BOLETÍN Nº 21 - 17 de febrero de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Area de Economía, del Ayuntamiento de Pamplona

El Concejal Delegado de Economía, Presidencia y Participación Ciudadana, mediante resolución 18/PR, de 23 de enero de 2006, adoptó la convocatoria con arreglo a las siguientes:

B A S E S

Primera._Se anuncia convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a desempeñar en situación de servicios especiales para la formación del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Area de Economía, del Ayuntamiento de Pamplona.

Esta relación de aspirantes en formación tendrá carácter subsidiario respecto del personal a que se refiere la Disposición Transitoria Primera del Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Segunda._Requisitos de los participantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los participantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de empleado fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos y estar encuadrado en los niveles o grupos C, D o E.

b) Haber completado un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Hallarse en posesión del título de de Diplomado en Empresariales, o equivalente en Derecho, LADE o Económicas y Empresariales, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

2.2. El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse en el momento del llamamiento y durante el periodo de formación.

Tercera._Desarrollo y valoración del proceso de selección.

3.1. La selección se llevará a cabo mediante la realización un ejercicio teórico y/o práctico que consistirá en contestar a una o varias cuestiones sobre el temario que se recoge en el Anexo II de la convocatoria.

La duración máxima de la prueba será fijada por el Tribunal antes del comienzo de la misma.

3.2. La prueba selectiva se calificará con un máximo de 50, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, 25 puntos, esto es, la mitad de la puntuación máxima asignada a la prueba.

3.3. La convocatoria para la prueba se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.

Cuarta._Llamamiento de los aspirantes en formación.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la declaración en situación de servicios especiales para la formación se realizará de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

Quinta._Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Sexta._Instancias.

6.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, calle Mercado, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo 1.º El modelo será facilitado en la Oficina de Atención Presencial, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.pamplona.es, bien desde el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Asimismo, deberán adjuntar a la instancia de participación fotocopia del título exigido como requisito.

Quienes no presenten dichos documentos, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas, no serán admitidos a la convocatoria, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

Séptima._Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Area de Presidencia, hará públicas, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza Mercado, trasera del Ayuntamiento), la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria aprobada por la presente Resolución.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

Octava._Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, por Resolución del Concejal Delegado de Economía, Presidencia y Participación Ciudadana, se aprobarán las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán públicas en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en las convocatorias. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes o de la que obra en poder de la Administración, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.

Novena._Tribunal Calificador.

9.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Juan José Unzué Gaztelu, Concejal Especial de Función Pública.

Suplente: Don José Iribas Sánchez de Boado, Concejal Delegado de Economía, Presidencia y Participación Ciudadana.

Vocal: Don Iñigo Huarte Huarte, Director del Area de Economía.

Suplente: Don Julio Sucunza Azcona, Director del Area de Presidencia.

Vocal: Don Ernesto Tohane Eguíluz, Interventor Delegado.

Suplente: Don Juan Bautista Labairu Elizalde, Interventor Delegado.

Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

Vocal-Secretaria: Doña Nuria Larráyoz Ilundáin, Secretaria del Area de Economía.

Suplente: Doña Pilar Muñoz Soria, Secretaria del Area de Urbanismo y Vivienda.

9.2. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección del Area de Presidencia, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

9.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

9.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de las convocatorias.

9.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en éstas.

Décima._Relación de aprobados.

10.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el lugar de celebración de la prueba la relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación aprobados por orden de puntuación total obtenida.

Asimismo, el Tribunal remitirá las relaciones a que se refiere la presente base al Director del Area de Presidencia para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

10.2. Los empates en la puntuación que pudieran producirse entre los nuevos aspirantes en formación se resolverán atendiendo a la mayor antigüedad que tengan reconocida los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria. De persistir el empate, éste se resolverá mediante sorteo celebrado al efecto en el Area de Presidencia, al que serán convocados los aspirantes afectados.

Undécima._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña: ................................................ D.N.I./Carta de identidad .................. mayor de edad, fecha de nacimiento (día/mes/año) .................... nacionalidad .......................... domicilio actual (calle, numero, escalera, piso) ...................................... código postal ............. población ............... telefono ................

Expone:

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria, distinta de aquella por la que se encuentra en situación de servicio activo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Solicita:

Ser admitido a la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivos, de una relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación como Titulado de Grado Medio, para el Area de Economía del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de fecha .............

Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (Mercado, 7-9. 31001-Pamplona).

Pamplona, ........ de .......................... de 20....

(Firma)

Nota._Aportar con la instancia una fotocopia de la titulación exigida en la convocatoria.

ANEXO II

1._La Administración municipal órganos municipales. El Alcalde. El Pleno. La Junta de Gobierno. Otros órganos decisorios e informantes. Competencias y atribuciones de los órganos municipales en general.

2._El procedimiento administrativo y su Ley reguladora. Ambito de aplicación y principios generales. Los interesados. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: incoación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.

3._La contratación administrativa en Navarra (I). La Ley Foral 10/1998, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: ámbito de aplicación y régimen jurídico; disposiciones comunes a los contratos de la Administración. Contratos administrativos típicos. Prerrogativas de la Administración.

4._La contratación administrativa en Navarra (II): Requisitos para contratar con la Administración: capacidad y solvencia, clasificación y garantías. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato: el expediente de contratación; la preparación del contrato; los pliegos. Proposiciones de los interesados. La Mesa de contratación. Publicidad de las licitaciones.

5._La contratación administrativa en Navarra (III): Procedimientos y formas de adjudicación. Perfección, formalización y notificación. Ejecución de los contratos: disposiciones generales; la ejecución del contrato de obras. Modificación de los contratos. Extinción de los contratos: cumplimiento y recepción; causas de resolución y sus efectos.

6._Recursos de las Haciendas Locales de Navarra. No tributarios: ingresos de propios o de Derecho privado. Aprovechamientos comunales. Precios públicos. Cuotas de urbanización. Multas. Otras prestaciones.

7._Los ingresos tributarios de las Haciendas Locales de Navarra: concepto y clases. Impuestos: concepto y clases. Tasas: concepto y clases. Diferencias con los precios públicos.

8._Los impuestos de las Haciendas Locales de Navarra. La Contribución Territorial. Impuesto sobre Actividades económicas. Impuesto sobre el incremento del Valor de los Terrenos. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

9._La relación jurídico-tributaria. Concepto, naturaleza y clases. El hecho imponible: concepto y clases. La base imponible: concepto y regímenes de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen y la deuda tributaria.

10._El sujeto pasivo. Los responsables del tributo. El domicilio fiscal. La exención tributaria. El pago de la deuda tributaria: formas de pago, plazos y recargos. La prescripción.

11._Las liquidaciones tributarias: concepto, clases y régimen de notificación. Las infracciones tributarias: concepto, naturaleza y clases. Las sanciones tributarias. El Procedimiento sancionador tributario.

Pamplona, 23 de enero de 2006
El Concejal Delegado de Economía, Presidencia y Participación Ciudadana, José Iribas Sánchez de Boado.

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