BOLETÍN Nº 153 - 22 de diciembre de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

MANCOMUNIDAD DE DEPORTES DE LARRAUN, LEKUNBERRI, ARAITZ, BETELU Y ARESO

Convocatoria para la provisión por concurso oposición de una plaza de Coordinador/a de Deportes al servicio de la Mancomunidad de deportes de Larraun, Lekunberri, Araitz, Betelu y Areso

1._Normas generales

1.1. El objeto de la presente convocatoria pública es la provisión, mediante concurso oposición, de una plaza de Coordinador/a de Deportes para desempeñar sus funciones en la Mancomunidad de deportes de Larraun, Lekunberri, Araitz, Betelu y Areso.

1.2. El nombramiento conferirá a la persona designada a todos los efectos, el carácter de contratado fijo en régimen laboral desde la fecha de toma de posesión.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración básica correspondientes al nivel B de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y los complementos reconocidos en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Burlada.

1.4. La persona aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrada para ocupar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

1.5. El régimen será de jornada completa de trabajo y se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

1.6. Las o los aspirantes que, habiendo superado los ejercicios de la fase de oposición, no hayan sido propuestos por el Tribunal Calificador por no existir puestos vacantes, pasarán a formar parte de una bolsa de contratación que será válida para sustituciones temporales.

2._Funciones.

2.1. La persona aspirante que resulte nombrada en virtud de la presente convocatoria desempeñará las siguientes funciones:

a) Diseñar y planificar los programas y actividades a desarrollar en el área, así como dirigir su organización y puesta en marcha, de acuerdo con las decisiones y criterios establecidos: actividades deportivas, de participación y de ocio.

b) Dirigir y llevar a buen término, las actividades ciudadanas de deporte, ocio y tiempo libre, a través de los Clubes y Escuelas Deportivas y cuantas actividades se desarrollen por la ciudadanía en el área de su competencia.

c) Prestar el apoyo técnico que se precise y propiciar la formación y desarrollo de los colectivos relacionados con la actividad física y deportiva en coherencia con las exigencias de la organización.

d) Fomentar y apoyar los movimientos e iniciativas populares en su ámbito de actuación, con objeto de planificar actividades conjuntas.

e) Atender, informar y orientar a la ciudadanía en los asuntos propios de su ámbito de trabajo.

f) Gestionar las peticiones y demandas presentadas por la ciudadanía, diseñando las acciones pertinentes para su consecución.

g) Responsabilizarse de la difusión y publicidad de las actividades y programas planificados.

h) Evaluar y llevar a cabo el seguimiento de la ejecución de las actividades programadas, introduciendo las acciones correctoras que se precisan.

i) Participar, informar y asesorar a la Mancomunidad, elaborando informes, analizando los posibles acuerdos, elaborar las actas y llevar la contabilidad.

j) Organizar los horarios de uso de las instalaciones deportivas por parte de las actividades de las personas abonadas, escuelas y clubes deportivos, asociaciones vecinales, federaciones, etc.

k) Mantener el contacto permanente con las áreas de cultura, educación, mujer, juventud y otras, de cara al fomento del Deporte en los diferentes municipios.

l) Diseñar, planificar las actividades deportivas de las fiestas patronales, actividades deportivas extraordinarias, espectáculos deportivos, etc., así como dirigir su organización, puesta en marcha, control y cierre.

ll) Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos establecidos.

3._Requisitos de las personas aspirantes.

3.1. Para ser admitidas al presente concurso-oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad de cualquier Estado miembro de la Unión Europea y ser mayor de edad.

b) Hallarse, como mínimo, en posesión del título de Diplomatura en Educación Física, Magisterio en la especialidad de Educación Física, Módulo Superior de Formación Profesional en Educación Física o haber superado los tres primeros años de la Licenciatura en Educación Física.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) Hallarse en posesión del Título de Euskara expedido por la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente (E.G.A.), o superar el examen de aptitud que al efecto prepare el Tribunal calificador cuyo contenido será equivalente a dicha titulación.

e) No hallarse la persona inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

f) Hallarse en posesión del carnet de conducir, como mínimo la categoría B1.

3.2. Los requisitos anteriores deben ser acreditados por los y/o las aspirantes en el plazo y forma previsto en la base cuarta de la presente convocatoria, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

4._Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Larraun en el plazo de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y hasta las catorce horas del último día, o bien, de cualquiera de las formas establecidas en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. Las instancias deben ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria (Anexo III) que será facilitado en las oficinas del Ayuntamiento de Larraun situadas en calle Aralar número 5, Lekunberri. En ellas l@s y/o las aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.3. Se adjuntarán a la solicitud los siguientes documentos:

a) Documento Nacional de Identidad o asimilados.

b) Copia compulsada del título exigido en la base tercera de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Documentos justificativos de los méritos establecidos en la base octava que serán objeto de valoración en la fase de concurso. Los documentos deberán ser originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario.

4.4. Las condiciones y méritos deben ser acreditados y probados documentalmente por las personas aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso oposición o en todo caso en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La no presentación de la documentación en plazo y forma establecidos supondrá la no valoración de estos méritos. Los méritos a aportar en la fase de concurso se valorarán tomando como referencia límite la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.5. El plazo señalado para la presentación de instancias es improrrogable.

5._Admisión de aspirantes y reclamaciones

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidenta de la Mancomunidad de deportes dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Las y/o los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Presidenta de la Mancomunidad de deportes dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

6._Tribunal calificador

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por las y/o los siguientes miembros:

_Presidente: Izaskun Balda Ciraco, Presidenta del la Mancomunidad de Deportes de Areso, Araitz, Betelu, Larraun y Lekunberri.

Suplente: Pedro Santamaría Chavarri, Vicepresidente de la Mancomunidad de Deportes de Areso, Araitz, Betelu, Larraun y Lekunberri.

_1.er Vocal: Ricardo Ariño Mendibil, Coordinador de Deportes del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Pablo Bolea Goñi, Coordinador de Deportes del Ayuntamiento de Tafalla.

_2.º Vocal: Eva Sada Urabayen, Coordinadora de Deportes del Patronato de Huarte-Pamplona.

Suplente: Josu Bayo Ochoa, Coordinador de Deportes del Patronato de Berriozar.

_3.er Vocal: Técnico/a del Instituto Navarro de Deporte y Juventud a designar.

Suplente: Técnico/a del Instituto Navarro de Deporte y Juventud a designar.

_4.º Vocal: Persona del Instituto Navarro de Deporte y Juventud a designar.

Suplente: Persona del Instituto Navarro de Deporte y Juventud a designar.

_Secretario: la del Ayuntamiento de Larraun.

Suplente: el del Ayuntamiento de Araitz.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.4. El Tribunal podrá, asimismo, incorporar asesores/as especialistas para todas o algunas de las pruebas.

7._Desarrollo del concurso-oposición

7.1. El concurso de oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición.

8._Fase de concurso

8.1. La fase de concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 15 puntos.

8.2. Los méritos alegados y probados conforme a lo establecido en la base cuarta se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo:

_Por servicios prestados como Coordinador/a de Deportes o en puesto de características similares en una Administración Pública: 1 punto por cada año y en jornada completa hasta un máximo de 5 puntos. Se valorarán los trabajos prestados como mínimo a media jornada en su proporción correspondiente. Se justificará mediante certificado del órgano competente de la Administración Pública Local respectiva.

_Por servicios prestados en Entidades Privadas en tareas relacionadas con la gestión deportiva o sociodeportiva: 0,5 puntos por cada año y en jornada completa hasta un máximo de 5 puntos. Se valorará los trabajos prestados como mínimo a media jornada en su proporción correspondiente. Se justificará mediante el correspondiente contrato de trabajo o copia debidamente compulsada, acompañado de certificado de vida laboral.

_Por jornadas, cursos o seminarios relacionados con la planificación, gestión, calidad, recursos humanos, programación, organización o evaluación del deporte en el ámbito de la Administración Pública hasta 1 punto por cada 100 horas, hasta un máximo de 2 puntos. Se justificará mediante certificado expedido por el organismo que impartió el curso en el que conste expresamente el número de horas lectivas realizadas.

_Por jornadas, cursos o seminarios relacionados con la planificación, gestión, calidad, recursos humanos, programación, organización o evaluación del deporte hasta 0,5 puntos por cada 100 horas, hasta un máximo de 1 punto. Se justificará mediante certificado expedido por el organismo que impartió el curso en el que conste expresamente el número de horas lectivas realizadas.

_Por título superior de INEF o análogo: 2 puntos. Se justificará mediante la presentación del título correspondiente.

8.3. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los/as aspirantes.

8.4. Concluida la fase de concurso, se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Larraun, la puntuación obtenida por cada uno de los/as aspirantes otorgando un plazo de 5 días hábiles para formular las correspondientes reclamaciones. La puntuación obtenida en la fase de concurso, se sumará a la total obtenida en la fase de oposición, resultado de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

9._Fase de oposición

9.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, y su puntuación máxima será de 85 puntos.

_Prueba de euskera: los aspirantes que no estén en posesión de la titulación de euskara exigida deberán realizar una prueba de aptitud, la cual consistirá en un ejercicio hablado y escrito, elaborado por el Tribunal, en la que el/la aspirante será calificado/a como apto/a o no apto/a. Esta prueba será realizada por los técnicos de la Mancomunidad de Euskara del norte de Navarra, y deberá ser previa al inicio de los ejercicios de la fase de oposición, teniendo carácter eliminatorio.

_Fase de oposición:

a) Primer ejercicio:

Consiste en el desarrollo por escrito de 20 preguntas cortas relacionadas con los temas del Anexo I, durante un tiempo máximo de hora y media. La puntuación máxima de este apartado será de 15 puntos. Quedarán eliminados los/as aspirantes que no alcancen como mínimo 7Ž5 puntos en esta prueba.

b) Segundo ejercicio:

Consiste en el desarrollo por escrito de dos temas del Anexo II durante un tiempo máximo de 2 horas. La puntuación máxima por tema será de 15 puntos, siendo la puntuación total máxima en este apartado de 30 puntos. Quedarán eliminados los/as aspirantes que obtengan menos de 7Ž5 puntos en alguno de los temas.

c) Tercer ejercicio.

Consiste en un ejercicio sobre supuestos prácticos de gestión y planificación deportiva durante un tiempo máximo de 3 horas. La puntuación máxima de este aparatado será de 40 puntos. Quedarán eliminados los/as aspirantes que no alcancen 20 puntos.

El Tribunal señalará el día y hora en el que cada aspirante, en el orden establecido mediante sorteo, defenderá su propuesta ante el mismo, pudiendo los/as miembros de éste realizar las preguntas y aclaraciones que consideren oportunas.

9.2. Al término de cada ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Larraun y en www.larraun.com, las puntuaciones obtenidas por cada candidato/a y la fecha y lugar de celebración de los siguientes ejercicios, así como el plazo otorgado para formular las correspondientes alegaciones.

9.3. La publicación de fechas, horas o lugares de las sucesivas pruebas deberá hacerse con un máximo de cuarenta y ocho horas de antelación, o de veinticuatro horas si se trata de la continuación de alguna prueba iniciada.

9.4. Todas las personas aspirantes deberán acudir a las pruebas provistas del documento nacional de identidad o asimilado legalmente. Cualquier fraude en las pruebas será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de las actuaciones penales si procedieran.

10._Relación de personas aprobadas, propuesta del Tribunal y presentación de documentos.

10.1. Una vez finalizadas las dos fases del concurso oposición, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Larraun y en www.larraun.com, la relación de personas aprobadas por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase de concurso y la fase de oposición, y elevará propuesta de nombramiento a favor del o de la aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Larraun y en www.larraun.com y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, la persona candidata incluida en la misma deberá aportar en el Registro del Ayuntamiento de Larraun, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base tercera de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Certificado médico de aptitud física o psíquica.

d) Declaración jurada de no hallarse la persona inhabilitada o suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

En el supuesto previsto en el párrafo anterior, se cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de personas aprobadas, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

11._Nombramiento y toma de posesión

11.1. La Presidenta de la Mancomunidad de deportes nombrará al candidato/a que hubiere dado cumplimiento a lo dispuesto en el apartado anterior.

11.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

11.3. La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de trabajador o trabajadora de la Mancomunidad de Deportes. En tal supuesto se estará a lo establecido en el apartado 10.2. de las bases de la presente convocatoria.

12._Recursos

12.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

ANEXO I

Tema 1._La Constitución Española. Principios, estructura y contenidos generales. Especial referencia a la Administración Local y a la educación física y el deporte.

Tema 2._La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, sobre Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Antecedentes. Título Preliminar.

Tema 3._Las instituciones forales de Navarra. EL Parlamento Foral o Cortes de Navarra. La Cámara de Comptos. El Gobierno de Navarra o Diputación Foral.

Tema 4._La Administración municipal. Organos municipales: Alcalde, Pleno y Comisión de Gobierno. Otros órganos. Competencias y atribuciones de los órganos municipales en general.

Tema 5._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Conceptos generales y análisis de su contenido.

Tema 6._El procedimiento administrativo. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios generales y ámbito de aplicación. Fases del procedimiento administrativo: idea general.

Tema 7._Modos de gestión de los servicios municipales.

Tema 8._Las competencias municipales en materia deportiva y legislación de aplicación.

ANEXO II

Tema 1._Municipio y deporte. Estructura y competencias genéricas. Vía municipal del deporte. Punto de encuentro entre la oferta y la demanda. Elementos de la organización deportiva municipal. Soporte legislativo de la vía deportiva municipal.

Tema 2._Gestión del Servicio Deportivo municipal. Modos de gestión. Modelos de Gestión directa. Modelos de gestión indirecta. Fórmulas mixtas de gestión. La dirección-gerencia del deporte municipal.

Tema 3._Planificación. Definición. Fines, objetivos y metas. Tipos y niveles. Proceso planificador.

Tema 4._Primer nivel: Elaboración del diagnóstico. Determinación, estudio e investigación de la situación. Conocimiento de los antecedentes. Identificación de las causas. Demanda deportiva. Importancia de los problemas detectados.

Tema 5._Segundo nivel: Toma de decisiones. Determinación de prioridades. Criterios a seguir. Métodos de establecimiento de prioridades.

Tema 6._Tercer nivel: Desarrollo metodológico. Los planes deportivos. Los programas deportivos. Los proyectos deportivos. Consideraciones. Recursos. Funciones de personal.

Tema 7._Cuarto nivel: Ejecución. Desarrollo metodológico. Encadenamiento de actividades. Dirección. Control de ejecución.

Tema 8._Quinto nivel: Evaluación. Concepto. Tipos de evaluación. Evaluación del proceso. Criterios. Condiciones.

Tema 9._El cliente usuario. Identificación del cliente usuario. Necesidades y demanda. Importancia de su atención. ¿Quién está implicado?. Evaluación de la oferta en relación de la demanda. Satisfacción del cliente.

Tema 10._El deporte en Navarra. Fenómeno deportivo en Navarra. Análisis socio cultural. Distribución de la población y posibilidades de práctica. Características generales de la práctica deportiva. Agentes que intervienen en la práctica. Futuro del deporte en Navarra.

Tema 11._Estamentos públicos y privados que inciden en el desarrollo del deporte. La Administración Pública. Las entidades privadas.

Tema 12._El sistema deportivo local. Elementos que lo integran. Relación entre ellos. Posibilidades de desarrollo.

Tema 13._Gestión de la calidad en la organización y certificación. Del control a la calidad. Normalización, homologación y certificación. Sistemas de calidad. Chequeos y diagnósticos. Coste de calidad y no calidad. Análisis de satisfacción del cliente.

Tema 14._La investigación en el deporte. Significado de la investigación. Necesidad de la investigación en los ayuntamientos. La investigación como fuente de mejora. Metodología de investigación. Los siete instrumentos estadísticos.

Tema 15._Normativa de interés. Específica. Genérica.

Tema 16._Marketing de los servicios deportivos. Características de los servicios. Funciones del marketing deportivo. El mix de los servicios deportivos. El plan de marketing.

Tema 17._Actividad física y deportiva como herramienta y contenido del TDL (Técnico Deportivo Local). Finalidades. Funciones. Modalidades. Clasificación. Tipos.

Tema 18._Equipamientos deportivos. Tipos, clasificación. Estudio de uso. Estudio de funcionamiento. Estudio de mantenimiento. Estudio de costes.

Tema 19._Indicadores deportivos de gestión. Necesidades y características. Variables que intervienen. Elaboración y cálculo. Cuadros de mandos.

Tema 20._Metodología para el desarrollo de servicios deportivos. Descripción de los aspectos o elementos que deben tenerse en cuenta.

Tema 21._Seguridad. Cobertura de riesgos. Responsabilidad civil en las instalaciones y en las actividades.

Tema 22._Gestión económica. Presupuestos de gastos. Presupuestos de ingresos. Cálculo de costos. Fijación de precios. Autofinanciación. Modelo de instancia.

Tema 23._Asociaciones y entidades deportivas. Constitución. Estatutos. Funcionamiento. Tipos. Papel que desempeña en relación con la organización deportiva local.

ANEXO III

Modelo de instancia

Don/Doña ............................................., mayor de edad, con D.N.I. número ..........................., nacido/a el día ...... de .............. de ......., natural de ................... (.................), con domicilio, a efectos de notificación en ............. (.................), calle ............................... número ......... piso ....., código postal ........... y teléfono .................

Ante Vd. Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición restringido, de una plaza de Coordinador/a de Deportes para la Mancomunidad de deportes de Larraun, Lekunberri, Araitz, Betelu y Areso, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número ............ de fecha ...............

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base tercera de la convocatoria.

Que no ha sido separado/a del servicio de ninguna Administración Pública, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas y que tal cumplimiento es anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido/a a la convocatoria para la provisión mediante concurso oposición restringido de una plaza de Coordinador/a de Deportes para el Ayuntamiento de Burlada.

Larraun, ....... de ............................. de 2006.

(Firma de la persona solicitante)

Larraun, 21 de noviembre de 2006
La Presidenta de la Mancomunidad de Deportes de Areso, Araitz, Betelu, Larraun y Lekunberri, Izaskun Balda Ciraco.

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