BOLETÍN Nº 12 - 27 de enero de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

ACUERDO de 9 de enero de 2006, del Gobierno de Navarra, por el que se aprueba el expediente de Modificación del "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación del Polígono Industrial Comarcal de Iciz (Gallués)", conforme al contenido del documento denominado "Estudio de Detalle Parcela B5, en Polígono Industrial de Iciz-Navarra", promovido por la Sociedad Jimeno Montes Hnos.

En sesión celebrada el 8 de agosto de 2005, el Gobierno de Navarra acordó iniciar la tramitación de la Modificación del "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación del Polígono Industrial Comarcal de Iciz (Gallués)", conforme al contenido del documento denominado "Estudio de Detalle Parcela B5, en Polígono Industrial de Iciz-Navarra", promovido por la Sociedad Jimeno Montes Hnos., con las siguientes determinaciones:

a) La parcela "D" de 12.400 metros cuadrados y la parcela "B 5" de 1.170 metros cuadrados constituirán una sola y única parcela.

b) La superficie máxima edificable en esta nueva parcela será de 8.570 metros cuadrados.

c) En esta nueva parcela se destinarán a aparcamientos 300 metros cuadrados más de los ya existentes para este fin.

La propuesta planteada por el promotor consistía en la posibilidad de edificar en la parcela "B 5" del polígono, anexa a la parcela "D", ocupada por Maderas Jimeno, S.L., propiedad también de la sociedad promotora, una nueva nave dedicada a la elaboración de piezas de madera laminada encolada, superando con ello el aprovechamiento urbanístico asignado a dicha parcela por el vigente PSIS. Aunque el análisis de todas las circunstancias concurrentes en el expediente, impiden dar una respuesta satisfactoria a la propuesta del promotor tal como la plantea, "cabe articular -señala el citado Acuerdo- una solución a la demanda del promotor, consistente en definir una nueva parcela fruto de la agregación de las parcelas "D" y "B 5", cuya superficie edificable máxima fuera la resultante de sumar a los 7.700 metros cuadrados antes indicados (en referencia a la superficie que se considera asignable a la parcela "D"), la superficie edificable correspondiente a la parcela "B 5" (870 metros cuadrados), estableciendo la obligación de reponer dentro de esta nueva parcela el espacio privado destinado a aparcamientos de la parcela "B 5", cuya cuantía asciende a 300 metros cuadrados. Así, se podría llevar a cabo la construcción pretendida sin incrementar el aprovechamiento". Dicho Acuerdo fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 111, de 16 de setiembre de 2005.

Con fecha 7 de octubre de 2005, el señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gallués remite Resolución del Ayuntamiento de Gallués, adoptada el 3 de octubre anterior, acordando no presentar ningún tipo de alegación contra el citado Acuerdo. Por otra parte, procede señalar que durante el periodo de exposición pública del expediente no se ha presentado alegación alguna.

En su virtud, de acuerdo con informe de la Comisión de Ordenación del Territorio, y de conformidad con la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normas de aplicación, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, el Gobierno de Navarra,

ACUERDA:

1.º Aprobar el expediente de Modificación del "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la implantación del Polígono Industrial Comarcal de Iciz (Gallués)", conforme al contenido del documento denominado "Estudio de Detalle Parcela B5, en Polígono Industrial de Iciz-Navarra", promovido por la Sociedad Jimeno Montes Hnos., con las determinaciones establecidas en el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 8 de agosto de 2005.

2.º Publicar el presente Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y trasladarlo al Ayuntamiento de Gallués, a Navarra de Suelo Industrial, S.A. (NASUINSA) y a la Sociedad Jimeno Montes Hnos., a los efectos oportunos, señalando que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación o, en su caso, notificación.

No obstante, las Administraciones Públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 9 de enero de 2006
El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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