BOLETÍN Nº 147 - 8 de diciembre de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 2773/2006, de 13 de noviembre, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Ingeniero de Telecomunicaciones al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 2773/2006, de 13 de noviembre, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Ingeniero de Telecomunicaciones al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Ingeniero de Telecomunicaciones, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número 3753, adscrita al Departamento de Economía y Hacienda, con destino en Pamplona.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación.

1.3. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 9 de esta convocatoria.

2._Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero de Telecomunicaciones o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 65, de fecha 31 de mayo de 2006, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará el justificante de haber abonado la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los siguientes procedimientos:

_Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, en las cuentas que la Administración de la Comunidad Foral tiene en las entidades financieras ubicadas en Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

_Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 00308124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

_Nombre y apellidos del aspirante.

_DNI/NIF.

_Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

_Concepto: Oposiciones.

_Puesto de trabajo objeto de la convocatoria

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don José Luis Menéndez Rodríguez, Director del Servicio de Promoción de la Sociedad de la Información y las Telecomunicaciones del Departamento de Economía y Hacienda.

_Suplente: Don Alberto Solchaga Ibero, Director del Servicio de Infraestructuras Tecnológicas y Centro Soporte Telecomunicaciones del Departamento de Economía y Hacienda.

_Vocal: Don José Manuel López Alemany, Ingeniero de Telecomunicaciones, Gerente de la empresa Obras Públicas y Telecomunicaciones de Navarra, S.A. (OPNATEL).

_Suplente: Don Lino Vázquez López, Ingeniero de Telecomunicaciones, Jefe del Area de Proyectos de la empresa Obras Públicas y Telecomunicaciones de Navarra, S.A. (OPNATEL).

_Vocal: Doña Yolanda Blanco Rodríguez, Jefa de la Sección de Sistemas de Telecomunicación Telecomunicaciones del Departamento de Economía y Hacienda.

_Suplente: Don Joaquín Sanz Ureta, Jefe de la Sección de Infraestructuras y Entornos Tecnológicos Telecomunicaciones del Departamento de Economía y Hacienda.

_Vocal: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Suplente: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Vocal-Secretario: Don Jesús Ignacio Ilundáin Suquía, Jefe de la Sección de Ordenación y Gestión de Servicios Telecomunicaciones del Departamento de Economía y Hacienda.

_Suplente: Don Manuel Goicoechea Sola, funcionario adscrito al Servicio de Promoción de la Sociedad de Información y las Telecomunicaciones, Licenciado en Derecho. y las Telecomunicaciones.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de mayo de 2007. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: de carácter teórico, consistirá en la exposición escrita, durante el tiempo máximo de 4 horas, de dos temas escogidos al azar, entre los que figuran en la parte I del temario de la convocatoria incluido en el Anexo II.

Segundo: de carácter práctico, consistirá en resolver por escrito, durante el tiempo máximo de 4 horas, dos supuestos prácticos escogidos al azar entre 10 casos preparados por el Tribunal a tal efecto, basados en la materia incluida en la parte II del temario.

Tercero: de carácter teórico, constará de tres partes que se realizarán el mismo día:

_Primera parte: consistirá en la exposición escrita, durante el tiempo máximo de 2 horas, de un tema escogido al azar de la parte III-A del temario.

_Segunda parte: consistirá en la exposición escrita, durante el tiempo máximo de 2 horas, de un tema escogido al azar de la parte III-B del temario.

_Tercera parte: consistirá en la exposición, por escrito, durante el tiempo máximo de 1 hora, de un tema escogido al azar de la parte IV del temario.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 15 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 40 puntos. Cada supuesto práctico tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos. Cada una de las tres partes de que consta este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, la mitad de la puntuación asignada a cada ejercicio. Igualmente, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con cero puntos en cualquiera de los temas o supuestos de que constan los ejercicios.

Los ejercicios se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

6.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en el ejercicio y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, la relación de quienes hubieran aprobado la oposición y la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración las obtenidas en el primero.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en dicha dependencia, los siguientes documentos:

7.2.1. Si el aspirante no tuviera la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado discapacidad, deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) La demás documentación que le sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) La demás documentación que le sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado una discapacidad deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Si, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Nombramiento, adjudicación de la vacante y toma de posesión.

8.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Ingeniero de Telecomunicaciones, y adjudicará la vacante, mediante Resolución, al aspirante que dé cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estuviera ya afiliado al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogido al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

8.3. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Si, dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

8.6. En el caso de aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

_Lista de aprobados sin plaza.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

9.2. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

9.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

9.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y que no hayan resultado aprobados sin plaza.

9.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

10._Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/doña ............................, mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ................. (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........ de ............... de ........., natural de ................... (...................), nacionalidad ....................., con domicilio actual en ...................... (................), calle .........................., código postal ..............., teléfono ................, teléfono trabajo ....................

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante ........................, de ............ plazas del puesto de trabajo de ................. al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número .........., de fecha ........................., en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción*

f Turno de reserva para discapacitados*

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

f Administración Núcleo*

f Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea*

f Instituto Navarro de Bienestar Social*

(Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*

Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*

Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés.*

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, .......... de .......... de 200...

(Firma)

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR DIRECCION GENERAL DE FUNCION PUBLICA.

(*) Unicamente cuando proceda.

NOTA._En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos, correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la confidencialidad de los mismos. El titular de los datos queda informado de su facultad de ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de conformidad con la citada normativa.

ANEXO II

Temario

Parte I Normativa en materia audiovisual y de telecomunicaciones

Tema 1._El Sector de las telecomunicaciones. Antecedentes y evolución normativa. Regulación actual y normas principales del sector. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 2._Normativa europea de Telecomunicaciones. Evolución del marco regulatorio de las telecomunicaciones en la Unión Europea. Organizaciones internacionales en el ámbito de las Telecomunicaciones.

Tema 3._La Ley General de Telecomunicaciones. Estructura y contenido general.

Tema 4._Explotación de redes y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas en régimen de libre competencia.

Tema 5._Obligaciones de servicio público y derechos y obligaciones de carácter público en la explotación de redes y en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.

Tema 6._Evaluación de la conformidad de equipos y aparatos. Dominio público radioeléctrico. Tasas. Inspección y régimen sancionador.

Tema 7._La Administración de las Telecomunicaciones. La Agencia Estatal de Radiocomunicaciones. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. El Consejo Asesor de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

Tema 8._El Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.

Tema 9._El Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración.

Tema 10._El Reglamento de condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

Tema 11._El Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones.

Tema 12._El Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias. El Reglamento Internacional de Radiocomunicaciones. Contexto y características generales de dichas normas, organismos gestores y procedimientos.

Tema 13._El Sector audiovisual (Radio y Televisión). Antecedentes y evolución normativa del mismo. Regulación actual y normas principales del sector. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 14._Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal. Ley de Medidas urgentes para el impulso de la televisión digital terrestre, de la liberalización de la televisión por cable y de fomento del pluralismo.

Tema 15._Regulación de la televisión privada. Regulación del tercer canal de televisión. Normativa y planes técnicos.

Tema 16._Regulación de la televisión digital terrestre en los ámbitos nacional y autonómico. Normativa y planes técnicos.

Tema 17._Regulación de la televisión digital terrestre en el ámbito local. Normativa y planes técnicos.

Tema 18._Regulación de la radiodifusión sonora digital terrestre. Normativa y planes técnicos.

Tema 19._Regulación de la radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia. Regulación de las emisoras municipales de radiodifusión sonora. Normativa y planes técnicos.

Tema 20._Normativa de la Comunidad Foral de Navarra en materia audiovisual: La regulación de las concesiones de emisoras de radiodifusión sonora y de las emisoras de radiodifusión sonora de titularidad municipal.

Tema 21._La regulación de la actividad audiovisual en Navarra y de creación del Consejo Audiovisual de Navarra.

Tema 22._La regulación de la ordenación de las estaciones base de telecomunicaciones por ondas electromagnéticas no guiadas en la Comunidad Foral de Navarra. La regulación del procedimiento para la utilización compartida de Estaciones Base de telecomunicaciones en la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 23._La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del comercio electrónico. La Ley reguladora de la firma electrónica.

Parte II Tecnologías y proyectos de Telecomunicaciones

Tema 1._Cableados estructurados. Reglamento de Baja Tensión. Tecnologías, equipamiento, proyectos.

Tema 2._Infraestructuras Comunes de Telecomunicación.

Tema 3._Infraestructuras de fibra en redes MAN y WAN. Tipo de fibra, canalizaciones, obras, licencias, y proyectos.

Tema 4._Radioenlaces. Tecnologías y proyectos.

Tema 5._Redes de área Local de voz y datos. Tecnologías, infraestructuras, equipamiento y Proyectos.

Tema 6._Redes corporativas MAN Y WAN. Tecnologías, infraestructuras, equipamiento y Proyectos.

Tema 7._Telefonía corporativa. Centralitas. Terminales. Tecnologías, infraestructuras, equipamiento y Proyectos.

Tema 8._Servicios de voz ofertados por los operadores. Tecnologías, funcionalidades.

Tema 9._Acceso a Internet: Tecnologías y proyectos.

Tema 10._Servicios de datos ofertados por los operadores. Tecnologías, funcionalidades.

Tema 11._Servicios de comunicaciones móviles de voz y datos ofrecidos por los operadores. Tecnologías, funcionalidades.

Tema 12._Seguridad en redes corporativas. Tecnologías, infraestructuras, equipamiento y proyectos.

Tema 13._Interconexiones seguras a través de Internet. Tecnologías, equipamiento y proyectos.

Tema 14._Infraestructuras de centros de protección de datos. Tecnologías, equipamiento, y proyectos.

Tema 15._Sistemas telemáticos de la Administración para atención y relación con al ciudadano. Tecnologías, funcionalidades, proyectos.

Tema 16._Infraestructuras de centros de telecomunicación. Casetas, torres, acometidas eléctricas, generadores, baterías y resto de equipamiento. Proyectos.

Tema 17._Centros emisores de radio. Tecnología, equipamiento y proyectos.

Tema 18._Centros emisores de Televisión Digital. Tecnología, equipamiento y proyectos.

Tema 19._Extensión de cobertura de Televisión Analógica y Digital. Reemisores y teledistribuciones.

Tema 20._Extensión de cobertura de banda ancha a zonas rurales. Tecnologías, equipamiento y proyectos.

Tema 21._Sistemas de radiobúsqueda. Operadores, redes, terminales, cobertura.

Tema 22._Redes radioeléctricas de comunicación en grupo cerrado. Tecnologías, funcionalidades, Equipamiento y proyectos.

Tema 23._Implantación de red TETRA para servicios de emergencia en CCAA. Estrategia, equipamiento, organización, proyecto.

Tema 24._Unidades móviles de extensión de cobertura de red TETRA.

Tema 25._Control de flotas. Tecnologías, equipamiento, proyecto.

Tema 26._Infraestructuras y Redes para GPS diferencial (RTK-VRS). Tecnología, equipamiento y proyectos.

Tema 27._Comunicaciones en centros 112 de atención de emergencia. Disponibilidad, conexiones con operadores, infraestructuras, redes de voz y datos.

Tema 28._Comunicaciones de cuerpos y servicios de seguridad. Necesidades, Tecnologías, equipamiento, organización.

Tema 29._Comunicaciones y sistemas audiovisuales de un centro de control de carreteras. Tecnologías, equipamiento y proyectos.

Temas 30._Comunicaciones de un centro de atención telefónica para información de múltiples municipios como 012 infolocal. Tecnologías, equipamiento y proyectos.

Tema 31._Sistemas audiovisuales y de comunicaciones para cumplimiento de legislación vigente sobre grabaciones audiovisuales de vistas judiciales. Tecnologías, equipamiento y proyectos.

Tema 32._Sistemas de comunicación para asistencia sanitaria rural. Tecnologías, equipamiento y proyectos.

Tema 33._Servicios y aplicaciones sobre redes móviles, especialmente en el ámbito de la Administración Pública.

Tema 34._Servicios y aplicaciones sobre televisión digital, especialmente en el ámbito de la Administración Pública.

Tema 35._Sistemas y comunicaciones para sistemas de videovigilancia y alarmas de edificios.

Tema 36._Sistemas de teleasistencia. Tecnologías, equipamiento y proyectos.

Tema 37._Gestión de proyectos de telecomunicación y proyectos informáticos.

Tema 38._Pliegos técnicos de servicios de telecomunicación.

Tema 39._Pliegos técnicos de instalaciones de telecomunicación.

Tema 40._Pliegos técnicos de obras de telecomunicación.

Tema 41._Pliegos técnicos de mantenimientos de sistemas de telecomunicación.

Tema 42._Estimación de costes de servicios, obras y mantenimientos de telecomunicación.

Tema 43._Control de facturación de servicios de telecomunicación.

Tema 44._Parámetros de calidad y nivel de servicios en sistemas y servicios de telecomunicación.

Parte III Economía de las Telecomunicaciones y Sociedad de la Información. III._A. Economía de las Telecomunicaciones

Tema 1._Demanda de telecomunicaciones: Modelos teóricos.

Tema 2._Demanda de Telecomunicaciones. Modelos empíricos.

Tema 3._Oferta de telecomunicaciones: Tecnologías y costes en la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Tema 4._Estrategia empresarial en los mercados de telecomunicaciones: incumbent/entrante. Análisis de Porter. Financiación.

Tema 5._Acceso e interconexión de redes: Interconexión: Modelos y niveles de interconexión de redes. Costes y precios.

Tema 6._Acceso al abonado: desagregación del bucle: XDSL. Acceso directo e indirecto.

Tema 7._Interconexión con redes fijas. Principios, modelos y aplicación al caso español.

Tema 8._Interconexión con redes móviles. Principios, modelos y aplicación al caso español.

Tema 9._Aspectos económicos de la regulación sectorial Gestión y uso de recursos escasos (numeración y frecuencias).

Tema 10._Aspectos económicos del Servicio Universal. Alcance y prestación. Protección del consumidor.

Tema 11._Aplicación de las normas de competencia a las telecomunicaciones. Principios de competencia a aplicar al sector de las telecomunicaciones. El nuevo marco regulador de la Comunidad Europea. Defensa de la Competencia y regulación ex ante. La nueva regulación antitrust europea. La delimitación del mercado relevante. El peso significativo en el mercado como criterio de regulación.

Tema 12._Fusiones y adquisiciones en el sector. La estrategia de internacionalización. Convergencia. Crisis financieras en el sector: el pinchazo de la burbuja de Internet y la crisis del sector TMT.

III._B. Sociedad de la Información

Tema 1._La Sociedad de la Información. Concepto, implicaciones en el desarrollo socioeconómico. La administración electrónica.

Tema 2._Métrica de la Sociedad de la Información. El Observatorio regional de la Sociedad de la Información.

Tema 3._La Sociedad de la Información y el Gobierno de Navarra. Iniciativa autonómica del Plan de la Sociedad de la información.

Tema 4._La Sociedad de la Información en España. Planes y programas nacionales de apoyo a la Sociedad de la Información.

Tema 5._Iniciativa Europea para el desarrollo de la Sociedad de la Información y plan de acción. Directivas europeas.

Tema 6._Iniciativas internacionales para el desarrollo de la Sociedad de la Información.

Parte IV Normativa básica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

Tema 1._La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2._Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3._Las fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4._El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 5._El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6._El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7._El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 8._El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

Tema 9._La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Tema 10._La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 12._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 13._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 14._La Hacienda Pública de Navarra: derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación.

Tema 15._Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: concepto y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, y extinción de los contratos.

Tema 16._Ley Orgánica de Protección de datos de carácter personal: principios de la protección de datos, derechos de las personas.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 13 de noviembre de 2006
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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