BOLETÍN Nº 153 - 22 de diciembre de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Dos de Logroño

Cédula de notificación y citación a juicio oral, confesión judicial y requerimiento

Don José Antonio Laguardia Hernando, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Logroño.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 112/2006-A de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Achid Belcaid contra Exen Vehículos Industriales, S.L., don Pablo Entrena Pérez, doña Ana Reboiro Martínez-Zaporta y "Gassmann GMBH", en calidad de Administradores Concursales de "Exen Vehículos Industriales, S.L.", Go Truck, S.L., Multimarca Truck, S.L., New Truck Soluciones, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidades, se ha dictado Auto de fecha 4-12-2006 que, en lo necesario, es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para los actos de conciliación y/o juicio, en única instancia, el día 16 de enero de 2007, a las nueve horas quince minutos de su mañana, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sita en la calle Manzanera, 4-68 de esta ciudad, reiterándose a las partes las

manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación, y debiendo citarse a la codemandada "New Truck Soluciones, S.L." con entrega de copia de la demanda y demás documentos aportados, así corno del escrito de ampliación.

Al primer otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones de la parte actora de acudir a juicio asistida de Letrado y por designado domicilio a efectos de oír notificaciones.

Al segundo otrosí, se admite la prueba de confesión judicial, señalándose para su práctica el día del acto del juicio oral, y cítese en legal forma a los representantes legales de las codemandadas Exen VehÍculos Industriales, S.L., Go Truck, S.L., Multimarca Truck, S.L. y de la AdministraciÓn Concursal de "Exen VehÍculos Industriales, S.L."- don Pablo Entrena Pérez, doña Ana Reboiro Martínez-Zaporta y "Gassmann GMBH"-, apercibiéndoles de que podrán ser tenidos por confesos si no comparecen ni alegan causa suficiente, apreciada judicialmente, que justifique su inasistencia.

Se admite a trámite la prueba documental solicitada y requiérase a la parte demandada para que aporte en el acto del juicio la siguiente documentación:

_Relación de pagos efectuados al actor por los conceptos objeto de la presente demanda.

Emplácese al Fondo de Garantía Salarial, a los efectos establecidos en el artículo 23 de la L.P.L.

Notifíquese estaresolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así, por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don José María Labado Santiago ilustrísimo Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Dos de La Rioja de lo que yo, el Secretario, doy fe.

Y para que le sirva de notificación, citación y requerimiento en legal forma al señor representante legal de Exen Vehículos Industriales, S.L., Go Truck, S.L. y New Truck Soluciones, S.L., en ignorado paradero o, en su caso, "ad cautelam", expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y tablón de anuncios de este Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Logroño, 4 de diciembre de 2006
El Secretario Judicial, José Antonio Laguardia Hernando.

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