BOLETÍN Nº 17 - 8 de febrero de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

TIRAPU

Asistencias e indemnizaciones cargos electos Ayuntamiento de Tirapu

El Ayuntamiento de Tirapu, en sesión celebrada el pasado día veintitrés de enero del dos mil seis, adoptó el siguiente acuerdo:

Estudiado el expediente incoado para señalar retribuciones e indemnizaciones al Presidente de la Asamblea Vecinal al tratarse de un municipio que funciona en régimen de Concejo Abierto.

Visto cuanto disponen los artículos 75 de la Ley Bases de Régimen Local, 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales y cuanto dispone la Ley Foral 17/2004, de 3 de diciembre, se acuerda:

_Fijar la siguiente asignación de asistencia del Presidente: por cada asistencia a sesión plenaria: 80,00 euros.

_Determinar que los miembros de la corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por gasto efectivo ocasionado en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente justificados.

_Que se proceda a la publicación de este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios de la Corporación.

Lo que se hace público, en cumplimiento de cuanto determina el artículo 75,5 de la Ley de Bases de Régimen Local, a los efectos oportunos y para general conocimiento.

Tirapu, 24 de enero del 2006._El Alcalde-Presidente, Joaquín San Martín Ayerra.

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