BOLETÍN Nº 147 - 8 de diciembre de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 1 plaza de puesto de trabajo de Tesorero al servicio del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos

La Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 7 de noviembre de 2006, aprobó la convocatoria de conformidad con las siguientes bases:

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 1 plaza del puesto de trabajo de Tesorero al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, distribuida en el siguiente turno:

a) 1 plaza en turno libre.

1.2. La plaza que se convoca es la siguiente:

_1 en el Area de Economía, identificada en la plantilla orgánica con el número 101000-1.

1.3. El aspirante que obtenga plaza adquirirá la condición de funcionario con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia de personal del Ayuntamiento de Pamplona.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones correspondientes al nivel o grupo A, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Pamplona.

1.5. El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrado para el puesto de trabajo objeto de convocatoria, ingrese en el Ayuntamiento de Pamplona, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

Quien resulte nombrado para el puesto de trabajo objeto de convocatoria y esté ya afiliado al régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social a que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrá optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al correspondiente de la Seguridad Social.

1.6. El aspirante que obtenga plaza tendrá el deber de residir en el lugar de destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el término municipal de Pamplona.

1.7. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos a los que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando que no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales, en Derecho o en Administración y Dirección de Empresas, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Salvo lo dispuesto en la base tercera, los anteriores requisitos deberán acreditarse por el aspirante aprobado que sea propuesto para su nombramiento, en el plazo y forma previstos en la base séptima.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, en Internet www.pamplona.es, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.2. A la instancia se acompañará el justificante de haber abonado al Ayuntamiento de Pamplona la cantidad de 18,5 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen. El pago podrá realizarse mediante abono o transferencia a las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona en las siguientes entidades financieras: Caja Navarra (2054 0152 31 1100003684), Caja Laboral Popular (3035 0039 34 0390900005) y Caja Rural de Navarra (3008 0001 14 1103447429) o en la Tesorería Municipal, calle Mercado 7-9, 2.ª planta, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

_Nombre y apellidos del aspirante.

_DNI/NIF.

_Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

_Concepto: Oposiciones.

_Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

_La falta de pago de la tasa determinará la exclusión del aspirante.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Area de Presidencia, dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Area de Presidencia, dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don Iñigo Huarte Huarte, Director del Area de Economía.

_Suplente: Doña Nuria Larráyoz Ilundain, Secretaria Técnica del Area de Economía.

_Vocal: Doña Begoña Urrutia Juanicotena, Jefa de la Sección de Gestión de Asuntos Económicos de las Entidades Locales, del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

_Suplente: Don Pedro José Cebrian Leyún, Jefe de la Sección de Estudios y Análisis Económico, del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

_Vocal: Don Francisco Javier Esparza Sánchez, Director de Asuntos Económicos e Inversiones de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Navarra.

_Suplente: Doña Irache Fernández Arellano, Jefa de Asuntos Económicos de la Dirección General de Bienestar Social del Gobierno de Navarra.

_Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Vocal Secretario: Don Julio Sucunza Azcona, Director del Area de Presidencia.

_Suplente: Don Juan Sáez Leclercq, Letrado del Area de Presidencia.

El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal y se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo transcurridos como mínimo 3 meses desde la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

_Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de cuatro horas, dos temas propuestos por el Tribunal entre cuatro determinados a sorteo, dos de la primera parte, "Contabilidad, Presupuestos y Tesorería", y dos de la segunda parte, "Estadística y Matemática Financiera", de los recogidos en el Anexo II.

_Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de cuatro horas, dos temas propuestos por el Tribunal entre cuatro determinados a sorteo, dos de de la tercera parte, "Derecho Financiero y Tributario", y dos de la cuarta parte, "Derecho Mercantil, Civil y Administrativo", de los recogidos en el Anexo II.

_Tercer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en el plazo máximo de cuatro horas, un supuesto práctico propuesto por el Tribunal sobre cualquiera de los temas recogidos en el Anexo II.

La resolución o presentación de todo o parte del supuesto podrá exigirse en soporte informático aplicando los programas Microsoft Word o Excel.

6.3. Valoración de los ejercicios de la oposición:

_Primer ejercicio: hasta 25 puntos, cada tema tendrá una valoración máxima de 12,5 puntos.

_Segundo ejercicio: hasta 25 puntos, cada tema tendrá una valoración máxima de 12,5 puntos.

_Tercer ejercicio: hasta 50 puntos.

Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada uno de los ejercicios. Igualmente, en cualquier caso y en todos los ejercicios, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con 0 puntos en cualquiera de los temas o supuestos de la oposición.

6.4. Los ejercicios primero y segundo de la oposición se realizarán por escrito y serán leídos por los aspirantes al Tribunal en acto público.

6.5. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de celebración la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único. Los aspirantes deberán acudir provistos del documento nacional de identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados. Igualmente quedarán excluidos quienes no se presenten a la lectura pública de los ejercicios primero y segundo.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración, y elevará al Director del Area de Presidencia, junto con la relación anterior y el expediente completo, propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de la notificación de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberán aportar al Area de Presidencia los siguientes documentos:

7.2.1. Si no ostentase la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, salvo que se hubiera presentado con anterioridad.

c) Informe expedido por los servicios médicos del Ayuntamiento de Pamplona acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas, y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos que pertenezcan a la Unión Europea.

g) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos de países que no pertenezcan a la Unión Europea.

h) Libro de familia en el caso de ciudadanos incluidos en el párrafo segundo de la base 2.1.a).

El aspirante que ostente la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Si el aspirante ostentase la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) En su caso, fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) La documentación que para ser nombrado para el puesto de Tesorero al servicio del Ayuntamiento de Pamplona sea requerida por el Area de Presidencia.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presente dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, al Director del Area de Presidencia cubrirá la baja con el aspirante incluido a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

8.1. La Junta de Gobierno Local nombrará funcionario del Ayuntamiento de Pamplona para desempeñar el puesto de Tesorero y adjudicará la plaza, mediante Resolución, al aspirante que de cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.3. El aspirante nombrado deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento; si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tome posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Pamplona. En tales supuestos se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

8.4. En el caso de que el aspirante adquiera la condición de funcionario y, sin desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria por encontrarse prestando servicios en otra Administración Pública, la vacante se cubrirá también según lo dispuesto en el referido apartado 7.4.

9._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Don/Doña:

Mayor de edad:

D.N.I./Carta de identidad:

Fecha de nacimiento (día/mes/año):

Natural de (municipio/provincia):

Nacionalidad:

Domicilio actual (calle, número, escalera, piso):

Código posta /población:

Teléfono:

Teléfono móvil:

EXPONE:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

SOLICITA:

Ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 1 plaza del puesto de trabajo de Tesorero al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número, de fecha, en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción*.

f Turno restringido minusválidos*.

(*) Unicamente cuando lo contemple la convocatoria.

Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle Mercado, 7-9. 31001, Pamplona).

Pamplona, ........... de ....................... de 20....

(Firma)

ANEXO II

Primera parte._Contabilidad, Presupuesto y Tesorería.

1._El modelo contable del Plan General de Contabilidad. Características, objetivos y estructura del Plan General de Contabilidad. Los principios contables y las normas de valoración. Las cuentas anuales en el P.G.C.

2._El sector público y su contabilidad. Contabilidad pública y contabilidad del sector público. El Plan General de Contabilidad Pública: Historia, evolución y situación actual. Entorno jurídico-económico de la contabilidad pública. Fines de la contabilidad pública. Requisitos de la información contable pública. Armonización con la contabilidad del sector privado. La normalización contable y organismos normalizadores.

3._La Contabilidad de las Corporaciones Locales (I). La Instrucción de Contabilidad para la Administración Local y regulación en Navarra: Los Instrumentos contables. Documentos contables. Libros de contabilidad.

4._La Contabilidad de las Corporaciones locales (II). Las operaciones del Presupuesto de Gastos: Apertura, modificaciones, gestión presupuestaria: Presupuesto corriente y cerrados, gastos plurianuales, cierre del presupuesto corriente y presupuestos futuros. Los gastos con financiación afectada.

5._La Contabilidad de las Corporaciones Locales (III). Las operaciones del presupuesto de ingresos. Apertura, modificaciones, gestión del presupuesto de ingresos: Presupuesto corriente y cerrados, los ingresos futuros, regularización y cierre del presupuesto corriente y presupuestos futuros.

6._La Contabilidad de las Corporaciones Locales (IV). El inmovilizado no financiero y su contabilidad. Concepto y características. Su composición en las Corporaciones Locales. Amortización: Concepto y métodos. Incidencia de las cuotas de amortización.

7._La Contabilidad de las Corporaciones Locales (V). El inmovilizado financiero y su contabilidad. Concepto y características. Contabilidad de las operaciones de endeudamiento.

8._La Contabilidad de las Corporaciones Locales (VI). Operaciones de Tesorería. La estructura de la Tesorería de las Administraciones Públicas. Clasificación y contabilización de las operaciones de Tesorería. Aplicación de cobros y pagos. Pagos a justificar y anticipos de caja fija.

9._La Contabilidad de las Corporaciones Locales (VII). El cierre del ejercicio: El resultado presupuestario, necesidad de su determinación. El Remanente de Tesorería.

10._La Contabilidad de las Corporaciones Locales (VIII). Las Cuentas Anuales: Balance de Situación. Cuenta de Resultados económico-patrimoniales y su significación. Estados anuales. La Memoria y los informes de gestión.

11._La auditoría y el control económico financiero en las Corporaciones Locales. Normas de auditoría en el sector público. Los órganos de control interno y externo en las Corporaciones Locales.

12._El presupuesto planificado por programas como fórmula de eficacia en la asignación de recursos. Conceptos básicos. Ventajas y principales problemas del presupuesto por programas.

13._El presupuesto público y su significación. Los principios presupuestarios. Los Presupuestos de las Corporaciones Locales de Navarra. Estructura presupuestaria. El ciclo presupuestario. Modificaciones presupuestarias. Los gastos plurianuales.

14._La Tesorería de las entidades locales (I). La gestión de la liquidez. Indicadores económico-financieros de Tesorería. El proceso de cobro. El cobro descentralizado. Los medios de cobro.

15._La Tesorería de las entidades locales (II). Planificación del pago. Los medios de pago. Formas de financiación asociadas al pago.

16._La Tesorería de las entidades locales (II). Rentabilización de las puntas de Tesorería. Financiación de los déficits temporales de liquidez.

Segunda parte._Estadística y matemática financiera.

1._Variable estadísticas. Medidas de posición centrales y no centrales. Medidas de dispersión absolutas y relativas. Medidas de asimetría y curtosis. Medidas de concentración.

2._Números índices. Significado de los números índices simples y complejos. Deflactación de series estadísticas. Enlaces y cambios de base. Indices más utilizados. Especial referencia al I.P.C.

3._Series temporales: Características y autocorrelación. Componentes de las series temporales. Tendencia secular. Variaciones estacionales. Fluctuaciones cíclicas. Predicción.

4._Inferencia estadística. Muestreo. Población y muestra. Estimación y verificación de hipótesis. Métodos de muestreo. Media y varianza de las características muestrales.

5._Métodos econométricos. El modelo lineal de dos variables. Estimadores mínimo cuadráticos. Coeficiente de correlación. Análisis de la varianza. Predicción.

6._Operaciones financieras simples: Capitalización y descuento. Operaciones financieras compuestas: Capitalización y descuento.

7._Rentas. Conceptos y clasificaciones. Rentas ciertas, constantes y variables. Rentas fraccionadas. Rentas perpetuas.

8._Préstamos. Sistemas de amortización: Reembolso único, cuota de amortización constante, anualidad constante, anualidades variables en progresión aritmética y geométrica. Método de amortización con intereses fraccionados. Operaciones de constitución de un capital.

9._Empréstitos normales clásicos y con características comerciales. Empréstitos normalizables: Con prima de amortización, con amortización seca, con lotes, con fraccionamiento de pago de intereses, con gastos periódicos de administración.

Tercera parte._Derecho financiero y tributario.

1._El Derecho financiero, su contenido. La Ley General Presupuestaria, principios generales. Privilegios de la Hacienda Pública. Régimen de la Hacienda Pública: Derechos económicos y obligaciones exigibles. Régimen de intereses a favor y en contra de la Hacienda Pública.

2._El gasto público: Concepto, clasificación; principios constitucionales en la materia. La deuda pública. Los ingresos públicos: Concepto, caracteres y criterios de clasificación.

3._Principios constitucionales en materia tributaria. La autonomía tributaria de Navarra. El Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral. La Ley Foral 13/2000, General Tributaria: Aplicación a los tributos de las Entidades Locales de Navarra. Principios generales y derechos de los obligados tributarios: En particular, el derecho a la devolución de ingresos indebidos de naturaleza tributaria.

4._Los tributos: Concepto, concepto, naturaleza y clases. El impuesto: Su concepto y fundamento. Clasificación de los impuestos. Principios de la imposición.

5._La relación jurídico-tributaria. Concepto, naturaleza y elementos. El hecho imponible: Concepto y clases. La base imponible: Concepto y regímenes de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen y la deuda tributaria.

6._El sujeto pasivo. Los responsables del tributo. Procedimiento de derivación de responsabilidad. Sucesores en las deudas tributarias. La capacidad de obrar en el orden tributario. El domicilio fiscal. La exención tributaria.

7._El pago de la deuda tributaria: Formas de pago, plazos y recargos. La prescripción. Otras formas de extinción de la deuda tributaria. Garantías del crédito tributario.

8._Las infracciones tributarias: Concepto, naturaleza y clases. Las sanciones tributarias. El Procedimiento sancionador tributario.

9._La gestión tributaria. El procedimiento de gestión tributaria. Las liquidaciones tributarias: Concepto, clases y régimen de notificación.

10._La recaudación (I). Recaudación en período voluntario y ejecutivo. Ingresos a través de entidades colaboradoras en la recaudación. El procedimiento de apremio. Las providencias de apremio y embargo. Suspensión del procedimiento de apremio. Motivos de oposición al apremio. Medidas cautelares.

11._La recaudación (II). El embargo. Orden de prelación. Embargo de bienes entregados o depositados. Comprobación e investigación de bienes y derechos. Realización del embargo. Tercerías. Enajenación de bienes embargados. Concurrencia de embargos administrativos y judiciales. La anotación preventiva de embargo.

12._Las Haciendas Locales: Principios constitucionales. La coordinación de la Hacienda Estatal, Autonómica y Local. La Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra. Disposiciones comunes a todas las exacciones: En particular, las Ordenanzas Fiscales.

13._Recursos no tributarios de las Haciendas Locales de Navarra: Ingresos de propios o de Derecho privado. Aprovechamientos comunales. Precios públicos. Cuotas de urbanización. Multas. Otras prestaciones.

14._Los ingresos tributarios de las Haciendas Locales de Navarra: Concepto y clases. Impuestos: Concepto y clases. Tasas: Concepto y clases. Diferencias con los precios públicos. Las contribuciones especiales.

15._Otros ingresos de las Haciendas Locales de Navarra: Los ingresos financieros por operaciones de crédito. La deuda pública. Participación en los tributos de otras entidades públicas. Las subvenciones.

16._Los impuestos de las Haciendas Locales de Navarra. La contribución territorial. Impuesto sobre actividades económicas. Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Impuesto sobre gastos suntuarios. Impuesto sobre viviendas desocupadas.

17._El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: La obligación de retener a cargo de las entidades locales. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Incidencia del IVA. en la actividad de las entidades locales de Navarra. El IVA en la contratación pública de Navarra.

Cuarta parte._Derecho Mercantil, Civil y Administrativo.

1._El Derecho Mercantil. Concepto y contenido. Fuentes. Actos de comercio. La empresa mercantil. El comerciante individual.

2._Las sociedades mercantiles en general. Concepto legal de sociedad mercantil. Diferencias con la sociedad civil. Clases. Sociedades irregulares y en formación. El Registro Mercantil.

3._La sociedad de responsabilidad limitada. Las participaciones sociales. Derechos y obligaciones de los socios. Organos de la sociedad.

4._La sociedad anónima. Rasgos fundamentales que caracterizan su régimen jurídico. Escritura social y Estatutos. Organos sociales. Patrimonio y capital social. Acciones. Aumento y reducción de capital. Emisión de obligaciones. Trasformación, fusión y escisión. Disolución, liquidación y extinción.

5._Los títulos-valores. Concepto y clases. La letra de cambio: Noción y funciones económicas de la letra. Libramiento, endoso, aceptación y aval. Presentación al pago, el pago y la falta de pago de la letra. El protesto. Las vías utilizables por el tenedor para la defensa de sus derechos.

6._El pagaré. El cheque: Analogías y diferencias con la letra de cambio. Requisitos. Cheques especiales.

7._Las obligaciones mercantiles. Contratos mercantiles. Compraventa mercantil. Contrato de comisión. El leasing.

8._Contratos bancarios. Clasificación. Las cuentas corrientes bancarias. El depósito bancario. Los préstamos bancarios. La apertura de crédito: Concepto, naturaleza y clases. Régimen de los contratos de apertura de crédito. El descuento bancario.

9._Procedimiento concursal. La declaración del concurso. La administración concursal. Los efectos de la declaración de concurso. La determinación de las masas activa y pasiva del concurso. Las fases de convenio o de liquidación. La calificación del concurso. La conclusión y la reapertura del concurso ...

10._Los derechos reales. Los derechos reales de garantía. La hipoteca inmobiliaria y su relación con el Registro de la Propiedad. Los principios hipotecarios en el Derecho español. Títulos y actos inscribibles en el Registro de la Propiedad. La fe pública registral. El tercero hipotecario.

11._Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución: Concepto, caracteres y valor jurídico. La Ley. Decretos Legislativos. Decretos Leyes. Los Reglamentos. El acto administrativo: Concepto, elementos, clases y requisitos. Notificación de resoluciones y actos administrativos. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo. El silencio administrativo.

12._El procedimiento administrativo y su Ley reguladora. Ambito de aplicación y principios generales. Los interesados. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: Incoación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución. La revisión de actos en vía administrativa. Los recursos administrativos. El recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

13._La contratación administrativa en Navarra (I). La Ley Foral de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: Ambito de aplicación y régimen jurídico; disposiciones comunes a los contratos de la Administración. Contratos administrativos típicos. Prerrogativas de la Administración. Requisitos para contratar con la Administración: Capacidad y solvencia, clasificación y garantías. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato: El expediente de contratación; la preparación del contrato; los pliegos. Proposiciones de los interesados. La Mesa de contratación. Publicidad de las licitaciones.

14._La contratación administrativa en Navarra (II): Procedimientos y formas de adjudicación. Perfección, formalización y notificación. Ejecución de los contratos: Disposiciones generales; la ejecución del contrato de obras. Modificación de los contratos. Extinción de los contratos: Cumplimiento y recepción; causas de resolución y sus efectos. Cesión y subcontratación. Normas específicas de contratación de las entidades locales de Navarra.

15._Función pública: Naturaleza y contenido de la relación jurídico funcionarial. El Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades.

16._La Administración municipal. Organos municipales. El Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Otros órganos decisorios e informantes. Competencias y atribuciones de los órganos municipales en general. El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Pamplona.

17._El personal al servicio de las entidades locales de Navarra. Secretaría, Intervención y Tesorería. La Cámara de Comptos de Navarra: Competencias y función fiscalizadora.

18._La actividad de servicio público: Evolución del concepto. Modos de gestión de los servicios públicos. Asunción por la Administración de actividades privadas: Sus instrumentos. La actividad de fomento. Las subvenciones: Concepto, naturaleza y régimen jurídico.

19._Bienes de las Entidades Locales de Navarra (I): Concepto, clasificación y régimen jurídico. Calificación jurídica. Alteración. Adscripción. Adquisición. Defensa, conservación y recuperación.

20._Bienes de las Entidades Locales de Navarra (II): Utilización y aprovechamiento; en particular, las concesiones administrativas. Enajenación y gravamen.

21._Las Comunidades Europeas: Antecedentes, objetivos y naturaleza jurídica. Derecho originario y derecho derivado. Tratados, Reglamentos, directivas, decisiones, otras fuentes. Efecto directo y primacía del Derecho comunitario sobre los ordenamientos internos.

Pamplona, 7 de noviembre de 2006
El Secretario de la Junta de Gobierno Local, José Iribas Sánchez de Boado.

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