BOLETÍN Nº 33 - 17 de marzo de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

JUNTA MUNICIPAL DE AGUAS DE TUDELA

EDICTO

La Vicepresidenta de la Junta Municipal de Aguas de Tudela, en el día de la fecha, ha dictado la siguiente resolución:

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tiene por objeto garantizar y proteger, en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas.

En esta Entidad existen bases de datos en soporte informático, que contienen datos de carácter personal, siendo procedente su regulación y registro, de acuerdo con dicha Ley Orgánica y normas que la desarrollan.

En el ámbito de autonomía y autoorganización, que a la administración local reconoce el artículo 140 de la Constitución Española y de conformidad con las atribuciones de dirección del gobierno y la administración municipal conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, he resuelto:

1.º Los ficheros automatizados de esta Entidad, en los que se contienen y procesan datos de carácter personal, son los siguientes:

a) Clientes (Anexo 1).

b) Sicap (Anexo 2).

c) Demandas (Anexo 3).

d) Responsabilidad Patrimonial (Anexo 4).

Procede a su vez suprimir el Fichero declarado con anterioridad _Fiscal_ registrado en la Agencia Española de Protección de Datos con el código de Inscripción número 1943280612.

2.º En los Anexos adjuntos que forman parte de esta resolución y quedan aprobados y diligenciados en el expediente, se indican los fines del fichero y el uso a que está destinado; las personas o colectivos cuyas datos se procesan o que estén obligados a suministrarlos; el procedimiento de obtención de los mismos; la estructura del fichero y del tipo de datos personales que incluye y las cesiones de dichos datos que pueden llegar a hacerse, así como el nivel de las medidas de seguridad adoptadas.

3.º Los datos de carácter personal registrados en los ficheros automatizados de esta Entidad a los que se refiere el apartado primero, sólo serán utilizados para los fines expresamente previstos y por el personal debidamente autorizado.

4.º La responsabilidad directa sobre los ficheros automatizados corresponde a la Junta Municipal de Aguas de Tudela y al personal que gestiona y custodia los mismos. Los derechos de acceso, rectificación y cancelación podrán ejercerse ante esta Entidad, calle Cuesta Estación, 2 Bajo, C.P. 31500 de Tudela, Provincia Navarra.

Contra la presente Resolución cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, pudiendo no obstante, interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o bien

b) Recurso de alzada, directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

A N E X O S

Regulación de ficheros automatizados de datos de carácter personal

ANEXO 1

Clientes

Finalidad y usos previstos

El fichero automatizado de clientes, tiene por finalidad mantener actualizados los datos de los diversos usuarios o clientes de la Entidad, así como de las funciones que dicho mantenimiento origine.

Personas o colectivos afectados.

Todas las personas que se relacionen con la Entidad a los efectos de solicitud de servicios.

Procedimiento de recogida de datos.

A través del propio interesado o su representante, vía documento, conversación telefónica o entrevista.

Estructura del fichero y tipo de datos.

Los datos que se registran son

_Datos de carácter identificativo

-DNI / NIF

-Nombre y apellidos

-Dirección (postal / electrónica)

_Datos de características personales

-Sexo

_Datos económico - financieros

-Datos bancarios (Cuentas ...)

_Datos de transacciones

-Bienes y servicios recibidos por el afectado

-Otros: consumos, deudas ejecutivas, ...

Cesiones de datos previstas.

Ninguna.

Medidas de Seguridad

Se adoptan las medidas de seguridad correspondientes al nivel Medio.

ANEXO 2

SICAP

Finalidad y usos previstos

El fichero automatizado SICAP, tiene por finalidad la gestión de la contabilidad pública de la Entidad, así como de las funciones que dicha gestión origine.

Personas o colectivos afectados.

Todas las personas con las que Entidad debe mantener relaciones contables o fiscales.

Procedimiento de recogida de datos.

A través del propio interesado o su representante, vía documento, conversación telefónica o entrevista.

Estructura del fichero y tipo de datos.

Los datos que se registran son

_Datos de carácter identificativo

-DNI / NIF

-Nombre y apellidos

-Dirección (postal / electrónica)

-Teléfono

_Datos económico - financieros

-Datos bancarios (Cuentas ...)

_Datos de transacciones

-Bienes y servicios suministrados por el afectado

-Bienes y servicios recibidos por el afectado

Cesiones de datos previstas.

Ninguna.

Medidas de Seguridad

Se adoptan las medidas de seguridad correspondientes al nivel Básico.

ANEXO 3

Demandas

Finalidad y usos previstos

El fichero automatizado de demandas, tiene por finalidad la tramitación y control de todas las solicitudes realizadas por terceros a la Entidad, así como de las funciones que dicha gestión origine.

Personas o colectivos afectados.

Todas las personas que soliciten información o toda actuación por parte de la Entidad.

Procedimiento de recogida de datos.

A través del propio interesado o su representante, vía documento, conversación telefónica o entrevista.

Estructura del fichero y tipo de datos.

Los datos que se registran son

_Datos de carácter identificativo

-DNI / NIF

-Nombre y apellidos

-Dirección (postal / electrónica)

-Teléfono

Cesiones de datos previstas.

Ninguna.

Medidas de Seguridad

Se adoptan las medidas de seguridad correspondientes al nivel Básico.

ANEXO 4

Responsabilidad Patrimonial

Finalidad y usos previstos

El fichero automatizado de responsabilidad patrimonial, tiene por finalidad la tramitación y control de todas las reclamaciones con solicitud de indemnización realizadas por terceros a la Entidad, así como de las funciones que dicha gestión origine.

Personas o colectivos afectados.

Todas las personas que soliciten indemnizaciones en base a la responsabilidad patrimonial de la Entidad.

Procedimiento de recogida de datos.

A través del propio interesado o su representante, vía documento, conversación telefónica o entrevista.

Estructura del fichero y tipo de datos.

Los datos que se registran son

_Datos de carácter identificativo

-DNI / NIF

-Nombre y apellidos

-Dirección (postal / electrónica)

-Teléfono

Cesiones de datos previstas.

Ninguna.

Medidas de Seguridad

Se adoptan las medidas de seguridad correspondientes al nivel Básico.

Tudela, 3 de febrero de 2006
El Presidente, firma ilegible.

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