BOLETÍN Nº 14 - 1 de febrero de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 502/2005, 10 de noviembre, de la Directora General de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural a favor del monumento denominado Trujal antiguo del paraje de Belver o "De la Marquesa", sito en Cabanillas (Navarra), con todos los elementos propios de su actividad y que forman parte de la historia del mismo.

La Sección de Patrimonio Arquitectónico presenta informe proponiendo la incoación del expediente de declaración como Bien de Interés Cultural a favor del monumento denominado Trujal antiguo del paraje de Belver o "De la Marquesa", sito en Cabanillas (Navarra), con todos los elementos propios de su actividad y que forman parte de la historia del mismo.

En virtud de las facultades conferidas por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 3 de octubre, por el que se regula la declaración de Bien de Interés Cultural, modificado por Decreto Foral 572/1991, de 30 de diciembre, y por el Decreto Foral 73/2005, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

RESUELVO:

1.º Incoar expediente de declaración como Bien de Interés Cultural a favor del monumento denominado Trujal antiguo del paraje de Belver o "De la Marquesa", sito en Cabanillas (Navarra), con todos los elementos propios de su actividad y que forman parte de la historia del mismo, con la delimitación que se indica en la documentación adjunta a la presente Resolución.

2.º Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3.º Notificar la presente Resolución a los interesados y al Ayuntamiento de Cabanillas, haciendo saber que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición de las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso, autorización de la Dirección General de Cultura.

4.º Comunicar la presente Resolución al Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Cultura y al Registro de Bienes de Interés Cultural, adscrito a la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura, para su anotación preventiva.

5.º Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra disponiendo la apertura de un período de información pública por 30 días desde su publicación, a efectos de que los interesados puedan presentar cuantas alegaciones consideren oportunas.

DELIMITACION DEL ENTORNO

El entorno delimitado para la protección del trujal es el de una circunferencia cuyo centro es el centro del inmueble y su radio mide 100 metros. Afecta a las parcelas siguientes:

_Polígono 1: Parcelas números 1147, 1148, 1149, 1150, 1151 y 1152.

_Polígono 5: Parcelas números 573 A, 574 A, 575 A y B, 576 A y B, 577 A y B, 578 A y B, 579, 634 y 635.

Pamplona, 10 de noviembre de 2005
La Directora General de Cultura, Camino Paredes Giraldo.

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