BOLETÍN Nº 12 - 27 de enero de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

PAMPLONA

E D I C T O

Corrección de error en el artículo 13 de la ordenanza fiscal número 11, reguladora de las tasas por otorgamiento de licencias y realización de actuaciones urbanísticas.

Advertido error material en el anuncio de la aprobación definitiva de la regulación de ingresos tributarios y precios públicos que regirán a partir del 1 de enero de 2006, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 155, de 28 de diciembre de 2005, en lo que se refiere al artículo número 13 de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por otorgamiento de licencias y realización de actuaciones urbanística, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En la página 12.644, donde dice: "Artículo 13. La exigencia de estas tasas en régimen de autoliquidación se refiere a los supuestos en que la licencia sea otorgada a partir del 1 de enero de 2006. En el caso de",

Debe decir: "Artículo 13. La exigencia de estas tasas en régimen de autoliquidación se refiere a los supuestos en que la licencia sea otorgada a partir del 1 de enero de 2006. En el caso de licencias ya otorgadas, existirá obligación de presentar autoliquidación final si las obras terminan a partir de esa fecha."

Lo que se publica para general conocimiento.

Pamplona, 13 de enero de 2006
La Alcaldesa-Presidenta, Yolanda Barcina Angulo.

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