BOLETÍN Nº 150 - 15 de diciembre de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 20 plazas del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio Trabajador Social al servicio del Ayuntamiento de Pamplona

La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 21 de noviembre de 2006, aprobó la convocatoria de conformidad con las siguientes

BASES

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 20 plazas del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio, Trabajador Social, de régimen funcionarial y de nivel B, al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

_9 plazas en turno libre.

_9 plazas en turno de promoción.

_2 plazas en turno de reserva para personas con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100.

1.2. Las plazas que se convocan son las siguientes:

_20 en el Area de Servicios Sociales y Mujer, identificadas en la plantilla orgánica con los números números 201000-5, 201000-22, 201000-28, 201000-34, 201000-35, 201000-43, 201000-44, 201000-51, 201000-52, 201000-53, 201000-65, 201000-66, 201000-67, 201000-68, 201000-69, 201000-70, 201000-71, 201000-72, 201000-73, 201000-79.

No obstante las plazas que se ofertarán en el acto de elección de vacantes al que se refiere la base 8 de la convocatoria serán las que hayan resultado del procedimiento de concurso de traslado aprobado por Resolución del Concejal Delegado de Economía, Presidencia y Participación Ciudadana, de fecha 26 de junio de 2006.

1.3. Si las vacantes del turno de promoción quedaran desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumulará al turno libre.

Del mismo modo, si las vacantes del turno de reserva para personas con discapacidad resultaran desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para superar las pruebas selectivas, se acumularán al turno que proceda, siguiendo el orden de distribución establecido en el artículo 15.3 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Por otra parte, si en el turno de promoción o en el turno restringido para discapacitados resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de estos turnos optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción y del turno de reserva para personas con discapacidad que no reúnan los requisitos específicos exigidos para participar en cada uno de dichos turnos en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria.

1.4. Los aspirantes que obtengan plaza adquirirán la condición de funcionario con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia de personal del Ayuntamiento de Pamplona.

1.5. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones correspondientes al nivel B, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Pamplona.

1.6. Los aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrados para las plazas del puesto de trabajo convocadas, ingresen en el Ayuntamiento de Pamplona y adquieran la condición de funcionarios, serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

Los funcionarios que resulten nombrados para las plazas convocadas y estén afiliados al Régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.

1.7. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el término municipal de Pamplona.

1.8. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.9. También es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 3, 10 y 11 de esta convocatoria.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

2.1.1. Requisitos para los aspirantes del turno libre.

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Diplomado en Trabajo Social o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Hallarse en posesión del título de Diplomado en Trabajo Social o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

2.1.3. Requisitos de los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

Los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad, además de los requisitos señalados en el apartado 2.1.1, deberán tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

2.2. Salvo lo dispuesto en la base tercera, los anteriores requisitos deberán acreditarse por los aspirantes aprobados que sean propuestos para su nombramiento, en el plazo y forma previstos en la base séptima.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona, (calle Mercado, 7-9; calle Zapatería, 40; calle san Saturnino, 2), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, en Internet www.pamplona.es, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.

3.3. A la instancia se acompañará el justificante de haber abonado al Ayuntamiento de Pamplona la cantidad de 18,5 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen. El pago podrá realizarse mediante abono o transferencia a las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona en las siguientes entidades financieras: Caja Navarra (2054 0152 31 1100003684), Caja Laboral Popular (3035 0039 34 0390900005) y Caja Rural de Navarra (3008 0001 14 1103447429) o en la Tesorería Municipal, calle Mercado, 7-9, 2.ª planta, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

Nombre y apellidos del aspirante.

DNI/NIF.

Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

Concepto: Oposiciones.

Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.4. Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción, deberán adjuntar, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Area de Presidencia dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Area de Presidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidenta: Doña Concepción Mateo Pérez, Concejala Delegada de Servicios Sociales y Mujer

_Suplente: Don Juan José Unzue Gaztelu, Concejal de Función Pública

_Vocal: Doña María Jesús Vicente Goicoechea, Subdirectora de Atención a las Dependencias del Instituto Navarro de Bienestar Social

_Suplente: Don Javier Echeverría Zabalza, Coordinador de Formación para el empleo.

_Vocal: Milagros Urzainqui Asín, Jefa de la Sección de Atención Sociosanitaria del Instituto Navarro de Bienestar Social

_Suplente: Don Jesús Laguardia Hontañón, Coordinador de Servicios Sociales.

_Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Vocal Secretario: Don Miguel Angel Ilundain Aizpún, Director del Area de Servicios Sociales y Mujer

_Suplente: Doña Ana Góngora Urzaiz, Secretaria Técnica del Area de Servicios Sociales y Mujer El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de abril de 2007. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas con varias alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que solamente una será válida, sobre la materia incluida en la Parte I, Legislación, del temario. Penalizarán las respuestas erróneas. El Tribunal señalará al comienzo del ejercicio el tiempo de que dispondrán los opositores para su realización.

Segundo: Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo de cuatro horas, tres temas propuestos por el Tribunal, entre seis determinados a sorteo, dos de entre los comprendidos en la Parte II, Metodología de Trabajo Social, y uno de entre los comprendidos en la Parte III, Temas específicos del Area de Servicios Sociales y Mujer, del temario incluido en el Anexo II de la convocatoria. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 20 puntos

Tercero: De carácter teórico practico, consistirá en resolver, uno o varios supuestos propuestos por el Tribunal, relacionado con la materia incluida en las Partes II y III, del temario. El tiempo del ejercicio será determinado por el Tribunal antes del comienzo del mismo.

Cuarto: De carácter psicotécnico, consistirá en la realización de diversas pruebas para medir la adecuación de quienes optan a los puestos, al perfil profesiográfico de los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria. Estas pruebas serán realizadas por el Servicio de Psicología del Instituto Navarro de Administración Pública.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 15 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 60 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 15 puntos.

Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada uno de los ejercicios. Igualmente, en cualquier caso y en todos los ejercicios, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con cero puntos en cualquiera de los temas del segundo y tercer ejercicio.

6.5. El segundo ejercicio se llevará a cabo por el sistema de plicas, y el tercero será leído por los aspirantes al Tribunal en acto público.

6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de celebración la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados. Quedarán también excluidos los aspirantes que no concurran a la lectura del ejercicio en la fecha fijada por el Tribunal.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración, y elevará al Director del Area de Presidencia, junto con la relación anterior y el expediente completo, propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en los ejercicios de la oposición, considerados en el siguiente orden: segundo ejercicio, tercer ejercicio, cuarto ejercicio y primer ejercicio.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes al de notificación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Area de Presidencia los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no ostenten la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, salvo que se hubiera presentado con anterioridad.

c) Documento acreditativo de la condición de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de figurar incluido en la propuesta por el turno de reserva correspondiente y no haberlo presentado con anterioridad.

d) Informe expedido por los servicios médicos del Ayuntamiento de Pamplona acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

g) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos que pertenezcan a la Unión Europea.

h) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos de países que no pertenezcan a la Unión Europea.

i) Libro de familia en el caso de ciudadanos incluidos en el párrafo segundo de la base 2.1.a)

Los aspirantes que ostenten la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que ostenten la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención. Los aspirantes del turno de promoción que hubieran acompañado a la instancia dicho título estarán exentos de su aportación.

b) Documento acreditativo de la condición legal de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de figurar incluido en la propuesta por el turno de reserva correspondiente y no haberlo presentado con anterioridad.

c) La documentación que para ser nombrado para el puesto de Titulado Grado Medio Trabajador Social, al servicio del Ayuntamiento de Pamplona sea requerida por el Area de Presidencia

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Junta de Gobierno Local cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Area de Presidencia, su preferencia por las vacantes de puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio, y se les pongan de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción, tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

En el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que se emita al respecto.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. La Junta de Gobierno Local nombrará funcionarios del Ayuntamiento de Pamplona para desempeñar el puesto de trabajo de Titulado Grado Medio Trabajador Social, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Pamplona. En tales supuestos se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.

9.4. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4. de la convocatoria.

9.5. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, comunes para todas las Areas y organismos autónomos del Ayuntamiento de Pamplona:

_Lista de aprobados sin plaza

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

10.2. Listas de aprobados sin plaza.

La Dirección del Area de Presidencia constituirá con los aprobados sin plaza del proceso selectivo, una lista de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 10 de esta convocatoria

Asimismo, remitirá esta lista a los órganos competentes de los organismos autónomos, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación.

10.3. Aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo.

De conformidad con el procedimiento establecido en la base undécima de esta convocatoria, la Dirección del Area de Presidencia, constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con los aspirantes que hayan obtenido, al menos, una puntuación de 6 puntos en el tercer ejercicio establecido en esta convocatoria.

11._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal.

11.1. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director del Area de Presidencia, se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan obtenido al menos 6 puntos en el tercer ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

_Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará, conjuntamente con los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

11.2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.3. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director del Area de Presidencia, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan obtenido, al menos, una puntuación de 6 puntos en el tercer ejercicio establecido en esta convocatoria, que no hayan resultado aprobados sin plaza.

11.4. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

12._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

MODELO DE INSTANCIA

Don/Doña .............................., mayor de edad, DNI/Carta de identidad ....................., fecha de nacimiento [día/mes/año] ...................., natural de [municipio/provincia] ............................, nacionalidad ......................., domicilio actual [calle, número, escalera, piso] ......................, código postal/población .................., teléfono .................., teléfono móvil ...................

Expone:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido, expedida por organismo competente.

Solicita:

Ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 20 plazas del puesto de trabajo de Trabajador Social al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......, de fecha .............., en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción *

f Turno restringido minusválidos *

(*) Unicamente cuando lo contemple la convocatoria.

Pamplona, ...... de ................. de 200......

(Firma)

Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle Mercado, 7-9, 31001 Pamplona).

ANEXO II

Temario

Parte I._Legislación

1._La política social europea: síntesis de referencias en los tratados, textos alusivos, la Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales, principales objetivos y recomendaciones para los Estados miembros de la Unión ...

2._La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

3._Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-Leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

4._Ayuntamiento de Pamplona: Reglamento Orgánico, Organización Administrativa.

5._Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local. El municipio: Elementos, competencias. Régimen de funcionamiento de las entidades locales. Las entidades locales de Navarra. Competencias de los entes locales en materia de asistencia social.

6._El procedimiento administrativo común: Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Recursos administrativos: Principios generales y clases.

7._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

8._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

9._Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: Régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: Conceptos y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, y extinción de los contratos.

10._Ley Foral 11/2005, 9 de noviembre, de subvenciones.

11._Proyecto de Ley Foral de Servicios Sociales

12._Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal: Principios de la protección de datos, derechos de las personas.

13._El proyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas con Dependencia

14._Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no-discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

15._Los derechos y la atención al menor. Legislación en materia de menores.

16._Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. Objeto y principios rectores. Principales medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres victimas de violencia de género. Las diferentes clases de tutela.

17._Ley Foral 2/1998, del Voluntariado.

Parte II._Metodología de trabajo social

1._Planificación y acción social. Concepto, funciones y principios.

2._El trabajo social individualizado. Objetivos y características.

3._El trabajo social en grupo. Objetivos y características.

4._La evaluación en trabajo social. Concepto, consideraciones generales.

5._La Investigación Social. Objeto. Métodos. Técnicas aplicables.

6._La Técnica de la entrevista en trabajo social. Aplicaciones.

7._El proceso metodológico en trabajo social: Fases del proceso.

8._El trabajo en equipo. Principios, metodología y técnicas.

9._La ética de la actividad profesional. Código de ética de los y las Trabajadores/as Sociales. Catálogo de derechos del usuario.

10._El informe social: La redacción del informe, preparación y estructura. Uso de referencias y estilo.

11._La intervención social comunitaria. La participación Social en los Servicios Sociales.

12._El concepto de calidad en la intervención social, procesos de mejora, sistemas de aseguramiento de la calidad, calidad total.

13._Documento Base para la Atención Comunitaria de Servicios Sociales. Directrices generales, estructura y análisis de su contenido.

14._Documento Base para la Atención Comunitaria de Servicios Sociales. Programa de Acogida y Orientación Social.

15._Documento Base para la Atención Comunitaria. Programa de Atención a la Infancia y Familia.

16._Documento Base para la Atención Comunitaria de Servicios Sociales. Programa de Atención Comunitaria a las Personas con Dificultades de Autovalimiento.

17._Documento Base para la Atención Comunitaria de Servicios Sociales. Programa de Incorporación Social en la Atención comunitaria.

18._Estructura orgánica de la Dirección de Bienestar Social, Deporte y Juventud. Estructura, competencias y funciones.

19._Estructura orgánica del Instituto Navarro de Bienestar Social. Estructura, competencia y funciones.

20._Adopción nacional y adopción internacional: Normativa, procedimiento.

21._Programas de apoyo a la familia gestionados desde la Dirección General de Familia.

22._Programas de intervención con menores en materia de protección, reforma y conflicto social en Navarra gestionados desde la Dirección General de Familia.

23._La intervención con menores en situación de desprotección o conflicto social: Manual de Intervención en la Comunidad Foral de Navarra.

24._Programas y recursos específicos dirigidos a mujeres victimas de malos tratos y/o agresiones sexuales en Navarra.

25._El voluntariado en el ámbito de la acción social: regulación, espacios de intervención ...

26._Medidas de protección integral contra la violencia de género en Navarra. Normativa. Protocolos de actuación. Recursos.

27._La Orden de Protección. Objetivos. Procedimiento. Medidas civiles, penales y asistenciales. Competencia. Vigencia. Breve referencia al Registro Central par la protección de las víctimas de violencia doméstica.

28._Las personas mayores como sector de actuación de los Servicios Sociales. Marco legal, organización y recursos sociales en Navarra.

29._Las personas con discapacidad como sector de actuación de los Servicios Sociales. Marco legal, organización y recursos sociales en Navarra.

30._El programa de Atención a Domicilio en Navarra.

31._La inmigración como sector de actuación en el ámbito de Servicios Sociales en Navarra.

32._Recursos sociales relacionados con la exclusión social en Navarra.

33._Las pensiones no contributivas: Concepto tipología, beneficiarios, cuantías y régimen jurídico. Pensiones asistenciales y prestaciones derivadas de la LISMI. Normativa, concepto y aspectos básicos.

34._El catálogo de Servicios Sociales en Navarra: prestaciones técnicas y económicas.

Parte III._Temas específicos del Area de Servicios Sociales y Mujer

1._La ciudad de Pamplona: rasgos territoriales, demográficos, tejido asociativo, prioridades ciudadanas desde la perspectiva de los servicios sociales.

2._Area de Servicios Sociales y Mujer del Ayuntamiento de Pamplona: estructura organizativa, programas, centros y servicios.

3._Las Unidades de Barrio: marco normativo, competencias, objetivos, contenido, estructuras operativas.

4._El Servicio municipal de Atención a Domicilio en Pamplona: regulación, objetivos, contenido, estructuras operativas.

5._La actividad municipal de Pamplona respecto a la incorporación laboral y social de personas en riesgo o en situación de exclusión: marco normativo, competencias, objetivos, contenido, estructuras operativas.

6._Las personas en situación de exclusión social, pobreza o sin hogar en la ciudad de Pamplona: causas y elementos condicionantes, tipologías, marco legal y técnico de intervención, principales estrategias de normalización de las personas afectadas, centros, servicios y prestaciones.

7._La situación en Pamplona de la población inmigrante desde la perspectiva de los Servicios Sociales: intervención de los Servicios Sociales de Navarra, y concretamente los municipales de Pamplona, en la resolución de las carencias sociales que pudiera presentar. Centros y servicios.

8._Programas de Cooperación al Desarrollo en el Ayuntamiento de Pamplona.

9._Los programas de formación para el empleo en el Ayuntamiento de Pamplona.

10._Los programas de atención a personas con discapacidad en el Ayuntamiento de Pamplona.

Pamplona, 21 de noviembre de 2006
El Concejal-Secretario de la Junta de Gobierno Local, José Iribas Sánchez de Boado.

Código del anuncio: L0618767

Hace cien años

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