BOLETÍN Nº 12 - 27 de enero de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

LESAKA

Aprobación definitiva de la modificación de Ordenanzas fiscales Tarifas para el año 2006

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada con fecha 30 de setiembre de 2005, aprobó inicialmente la modificación de las ordenanzas fiscales, a fin de establecer las tarifas para el año 2006.

Dicho acuerdo ha sido sometido a exposición pública durante treinta días, previa inserción de edictos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 138, de 18 de noviembre de 2005.

No habiéndose presentado reclamación, reparos u observaciones durante el citado periodo de tiempo, la aprobación inicial pasa a ser definitiva, conforme a lo establecido por el artículo 325.1.c) de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra.

En consecuencia, resuelvo:

1.º Que se publique el texto definitivo con las nuevas tarifas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

2.º La notificación de las mismas al Registro de Ordenanzas Fiscales, del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACION DE ORDENANZAS FISCALES TARIFAS PARA EL AÑO 2006

1. Expedición y tramitación de documentos.

1._Fotocopias:

a) Tamaño DIN A 4: 0,10 euros la unidad.

b) Tamaño DIN A 3: 0,15 euros la unidad.

2._Certificaciones:

a) Ordinarias: 0,80 euros la unidad.

b) Que requieran la consulta del archivo municipal: 4 euros la unidad.

c) Compulsas: 0,70 euros la unidad.

No se cobrarán las compulsas, cuando estas sean exigidas por el propio Ayuntamiento de Lesaka.

3._Utilización del fax:

a) Envío dentro de la provincia: 0,70 euros.

b) Envío fuera de la provincia: 1 euro.

4._Tramitación de tarjetas de armas:

Por cada tarjeta: 18,95 euros.

5._Tramitación de cada alta o baja en el Impuesto de Actividades Económicas: 3,77 euros.

6._Cédulas parcelarias:

Por cada unidad: 2,00 euros.

2. Licencia para el ejercicio de actividades clasificadas e inocuas y traspasos de actividad.

1._Locales de hasta 700 metros cuadrados.

Superficie del local: Hasta 50 metros cuadrados. Licencia actividad: 228,14 euros. Licencia apertura: 152,39 euros.

_Superficie del local: De 51 a 100 metros cuadrados. Licencia actividad: 304,86 euros. Licencia apertura: 190,43 euros.

_Superficie del local: De 101 a 200 metros cuadrados. Licencia actividad: 457,14 euros. Licencia apertura: 304,87 euros.

_Superficie del local: De 201 a 400 metros cuadrados. Licencia actividad: 685,75 euros. Licencia apertura: 457,14 euros.

_Superficie del local: De 401 a 700 metros cuadrados. Licencia actividad: 914,30 euros. Licencia apertura: 609,53 euros.

2._Locales mayores de 700 metros cuadrados.

a) Licencia de actividad: 1,36 euros/metros cuadrados.

b) Licencia de apertura: 0,90 euros/metros cuadrados.

Epígrafe III. La tarifa a abonar por cada expediente de modificación de la licencia de apertura será de 76,19 euros.

3. Derechos y tasas por utilización de caminos vecinales y pistas forestales.

_1,02 euros el metro cúbico, en caso de paso de madera.

_1,02 euros la tonelada, por el paso de materiales de construcción y máquinas pesadas.

4. Suministro de agua.

_Cuota fija de abastecimiento.

Uso doméstico e industrial (cuatrimestral).

_Contadores hasta 13 milímetros: 6,33 euros.

_Contadores hasta 15 milímetros: 6,33 euros.

_Contadores hasta 20 milímetros: 7,55 euros.

_Contadores hasta 25 milímetros: 13,54 euros.

_Contadores hasta 30 milímetros: 14,15 euros.

_Contadores hasta 40 milímetros: 20,02 euros.

_Contadores hasta 50 milímetros: 68,27 euros.

_Contadores hasta 65 milímetros: 79,22 euros.

_Contadores hasta 80 milímetros: 86,77 euros.

_Por el suministro para usos domésticos, por metro cúbico, hasta 51 metros cúbicos: 0,27 euros.

_Por el suministro para usos domésticos, por metro cúbico, desde 52 metros cúbicos: 0,33 euros.

_Por el suministro para usos industriales, por metro cúbico: 0,33 euros.

_Cuota fija de provisionalidad (cuatrimestral), para todos los contadores: 28,81 euros.

_Alta puntual uso doméstico e industrial (máximo 15 días): 23,52 euros.

Se incrementará en función del periodo solicitado para uso doméstico, a la semana: 6,20 euros.

Se incrementará en función del periodo solicitado para uso industrial, a la semana: 31,04 euros.

Acometida única para varios beneficiarios: 23,52 euros.

El consumo se le aplicará a cada uno.

5. Utilización de las instalaciones deportivas municipales.

1._Piscinas:

Abono para toda la temporada: 30,50 euros mayores 18 años, 16,80 euros de 11 a 18 años, 11,40 euros de 4 a 10 años.

Abonos parciales de temporada:

_Mayores de 18 años: 20,10 euros del 15 de julio al 15 de septiembre y 10,20 euros del 15 de agosto al 15 de septiembre.

_De 11 a 18 años: 11,00 euros del 15 de julio al 15 de septiembre y 5,85 euros del 15 de agosto al 15 de septiembre.

_De 4 a 10 años: 7,60 euros del 15 de julio al 15 de septiembre y 3,85 euros del 15 de agosto al 15 de septiembre.

_Abono diario: 3,00 euros mayores de 18 años, 1,70 euros de 11 a 18 años y 1,30 euros de 4 a 10 años.

2._Frontón:

_Hora de utilización: 3,90 euros.

_Encendido total de luces: 3,90 euros.

_Encendido de la mitad de luces: 2,70 euros.

_Encendido de la tercera parte de luces: 1,65 euros.

3._Campo de fútbol:

_Por hora de utilización: 22,70 euros.

_Alumbrado por hora (conforme al número de focos utilizados): 28: 22,70 euros, 16: 13,00 euros, 12: 10,50 euros.

_Para fútbol siete: 14: 11,50 euros, 8: 6,50 euros, 6: 5,00 euros.

_Uso de vallas publicitarias: 38,10 euros por metro lineal y año.

6. Aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común.

_Terrazas de bares y otros establecimientos: 9,10 euros por metro cuadrado.

_Comercio no sedentario: 4,20 euros por puesto y día, a las que se añadirán 0,90 euros más por metro de longitud del puesto.

_En fiestas de San Fermín, Ferias y Carnavales: 11,50 euros por metro lineal para los puestos. Caravanas, remolques o puestos que ocupen una superficie de anchura similar: 26,75 euros por metro cuadrado. En ambos caso dicho pago será válido para todo el periodo festivo.

_Barracas de Fiestas y Ferias: 26,75 euros por metro cuadrado ocupado. Dicho pago será válido para todo el periodo festivo.

_Depósitos de combustible: 4,30 euros anuales por metro cuadrado ocupado. Las tuberías de abastecimiento de los mismos, abonarán la cantidad anual de 0,88 euros por metro lineal ocupado.

Además de ello, durante las fiestas de San Fermín, Ferias, Carnavales y cualquier otro tipo de festividad, el Ayuntamiento se reserva la facultad de adjudicar los espacios públicos para las distintas actividades mediante subasta.

7. Concesiones en el cementerio municipal.

_Panteón de tres plazas: 3.237,50 euros.

_Fosa: 760,00 euros.

8. Escuela de música.

Matrícula:

_Inscripción en la Escuela: 35,65 euros.

_Por cada asignatura: 9,50 euros.

Grado Elemental (cuotas mensuales de las asignaturas de octubre a junio):

_Música y movimiento (de 1.º y 2.º): 15,30 euros.

_Lenguaje musical (de 1.º a 6.º), ambos inclusive: 15,30 euros.

_Instrumento (de 1.º a 6.º): 22,70 euros.

_Coral + conjunto instrumental: 12,50 euros.

_Coral o conjunto instrumental: 6,35 euros.

_Taller de adultos + instrumento: 34,10 euros.

_Música de cámara: 11,30 euros.

Grado Medio (cuotas mensuales de octubre a junio):

_Instrumento: 34,00 euros.

_Armonía: 34,00 euros.

_Música de cámara: 34,00 euros.

_Cultura musical: 34,00 euros.

Aquellos alumnos que se matriculen en dos instrumentos, abonarán 33,10 euros por el primero y 22,70 por el segundo.

La obligación del pago surge con la matriculación en la Escuela de Música, demorándose el cobro por meses.

Las familias numerosas tendrán un descuento del 20 por 100, tanto por la matrícula como por los restantes conceptos.

9. Canon para el aprovechamiento de pastos y terrenos comunales.

_Por hectárea y año: 50,50 euros.

_Por cada cabeza de ovino: 0,19 euros.

_Por cada cabeza de vacuno o caballar: 1,27 euros.

10. Impuesto de gastos suntuarios del coto de caza.

El tipo del impuesto será del 18 por 100.

11. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

La tarifa mínima a abonar, siempre que se solicite una licencia de obra, será de 20 euros.

Lesaka, 29 de diciembre de 2005
El Alcalde, Juan Fermín Michelena Larralde.

Código del anuncio: L0600645