BOLETÍN Nº 38 - 29 de marzo de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.5. Estatutos y convenios colectivos

RESOLUCION 92/2006, de 3 de febrero, del Director General de Trabajo, del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se acuerda el Registro, Depósito y Publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, del Acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 2006, del Convenio Colectivo de Trabajo de la Empresa "Ultracongelados Virto, S.A." de Azagra (Expediente número: 11/2006).

Visto el texto del Acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 2006, del Convenio Colectivo de Trabajo de la Empresa "Ultracongelados Virto, S.A.", de Azagra (Expediente número: 11/2006).

Hechos:

1. Con fecha 26 de enero de 2006 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 2006, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número: 66/2004).

2. En la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.

Fundamentos de derecho:

1. Este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo es competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de Trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, de acuerdo con el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, por el que se traspasan los servicios de Trabajo de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, y de acuerdo con el Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, por el que se asignan a este Departamento los servicios de Trabajo transferidos del Estado.

2. El artículo segundo del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, ordena la inscripción de los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III, del Estatuto de los Trabajadores, en el registro de Convenio Colectivos.

3. El depósito de los Convenios Colectivos, una vez registrados, es competencia de este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en virtud de los preceptos citados en el Fundamento de Derecho primero.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial de la Empresa "Ultracongelados Virto, S.A." (Código número 3107522), de Azagra (Centro "Badina"), en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Trasladar esta Resolución al Registro de Convenios, a los efectos oportunos.

3. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, adviertiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

4. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

REVISION SALARIAL CONVENIO COLECTIVO EMPRESA ULTRACONGELADOS VIRTO, S.A.

En Azagra (Navarra), y en los locales de la empresa Ultracongelados Virto, S.A., centro: calle Badina sin número (anteriormente Ultracongelados de Azagra, S.L.), se reúnen a las 18,30 horas del día 24 de enero de 2006 las representaciones de la Dirección de la Empresa y de los Trabajadores, cuyos nombres se detallan a continuación:

_Por la Dirección:

Doña Sara Virto Muro, don Angel Iñigo Pastor y don José María Arregui Zamorano (Asesor de Empresa).

_Por los Trabajadores:

Doña Isabel Guardeño Alonso, doña Cristina Rollán Bahillo y don Pedro Mangado Pinillos (Asesor de U.G.T.).

Ambas partes reconocen capacidad suficiente y acuerdan:

1.º Aprobar y firmar la tabla salarial del Convenio Colectivo de la Empresa Ultracongelados Virto, S.A. (Centro: Badina, s/n), para el año 2006.

2.º Facultar a don José María Arregui Zamorano para que realice las gestiones oportunas para el registro de dicha tabla salarial en la Oficina Pública correspondiente y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Y en prueba de conformidad firman en el lugar y fecha arriba indicados.

TABLA DE REMUNERACIONES PARA EL AÑO 2006 PARA EL PERSONAL FIJO DE PLANTILLA

NIVEL 1.1 TECNICO TITULO GRADO SUPERIOR 1.258,21 18.873,15 18,85 1,01 1,62

NIVEL 1.2 JEFE 1.º ADMINISTRATIVO 1.160,77 17.411,55 17,39 0,95 1,49

NIVEL 1.3 TECNICO TITULO GRADO MEDIO 1.160,77 17.411,55 17,39 0,95 1,49

NIVEL 1.4 JEFE 2.º ADMINISTRATIVO 1.111,13 16.666,95 16,65 0,88 1,43

NIVEL 1.5 ENCARGADO GENERAL 1.110,49 16.657,35 16,64 0,88 1,43

NIVEL 1.6 JEFE TECNICO FABRICACION 1.088,86 16.332,90 16,31 0,86 1,40

NIVEL 1.7 OFICIAL 1.º ADMINISTRATIVO 1.057,85 15.867,75 15,85 0,84 1,36

NIVEL 1.8 ENCARGADO SECCION 1.054,59 15.818,85 15,80 0,84 1,35

NIVEL 1.9 VIAJANTE - VENDEDOR 1.018,90 15.283,50 15,27 0,81 1,31

NIVEL 1.10 OFICIAL 1 981,58 14.723,70 14,71 0,84 1,26

NIVEL 1.11 OFICIAL 2.º ADMINISTRATIVO 975,77 14.636,55 14,62 0,84 1,25

NIVEL 1.12 OFICIAL 2.º OPERADOR MAQUINA 974,63 14.619,45 14,60 0,84 1,25

NIVEL 1.13 ESPECIALISTA - AYUDANTE MAQUINISTA 955,24 14.328,60 14,31 0,84 1,23

NIVEL 1.14 AUXILIAR ADMINISTRATIVO - AUXILIAR 939,11 14.086,65 14,07 0,84 1,21

NIVEL 1.15 ASPIRANTE PINCHE 17 AÑOS 782,18 11.732,70 - - -

NIVEL 1.16 ASPIRANTE PINCHE 16 AÑOS 723,59 10.853,85 - - -

El salario año = al salario mes x 15.

PARA EL PERSONAL FIJO-DISCONTINUO Y EVENTUAL

NIVEL 2.10 OFICIAL 1.º 8,40 14,71 0,84 5,04 3,36 1,26

NIVEL 2.12 OFICIAL 2.º OPERADOR MAQUINA 8,34 14,60 0,84 5,00 3,34 1,25

NIVEL 2.13 ESPECIALISTA - AYUDANTE MAQUINISTA 8,18 14,31 0,84 4,91 3,27 1,23

NIVEL 2.14 AUXILIAR 8,04 14,07 0,84 4,82 3,22 1,21

NIVEL 2.15 ASPIRANTE PINCHE 17 AÑOS 6,70 - - 4,02 2,68 -

NIVEL 2.16 ASPIRANTE PINCHE 16 AÑOS 6,20 - - 3,72 2,48 -

En el salario global hora está incluido el 66,67% de todas las partes proporcionales correspondientes a domingos, en su caso sábados, festivos, vacaciones y 3 pagas extraordinarias.

Pamplona, 3 de febrero de 2006
El Director General de Trabajo, José María Roig Aldasoro.

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