BOLETÍN Nº 139 - 20 de noviembre de 2006

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

Nuevo requerimiento (tercero) al edificio número 47 de calle San Antón

El Concejal Delegado de urbanismo y vivienda del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha veinte de octubre de 2006, adoptó la siguiente resolución:

RUV 20-OCT-06 (7/UV)

«Visto el informe emitido con fecha 28 de agosto de 2006, por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 47 de la calle San Antón de Pamplona, efectuada el mismo día, mediante el que se ha comprobado que, además de los recogidos en el informe técnico de seguridad de fecha 18 de enero de 2006 y en los requerimientos efectuados por resoluciones RUV 30-JUN-06 (2/ UV) y RUV 29-AGO-06 (5/UV), presenta los siguientes desperfectos:

.En fachada principal:

_Losas de balcones de primer y segundo pisos, con desprendimientos en cantos y esquinas, en progresivo estado de deterioro y riesgo de caída de material. En el cuarto piso una de las losas está agrietada.

.En muro medianero a patio trasero con el edificio de calle San Antón número 49/51:

_Presenta paramentos de ladrillo visto sin revestir, de distintas fechas de construcción y de diferentes calidades de ejecución, con disgregación de morteros de agarre y riesgo de futuros desprendimientos y caída de ladrillos.

El deterioro es más acusado en la zona alta de muro próxima a la cubierta. Así mismo, presenta elementos de madera vistos, sin protección.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/98 de 13 de abril sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, he resuelto:

1._Ordenar a los propietarios del edificio número 47 de la calle San Antón que procedan en el plazo de noventa días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, a la ejecución de las siguientes obras:

.En fachada principal:

_Picado y saneado de losas de balcones de primer, segundo y cuarto pisos con desprendimientos en cantos y esquinas y/o grietas. Recomposición de losas, garantizando la seguridad de las mismas. Repaso del resto de losas, actuando del mismo modo si se detectan lesiones incipientes.

.En muro medianero a patio trasero con el edificio de calle San Antón número 49/51:

_Saneado y limpieza de muros. Retirada de piezas sueltas. Revestimiento de muro medianero completo, hasta su coronación, en toda su longitud, garantizando la seguridad, estanqueidad y aislamiento necesarios.

Protección y saneado previos de los elementos de madera vistos, sustituyendo los que se encontrasen deteriorados.

(Nota: la zona de este muro de la que son responsables los propietarios del edificio de la calle San Antón número 47 es aquélla en la que se encuentran empotrados elementos de sus losas de balcones o del tejadillo de cubrición del primer piso).

Antes del inicio de las obras deberán presentar documentación que las defina y presupuesto, así como justificante de contratación del Director de obra.

El requerimiento de la presente resolución no exime de las responsabilidades de los propietarios para adecuar el edificio, según el informe técnico de seguridad de fecha 18 de enero de 2006, y los requerimientos efectuados por sendas resoluciones RUV 30-JUN-06 (2/UV) y RUV 29-AGO-06 (5/UV).

2._Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3._Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4._Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 6 de noviembre de 2006
La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

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