II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
TAFALLA
Aprobación inicial de la Regulación de Tasas que regirán a partir del 1 de enero del año 2007
El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2006, adoptó con el quórum reglamentario, el siguiente acuerdo:
A la vista de la conveniencia de la actualización de las tasas para el ejercicio del año 2007, a los efectos de sostenimiento de los gastos municipales para el citado ejercicio y teniendo en cuenta la situación económica actual del Ayuntamiento de Tafalla, en aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral 2/95 de Haciendas Locales de Navarra, Ley Foral 6/90 de Administración Local de Navarra y Ley Foral 11/04 de actualización del régimen local de Navarra,
Se acuerda:
Primero._Aprobar los anexos de tarifas que regulan la exacción de tasas y aprovechamientos comunales que se relacionan, quedando con los textos refundidos que figuran en el expediente, que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:
_Ordenanza fiscal número 04: Expedición y tramitación de documentos.
_Ordenanza fiscal número 05: Autotaxi.
_Ordenanza fiscal número 06: Otorgamiento de licencias y realización de actuaciones urbanísticas.
_Ordenanza fiscal número 07: licencia para el ejercicio de Actividades Clasificadas.
_Ordenanza fiscal número 08: Inspección prevista en Ordenanzas y Acuerdos Municipales.
_Ordenanza fiscal número 09: Retirada de vehículos de la vía pública y custodia de los mismos.
_Ordenanza fiscal número 11: Prestación de servicios del Cementerio.
_Ordenanza fiscal número 12: Utilización de instalaciones deportivas y locales e instalaciones escolares.
_Ordenanza fiscal número 15: Derechos y cánones a satisfacer por aprovechamientos y disfrute de bienes comunales.
_Ordenanza fiscal número 16: Apertura de zanjas en terrenos de uso público y cualquier remoción de pavimento o aceras en la vía pública.
_Ordenanza fiscal número 17: Entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía, aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga o descarga de mercancías de cualquier clase.
_Ordenanza fiscal número 18: Aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común.
_Ordenanza fiscal número 20: Utilización privativa o aprovechamiento especial, prestación de servicios y realización de actividades relacionadas con la Plaza del Mercado, venta ambulante y recinto Ferial.
Segundo._Someter los acuerdos anteriores a exposición pública, previo anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y tablón de anuncios, durante el plazo de 30 días, a fin de reclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas.
Tercero._El acuerdo de aprobación inicial pasará a ser definitivo en el caso de que no se hubiesen formulado reclamaciones, reparos u observaciones. En este caso, para la producción de efectos jurídicos, deberá publicarse tal circunstancia, junto con el texto definitivo, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Tafalla, 29 de noviembre de 2006
La Alcaldesa, Maite Mañú Echaide.
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