BOLETÍN Nº 39 - 31 de marzo de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

ETXARRI-ARANATZ

Convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición, de una plaza de Oficial Administrativo, con carácter de funcionario, y destino a las oficinas generales del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz

1._Normas generales. (Convocatoria aprobada en sesión plenaria de fecha 30 de enero de 2006).

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Oficial Administrativo con conocimiento de euskara, con destino a las oficinas generales del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

1.2. El nombramiento conferirá al designado a todos los efectos, el carácter de funcionario de nomina y plantilla desde la fecha de toma de posesión, siendo afiliado/a y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad, tal y como establece la Ley Foral 13/1993, de 30 de diciembre.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C de los establecidos en el texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de la Administraciones Públicas de Navarra y Reglamento Provisional de Retribuciones y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado por los órganos administrativos competentes.

1.5. Las funciones a desempeñar serán las propias de su nivel y categoría.

1.6. El/la aspirante nombrado/a tendrá el deber de residir en Etxarri-Aranatz, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en este término municipal.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en este concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y tener la nacionalidad española o la de cualquier Estado a que se refiere el artículo 1.º de la Ley Foral 27/1994, de 29 de diciembre y en las condiciones que en el mismo se determinan.

b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, o equivalente.

c) Acreditar el conocimiento de vascuence mediante certificado expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, una titulación reconocida oficialmente como equivalente o la superación de una prueba que determine si el aspirante tiene el nivel lingüístico suficiente.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por los aspirantes en el plazo y forma prevista en la base octava de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3._Instancias.

3.1. Las instancias deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz dentro de los treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.2. A la instancia deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificados originales acreditativos de los méritos que el aspirante desee hacer valer en la fase de concurso, o, tratándose de extremos que no pueda acreditar por este conducto copia autentificada o fotocopia (que se presentará acompañada del original para su compulsa) de los títulos, justificantes y otros que pretenda sean valorados.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Señor Alcalde dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones o, en su caso, subsanar los defectos formales en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el señor Alcalde aprobará la lista definitiva de admitidos o excluidos y ordenará la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5._Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El Alcalde del Ayuntamiento.

Suplente: El Teniente Alcalde.

1 Vocal: Profesor de EGB.

Suplente: Profesor de EGB.

2 Vocal: Personal municipal con titulo de diploma universitario.

Suplente: Persona con titulo de diplomado universitario.

3 Vocal: Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

Suplente: Oficial Administrativo de algún Ayuntamiento de la zona.

4 Vocal y Secretario: El Secretario del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

Suplente: Secretario de Ayuntamiento de la zona.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar colaboradores y asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal con base exclusivamente en aquéllas.

6._Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar en primer término el concurso y posteriormente la fase de oposición en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de la pruebas.

6.3. Fase del concurso.

6.3.1. Experiencia profesional (máximo 5 puntos).

a) Por cada año de servicios prestados a la Administración Pública como Oficial Administrativo: 3 puntos. Con máximo de 5 puntos.

b) Por cada año de servicios prestados a la Administración Pública como Auxiliar Administrativo: 1 puntos. Con máximo de 4 puntos.

c) Por cada año completo trabajado como Auxiliar Administrativo en cualquier empresa privada: 0,50 puntos, con un máximo de 3 puntos.

Si el número de años no fuese entero, se asignará a los aspirantes la puntuación que proporcionalmente corresponda a los días que hayan prestado servicio.

6.3.2. Por formación complementaria. (Máximo 5 puntos).

1. Por Titulo Superior Universitario: 3 puntos.

2. Por Titulo de Grado Medio: 2 puntos.

3. Por Titulo de Formación Profesional de 2.º grado rama administrativa: 1 punto.

4. Cursos de perfeccionamiento en materias relativas al puesto de trabajo como informática, contabilidad, archivo y otros a valorar por el Tribunal, debidamente acreditados mediante título original o fotocopia compulsada, y cuya puntuación se efectuará de la forma siguiente:

a) Por cada curso menor de 20 horas de duración: 0,10 puntos.

b) Por cada curso mayor de 20 horas y menor de 50 horas: 0,20 puntos.

c) Por cada curso mayor de 50 horas: 0,25 puntos.

La puntuación máxima de los cursos no podrá ser superior a 2 puntos.

6.3.3. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

El Tribunal valorará discrecionalmente, pero de forma razonada, los méritos que estime concurrentes, en cada aspirante por cada uno de los apartados precedentes sin que en ningún caso pueda dar por supuesta la concurrencia de méritos que no hayan sido alegados o que no se hayan acreditado documentalmente.

6.3.4. Al término de la fase de concurso se hará público en el Tablón de Anuncios la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes.

6.4. Fase de oposición.

La fase oposición constará de las siguientes pruebas:

Prueba de Euskara: Solamente para los aspirantes que no hayan acreditado el requisito exigido en la Base 2.1.c. de la presente convocatoria.

Constará de una prueba escrita y otra oral en las que se determinará la aptitud con respecto al perfil lingüístico establecido en la Plantilla Orgánica.

Las pruebas se realizarán por los técnicos del Servicio de Euskara de la Mancomunidad de Sakana.

6.4.1. Primera prueba.

a) Primer ejercicio: Ortografía.

Consistirá en contestar por escrito a cuestionarios preparados por el Tribunal o en la realización de un dictado.

El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 30 minutos.

b) Segundo ejercicio: Matemáticas.

Resolución de problemas basados en las cuatro reglas fundamentales, quebrados, reglas de tres simple y compuesta y regla de interés. Para la realización de esta prueba los aspirantes no podrán utilizar máquinas calculadoras.

Este ejercicio tendrá una duración máxima de 1 hora.

c) Tercer ejercicio: Temas.

Ejercicio de preguntas tipo "test" en relación con los temas del programa que figura en el anexo II de esta convocatoria.

El ejercicio constará de cincuenta preguntas.

La duración de este ejercicio no podrá exceder de dos horas.

6.4.2. Segunda prueba:

a) Supuesto práctico primero: Ejercicio de Informática.

Un supuesto práctico que incluirá pruebas sobre conocimiento de ofimática (Word, Excel y Access, Internet, Outlook).

La duración máxima de estas pruebas será determinada por el Tribunal antes de iniciarse las mismas.

b) Supuesto práctico segundo:

Consistirá en la elaboración de dos o más documentos (oficios, decretos de Alcaldía, bandos, anuncios, instancias, etc.) de los que habitualmente se elaboran en el puesto de trabajo de oficial administrativo/a de una entidad local.

El planteamiento de cada supuesto práctico podrá efectuarse por el Tribunal de manera escrita y/u oral.

El Tribunal establecerá para todos los opositores determinadas formalidades referentes al modo con el que deberá efectuarse la trascripción del texto objeto de la prueba.

6.4.3. Valoración de los ejercicios de la primera prueba.

Ortografía: Se calificará de 7,50 a 15 puntos. Mínimo de 7,50 puntos para aprobar.

Matemáticas: Se calificará de 7,50 a 15 puntos. Mínimo de 7,50 puntos para aprobar.

Temas: Se calificará de 0 a 30 puntos. Mínimo de 15 puntos para aprobar.

6.4.4. Valoración de los ejercicios de segunda prueba.

Supuesto práctico primero (informática): Se calificará hasta 30 puntos. Mínimo de 15 puntos para aprobar.

Supuesto práctico segundo: Se calificará de 0 a 10 puntos. Mínimo de 5 puntos para aprobar.

6.4.5. Cada uno de los ejercicios de que consta la fase de la oposición serán eliminatorios, quedando eliminado en cada uno de ellos, aquellos opositores que no alcancen al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos. Igualmente y en todos los ejercicios quedarán eliminados los aspirantes que sean calificados con 0 puntos en cualquiera de los temas o partes de que consten los mismos.

6.4.6. Para la corrección de los ejercicios el Tribunal seguirá el mismo orden establecido para la realización práctica de los mismos: Primera prueba (Ortografía, Matemáticas, Temas) y segunda prueba (Informática y supuestos prácticos). Los aspirantes que no superen la puntuación mínima exigida para aprobar un ejercicio quedarán eliminados sin que el Tribunal entre a calificar el resto de la prueba.

6.4.7. Los ejercicios se realizarán mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran al mismo quedarán eliminados.

6.4.8. La calificación final del concurso-oposición será la que resulte de sumar puntuaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en ambas fases.

7._Relación de aprobados y propuesta del tribunal.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios y acompañará la propuesta de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8._Presentación de documentos.

8.1. El aspirante propuesto deberá presentar en las oficinas del Ayuntamiento en el plazo de treinta días naturales desde la publicación de la propuesta en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento de identidad (que legalmente tenga efectos de identificación).

b) Certificado de nacimiento.

c) Documentación acreditativa de la titulación exigida en la base 2.b).

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

8.2. Si dentro del plazo fijado y salvo en caso de fuerza mayor suficientemente justificados, el interesado no presentase dichos documentos, no podrá ser designado quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior el Ayuntamiento cubrirá, en su caso, la baja con los sucesivos candidatos incluidos en la lista a que se refiere la base 7.

9._Nombramiento y toma de posesión.

9.1. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomará posesión, perderá todos los derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz. En tal supuesto se estará a lo dispuesto en la base 9.4.

9.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomará posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de empleado fijo en régimen funcionarial del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz. En tal supuesto, se estará a lo establecido en la Base anterior.

10._Recursos.

Contra esta convocatoria, sus bases y actos de aplicación de las mismas, podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

a) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado desde el siguiente a su notificación.

b) Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su notificación.

c) Recurso de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a su notificación.

ANEXO 1

Modelo oficial de instancia

Don/Doña .................., mayor de edad, con Documento Nacional de identidad ........., nacido/a el día ..... de .......... de 19...., natural de ........... (............), con domicilio en .............., calle .............., número ...., código postal ........... teléfono ..............

Expone:

Que cumple los requisitos exigidos en la convocatoria para la provisión por concurso-oposición, de una plaza de Oficial Administrativo y en régimen funcionarial, con destino al Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........ de fecha ..... de ............. de ........ y que tal cumplimiento es anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Que adjunta fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Por todo ello, solicita ser admitido/a a las pruebas selectivas para la obtención de dicha plaza.

(Firma del solicitante)

ANEXO 2

Tema 1._Ideas generales sobre la Ley y el Reglamento. Ordenanzas y Reglamentos municipales: Clases y requisitos para su aprobación. Bando de Alcaldía.

Tema 2._Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales. Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Tema 3._El Municipio: Concepto y elementos. La Administración municipal: Organización necesaria y complementaria. La autonomía municipal: competencia. Especialidades: El Concejo en Navarra; las Mancomunidades.

Tema 4._Bienes de las Entidades Locales de Navarra. Calificación, alteración y adscripción. Adquisición, enajenación y gravamen. Defensa, conservación y recuperación. Comunales y aprovechamientos.

Tema 5._Recursos de las Entidades Locales de Navarra según la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra. Idea general de los mismos.

Tema 6._Los Presupuestos Municipales en Navarra: idea general sobre su estructura. Clasificación económica y funcional de los gastos. Trámite de aprobación y modificación.

Tema 7._Idea general sobre Padrón Municipal de Habitantes. Actuaciones municipales en materia de planeamiento urbanístico. Actividades Clasificadas e Inocuas.

Tema 8._La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios y ámbitos de aplicación. Las fases del procedimiento administrativo. El silencio administrativo. Los recursos administrativos y jurisdiccionales en el ámbito de la Administración Local. Recursos administrativos contra los actos y acuerdos de las Entidades Locales. Especial referencia el recurso de alzada.

Tema 9._Texto Refundido del Estatuto de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Decreto Foral 251/1993, de 30 de agosto. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: sus clases. Contratación laboral del personal en las Administraciones Públicas de Navarra. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Régimen de incompatibilidades.

Tema 10._Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence y Decreto Foral 29/2003, de 10 de febrero, por el que se regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra.

Tema 11._Ambito de aplicación y contenido de la ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de contratos de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de contratos administrativos. Actuaciones preparatorias. Procedimientos y forma de adjudicación.

Tema 12._La Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Contenido y Objeto.

Tema 13._Las Instituciones Forales de Navarra. El Parlamento Foral, la Cámara de Comptos, el Gobierno de Navarra. La Administración del Estado en Navarra.

Etxarri-Aranatz, 20 de febrero de 2006
El Alcalde Presidente, Juan Bautista Mariñelarena.

Código del anuncio: L0603755