BOLETÍN Nº 122 - 11 de octubre de 2006

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR Tribunal Administrativo de Navarra

Edictos de notificación

Notificación para: Don Iñaki Olóriz Aramburu.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1015, de 19 de julio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-1875, interpuesto por don Iñaki Olóriz Aramburu contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de febrero de 2005 (expediente municipal número 44300/04), sobre sanción por conducir con tasa de alcohol superior a la permitida, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1015 de 19 de julio de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Gonzalo Perea Miranda.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1041, de 28 de julio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-1916, interpuesto por don Gonzalo Perea Miranda contra providencia de apremio del Concejal Delegado de Economía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 24 de enero de 2005 (expediente municipal número 26855/04), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1041 de 28 de julio de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda:

Primero._Declarar pertinente en parte la prueba documental propuesta por el recurrente, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica del resto de la prueba documental propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución."

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Vivas Díaz y don José Carlos Vivas Alonso.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1037, de 28 de julio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-2867, interpuesto por don José Vivas Díaz y don José Carlos Vivas Alonso contra acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Burlada de fecha 13 de abril de 2005, desestimatorio de recursos de reposición interpuestos contra dos providencias de apremio de fecha 7 de febrero de 2005 (expedientes municipales números 210/04 y 414/04), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multas de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1037 de 28 de julio de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por el Ayuntamiento de Burlada, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por dicho Ayuntamiento."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ignacio Lima Zabalegui.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1166, de 29 de agosto de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-5452, interpuesto por don Ignacio Lima Zabalegui contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burlada de fecha 24 de agosto de 2005, desestimatorio de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de fecha 7 de febrero de 2005 (expediente municipal número 725/04), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1166 de 29 de agosto de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por el Ayuntamiento de Burlada, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por dicho Ayuntamiento."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Imanol Ernaga Arcelus.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1167, de 29 de agosto de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-5641, interpuesto por don Imanol Ernaga Arcelus contra embargo de bienes, por parte del Ayuntamiento de Burlada, por importe de 117,74 euros (expediente municipal número 761/01), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1167 de 29 de agosto de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por el Ayuntamiento de Burlada, y para su práctica tener por reproducidos en el ramo de prueba los documentos integrantes del expediente administrativo remitido por dicho Ayuntamiento."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María Nieves Machina Aranguren.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 1093, de 3 de agosto de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 05-5896, interpuesto por doña María Nieves Machina Aranguren contra providencia de apremio del Concejal Delegado de Economía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 23 de mayo de 2005, sobre reclamación en vía ejecutiva de débitos por Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 1093 de 3 de agosto de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Recabar de la Jefatura Provincial de Tráfico, para su incorporación al presente expediente, certificación acreditativa de la titularidad del vehículo AL-9370-Z en 1 de mayo de 2005, interesando su remisión a la mayor brevedad posible."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Luis García Ochagavía.

Acto que se notifica: Providencia de 17 de julio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 17 de julio de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-0380, interpuesto por don Luis García Ochagavía, en nombre y representación de "Decosagar, S.L.", contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de agosto de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora (expediente municipal número 362926/04), sobre sanción por infracción de las normas de circulación, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a diecisiete de julio de 2006.

Visto el expediente del recurso de alzada número 06-0380, interpuesto por Luis García Ochagavía, en nombre y representación de "Decosagar, S.L.", contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de agosto de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora (expediente municipal número 362926/04), sobre sanción por infracción de las normas de circulación.

Mediante providencia de fecha 9 de febrero de 2006, se requirió al recurrente para que subsanara la omisión en que había incurrido, remitiendo a este Tribunal la documentación que acredite el poder de representación que se atribuye.

Con fecha 4 de julio de 2006, don Luis García Ochagavía remite escrito al que acompaña fotocopia de la escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada, otorgada con fecha 1 de junio de 2001 al número 1142 del Protocolo del Notario de Pamplona don Víctor González de Echavarri Díaz.

Del contenido de la referida escritura, en el que no aparece la denominación de la sociedad limitada que se constituye, no es posible deducir el poder de representación que don Luis García Ochagavía se atribuye de "Decosagar, S.L.".

Por lo expuesto,

He resuelto: Requerir nuevamente a don Luis García Ochagavía a fin de que, en plazo de cinco días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente providencia, proceda a subsanar la omisión en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos, al objeto de acreditar el poder de representación que se atribuye:

_Cuantos documentos quedaron unidos a la escritura aportada, formando parte integrante de la misma.

Se le significa que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, en la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Daniel Rodrigo Carcavilla.

Acto que se notifica: Providencia de 17 de julio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 17 de julio de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-1599, interpuesto por don Daniel Rodrigo Carcavilla, contra providencia de apremio del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela de fecha 3 de marzo de 2006, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a diecisiete de julio de 2006.

Por recibido escrito formulado por doña Eva María Jusué Vidorreta al que acompaña documentos, en relación con el recurso de alzada número 06-1599, interpuesto por Daniel Rodrigo Carcavilla contra providencia de apremio del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela de fecha 3 de marzo de 2006, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico.

Procede manifestar al expresado Señor Rodrigo que con el referido escrito y documentación aportada no da cumplimiento a la Providencia de esta Presidencia de fecha 11 de abril de 2006.

Por lo expuesto,

He resuelto: Conceder a don Daniel Rodrigo Carcavilla un nuevo plazo de cinco días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, a fin de que realice las siguientes actuaciones:

_Acredite debidamente ante este Tribunal la representación que se atribuye, bien remitiendo el poder notarial otorgado, bien personándose doña Eva María Jusué Vidorreta en la Secretaría de este Tribunal, al objeto de otorgar representación "apud acta" en favor de don Daniel Rodrigo Carcavilla.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Jesús Luis Salinas Alcalde.

Acto que se notifica: Providencia de 24 de abril de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 24 de abril de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-1790, interpuesto por don Jesús Luis Salinas Alcalde, en nombre y representación de "Salinas Selección y Diseño, S.L.", contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 25 de noviembre de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra embargo (expediente municipal número 19171/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de abril de 2006.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Jesús Luis Salinas Alcalde, en nombre y representación de "Salinas Selección y Diseño, S.L.", contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 25 de noviembre de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra embargo (expediente municipal número 19171/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María Carmen Marín Ramírez.

Acto que se notifica: Providencia de 25 de agosto de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 25 de agosto de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-1792, interpuesto por doña María Carmen Marín Ramírez, en nombre y representación de "Taxi Portes Iruña, S.L.", contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 25 de noviembre de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra embargo (expediente municipal número 23628/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a veinticinco de agosto de 2006.

Visto el expediente del recurso de alzada número 06-1792, interpuesto por doña María Carmen Marín Ramírez, en nombre y representación de "Taxi Portes Iruña, S.L.", contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 25 de noviembre de 2005, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra embargo (expediente municipal número 23628/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico.

Por Providencia de fecha 24 de abril de 2006, se requirió a la recurrente a fin de que subsanara la omisión en que había incurrido, remitiendo a este Tribunal documentación que acredite la representación que se atribuye de "Taxi Portes Iruña, S.L.".

Con fecha 4 de julio de 2006 la recurrente doña María Carmen Marín Ramírez, en nombre y representación de "Taxi Portes Iruña, S.L.", presenta escrito al que acompaña copia de escritura de fecha 31 de enero de 1994, en la que aparece entre los administradores solidarios, el nombramiento de doña María Carmen Marín Ramírez, otorgado por dicha Sociedad por plazo de cinco años.

Dados la fecha de la escritura y el plazo por el que la representación fue otorgada (cinco años), con la documentación aportada no se acredita que la Sra. Marín sea actualmente representante de la Sociedad.

En consecuencia,

He resuelto: Requerir nuevamente a la recurrente doña María Carmen Marín Ramírez a fin de que, en plazo de cinco días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, remita a este Tribunal la documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Avilio Errea Alzórriz.

Acto que se notifica: Providencia de 24 de julio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 24 de julio de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-2007, interpuesto por don Avilio Errea Alzórriz, en nombre y representación de la "Comunidad de Propietarios de las Viviendas de la Plaza de los Fueros números 1, 2, 3 y Avenida del Ayuntamiento número 1 de Barañáin", contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Barañáin de fecha 7 de marzo de 2006, sobre concesión de licencia de obras para adecuación de un local destinado a bar, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de julio de 2006.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Avilio Errea Alzórriz, en nombre y representación de la "Comunidad de Propietarios de las Viviendas de la Plaza de los Fueros números 1, 2, 3 y Avenida del Ayuntamiento número 1 de Barañáin", contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Barañáin de fecha 7 de marzo de 2006, sobre concesión de licencia de obras para adecuación de un local destinado a bar.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Copia de la resolución o acuerdo que se recurre.

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

_Acuerdo de la Comunidad de Propietarios recurrente de interponer el presente recurso.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Miguel Urtasun Aldaz.

Acto que se notifica: Providencia de 12 de julio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 12 de julio de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-2107, interpuesto por don Miguel Urtasun Aldaz, en nombre y representación de "Arangoa Ortega Nieves-Urtasun Aldaz Miguel", contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de marzo de 2006, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra dos resoluciones sancionadoras de la propia Concejalía de fecha 7 de noviembre de 2005 (25/PC y 26/PC), sobre sanciones por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a doce de julio de 2006.

Visto el expediente del recurso de alzada número 06-2107, interpuesto por don Miguel Urtasun Aldaz, en nombre y representación de "Arangoa Ortega Nieves-Urtasun Aldaz Miguel", contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de marzo de 2006, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra dos resoluciones sancionadoras de la propia Concejalía de fecha 7 de noviembre de 2005 (25/PC y 26/PC), sobre sanciones por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Mediante providencia de fecha 17 de mayo de 2006, se requirió al recurrente para que subsanara la omisión en que había incurrido, personándose en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso y remitiendo a este Tribunal la documentación que acredite la representación que se atribuye.

El recurrente don Miguel Angel Urtasun Aldaz, se persona en la Secretaría de este Tribunal el día 5 de junio de 2006, quien procede a la firma del escrito de recurso y presenta fotocopia parcial de una escritura de fecha 27 de noviembre de 1995 mediante la que no queda acreditado el poder de representación que se atribuye.

Por lo expuesto,

He resuelto: Requerir nuevamente a don Miguel Urtasun Aldaz, a fin de que en el plazo de cinco días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia proceda a dar cumplimiento a la referida providencia de fecha 17 de mayo de 2006, remitiendo los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se entenderá el recurso interpuesto únicamente en su propio nombre.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Juan Manuel Galán Ruiz.

Acto que se notifica: Providencia de 15 de junio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 15 de junio de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-2532, interpuesto por don Juan Manuel Galán Ruiz, contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de marzo de 2006, sobre aprobación del Proyecto y Acta de Reparcelación, Cuenta de Liquidación Provisional y Expediente de Valoraciones de la unidad de ejecución del ámbito ARS-3 (Arrosadía-Lezkairu y Sistemas Generales adscritos), cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a quince de junio de 2006.

Por recibido el recurso de alzada número 06-2532, interpuesto por don Juan Manuel Galán Ruiz contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de marzo de 2006, sobre aprobación del Proyecto y Acta de Reparcelación, Cuenta de Liquidación Provisional y Expediente de Valoraciones de la unidad de ejecución del ámbito ARS-3 (Arrosadía-Lezkairu y Sistemas Generales adscritos).

Observada la omisión padecida, pues el escrito de recurso aparece sin firmar por el recurrente, se requiere a don Juan Manuel Galán Ruiz a fin de que, en plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane la omisión en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:

_Se persone en la Secretaría de este Tribunal, al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (aparece firmado por orden).

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Edicto de notificación

Notificación para: Don David Mayor Asiáin.

Acto que se notifica: Providencia de 29 de junio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 29 de junio de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-2593, interpuesto por don David Mayor Asiáin, contra resolución sancionadora de entidad local que no se indica (expediente municipal número 51755/05), sobre sanción por infracción de las normas de circulación, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a veintinueve de junio de 2006.

Por recibido recurso de alzada número 06-2593, interpuesto por don David Mayor Asiáin contra resolución sancionadora de entidad local que no se indica (expediente municipal número 51755/05), sobre sanción por infracción de las normas de circulación.

Observadas las omisiones padecidas, se requiere al recurrente a fin de que, en plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, realizando las siguientes actuaciones:

1.º Se persone en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito del recurso (aparece firmado por orden).

2.º Remita a este Tribunal copia de la resolución o acuerdo que se recurre (expediente municipal número 51755/05).

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Edicto de notificación

Notificación para: Don Jesús Lecumberri Rada.

Acto que se notifica: Providencia de 29 de junio de 2006.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 29 de junio de 2006, dictada en el recurso de alzada número 06-2633, interpuesto por don Jesús Lecumberri Rada, contra providencia de embargo, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a veintinueve de junio de 2006.

Por recibido recurso de alzada número 06-2633, interpuesto por don Jesús Lecumberri Rada contra providencia de embargo, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico,

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Providencia de embargo que se recurre (dice que recurre providencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona, pero aporta providencia de embargo del Ayuntamiento de Ansoáin).

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Pamplona, 27 de septiembre de 2006
La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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