BOLETÍN Nº 27 - 3 de marzo de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

PAMPLONA

Sociedad Gestora de Recursos Asistenciales: Estudio de detalle en la Zona ZNO-1/U.I.XII. Aprobación definitiva

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 2 de febrero de 2006, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 02-FEB-06 (3/CU)

Habiendo transcurrido el plazo de información pública del expediente del Estudio de Detalle de la ZNO-1 de la Unidad Integrada XII (Ermitagaña-Mendebaldea), que fue aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 8 de noviembre de 2005 y publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 16 de diciembre de 2005 sin que se haya recibido alegación al respecto, se acuerda:

1.º Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la ZNO-1 de la Unidad Integrada XII (Ermitagaña-Mendebaldea), para definición de las características constructivas del edificio dotacional-asistencial previsto en dicha unidad, presentado a trámite por don Juan José Ruiz del Pozo, en representación de la Sociedad Gestora de Recursos Asistenciales.

2.º Dése traslado del presente acuerdo y de un ejemplar del documento aprobado al Gobierno de Navarra y publíquese en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios municipal.

TEXTO NORMATIVO

2. Condiciones definidas por el estudio de detalle:

2.1. Ocupación.

La ocupación máxima de la parcela viene estipulada por el artículo 79.º del Plan General de Ordnación Urbana de Pamplona:

_Tipo de dotación: Polivalentes, culturales, sanitarios, administrativos y religiosos. Ocupación: 100%.

_Tipo de dotación: Equipamientos docentes. Ocupación: 60%.

_Tipo de dotación: Asistencial con espacio libre. Ocupación: 50%.

_Tipo de dotación: Asistenciales compactos. Ocupación: 100%.

_Tipo de dotación: Equipamientos deportivos de menos de 25.000 m². Ocupación: 40%.

_Tipo de dotación: Equipamientos deportivos de más de 25.000 m². Ocupación: 40% de los primeros 25.000 m² y el 25% del resto.

El uso al que se pretende destinar la dotación es el de Dotación asistencial compacta, y por lo tanto la ocupación permitida es la del 100% de la parcela.

2.2. Alineaciones.

La parcela objeto de estudio tiene establecida en la documentación del Plan Municipal, como alineación obligatoria de la edificación el frente de parcela que da a la avenida de Navarra.

Este Estudio de Detalle determina que la disposición de la edificación en el resto de la parcela sea máxima, sin establecer ninguna disposición de edificación obligatoria, ni retranqueos comunes.

2.3. Rasantes.

Al tratarse de un espacio urbano conformado, las rasantes exteriores vienen determinadas ya por las rasantes actuales de la acera. La altura máxima de la planta baja se situará 1 metro por encima de la rasante de acera medida en el punto medio en el frente de edificación y se medirá a la parte inferior de forjado.

La cota de referencia (+0.00) será la cota +0,34. La rasante de la planta baja máxima, medida a parte inferior de forjado queda por lo tanto a la cota +1,34, dotando de cierta privacidad a la planta baja del futuro edificio.

2.4. Alturas.

La altura de coronación estipulada por el Plan Municipal para los equipamientos es de B+2 < metros hasta el arranque de la estructura de la cubierta. Por lo tanto, consideraremos que la altura máxima del arranque de la estructura de cubierta será < 12 metros medida desde el vértice oeste de la parcela.

Sólo se permitirán por encima de la altura de edificación las siguientes instalaciones: trasteros, torreones de escaleras y ascensor, acondicionamiento de aire, chimeneas y antepechos de fábrica (de 1,50 metros de alto máximo), no pudiendo exceder la altura máxima de dichas construcciones en más de 3 metros sobre la altura máxima de la edificación.

2.5. Volúmenes.

Los volúmenes establecidos por el estudio de detalle resultan de asignar 12 m de altura hasta el arranque de la estructura medidos en el punto medio del frente de edificación en todo el perímetro de la parcela, estando su ocupación determinada por los supuestos que establece el Plan Municipal en el artículo 79.º, en función del uso al que se destine la dotación.

Pamplona, 9 de febrero de 2006
La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L0602456