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BOLETÍN Nº 150 - 15 de diciembre de 2006
I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos
RESOLUCION 4718/2006, de 8 de noviembre, del Subdirector de Recursos Humanos y Régimen Jurídico del Instituto Navarro de Bienestar Social, por la que se aprueba la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo de Cuidador, nivel D, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Instituto Navarro de Bienestar Social.
Por Resolución 4718/2006, de 8 de noviembre, del Subdirector de Recursos Humanos y Régimen Jurídico del Instituto Navarro de Bienestar Social se aprueba la presente Convocatoria con arreglo a las siguientes
B A S E S
1.ª Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección y de conformidad con lo dispuesto tanto en el artículo 42.2.c) del Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal en las Administraciones Públicas de Navarra, como en los Acuerdos sobre las condiciones de empleo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo de Cuidador, nivel D, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Instituto Navarro de Bienestar Social.
Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.
Asimismo quedará, en todo caso, supeditada a la inexistencia, en la última convocatoria pública, celebrada o a celebrarse, de personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos para el puesto de trabajo de Cuidador, no hubiera obtenido plaza; dado que los aprobados sin plaza de la última convocatoria pública resuelta gozarán de un derecho preferente para la provisión temporal de puestos de trabajo.
Agotadas estas posibilidades, bien por haberse efectuado el ofrecimiento, bien por no existir ese personal, se acudirá a la contratación del personal incluido en la citada relación, por orden de puntuación obtenida.
2.ª Los aspirantes que resulten seleccionados podrán ser contratados temporalmente, en régimen administrativo o laboral, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Decreto Foral 1/2002, de 7 de enero, por el que se regula la contratación de personal en régimen administrativo en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en el vigente convenio colectivo para la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos y demás disposiciones normativas que resulten de aplicación, percibiendo las retribuciones correspondientes a dicho puesto de trabajo, excluidas las retribuciones inherentes a la condición del personal funcionario o contratado laboral fijo, como son el premio de antigüedad, el grado y la ayuda familiar.
Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.
3.ª Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, la de otro Estado miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de los países citados anteriormente, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho y sean éstos descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Ser mayor de edad.
c) Estar en posesión del Graduado de Escolaridad o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.
d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
Los anteriores requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y contratados en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del contrato.
El cumplimiento de los anteriores requisitos, se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección y hasta el momento de la contratación.
4.ª Instancias.
4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro del Instituto Navarro de Bienestar Social, situado en la calle González Tablas, s/n, en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.
Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo 1.º, que será facilitado en las oficinas centrales del Instituto Navarro de Bienestar Social (calle González Tablas s/n) de Pamplona, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público", y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
Asimismo, en dicha instancia, los aspirantes deberán manifestar, por escrito, si desean optar a todas las contrataciones que se produzcan, tanto a jornada completa como a tiempo parcial, o solamente las contrataciones a jornada tiempo parcial. En caso de no señalar nada al respecto se entenderá que optan a todas las contrataciones que pudiera producirse.
4.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y explicar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, adjuntando la acreditación de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.
5.ª El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
6.ª Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Instituto Navarro de Bienestar Social hará pública en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en las oficinas centrales del Instituto Navarro de Bienestar Social (calle González Tablas s/n) la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.
Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, el Instituto Navarro de Bienestar Social hará pública en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en las oficinas centrales del Instituto Navarro de Bienestar Social (calle González Tablas s/n) la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Se fijará en la misma, el lugar y la fecha de realización de las pruebas de selección, la cual se llevará a cabo a partir del mes de enero de 2007.
El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.
Con la publicación de las listas de aspirantes admitidos y excluidos se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados a los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
7.ª El Tribunal que llevará a cabo el proceso de selección estará formado por los siguientes miembros:
Presidente: Don José Antonio Marañón Oricain, Subdirector de Recursos Humanos y Régimen Jurídico del Instituto Navarro de Bienestar Social.
Suplente: Don Miguel Garatea Crelgo, Subdirector de Gestión del Instituto Navarro de Bienestar Social.
Vocal: Don Tomás Larumbe Huerta, profesor de enseñanza secundaria adscrito al Departamento de Educación.
Suplente: Don Carlos Ollo Oscáriz, profesor de enseñanza secundaria adscrito al Departamento de Educación.
Vocal: Don José Manuel Nava Zugarrondo, psicólogo adscrito a la Dirección General de Familia.
Suplente: Don Oscar Pina González, psicólogo adscrito a la Dirección General de Familia.
Vocal: Laura Jiménez Díaz, en calidad de representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Suplente: Don Juan José Ayesa López, en calidad de representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Vocal-Secretario: Don Jesús Angel Sánchez Videgain, Jefe de la Sección de Personal del Instituto Navarro de Bienestar Social.
Suplente: Don Carlos Sarasíbar Marco, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica) del Instituto Navarro de Bienestar Social.
El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros.
El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.
El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la realización de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en ellas.
Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.
En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, o de alguna otra circunstancia, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.
8.ª Desarrollo y valoración del proceso de selección.
8.1. La selección se llevará a cabo mediante la realización de una prueba, consistente en la realización de un único ejercicio que consistirá en contestar por escrito a preguntas tipo test, relacionadas con los temas que figuran en el anexo 2.º de esta convocatoria.
La duración de la prueba, la determinará el Tribunal y será comunicada a los aspirantes al inicio de la misma.
8.2. La puntuación máxima de la prueba será de 50 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen, como mínimo, 25 puntos.
8.3. La convocatoria para la prueba se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.
8.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.
9.ª Relación de aprobados y llamamiento.
9.1. Terminada la calificación de la prueba, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, en el del Instituto Navarro de Bienestar Social y en el lugar de celebración de las pruebas, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida y la remitirá al Subdirector de Recursos Humanos y Régimen Jurídico del Instituto Navarro de Bienestar Social para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.
Los empates que se produzcan se dirimirán en favor del aspirante de mayor edad.
9.2. Los aspirantes seleccionados podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Instituto Navarro de Bienestar Social de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.
9.3. Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002 de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.
9.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.
10.ª Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Subdirector de Recursos Humanos y Régimen Jurídico del Instituto Navarro de Bienestar Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma que no procedan del Tribunal Calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO 1.º
Modelo de instancia
Don/Doña ............................................................, mayor de edad, provisto de Documento Nacional de Identidad número ........................ (o carta de identidad equivalente) y nacido el día ...... de .................. de .............., natural de .......................... (.....................), nacionalidad ........................, con domicilio actual en .............................. (.................), calle ......................................, código postal .........., teléfono domicilio ........................, teléfono de contacto ..........................
Expone:
Que solicita ser admitido a la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a la contratación temporal del puesto de trabajo de Cuidador, nivel D, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Instituto Navarro de Bienestar Social, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ............, de fecha ................... de ........................... de 200.....
Que desea optar a las contrataciones que se realicen:
f A tiempo parcial
f Tanto a tiempo parcial como a jornada completa
(Márquese con una X la casilla correspondiente)
A los aspirantes se les llamará para posibles contratos de acuerdo con las casillas que hayan marcado.
La elección que se realiza a través de la presente instancia, surtirá efectos, en principio, durante todo el período de vigencia de la lista. En caso de que algún aspirante deseara modificar la opción realizada, deberá personarse en la Sección de Personal del Instituto Navarro de Bienestar Social y cumplimentar una nueva instancia.
Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.
Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.
Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.
Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
f Que padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).
(Márquese, en su caso, con una X la casilla correspondiente.)
Por lo expuesto
Solicita ser admitido a la convocatoria citada, a fin de participar en las pruebas de selección correspondientes.
Pamplona, a ................. de ................... de 200.....
(Firma)
ANEXO 2.º
Temario
Tema 1._Técnicas y cuidados paliativos más frecuentes en centros residenciales, centros de día para personas gravemente afectadas.
Tema 2._Programas para el desarrollo de habilidades de autonomía personal en la vida diaria.
Tema 3._Prevención de accidentes y primeros auxilios. Normas de actuación en situaciones de emergencia.
Tema 4._Funciones del cuidador en diferentes instituciones dirigidas a personas con discapacidad; residencias, centros de día, viviendas tuteladas.
Tema 5._El papel del cuidador en actividades de ocio y tiempo libre y salidas.
Tema 6._Actuaciones del cuidador en caso de urgencia: crisis epilépticas, atragantamientos, quemaduras, traumatismos.
Tema 7._Necesidades posturales del usuario de un servicio asistencial: posición corporal, cambios posturales, movilizaciones, traslado del usuario, mobiliario adaptado (camas, sillas, atriles, etc.).
Tema 8._Necesidades higiénicas: cuidado de la boca, cabello, ojos, uñas, piel, genitales y úlcera de decúbito, etc.
Tema 9._Cuidados básicos. Funciones del cuidador en los programas de terapia ocupacional.
Tema 10._Funciones del cuidador en el proceso de envejecimiento en personas con discapacidad intelectual severa/profunda.
Pamplona, 8 de noviembre de 2006
El Subdirector de Recursos Humanos y Régimen Jurídico, José Antonio Marañón Oricain.
Código del anuncio: F0618268
Acceso
Enlaces relacionados
Boletín Oficial de Navarra
Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.
31001 - Pamplona (Navarra)
848 42 12 50
