BOLETÍN Nº 153 - 22 de diciembre de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 2839/2006, de 20 de noviembre, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 2839/2006, de 20 de noviembre, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio, de régimen funcionarial y nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número 6117, adscrita a la Oficina del Portavoz del Gobierno-Dirección General de Comunicación, con destino en Pamplona.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel B en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación.

1.3. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 9 de esta convocatoria.

2._Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, o haber superado los tres primeros cursos completos de una Licenciatura, Ingeniería o de Arquitectura.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 65, de fecha 31 de mayo de 2006, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno._Justificante de haber abonado la cantidad de 18 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los siguientes procedimientos:

_Mediante carta de pago, debidamente cumplimentada, en las cuentas que la Administración de la Comunidad Foral tiene en las entidades financieras ubicadas en Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

_Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 00308124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

_Nombre y apellidos del aspirante.

_DNI/NIF.

_Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

_Concepto: Oposiciones.

_Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don Joaquín Ortigosa Ocón, Director General de Comunicación y de la Oficina del Portavoz.

_Suplente: Don Gerardo Huarte Ilárraz, Director del Servicio de Medios de Comunicación de la Oficina del Portavoz del Gobierno-Dirección General de Comunicación.

_Vocal: Don Javier Félix Carmona Salinas, Director del Servicio de Protocolo y Publicaciones de la Oficina del Portavoz del Gobierno-Dirección General de Comunicación.

_Suplente: Don Juan José Balerdi Usabiaga, Jefe de la Sección de Gabinete de Prensa de la Oficina del Portavoz del Gobierno-Dirección General de Comunicación.

_Vocal: Don Luis García Rodrigo, Jefe de Negociado de Promoción y Difusión de la Oficina del Portavoz del Gobierno-Dirección General de Comunicación.

_Suplente: Doña María Antonia Uriz Ayestarán, Jefa de la Sección de Publicidad de la Oficina del Portavoz del Gobierno-Dirección General de Comunicación.

_Vocal: Un representante del Personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Suplente: Un representante del Personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Vocal-Secretario: Don Luis Elía Iranzu, Jefe de la Sección de Publicaciones de la Oficina del Portavoz del Gobierno-Dirección General de Comunicación.

_Suplente: Don Pedro María Pellejero Goñi, Jefe del Negociado de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación de la Oficina del Portavoz del Gobierno-Dirección General de Comunicación.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de mayo de 2007. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito dos temas elegidos a la suerte entre los comprendidos en la parte primera del temario de la convocatoria, Anexo II. Para su realización, los opositores dispondrán de 4 horas.

Segundo: De carácter práctico, consistirá en resolver por escrito cuatro supuestos relacionados con la materia incluida en la parte primera del temario. El Tribunal fijará al comienzo del ejercicio el tiempo de que dispondrán los opositores para su realización.

Tercero: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito, durante 2 horas, un tema elegido al azar entre los comprendidos en la parte segunda del temario.

Los ejercicios de la oposición se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 80 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primero: Hasta 30 puntos, 15 puntos para cada tema.

Segundo: Hasta 40 puntos, 15 puntos para cada uno de los dos primeros supuestos; y 5 puntos para cada uno de los supuestos tercero y cuarto.

Tercero: Hasta 10 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados quienes no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada ejercicio. Asimismo quedarán eliminados quienes sean calificados con cero puntos en cualquiera de los temas o supuestos.

6.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en el ejercicio y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, la relación de quienes hubieran aprobado la oposición y la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración, las puntuaciones del primero.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en dicha dependencia, los siguientes documentos:

7.2.1. Si el aspirante no tuviera la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

En el caso de que hubiera alegado discapacidad, deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Si el aspirante no tuviera la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) La demás documentación que le sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Si el propuesto tuviera la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) La demás documentación que le sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

En el caso de que hubiera alegado una discapacidad deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Nombramiento, adjudicación de la vacante y toma de posesión.

8.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Técnico de Grado Medio, y adjudicará la vacante, mediante Resolución, al aspirante que dé cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estuviera ya afiliado al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogido al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

8.3. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Si, dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

8.6. En el caso de aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

_Lista de aprobados sin plaza.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

9.2. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

9.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

9.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

Lista de aprobados sin plaza.

Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y que no hayan resultado aprobados sin plaza.

9.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

10._Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/doña ............................. mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número .............. (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........ de ........... de .........., natural de .................. (.................), nacionalidad ................., con domicilio actual en ........................... (.................) calle ...................... código postal .................... teléfono .................. teléfono trabajo ................

EXPONE:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante .................., de ..... plazas del puesto de trabajo de ............. al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......., de fecha ............, en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción*

f Turno de reserva para discapacitados*

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

f Administración Núcleo*

f Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea*

f Instituto Navarro de Bienestar Social*

(Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*.

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*.

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés*.

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ................ de .......................... de .......

(Firma)

(*) Unicamente cuando proceda.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

DIRECCION GENERAL DE FUNCION PUBLICA.

Nota._En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos, correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la confidencialidad de los mismos. El titular de los datos queda informado de su facultad de ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de conformidad con la citada normativa.

ANEXO II

PRIMERA PARTE

Transmisión del conocimiento

Tema 1._Del gesto al multimedia, el proceso de comunicación humana.

Tema 2._Del papiro a la pantalla del ordenador.

Tema 3._Saber nombrar las cosas para realizar pensamientos. El vocabulario en la transmisión del conocimiento.

Tema 4._El vocabulario en la edición en papel, en la edición electrónica y en las páginas de Internet.

Tema 5._Qué se puede hacer con una imagen que no se sabe lo que es. En la transmisión del conocimiento la imagen no puede ser un adorno. ¿Se puede leer la imagen? ¿Qué nos dice una imagen?

Tema 6._La información y el conocimiento. El futuro del libro.

La autoedición

Tema 7._Autoedición frente a edición.

Tema 8._La pantalla. El CPU. El teclado. La impresora. El escáner. Otros periféricos.

Tema 9._Programas de tratamiento de textos. Programas de autoedición. El lenguaje PostScript.

Tema 10._Procedimientos y metodología en la autoedición.

Edición en papel

Tema 11._Programa editorial. El editor. Relación entre autor y editor. El autor individual. Los coautores. El derecho de autor, de explotación y su duración. Contrato de edición.

Tema 12._Relación entre autor y lector. La legibilidad. Obra original y traducciones. La coedición. Contrato de coedición. El presupuesto. El expediente.

Tema 13._Qué son y para qué sirven: Folletos. Dípticos. Carteles. El libro. El libro electrónico. Las colecciones.

Tema 14._Partes externas del libro. Partes internas del libro.

Tema 15._Libro manuscrito. Libro impreso.

Tema 16._Clases de libros.

Tema 17._Desde la corrección de conceptos a su distribución y venta.

Tema 18._Definición de original. Presentación del original. Interpretación tipográfica del original. Normas para la interpretación tipográfica. Conceptos relativos a la interpretación tipográfica. Clases de textos. La microlegibilidad. Disposición de los elementos gráficos. Ritmo y equilibrio.

Tema 19._Introducción a la tipografía. Tipografía de plomo, electrónica y digital. Las familias de tipos. Funcionalismo frente a tradición.

Tema 20._Anatomía del tipo. Clasificación de las familias de tipos (crea tu propia paleta). Tipometría. QuarkXPress y el cuadratín.

Tema 21._Disposición tipográfica. Jerarquías tipográficas. Justificación. Composición no justificada. Formas tipográficas. Estética tipográfica.

Tema 22._Estructura de la maqueta. Partes de un libro. Cálculo del texto. Correcciones.

Tema 23._Blancos, márgenes y sangría.

Tema 24._Definición de la composición. Historia de la composición y sistemas de composición.

Tema 25._Programas de tratamiento de textos: qué son y cómo funcionan.

Tema 26._Las correcciones. La opinión del autor.

Tema 27._Comprobación del CD para "directo a plancha". Corrección de pruebas de imprenta: qué corresponde a la imprenta, qué al diseñador, qué al cliente. Erratas y tipos de erratas.

Tema 28._Libro de estilo y manual de estilo. Los signos de corrección.

Tema 29._Ilustración y ornamentación. Foto y fotografía. La selección, cantidad y calidad de la ilustración y fotografía. Manipulación de la ilustración y fotografía. Cualidades del ilustrador, del fotógrafo.

Tema 30._Distribución y compaginación del pliego de principios. Reglas de compaginación.

Tema 31._Definición de página. Tipos de página.

Tema 32._Estética tipográfica del texto. Estética del texto: el efecto de los espaciados y los blancos, el valor de las medidas, el estilo de la letra, las repeticiones de elementos, coincidencia de espacios.

Tema 33._Estética tipográfica de la página. Estética de la página.

Tema 34._La caja de composición. Dimensiones, altura y márgenes.

Tema 35._Las proporciones.

Tema 36._La paginación continua y discontinua. Los folios y su colocación. Los cuadros y tablas. Las citas y las notas.

Tema 37._Utilización de las ilustraciones y fotografías. Tamaño y dimensiones de la ilustración y fotografía. Ampliación y reducción de ilustraciones y fotografías.

Tema 38._Tipos de ilustraciones y fotografías.

Tema 39._Colocación de las ilustraciones y fotografías en la página. Normas para su colocación.

Tema 40._Definición de la impresión. Casado e imposición de las páginas. Procedimientos de impresión. Defectos de impresión.

Tema 41._Impresión en colores. Colores simples y compuestos. Síntesis de los colores. La reproducción impresa de los colores. El círculo cromático. Armonía de los colores. Tipos de impresión. La estampación.

Tema 42._El soporte de la impresión. Historia del papel. Materias papeleras: fibras, materiales no fibrosos y aditivos. Tipos de papel.

Tema 43._La bobina y el pliego. Combinaciones de pliegos. La resma y sus múltiplos. El gramaje, el aumento y la merma. El formato del papel y el de los libros. El papel y la impresión.

Tema 44._Definición de encuadernación. Elección de la encuadernación. Proceso en la técnica de la encuadernación.

Tema 45._Tipos de encuadernación.

Tema 46._Definición y objetivos del Depósito Legal. Objetos del Depósito Legal. Objetos excluidos del Depósito Legal. Sujetos obligados en el Depósito Legal. Quién debe pedir el Depósito Legal.

Tema 47._El ISBN. El ISBN y el código de barras.

Tema 48._Control de contenidos y control técnico de la edición.

Edición digital

Tema 49._Conceptos básicos: La información digital y sus rasgos. Distinción entre documento analógico, digital y electrónico. El Libro electrónico frente al libro en soporte de papel.

Tema 50._El hipertexto. La interactividad. La usabilidad.

Tema 51._La edición digital: historia y evolución de la edición digital y multimedia.

Tema 52._Fases del proceso general de diseño y producción. Tipología de proyectos interactivos. Requerimientos metodológicos. Plan de producción.

Tema 53._De la idea a los requerimientos. Diseño de la información. Diseño de la interacción o de la comunicación. Diseño de la interfaz de usuario.

Tema 54._Producción de texto digital. Producción de imágenes. Producción de audio. Producción audiovisual.

Tema 55._Los originales en la imagen digital. Dispositivos de entradas de imágenes. Fotografía digital: trabajo convencional / trabajo digital. La cámara digital. Ventajas de la cámara digital.

Tema 56._Proceso de programación y desarrollo tecnológico en la edición digital. Control de calidad.

Tema 57._La cultura Internet. Principios y componentes. Servidores y clientes.

Tema 58._Planificación de páginas Web. El anteproyecto. Normativas de diseño: redacción, grafía técnica, navegación.

Tema 59._El estilo de la Web. Organización de la información. Longitud de los documentos. Iconografía y navegación. Tipografía y colores.

Tema 60._Documentos PDF. Características. Ventajas y desventajas de estos documentos.

Tema 61._Criterios de evaluación: contenido y navegabilidad, diseño, aspectos técnicos.

Tema 62._Software de edición de páginas Web. FrontPage frente a Dreamweaver.

Tema 63._Publicación de páginas Web. Niveles de accesibilidad. El mantenimiento.

Tema 64._La Intranet y la Extranet.

Tema 65._Propiedad intelectual y nuevas tecnologías. Internet, nuevo medio de explotación de las obras. Formas de protección de la obra digital. Formas de publicitar las obras.

Distribución y venta

Tema 66._Libro de choque. Libro de fondo. Superventas.

Tema 67._Canales de venta. Tipos de venta.

Tema 68._Publicidad en Medios de comunicación social. Ferias de libros. Medios propios.

Tema 69._La opinión de los clientes. Recepción, valoración y respuesta a las sugerencias, consultas y reclamaciones de los clientes.

Tema 70._Recepción, control, almacenamiento y distribución.

La imagen corporativa

Tema 71._La marca como imagen de una institución. La marca en una Institución pública y en una Institución privada. Distinción entre símbolo, logotipo, logosímbolo, imagen corporativa, identidad corporativa.

Tema 72._La imagen de marca (logosímbolo) del Gobierno de Navarra. Comparativa entre el logosímbolo (marca) del Gobierno de Navarra y el del Ayuntamiento de Pamplona.

Tema 73._Los signos básicos de identificación. Los programas integrales de identificación. Cuales son estos signos de identificación en el logosímbolo del Gobierno de Navarra.

Tema 74._Las implicaciones ideológicas y culturales de toda marca de imagen institucional. Qué implicaciones tiene la del Gobierno de Navarra.

Tema 75._Signos de identidad de Navarra. El Parlamento. El Gobierno de Navarra. Otros signos de identidad de Navarra.

Tema 76._Qué es el libro de imagen corporativa. Qué debe incorporar. ¿Por qué una Institución debe contar con un libro de imagen corporativa?

SEGUNDA PARTE

Tema 1._La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2._Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3._Las fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4._El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 5._El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6._El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7._El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 8._El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

Tema 9._La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Tema 10._La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 12._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 13._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 14._La Hacienda Pública de Navarra: derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación.

Tema 15._Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: concepto y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación y extinción de los contratos.

Tema 16._Ley Orgánica de Protección de datos de carácter personal: principios de la protección de datos, derechos de las personas.

Tema 17._Ley Foral 24/2003, de 4 de abril, de Símbolos de Navarra. (BOLETIN OFICIAL de Navarra 45/03).

Tema 18._Decreto Foral 189/2004, de 3 de mayo, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización. (BOLETIN OFICIAL de Navarra 66/04).

Nota:

Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 20 de noviembre de 2006
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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