril de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 743/2006, de 27 de marzo, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de 2 plazas del puesto de trabajo de Técnico Superior en Medio Ambiente al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 743/2006, de 27 de marzo, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 2 plazas del puesto de trabajo de Técnico Superior en Medio Ambiente al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 2 plazas del puesto de trabajo de Técnico Superior en Medio Ambiente, de régimen funcionarial, nivel A, identificadas en la plantilla orgánica con los números 1438 y 6853, adscritas a la Dirección General de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, con destino en Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

_1 plaza en turno libre.

_1 plaza en turno de promoción.

1.2. Si la vacante del turno de promoción quedara desierta por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumulará a la del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes del mismo, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

1.3. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.4. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

2._Requisitos

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes.

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.2. Con la excepción establecida en el punto dos de la base 3.3, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3._Instancias

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro General mencionado, cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 33, de fecha 18 de marzo de 2005, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en ella. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno._Justificante de haber abonado en cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

Dos._Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal calificador

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don Pedro Zuazo Onagoitia, Director del Servicio de Integración Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Don Enrique Eraso Centelles, Director del Servicio de Conservación de la Biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Vocal: Don Javier Vera Janín, Jefe de la Sección de Inspección y Control Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Don Mahmoud-Mohamed Rabbani Rabbani, Químico del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Vocal: Don José Miguel Eseverri Anguiano, Jefe de la Sección de Prevención de la Contaminación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Don Jesús Oiza Sagardoy, Jefe del Negociado de Control del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Vocal: un representante del personal propuesto por la Comisión de Personal Administración Núcleo.

_Suplente: un representante del personal propuesto por la Comisión de Personal Administración Núcleo.

_Vocal-Secretario: Don Félix Armendáriz Martínez, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

_Suplente: Doña María José Alvarez Los Arcos, Secretaria General Técnica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de septiembre de 2006. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de hasta 80 preguntas, que podrán formularse con varias alternativas de respuesta para cada pregunta y/o como preguntas de respuesta breve, sobre la materia incluida en cualquiera de las partes del temario.

Segundo: Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo de cuatro horas, dos temas de la parte tercera del temario. Los temas serán seleccionados de la siguiente forma:

Primero se seleccionarán por sorteo dos de los cuatro bloques que figuran en la parte tercera del temario.

A continuación se seleccionará por sorteo un tema de cada uno de los dos bloques escogidos previamente.

Tercero: Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo de cuatro horas, uno o dos supuestos prácticos relacionados con la materia incluida en la segunda y tercera parte del temario.

Los ejercicios se efectuarán por el sistema de plicas.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Primer ejercicio: Hasta 35 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta 30 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 15 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta 35 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada uno de los ejercicios. Igualmente, quedarán eliminados los aspirantes que en el segundo ejercicio no alcancen la mitad de la puntuación asignada a cada tema.

6.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Permiso de Conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el tercer ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación de la propuesta de nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes propuestos deberán aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho órgano, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Fotocopia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

d) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

g) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) Fotocopia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

c) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale la Dirección General de Función Pública, su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el párrafo segundo del apartado 8.3, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Técnico Superior en Medio Ambiente, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Listas de aspirantes a la contratación temporal

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

_Lista de aprobados sin plaza.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

10.2. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

b) Fotocopia compulsada del permiso de conducir vehículos de clase B.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

10.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

10.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

_Lista de aprobados sin plaza.

_Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y que no hayan resultado aprobados sin plaza.

10.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

11._Recursos

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/Doña ..............................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ............... (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día .........., de ............ de ......., natural de ................. (................), nacionalidad ..............., con domicilio actual en ........................... (....................), calle ....................., código postal ..............., teléfono .................., teléfono trabajo ...................

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante ...................., de ...... plazas del puesto de trabajo de ............... al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ............, de fecha ............, en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción*

f Turno de reserva para discapacitados*

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

Administración Núcleo*

Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea*

Instituto Navarro de Bienestar Social*

(*) Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*

Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*

Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés.*

(*) Unicamente cuando proceda.

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ...... de ................. de ..........

(Firma)

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR. DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.

ANEXO II

PARTE PRIMERA

Normativa

Tema 1._La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2._Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3._Las fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4._El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 5._El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6._El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7._El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 8._El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

Tema 9._La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Tema 10._La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 12._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 13._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 14._La Hacienda Pública de Navarra: derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación.

Tema 15._Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: concepto y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, y extinción de los contratos.

Tema 16._La protección de datos personales en Europa y España. Principios. Derechos de las personas. Agencia de protección de datos. Movimiento internacional de datos.

PARTE SEGUNDA

Legislación ambiental

Tema 1._Decreto 833/75, de 6 de febrero de 1975, que desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre de 1972, de protección del ambiente atmosférico: estructura y contenido. Decreto Foral 6/2002, de 14 de enero, por el que se establecen las condiciones aplicables a la implantación y funcionamiento de las actividades susceptibles de emitir contaminantes a la atmósfera: estructura y contenido.

Tema 2._Directiva 2000/69/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2000, sobre los valores límite para el benceno y el monóxido de carbono en el aire ambiente: estructura y contenido. Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente, en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y dióxido de carbono: estructura y contenido. Real Decreto 1796/2003, de 26 de diciembre, relativo al ozono en el aire ambiente: estructura y contenido.

Tema 3._Programa Nacional de reducción progresiva de emisiones nacionales de dióxido de azufre, óxido de nitrógeno, compuestos orgánicos volátiles y amoniaco: techos de emisión y objetivos de reducción.

Tema 4._Real Decreto 430/2004, de 12 de marzo, por el que se establecen nuevas normas sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión, y se fijan ciertas condiciones para el control de las emisiones a la atmósfera de las refinerías de petróleo: estructura y contenido.

Tema 5._Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades: estructura y contenido. Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero, por el que se complementa el régimen jurídico sobre la limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovación del acabado de vehículos: estructura y contenido.

Tema 6._Real Decreto 2012/1996, de 20 de septiembre, sobre el control de emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) resultantes de almacenamiento y distribución de gasolina desde las terminales a las estaciones de servicio: estructura y contenido. Real Decreto 1437/2002, de 27 de diciembre, por el que se adecuan las cisternas de gasolina al Real Decreto 2102/1996, de 20 de septiembre, sobre control de emisiones de compuestos orgánicos volátiles: estructura y contenido.

Tema 7._Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero: estructura y contenido. Real Decreto 1264/2005, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del registro nacional de derechos de emisión: estructura y contenido. Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión 2005-2007: estructura y contenido. Real Decreto 60/2005, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1866/2004: estructura y contenido. Real Decreto 1315/2005, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases de los sistemas de seguimiento y verificación de emisiones de gases de efecto invernadero en las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo: estructura y contenido.

Tema 8._Real Decreto 653/2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos: estructura y contenido.

Tema 9._Reglamento (CE) N.º 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono: estructura y contenido. Reglamento (CE) N.º 2038/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de septiembre de 2000, que modifica el Reglamento 2037/2000, en cuanto a los inhaladores dosificadores y las bombas de infusión: estructura y contenido. Reglamento (CE) N.º 2039/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de septiembre de 2000, que modifica el Reglamento 2037/2000, en cuanto al año de referencia para la asignación de cuotas de hidroclorofluorocarburos: estructura y contenido.

Tema 10._Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos: estructura y contenido. Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos: estructura y contenido.

Tema 11._Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos: estructura y contenido. Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento 833/1988: estructura y contenido. Decreto Foral 312/1993, de 13 de octubre, por el que se regula el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos: estructura y contenido. Decreto Foral 295/1996, de 29 de julio, por el que se establece el régimen simplificado de control de la recogida de pequeñas cantidades de residuos especiales: estructura y contenido. Orden Foral 1926/2002, de 12 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba el modelo de documento simplificado para el control y seguimiento de los residuos generados en el sector de la automoción en Navarra: estructura y contenido.

Tema 12._Orden Ministerial de 13 de octubre de 1989, por la que se determinan los métodos de caracterización de los residuos tóxicos y peligrosos: estructura y contenido. Real Decreto 1078/1993, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos: estructura y contenido. Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas: estructura y contenido.

Tema 13._Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997: estructura y contenido. Real Decreto 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de productos fitosanitarios: estructura y contenido. Real Decreto 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, y por el que se modifica el Reglamento para su ejecución, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril: estructura y contenido.

Tema 14._Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos: estructura y contenido.

Tema 15._Orden Ministerial de 28 de febrero de 1989, por la que se regula la gestión de aceites usados: estructura y contenido. Orden Ministerial de 13 de junio de 1990, por la que se modifica el apartado decimosexto, 2, y el anexo II de la Orden de 28 de febrero de 1989: estructura y contenido. Orden MAM/2191/2005, de 27 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para concesión de las subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados: estructura y contenido.

Tema 16._Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan: estructura y contenido. Plan Nacional de descontaminación y eliminación de Policlorobifenilos (PCBs), Policloroterfenilos (PCTs) y aparatos que los contengan (2001-2010): principios de gestión y objetivos. Real Decreto 228/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan: estructura y contenido.

Tema 17._Real Decreto 45/1996, de 19 de enero, por el que se regulan diversos aspectos relacionados con las pilas y los acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas: estructura y contenido. Orden de 25 de octubre de 2000, por la que se modifican el anejo 1 del Real Decreto 45/1996, y el anexo I del Real Decreto 1406/1989: estructura y contenido.

Tema 18._Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso, 2001-2006: principios de gestión y objetivos.

Tema 19._Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil (2001-2006): principios de gestión y objetivos. Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil: estructura y contenido. Orden INT/249/2004, de 5 de febrero, por la que se regula la baja definitiva de los vehículos descontaminados al final de su vida útil: estructura y contenido. Decisión de la Comisión, de 1 de abril de 2005, por la que se establecen normas de desarrollo para controlar el cumplimiento de los objetivos de reutilización y valorización así como de reutilización y reciclado fijados en la Directiva 2000/53/CE: estructura y contenido. Decisión del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, que modifica el anexo II de la Directiva 2000/53/CE: estructura y contenido.

Tema 20._Decreto Foral 296/1993, de 13 de septiembre, por el que se establece la normativa para la gestión de los Residuos Sanitarios en la Comunidad Foral: estructura y contenido. Decreto Foral 181/1994, de 3 de octubre, por el que se complementa el Decreto Foral 296/1993, de 13 de septiembre, determinando el modelo y contenido mínimo de los Planes de gestión de los residuos sanitarios, se establece el funcionamiento del Registro de transportistas de residuos sanitarios, la homologación de los vehículos de transporte, así como los modelos de cuestionarios de entrega y recepción de los residuos sanitarios del grupo 3: estructura y contenido.

Tema 21._Real Decreto 1310/90, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario: estructura y contenido. Orden Ministerial de 26 de octubre de 1993, por la que se dictan normas sobre los controles a realizar por las CCAA para el seguimiento de la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario: estructura y contenido. Real Decreto 824/2005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes: estructura y contenido.

Tema 22._Decreto Foral 148/2003, de 23 de junio, por el que se establecen las condiciones técnicas ambientales de las instalaciones ganaderas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra: estructura y contenido. Orden Foral 234/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se establecen las condiciones aplicables a la producción, almacenamiento y gestión de estiércol en las instalaciones ganaderas de Navarra: estructura y contenido.

Tema 23._Reglamento (CE) N.º 1774/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano: estructura y contenido. Reglamento (CE) N.º 808/2003, de la Comisión, de 12 de mayo de 2003, modificación M1 del Reglamento 1774/2002. Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano: estructura y contenido. Reglamento (CE) N.º 668/2004, de la Comisión, de 10 de marzo de 2004, modificación M² del Reglamento 1774/2002. Reglamento (CE) N.º 208/2006, de la Comisión, de 7 de febrero de 2006, modificación M³ del Reglamento 1774/2002. Decreto Foral 13/2006, de 20 de febrero, por el que se regulan los subproductos animales no destinados al consumo humano.

Tema 24._Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero: estructura y contenido. Decisión del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los vertederos: estructura y contenido.

Tema 25._Reglamento (CEE) N.º 259/1993 del Consejo de 1 de febrero, relativo a la vigilancia y al control de los traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad Europea: estructura y contenido.

Tema 26._Real Decreto 849/86, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos I, IV, V, VI y VII de la Ley de Aguas: estructura y contenido. Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas: estructura y contenido. Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas: estructura y contenido. Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas: estructura y contenido. Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (Artículo 129, modificación del Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio): estructura y contenido.

Tema 27._Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre, de saneamiento de las aguas residuales de Navarra: estructura y contenido. Decreto Foral 82/1990, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Foral 10/1988: estructura y contenido. Decreto Foral 191/2000, de 22 de mayo, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Desarrollo de la Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre, de saneamiento de las aguas residuales de Navarra: estructura y contenido. Decreto Foral 105/1999, de 12 de abril, por el que se establecen las condiciones técnicas que deben cumplir las piscinas y las instalaciones de tratamiento de agua para potabilización, para evitar las afecciones negativas que puedan producir sus vertidos de aguas residuales: estructura y contenido. Decreto Foral 12/2006, de 20 de febrero, por el que se establecen las condiciones técnicas aplicables a la implantación y funcionamiento de las actividades susceptibles de realizar vertidos de aguas a colectores públicos de saneamiento.

Tema 28._Orden de 11 de mayo de 1988, sobre características básicas de calidad que deben ser mantenidas en las corrientes de agua superficiales cuando sean destinadas a la producción de agua potable: estructura y contenido. Real Decreto 927/88, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los Títulos II y III de la Ley de Aguas: estructura y contenido. Real Decreto 734/88, de 1 de julio, por el que se establecen normas de calidad de las aguas de baño: estructura y contenido.

Tema 29._Real Decreto-Ley 11/95, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas: estructura y contenido. Real Decreto 509/96, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/95: estructura y contenido. Real Decreto 2116/1998, de 2 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/95, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas: estructura y contenido.

Tema 30._Real Decreto 995/2000, de 2 de junio, por el que se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes y se modifica el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril: estructura y contenido. Real Decreto 261/96, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias: estructura y contenido.

Tema 31._Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro, aprobado por el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio: estructura y contenido. Plan Director de Saneamiento de los Ríos de Navarra (1995): principios de gestión y objetivos.

Tema 32._Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental. Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido: estructura y contenido. Decreto Foral 135/1989, de 8 de junio, por el que se establecen las condiciones técnicas que deben cumplir las actividades emisoras de ruidos o vibraciones: estructura y contenido.

Tema 33._Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental: estructura y contenido. Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del RDL 1302/1986: estructura y contenido. Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto Ambiental: estructura y contenido. Directiva 2001/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente: estructura y contenido.

Tema 34._Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación: estructura y contenido. Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental: estructura y contenido.

Tema 35._Reglamento(CE) N.º 850/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre contaminantes orgánicos persistentes y por el que se modifica la Directiva 79/117/CEE: estructura y contenido.

Tema 36._Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados: estructura y contenido.

Tema 37._Directrices comunitarias sobre ayudas estatales a favor del medio ambiente (94/C 72/03) : estructura y contenido. Real Decreto 283/2001, de 16 de marzo, por el que se modifican determinados artículos del reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de deducción por inversiones destinadas a la protección del medio ambiente: estructura y contenido. Decreto Foral 221/2002, de 28 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a las inversiones para la prevención, corrección y control del impacto ambiental de la actividad industrial: estructura y contenido. Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades (Artículo 69, Deducción por actividades de conservación y mejora del medio ambiente): estructura y contenido.

Tema 38._Reglamento (CE) N.º 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales: estructura y contenido.

Tema 39._Decisión 2000/479/CE, de 17 de julio de 2000, de la Comisión Europea, relativa a la realización de un Inventario Europeo de Emisiones Contaminantes (EPER): estructura y contenido. Directiva 2003/4/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero, relativa al acceso del público a la información medioambiental y por la que se deroga la Directiva 90/313/CEE del Consejo: estructura y contenido. Reglamento (CE) N.º 166/2006, relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencia de contaminantes y por el que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE del Consejo: estructura y contenido.

PARTE TERCERA

Bloque 1

Tema 1._Contaminantes atmosféricos. Efectos sobre el medio ambiente y la salud humana. Problemáticas globales: lluvias ácidas, reducción de la capa de ozono y cambio climático. Mecanismos y química de los procesos involucrados.

Tema 2._Contaminación atmosférica urbana. Tráfico rodado. Combustiones domésticas. Dióxido de nitrógeno, BTEX y Plomo. Ozono troposférico. Factores naturales y antrópicos.

Tema 3._Depuración de emisiones a la atmósfera. Emisión de partículas sólidas. Procesos industriales emisores. Tecnologías de tratamiento para la separación de partículas. Principios, características y aplicaciones concretas.

Tema 4._Depuración de emisiones a la atmósfera. Emisiones de monóxido de carbono, dióxido de azufre y óxidos de nitrógeno. Tecnologías de tratamiento para la disminución de las emisiones. Principios, características y aplicaciones concretas.

Tema 5._Depuración de emisiones a la atmósfera. Compuestos orgánicos volátiles. Usos como disolventes. Tipos y clases. Naturaleza química. Orígenes y causas de las emisiones. Emisiones difusas. Tecnologías de tratamiento para la disminución de las emisiones. Tecnologías limpias para la reducción de las emisiones.

Tema 6._Depuración de emisiones a la atmósfera. Emisión de olores. Estudios olfatométricos. Tecnologías de tratamiento para la disminución de las emisiones. Principios, características y aplicaciones concretas.

Tema 7._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera. Instalaciones de combustión. Combustibles sólidos, líquidos y gaseosos. Instalaciones de incineración de residuos. Tipos de residuos incinerables. Características de las emisiones. Tecnologías de tratamiento para la disminución de las emisiones. Tecnologías limpias aplicables.

Tema 8._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera. Transporte, manipulación y almacenamiento de materiales pulverulentos. Calcinación de minerales. Fabricación de cemento y cal. Fabricación de fertilizantes. Origen, características de las emisiones y sistemas de depuración aplicables.

Tema 9._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera. Fabricación de vidrio. Fabricación de productos cerámicos. Fabricación de electrodos de grafito. Fabricación de pasta y papel. Origen, características de las emisiones y sistemas de depuración aplicables.

Tema 10._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera. Metalurgia férrea. Metalurgia no férrea. Galvanizado en caliente. Instalaciones con decapado ácido. Origen, características de las emisiones y sistemas de depuración aplicables.

Tema 11._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera. Emisión de olores. Industria agroalimentaria: tostaderos, ahumados, mataderos e instalaciones para la transformación de subproductos animales. Plantas depuradoras de aguas residuales. Vertederos de residuos. Origen, naturaleza de las sustancias odoríferas y características de las emisiones. Tecnologías de tratamiento para la disminución de las emisiones.

Tema 12._Actividades industriales emisoras de compuestos orgánicos volátiles. Impresión (offset, flexografía, serigrafía, rotograbado). Recubrimiento de superficies. Limpieza de superficies. Recubrimiento de vehículos. Recubrimiento con adhesivos. Polimerización de resinas. Origen y características de las emisiones. Sistemas para la disminución de las emisiones difusas. Tecnologías de tratamiento para la disminución de las emisiones. Tecnologías limpias aplicables.

Tema 13._Sistemas de control de las emisiones. Monitorización de valores de emisión. Técnicas de muestreo. Técnicas de medición "on line". Autocontrol. Situación y aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles sobre monitorización.

Tema 14._Métodos para la evaluación de la calidad del aire. Modelización. Mediciones indicativas (muestreadores pasivos, etc.). Estaciones automáticas. Técnicas analíticas de medición en continuo. Aplicaciones.

Bloque 2

Tema 15._Clasificación de los residuos. Definiciones y criterios. Tipos de códigos. Minimización. Operaciones de eliminación y valorización (recuperación, regeneración, reutilización, reciclado). Prioridad jerárquica en la gestión. Obligaciones de productores y gestores. Traslados de residuos.

Tema 16._Residuos urbanos. Producción y composición de los mismos. Residuos industriales asimilables a urbanos. Recogida selectiva. Centros de transferencia. Recogidas especiales. Plantas de selección: tecnologías y fracciones de materiales separados. Productos obtenidos y comercialización.

Tema 17._Residuos peligrosos. Definiciones. Criterios de aplicación para la consideración de un residuo como peligroso. Códigos H. Caracterización de residuos.

Tema 18._Actividades industriales productoras de residuos. Recubrimientos metálicos superficiales: químicos (fosfatados), electrolíticos (cincados, pasivados) y galvanizado en caliente. Metalurgia férrea. Metalurgia no férrea. Origen, características, opciones de minimización y gestión final.

Tema 19._Actividades industriales productoras de residuos. Transformación mecánica de piezas metálicas (mecanizado, rectificado). Recubrimientos superficiales con pinturas. Impresión (offset, flexografía, serigrafía, rotograbado). Origen, características, opciones de minimización y gestión final.

Tema 20._Vehículos fuera de uso. Neumáticos fuera de uso. Aceites usados. PCBs y PCTs. Residuos de construcción y demolición. Definiciones. Problemática ambiental. Sistemas de recogida y tratamiento.

Tema 21._Residuos de envases y embalajes. Pilas y acumuladores. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Definiciones, tipos y características. Problemática ambiental. Sistemas de recogida y tratamiento. Sistemas Integrados de Gestión.

Tema 22._Compuestos orgánicos persistentes no intencionales: PCBs y PCTs, dioxinas, furanos y hexaclorobenceno. Convenio de Estocolmo. Fuentes y efectos ambientales. Mejores técnicas disponibles y mejores prácticas ambientales para prevenir su liberación no intencional.

Tema 23._Vertederos de residuos. Tipos de vertederos. Residuos admisibles en vertederos. Criterios para la selección del emplazamiento. Diseño y características constructivas. Forma de explotación. Clausura. Efectos ambientales: lixiviados, olores y gases. Control y medidas correctoras. Aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles.

Tema 24._Tratamientos físico-químicos de residuos. Oxidación, reducción, neutralización, acidificación, precipitación, estabilización y solidificación, procesos de membrana, intercambio iónico, evaporación. Tipos de residuos y tecnologías específicas aplicadas en cada caso. Mejores Técnicas Disponibles.

Tema 25._Tratamientos biológicos de residuos. Compostaje. Biometanización. Tipos de residuos y tecnologías específicas aplicadas en cada caso. Mejores Técnicas Disponibles. Productos obtenidos, utilización y comercialización.

Tema 26._Tratamientos térmicos de residuos. Valorización energética. Incineración. Tipos de instalaciones: hornos (rotativos, fijos, lecho fluido), calderas de vapor (con turbina de vapor, con turbina de gas). Coincineración. Pirólisis. Tipos de residuos y tecnologías específicas aplicadas en cada caso. Mejores Técnicas Disponibles. Residuos obtenidos y gestión final.

Tema 27._Tratamiento y gestión de residuos ganaderos. Estiércoles sólidos. Estiércoles líquidos. Composición, características y efectos ambientales. Aplicación como fertilizantes orgánicos. Sistemas de tratamiento y eliminación.

Tema 28._Tratamiento y gestión de lodos orgánicos de depuración de aguas residuales. Tipos y características. Problemática ambiental. Digestión aerobia termófila (sistema ATAD). Digestión anaerobia. Secado térmico. Estabilización alcalina. Uso como fertilizante orgánico. Otras alternativas de valorización en procesos industriales.

Tema 29._Tratamiento y gestión de residuos: Suero lácteo. Orujo de uva. Proteína animal transformada. Taladrinas. Aceites usados (regeneración). Disolventes usados en pintura. Valorización o eliminación. Características de los residuos. Tecnologías aplicables para su valorización. Productos obtenidos, utilización y comercialización.

Bloque 3

Tema 30._El agua. Ciclo hidrológico. Determinación de la calidad del agua: métodos físico-químicos y biológicos (índices bióticos). Contaminantes del agua. Parámetros indicadores de contaminación. Calidad de las aguas superficiales: vida piscícola, abastecimiento de poblaciones, zonas de baño, riego agrícola. Caudal ecológico. Autodepuración del agua en cursos fluviales. Eutrofización.

Tema 31._Tratamientos físicos de aguas residuales. Desbaste. Tamizado. Sedimentación. Flotación. Microfiltración. Ultrafiltración. Osmosis inversa. Electrodiálisis. Evaporación. Principios físicos. Diferencias. Tecnologías y aplicaciones concretas.

Tema 32._Tratamientos químicos de aguas residuales. Neutralización. Precipitación. Oxidación avanzada. Intercambio iónico. Principios y química de las reacciones. Tecnologías y aplicaciones concretas.

Tema 33._Tratamientos biológicos aerobios de aguas residuales. Principios y mecanismos. Procesos microbiológicos. Filtros percoladores. Biodiscos. Lodos activados: sistema convencional de flujo continuo, SBR, MBBR y MBR. Diferencias. Tecnologías y aplicaciones concretas.

Tema 34._Sistemas naturales de depuración de aguas residuales. Procesos microbiológicos. Tratamiento mediante aplicación sobre el terreno: infiltración directa rápida, filtro verde, escorrentía superficial, filtros de arena intermitentes y con recirculación. Tratamiento mediante sistemas acuáticos: lagunajes, humedales y cultivos acuáticos. Principios y mecanismos. Comparación y criterios de selección entre los diferentes sistemas.

Tema 35._Tratamientos biológicos anaerobios de aguas residuales. Principios y mecanismos. Procesos microbiológicos. Tipos de reactores. Lecho expandido, lecho fijo, lecho fluidificado. Reactores de flujo ascendente (UASB). Características, diferencias y aplicaciones de los diferentes sistemas.

Tema 36._Tratamientos para la eliminación de nutrientes. Nitrógeno y Fósforo. Principios, mecanismos y diseño de sistemas biológicos y sistemas físico-químicos. Procesos combinados de nitrificación y desnitrificación. Sistemas acuáticos para la eliminación. Tecnologías y aplicaciones concretas.

Tema 37._Aguas residuales urbanas. Origen, composición y características. Tipos de plantas depuradoras: tratamientos, equipos, eficacia, aplicaciones. Depuración conjunta de aguas residuales urbanas e industriales. Depuración de pequeñas poblaciones. Sistemas descentralizados: lugares aislados. Sanitarios secos.

Tema 38._Aguas pluviales recogidas sobre superficies impermeabilizadas. Problemática ambiental del sistema tradicional de desagüe. Tecnologías para el tratamiento de vertidos de aguas pluviales contaminadas. Sistemas permeables para la gestión de pluviales: retención y gestión en origen, aprovechamiento de pluviales. Ventajas frente al sistema tradicional. Aplicaciones.

Tema 39._Refrigeración por agua. Sistemas con recirculación: Torres de refrigeración, Condensadores evaporativos. Situación y aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles. Refrigeración por aire.

Tema 40._Instalaciones industriales auxiliares generadoras de aguas residuales. Equipos de aire comprimido. Generadores de vapor. Equipos de descalcificación y desmineralización de agua. Características de las aguas residuales y tecnologías de tratamiento.

Tema 41._Actividades industriales generadoras de aguas residuales. Industria agroalimentaria: Bodegas, Trujales, Transformados vegetales (conserveras, congeladoras y zumos y bebidas), Lácteas, Mataderos, Cárnicas y Piscifactorías. Origen y características de las aguas residuales. Diferencias. Tratamientos aplicables.

Tema 42._Actividades industriales generadoras de aguas residuales. Recubrimientos metálicos superficiales químicos (fosfatados), electrolíticos (cincados, pasivados) y galvanizado en caliente. Estampación de piezas metálicas. Plantas de hormigones y áridos. Fabricación de terrazos y mármoles. Origen y características de las aguas residuales. Tratamientos aplicables.

Tema 43._Actividades industriales generadoras de aguas residuales. Industria del curtido de pieles, Industria textil, Industria de producción de pasta y papel. Origen y características de las aguas residuales. Tratamientos aplicables.

Tema 44._Actividades de servicios generadoras de aguas residuales. Estaciones de suministro de carburantes. Lavaderos de vehículos. Piscinas recreativas. Establecimientos hosteleros. Plantas potabilizadoras de agua. Origen y características de las aguas residuales. Tratamientos aplicables.

Tema 45._Ahorro de agua. Reducción de consumos en procesos industriales e instalaciones auxiliares. Reutilización de aguas regeneradas. Tratamientos de regeneración. Descripción de aplicaciones.

Tema 46._Sistemas de control de los vertidos de aguas residuales. Monitorización de valores de emisión. Toma de muestras simples y compuestas. Muestreo automático. Conservación de muestras. Medición de caudales: tipos de caudalímetros, tipos de canales abiertos de vertido. Autocontrol. Situación y aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles.

Tema 47._Evaluación de la incidencia de vertidos sobre la calidad de las aguas. Balances de masas. Modelizaciones. Toma de muestras en cauces fluviales. Estaciones automáticas de medición en continuo. Técnicas analíticas en continuo. Aplicaciones.

Bloque 4

Tema 48._Ruidos y vibraciones. Principios físicos. Parámetros básicos. Efectos. Mediciones. Medidas correctoras. Aislamiento acústico. Aislamiento de vibraciones. Soluciones constructivas.

Tema 49._Mejores Técnicas Disponibles: Instalaciones para la cría intensiva de aves de corral y cerdos. Documento BREF.

Tema 50._Mejores Técnicas Disponibles: Industria de fabricación de vidrio. Documento BREF.

Tema 51._Mejores Técnicas Disponibles: Industria de procesos de metales férreos. Documento BREF.

Tema 52._Mejores Técnicas Disponibles: Industria de procesos de metales no férreos. Documento BREF.

Tema 53._Mejores Técnicas Disponibles: Principios generales de monitorización. Documento BREF.

Tema 54._Mejores Técnicas Disponibles: Instalaciones para el tratamiento de residuos. Documento BREF.

Tema 55._Mejores Técnicas Disponibles: Industria de fabricación de cemento y cal. Documento BREF.

Tema 56._Mejores Técnicas Disponibles: Industria de pasta y papel. Documento BREF.

Tema 57._Mejores Técnicas Disponibles: Mataderos e instalaciones de transformación de subproductos animales. Documento BREF.

Tema 58._Mejores Técnicas Disponibles: Instalaciones de tratamientos superficiales de metales y plásticos. Documento BREF.

Tema 59._Mejores Técnicas Disponibles: Sistemas de refrigeración y vacío. Documento BREF.

Tema 60._Mejores Técnicas Disponibles: Industria de alimentación, bebidas y leche. Documento BREF.

Tema 61._Suelos contaminados. Concepto y definiciones. Actividades contaminadoras del suelo. Tipos de contaminantes. Investigación de la contaminación del suelo.

Tema 62._Suelos contaminados. Afecciones de los suelos contaminados. Evaluación de riesgos. Tratamiento de suelos contaminados: tecnologías de recuperación.

Tema 63._La Inspección medioambiental. Criterios mínimos sobre inspecciones medioambientales. El Plan General de Inspección Ambiental de Navarra. La Red IMPEL. Difusión de la información de emisiones y vertidos de actividades. El Registro EPER.

Tema 64._Sistemas de Gestión Medioambiental. Norma ISO 14001. Registro EMAS. Análisis de riesgos ambientales en instalaciones industriales. Metodologías. Fases de los estudios.

Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 27 de marzo de 2006
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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