BOLETÍN Nº 122 - 11 de octubre de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 918/2006, de 19 de septiembre, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, por la que se modifica la autorización con la que cuenta la Escuela Municipal de Música "Escuela de Música de la Valdorba" de Garínoain, por ampliación de especialidades.

Vista la solicitud de don Javier Ignacio Inchusta Laza, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Garínoain, para que se autorice a la Escuela Municipal de Música de la localidad para impartir las enseñanzas correspondientes a la especialidad instrumental de "Trombón".

Visto el informe favorable para que se acceda a lo solicitado emitido por el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.

En virtud de lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre (BOLETIN OFICIAL de Navarra del 22 de enero de 1993), por el que se establecen las normas básicas por las que se regirá la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

ORDENO:

1.º Se autoriza a la Escuela Municipal de Música "Escuela de Música de la Valdorba", de Garínoain (código de centro: 31008967) para impartir las enseñanzas correspondientes a la especialidad instrumental de "Trombón", con efectos del inicio del curso 2006/2007.

2.º Las enseñanzas que tendrá autorizadas la Escuela a partir de ese momento serán las siguientes:

a) Las correspondientes a la "oferta básica", a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992, con las siguientes especialidades instrumentales: Acordeón, Clarinete, Flauta travesera, Guitarra, Piano, Saxofón, Trombón y Trompeta.

b) Iniciación musical para alumnos de edades entre cuatro y ocho años.

3.º Cualquier modificación en la composición de la Escuela, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992, deberá ser autorizada por este Departamento.

4.º La autorización de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

5.º Se advierte que, de conformidad con el artículo 20 del Decreto Foral 421/1992, la entidad titular de la Escuela asumirá el sostenimiento económico de las enseñanzas autorizadas por la presente Resolución.

6.º Contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

7.º La presente Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.º Se traslada la presente Resolución al Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Garínoain; al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Centros Escolares y de su Financiación y a la de Enseñanzas de Régimen Especial; a la Unidad Técnica de Gestión de la Información, y al Negociado de Financiación de Centros Públicos y al de Autorización y Registro de Centros.

Pamplona, 19 de septiembre de 2006
El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, Fermín Villanueva Ferreras.

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