BOLETÍN Nº 15 - 3 de febrero de 2006

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Junta Arbitral del Transporte

Laudos dictados

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del Laudo Arbitral dictado con fecha 18 de octubre de 2005, correspondiente al expediente de reclamación número 1071 promovido por don Pablo Eduardo Alonso Carrillo contra Grupader, S.L., se procede por el presente escrito a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 del citado cuerpo legal, en relación con su artículo 61.

La Junta Arbitral del Transporte de la Comunidad Foral de Navarra ha dictado el siguiente Laudo:

Constituida la Junta Arbitral en Pamplona, a 18 de octubre de 2005, con las personas que a continuación se relacionan: Presidenta, doña María Carmen Machiñena Solera; Vocales representantes de la Administración, don Jesús Armendáriz Mateo y doña María José Echeverría Marturet; Vocal representante de los cargadores don Jesús Ros Argandoña y Vocal representante de las empresas de transporte público de mercancía por carretera don Ignacio Larráyoz Arroqui, para conocer de la controversia referida al expediente mencionado y evaluable económicamente en 590,26 euros, esta Junta Arbitral ha resuelto declarar que la reclamación de don Pablo Eduardo Alonso Carrillo no es ajustada a derecho.

Lo que comunico a usted a los efectos oportunos, indicándole que el contenido íntegro del Laudo se encuentra a su disposición durante un plazo de diez días en el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes, sito en la calle Yanguas y Miranda, 5, 31002 Pamplona. La Junta Arbitral del Transporte de la Comunidad Foral de Navarra: Doña María Carmen Machiñena Solera, don Jesús Armendáriz Mateo, doña María José Echeverría Marturet, don Jesús Ros Argandoña y don Ignacio Larráyoz Arroqui.

Laudo dictado

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del Laudo Arbitral dictado con fecha 25 de noviembre de 2005, correspondiente al expediente de reclamación número 1103 promovido por don Jorge Antonio Rivas Gómez contra Trans Iruña Taxis Industriales, S.L., se procede por el presente escrito a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 del citado cuerpo legal, en relación con su artículo 61.

La Junta Arbitral del Transporte de la Comunidad Foral de Navarra ha dictado el siguiente Laudo:

Constituida la Junta Arbitral en Pamplona, a 25 de noviembre de 2005, con las personas que a continuación se relacionan: Presidenta, doña María Carmen Machiñena Solera; Vocales representantes de la Administración, don Jesús Armendáriz Mateo y doña María José Echeverría Marturet; Vocal representante de las empresas de transporte público de mercancías por carretera don Ignacio Larráyoz Arroqui y Vocal representante de las agencias de transporte don Juan Ramón Doral Brun, para conocer de la controversia referida al expediente mencionado y evaluable económicamente en 1.000 euros más gastos e intereses de demora, esta Junta Arbitral ha resuelto declarar que la reclamación de don Jorge Antonio Rivas Gómez es ajustada a derecho, y en consecuencia condenar a Trans Iruña Taxis Industriales, S.L., al pago de 1.074,23 euros más los intereses de demora correspondientes.

Lo que comunico a usted a los efectos oportunos, indicándole que el contenido íntegro del Laudo se encuentra a su disposición durante un plazo de diez días en el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes, sito en la calle Yanguas y Miranda, 5, 31002 Pamplona. La Junta Arbitral del Transporte de la Comunidad Foral de Navarra: Doña María Carmen Machiñena Solera, don Jesús Armendáriz Mateo, doña María José Echeverría Marturet, don Ignacio Larráyoz Arroqui y don Juan Ramón Doral Brun.

Pamplona, 16 de enero de 2006
La Secretaria de la Junta Arbitral, María José Echeverría Marturet.

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