BOLETÍN Nº 153 - 22 de diciembre de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.3. Expropiación Forzosa

ORDEN FORAL 172/2006, de 27 de noviembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el "Proyecto de construcción de un nuevo puente sobre el río Bidasoa en la carretera N-121-A, en Endarlatsa".

El "Proyecto de construcción de un nuevo puente sobre el río Bidasoa en la carretera N-121-A, en Endarlatsa", fue aprobado técnicamente y sometido a información pública por Orden Foral 156/ 2006, de 5 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, siendo publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 123, de 13 de octubre de 2006.

Por la citada Orden Foral se sometía dicho proyecto y la relación de los bienes y derechos afectados a información pública a efectos de bienes y derechos afectados y a efectos de evaluación de impacto ambiental.

El Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas informa que en lo referente a bienes y derechos afectados, transcurrido el plazo de alegaciones, se ha recibido la siguiente:

Alegación número 1._Doña Helena Santesteban Guelbenzu, Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Bera/Vera de Bidasoa.

1._Alega:

a) Que los edificios sitos en los alrededores del puente de Endarlatsa resultan de interés para el Ayuntamiento de Bera/Vera de Bidasoa, en concreto el cuartel de la Guardia Civil situado junto al enlace proyectado.

b) Que el Ayuntamiento de Bera/Vera de Bidasoa tiene proyectado solicitar la reversión de dicho solar al patrimonio municipal para realizar en dichos inmuebles usos dotacionales de interés público.

c) Que el "Proyecto de construcción de un nuevo puente sobre el río Bidasoa en la carretera N-121-A, en Endarlatsa" debería tener en cuenta y garantizar el acceso a dicho solar y el mantenimiento de los edificios, modificando el enlace, cuya propuesta adjunta en soporte gráfico y digital.

2._Alega que se debe garantizar el normal funcionamiento de la circulación en la N-121-A entre Bera/Vera de Bidasoa e Irún durante la ejecución de las obras.

Contestación:

Se desestima lo alegado. La solución presentada por el Ayuntamiento de Bera/Vera de Bidasoa empeora notablemente las características del trazado de los ramales del enlace proyectado.

En la fase de estudio de alternativas del proyecto se estudiaron alternativas que evitasen la afección al cuartel de la Guardia Civil que fueron descartadas, al igual que la solución presentada por el Ayuntamiento de Bera/Vera de Bidasoa, por ser su trazado incompatible con los parámetros mínimos para asegurar la seguridad vial dentro del enlace.

Por otra parte, la modificación del enlace presentada no contempla el acceso a la finca afectada. Dicho acceso, para garantizar la seguridad vial dentro del enlace, debería contemplar:

_Un carril central de espera para el acceso a la finca desde el ramal de salida del enlace desde el sentido Irún-Pamplona y para el acceso desde la finca a dicho ramal en sentido Irún.

Dicho carril central debería disponerse en el punto donde los ramales del enlace sean paralelos y tener la longitud establecida en la Norma de trazado, que es notablemente superior a la que presenta, tanto el enlace proyectado, como el propuesto por el Ayuntamiento de Bera/Vera de Bidasoa.

Asimismo, la anchura del carril adicional supondría aumentar la ocupación actual hacia la finca del cuartel de la Guardia Civil. El incremento de ocupación sería el correspondiente a la anchura del carril adicional y al del desplazamiento de la línea de borde de la explanación, que aumentaría debido a que sería necesario ampliar la altura del terraplén.

_Carriles de adaptación de velocidad, tanto para el acceso a la finca desde el ramal de acceso desde la carretera actual a la futura carretera en sentido hacia Pamplona como para la incorporación a dicho ramal desde la finca, en el mismo sentido.

Análogamente al caso anterior, la anchura de los carriles de adaptación de velocidad supondría aumentar la ocupación hacia la finca del cuartel de la Guardia Civil. El incremento de ocupación sería el correspondiente a la anchura de dichos carriles y al del desplazamiento de la línea de borde de la explanación, que nuevamente aumentaría debido al consiguiente nuevo incremento de la altura del terraplén.

En conclusión, la solución planteada no sólo no cumple con las características mínimas para asegurar la seguridad vial de la circulación dentro del enlace, sino que, en el caso de disponer el acceso solicitado, la ocupación de la finca donde se ubica el cuartel de la Guardia Civil sería total.

Finalmente, según lo establecido en el artículo 8.º 1. de la Ley Foral 11/1986, de 10 de octubre, de Defensa de las Carreteras de Navarra, "A ambos lados de las carreteras se establece la línea de edificación, desde la cual hasta la carretera quedan prohibidas las obras de construcción, reconstrucción o ampliación de cualquier tipo de edificaciones, ...".

En el caso de la carretera N-121-A, la línea de edificación se sitúa a 25 metros de la arista exterior de la calzada (artículo 8.º 2. b de la Ley Foral).

Ninguna de las posibles soluciones del enlace de Endarlatsa permite que los edificios del cuartel de la Guardia Civil queden a una distancia de la carretera igual o mayor que la de la línea de edificación, por lo que en ningún caso estaría permitida la rehabilitación de los inmuebles en cuestión.

2. Durante la ejecución de las obras la afección al tráfico sobre la N-121-A será la mínima compatible con la ejecución de las obras.

Al resolver la alegación presentada ha sido necesario modificar las siguientes partes del proyecto; Memoria (Parcelario), Planos y Presupuesto.

Se incluye la relación completa y definitiva de los bienes y derechos afectados como anexo a esta Orden Foral.

Por otra parte, ha sido formulada la Declaración de Impacto Ambiental de la actuación mediante Orden Foral 441/2006, de 27 de noviembre de 2006, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, y en uso de las de atribuciones conferidas por el artículo 2.2) del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

ORDENO:

1.º Resolver la fase de información pública del "Proyecto de construcción de un nuevo puente sobre el río Bidasoa en la carretera N-121-A, en Endarlatsa", en el sentido expresado en la parte expositiva de la presente Orden Foral como contestación a la alegación presentada.

2.º Aprobar definitivamente el proyecto de "Proyecto de construcción de un nuevo puente sobre el río Bidasoa en la carretera N-121-A, en Endarlatsa", cuyo presupuesto base de licitación asciende a la cantidad de 9.866.390,47 euros.

3.º Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en dos diarios de la Comunidad Foral.

4.º Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, al Servicio de Caminos y Construcción, a la Sección de Expropiaciones, a los Ayuntamientos de Bera/Vera de Bidasoa y Lesaka y a la alegante, a los efectos oportunos.

5.º Señalar que contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los particulares podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

TERMINO MUNICIPAL DE BERA/VERA DE BIDASOA

BE-01 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 194,62 1 55 IMPRODUCTIVO

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA)

BE-02 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 129,55 1 53 SOTO

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA)

BE-03 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 1.072,19 1 1A PASTIZAL

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA)

BE-04 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 17.381,17 1 1C PASTIZAL

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA)

BE-05 ELGORRIAGA ELGORRIAGA, BENITA 216,32 1 42B CONSTRUCCION

FORUEN PLAZA, 5 (BERA)

BE-06 ELGORRIAGA ELGORRIAGA, BENITA 5.369,78 1 42A PASTOS

FORUEN PLAZA, 5 (BERA)

BE-07 DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL 1.444,59 1 43 CONSTRUCCION

AVENIDA GALICIA, 2 (PAMPLONA)

BE-08 DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL

AVENIDA GALICIA, 2 (PAMPLONA)

B.º ZALAIN AUZOA, 50 BJ I 77,00 1 43 1-1 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50 BJ D 77,00 1 43 1-2 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50 BJ I 77,00 1 43 1-3 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50 BJ D 77,00 1 43 1-4 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50 BJ I 77,00 1 43 1-5 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50 BJ D 77,00 1 43 1-6 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50-A BJ 189,00 1 43 2-1 ALMACEN AGRIC.

B.º ZALAIN AUZOA, 50-A 01 I 77,00 1 43 2-2 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50-A 01 D 81,00 1 43 2-3 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50-A 02 I 91,00 1 43 2-4 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50-A 02 C 44,00 1 43 2-5 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50-A 02 D 60,00 1 43 2-6 VIVIENDA

B.º ZALAIN AUZOA, 50-A BJ 9,00 1 43 2-7 ALMACEN AGRIC.

B.º ZALAIN AUZOA, 50-A 16,00 1 43 2-8 ALMACEN AGRIC.

BE-09 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 1.316,08 1 52B IMPRODUCTIVO

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA)

TERMINO MUNICIPAL DE LESAKA

LE-01 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO DE LESAKA 37,91 1 55BE BALSA

PLAZA ZAHARRA, 1 (LESAKA)

Servidumbre por servicios afectados

TERMINO MUNICIPAL DE BERA/VERA DE BIDASOA

BE-S01 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 175,01 703,06 2-2 TELEFONIA VTE. S.A. 1 1A PASTIZAL

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA) 5001

BE-S02 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 2.559,63 5.324,35 8-8 TELEFONIA VTE. S.A. 1 1C PASTIZAL

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA) 5001

1-9 L.ELECTRICAS VTE. S.A.

4004

BE-S03 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 163,28 222,26 0-0 TELEFONIA VTE. S.A. 1 52A SOTO

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA) 5001

BE-S04 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 297,14 417,52 0-0 TELEFONIA VTE. S.A. 1 52B IMPRODUC.

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA) 5001

BE-S05 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 45,35 105,52 0-0 1 59 PASTOS

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA)

Ocupación temporal por vertedero

TERMINO MUNICIPAL DE BERA/VERA DE BIDASOA

BE-S06 COMUNAL DEL AYUNTAMIENTO 85.768,00 16 26 PASTOS

HERRIKO ETXEA PLAZA, 1 (BERA)

Pamplona, 27 de noviembre de 2006
El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Alvaro Miranda Simavilla.

Código del anuncio: F0619394