BOLETÍN Nº 33 - 17 de marzo de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ARIBE

Compensación a cargos electos

El Pleno del Ayuntamiento de Aribe, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2006, acordó la aprobación de retribuciones por asistencias a los miembros de la Corporación (Alcalde) por el ejercicio de sus cargos en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 de la Ley Foral 17/2004, de 3 de diciembre, por la que se establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra para los ejercicios 2005 a 2008.

De esta forma, se acuerda, por unanimidad, establecer la indemnización por asistencias al Alcalde-Presidente con carácter retroactivo desde el día 1 de enero de 2006, tanto por plenos ordinarios como extraordinarios, retribuciones o asistencias por el ejercicio de sus cargos, siendo las siguientes:

1.º Asistencia a Sesiones de pleno, 300 euros por sesión.

2.º Asistencias diarias Ayuntamiento asuntos ordinarios: 30 euros por día.

3.º Dietas y desplazamientos: Dietas con justificación documental y kilometraje lo estipulado para las Administraciones Públicas (0,27 euros/kilómetro).

Todo ello con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2006 y hasta un límite máximo de 3.300 euros anuales.

Lo que se publica para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local y artículo 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Aribe, 13 de febrero de 2006
El Alcalde-Presidente, Teodoro Barrio Laurenz.

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