BOLETÍN Nº 153 - 22 de diciembre de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

SAN ADRIÁN

Aprobación inicial Proyecto de Reparcelación

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de San Adrián, en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2006, adoptó el acuerdo cuyo texto íntegro, en su parte dispositiva, a continuación se transcribe:

"1._Aprobar inicialmente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución 21-A (Nagoico) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de San Adrián, eliminando los siguientes puntos de la documentación presentada:

_Se elimina el punto 1.5 de la Memoria, relativo a los criterios de valoración y adjudicación de las superficies resultantes, ya que el Ayuntamiento decidirá en función de su conveniencia y oportunidad el destino del 10 % del aprovechamiento urbanístico, libre de cargas de urbanización, que en todo caso está sometido a las condiciones legales establecidas.

_Se elimina el punto 7.4, relativo al régimen jurídico de la reparcelación, y, en concreto, a la cesión de aprovechamientos urbanísticos, ya que ningún particular puede imponer al Ayuntamiento su sustitución por el equivalente en metálico.

Además, se ha observado errores de transcripción en la documentación presentada, que se corregirán en el nuevo documento que se presente para la aprobación definitiva: la sucesiva numeración del punto 6, relativo al régimen jurídico de la reparcelación, se refiere a un punto 7 que no existe en la documentación presentada.

2._Someter el expediente a información pública por periodo de veinte días, que se contarán desde la publicación del anuncio de esta aprobación inicial en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y durante el cual se podrán presentar alegaciones.

3._Remitir anuncio del presente acuerdo de aprobación inicial, para su publicación, al BOLETIN OFICIAL de Navarra, al Diario de Navarra y al Tablón de anuncios municipal.

4._Notificar el presente acuerdo individualmente a los propietarios registrales afectados, así como al Presidente de la Junta de Compensación, concediéndoles un periodo de audiencia, igual al de información pública, es decir, de veinte días, que se contarán desde la publicación del anuncio de esta aprobación inicial en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante el cual podrán manifestar y alegar cuanto consideren oportuno al respecto.

5._Trasladar el presente acuerdo al Registro de la Propiedad de Estella, a los efectos oportunos."

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/90, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

San Adrián, 17 de noviembre de 2006
El Alcalde, Emilio Ignacio Ruiz Lorente.

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