I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.3. OTRAS DISPOSICIONES
1.3.6. Otros
DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA. Anuncio de enajenación de bienes mediante adjudicación directa.
Acuerdo y Resolución de Subasta del Director del Servicio de Recaudación de 11 de agosto de 2006, BOLETIN OFICIAL de Navarra número 127, de 23 de octubre de 2006.
Deudor: Don Juan Luis Sanromán Agorreta.
El Jefe de la Sección de Recaudación Ejecutiva de la Hacienda Tributaria de Navarra anuncia la apertura de plazo de presentación de ofertas para la venta mediante adjudicación directa de los bienes que a continuación se detallan. Las condiciones que regulan la enajenación de los inmuebles son las siguientes.
1. Plazo de presentación de ofertas: Hasta las catorce treinta horas del día 11 de enero de 2007, en las dependencias del Servicio de Recaudación de la Hacienda Tributaria de Navarra, calle Paulino Caballero número 50 bajo, procediéndose a la apertura de las ofertas a las nueve treinta horas del día 12 de enero de 2007 en las mismas dependencias.
2. No se considerarán ofertas inferiores a 42.111,06 euros.
3. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, incluyéndose en su interior:
_Identificación de la persona o entidad ofertante, acreditando en su caso el poder con el que actúa, N.I.F./C.I.F., domicilio e importe ofertado.
_Depósito de garantía del veinte por ciento del importe mínimo en forma de cheque conformado o bancario a favor de la Comunidad Foral de Navarra, es decir, 8.422,21 euros. Dicho depósito de garantía se ingresará en firme en la Tesorería de la Comunidad Foral si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrieran por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.
4. En caso de que coincidan en la mejor postura varias de las ofertas presentadas en sobre cerrado, se dará preferencia en la adjudicación a la registrada en primer lugar, sin perjuicio de la mejora de las ofertas regulada en el apartado 5.
5. Una vez abiertos los sobres, los postores presentes podrán mejorar sus ofertas en tramos del uno por ciento del precio mínimo, es decir, 421,11 euros.
6. Si en dicha fecha no resultaran adjudicados los bienes, la Mesa de la subasta podrá acordar la apertura de un nuevo periodo de presentación de ofertas, modificando, si así lo acordara, el importe mínimo de las ofertas económicas.
7. El trámite de enajenación mediante adjudicación directa finalizará el 15 de mayo del 2007 si no se ha resuelto con anterioridad la adjudicación de los inmuebles.
8. Se previene a los interesados de que la enajenación de los bienes se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del mismo si se satisface la deuda, los intereses de demora y las costas del procedimiento.
9. Los adjudicatarios quedarán obligados a entregar en el acto o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el importe de adjudicación del lote. Los bienes a subastar están afectos a las cargas y gravámenes que figuran al final del presente anuncio y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes sin que puedan aplicarse a su extinción el precio del remate.
10. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad de los mandamientos de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta de los adjudicatarios. Los bienes no serán entregados en tanto no se acredite el pago, exención o no sujeción a dichos tributos.
11. La Hacienda Tributaria de Navarra, se reserva el derecho a pedir la adjudicación para la Comunidad Foral, del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 147 y siguientes del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
12. Cuando los bienes subastados sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad aportados en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros.
13. No consta en el expediente que los bienes inmuebles objeto de enajenación se encuentren ocupados por personas distintas de los titulares registrales.
14. Respecto del estado de las deudas con la comunidad de propietarios, según escrito del Administrador de fecha 24 de julio de 2006, el deudor se encuentra hasta dicha fecha al corriente en el pago de las cuotas de comunidad. En todo caso, el adjudicatario exonera expresamente a la Hacienda Tributaria de Navarra, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.
15. La descripción de los bienes objeto del procedimiento de enajenación mediante adjudicación directa y de las cargas preferentes sobre ellos constituidas es la siguiente.
_Lote único:
Descripción Registral: Mitad indivisa de la finca número 23290, tomo 884, libro 448, folio 180, del Registro de la Propiedad número 1 de Pamplona. Urbana: veinticinco. Vivienda o piso, tipo E, sita en la planta cuarta, a la izquierda subiendo la escalera número dos por donde tiene su acceso, del edificio en construcción sito en la parcela 1.2 del Polígono P-3 del Plan Parcial Rochapea de Pamplona, hoy casa número uno de la calle ciudad de Sueca. Ocupa una superficie construida de noventa y cuatro metros y ochenta y cinco decímetros cuadrados y una superficie útil de ochenta y tres metros y treinta y ocho decímetros cuadrados. Tiene como anejos: a) la plaza abierta de garaje señalada con el número veinte situada en la planta sótano, con una superficie construida de treinta y un metros y cincuenta y seis decímetros cuadrados y una superficie útil de veintinueve metros y sesenta y seis decímetros cuadrados. b) el trastero señalado con el número uno, situado en la planta de sótano, con una superficie útil de ocho metros y cincuenta y seis decímetros cuadrados. Su cuota en elementos comunes: cuatro enteros y cincuenta y cinco centésimas por ciento.
Datos de Inscripción: Inscrita en el tomo 884 del Archivo, libro 448 de la sección 1.ª, al folio 180, finca 23.290, inscripciones 1.ª y 4.ª, de fechas treinta de julio de mil novecientos noventa y seis y dos de junio de mil novecientos noventa y ocho; a favor de don Juan Luis Sanroman Agorreta y doña Ana María Alvarez Muñoz.
Referencia Catastral: Vivienda (polígono 7, parcela 2500, subárea 3, unidad urbana 12), aparcamiento subterráneo (polígono 7, parcela 2500, subarea 1, unidad urbana 20) y trastero (polígono 7, parcela 2500, subárea 1, unidad urbana 2) en Pamplona.
Embargo a ejecutar: Diligencia de embargo de fecha 23 de mayo de 2005, anotado en el Registro de la Propiedad de Pamplona número 1, sobre la mitad indivisa perteneciente a don Juan Luis Sanromán Agorreta, el 28 de noviembre de 2005, con letra de H.
Valor de tasación: 103.365,33 euros.
Cargas que quedaran subsistentes:
_Por razón de su procedencia se halla gravada con la servidumbre de paso de vehículos y personas y sujeta al Régimen Jurídico establecido en el Acta de Reparcelación, y a las obligaciones de mantener de forma permanente un patio central de manzana y de construir y mantener una única planta de sótano mancomunada, relacionado todo ello en el párrafo de cargas de la inscripción 1. ª de la finca.
_Hipoteca a favor de Caja Rural de Navarra, Sociedad Cooperativa Limitada de crédito, inscripción 5.ª, practicada con fecha 2 de junio de 1998. Según escrito de la entidad de fecha 29 de junio de 2006, la hipoteca subsiste totalmente, siendo el importe pendiente de vencimiento 32.108,59 euros. Dado el tiempo transcurrido, el importe certificado ha podido variar.
_Constituida servidumbre recíproca de paso de vehículos y personas en planta de sótano, según expresa la nota al margen de la inscripción 1.ª
_Anotación de embargo letra C, sobre la mitad indivisa propiedad de don Juan Luis Sanromán Agorreta, a favor de "El Estado" practicada con fecha 23 de mayo de 2002. De acuerdo a la contestación de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra de fecha 10 de enero de 2006, por resolución de fecha 19 de noviembre de 2004, se acordó la cancelación del citado embargo, entregando el correspondiente mandamiento al representante procesal del deudor por haberse extinguido el débito perseguido.
_Anotación de embargo letra G, sobre la mitad indivisa de la finca propiedad de don Juan Luis Sanromán Agorreta, a favor de la "Caja de ahorros de Navarra", practicada con fecha 27 de septiembre de 2005, en reclamación de ochocientos veinticuatro euros y treinta y cuatro céntimos de principal, más doscientos cuarenta y siete euros y treinta céntimos para intereses y costas, para el procedimiento de Ejecución de Títulos Judiciales Dineraria número 0000816/2005. Según escrito del Juzgado de Primera Instancia número 6, de fecha 16 de enero de 2006, el procedimiento se halla en ejecución.
16. En lo no previsto en este anuncio, se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el acto.
Para cualquier información adicional podrán comunicarse con el personal de la Sección de Recaudación Ejecutiva (Teléfono 948 292976, correo electrónico: calzuaro@cfnavarra.es).
Pamplona, 22 de noviembre de 2006
El Jefe de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Javier Ezpeleta Iráizoz.
Código del anuncio: F0618882