BOLETÍN Nº 108 - 8 de septiembre de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

TUDELA

Estructura Orgánico-administrativa y funcional

En la sesión que el Pleno del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela celebró con fecha 4 de julio de 2006, adoptó entre otros, el acuerdo que se transcribe a continuación, a propuesta del Alcalde-Presidente del M. I. Ayuntamiento de Tudela:

"Mediante acuerdo de Pleno de 31 de enero de 2006, se aprobó inicialmente la modificación del artículo 25 del Reglamento Orgánico Municipal, así como la modificación de la estructura orgánico-administrativa y funcional del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela (Navarra).

Resultando: Que habiendo transcurrido el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con el fin de que los vecinos e interesados legítimos pudieran examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones, y habiéndose presentado una alegación tanto a la modificación del artículo 25 del Reglamento Orgánico municipal, como a la modificación de la estructura orgánico-administrativa y funcional, por doña María Carmen Montoya Sánchez y doña Pilar Guerendiain Biurrun.

Considerando: La facultad de autoorganización de las entidades locales.

Considerando: El informe de la Asesoría jurídica de este Ayuntamiento, de fecha 11 de julio de 2005, sobre las retribuciones que deben percibir los funcionarios de este Ayuntamiento que estén desempeñando un puesto de trabajo de nivel superior al que tienen en propiedad.

SE ACUERDA:

1.º. Desestimar la alegación presentada por doña María Carmen Montoya Sánchez y doña María Pilar Guerendiain Biurrun.

2.º Aprobar definitivamente la modificación del artículo 25 del Reglamento Orgánico municipal, que queda redactado de la siguiente forma: " Las delegaciones que puede otorgar el Alcalde, a tenor de lo dispuesto en el número 5 del artículo 23, deberán de adaptarse a las siguientes Areas en que se organizarán los servicios administrativos del Ayuntamiento:

_Area de Hacienda, Gestión y Recaudación.

_Area de Ordenación Urbana y Económica.

_Area de Atención al Ciudadano.

_Area de Bienestar Social y Mujer".

3.º Aprobar definitivamente la modificación de la estructura orgánico-administrativa y funcional del Ayuntamiento de Tudela que queda, en nueva redacción, según Anexos adjuntos, supeditada en todo caso su aprobación definitiva, a la entrada en vigor de la modificación del artículo 25 del Reglamento Orgánico, expuesto en el punto anterior.

4.º Remitir el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, surtiendo efectos desde el día siguiente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, del presente acuerdo.

5.º Dar traslado del presente acuerdo a los interesados."

Contra este acuerdo cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposicion ante el mismo órgano que lo hubiera dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo; o bien,

b) Recurso de alzada, directamente, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo.

Lo que se publica, a los efectos oportunos.

ANEXO

I._Alcaldía:

Dependiente de Alcaldía estarán el Gabinete de la misma, la Secretaría General, Intervención, Cultura y Protección Ciudadana, en las siguientes condiciones:

_Gabinete de Alcaldía: Se configura bajo la directa dependencia del señor Alcalde y estará integrado por personal eventual y personal propio del Ayuntamiento, que tendrá asignadas las funciones de asesoramiento y apoyo a la Alcaldía en las materias propias de ésta. El personal y clase del mismo adscrito al Gabinete será el que se determine en cada caso en la plantilla orgánica.

_Secretaría General:

-Asesoría Jurídica.

-Archivo.

_Intervención.

_Promoción Industrial.

_Protección Ciudadana:

-Policía Municipal.

-Protección Civil.

_Personal.

II._El resto de los servicios administrativos del Ayuntamiento continuarán organizados en las cuatro áreas actualmente establecidas que responden a la siguiente denominación y materias:

.Area de Bienestar Social y Mujer:

_Bienestar Social:

-Bienestar Social.

-Mujer.

_Sanidad

.Area de Atención al Ciudadano:

_Empleo:

-Comercio.

-Empleo.

-Educación, Centros Cívicos y Juventud.

-Servicio de Atención al Ciudadano (S.A.C.).

-Oficina Municipal de Información al Consumidor.

-Deportes.

-Servicios Generales.

.Area de Hacienda, Gestión y Recaudación:

_Patrimonio.

_Catastro.

_Tesorería.

_Hacienda.

_Compras.

_Calidad, Modernización, Nuevas Tecnologías:

-Calidad, Modernización y Proyectos de Nuevas Tecnologías y Comunicaciones.

-Informática.

.Area de Ordenación Urbana y Económica:

_Urbanismo.

_Paisaje Urbano.

_Medio Ambiente.

_Industria.

_Oficina Técnica y Servicios Contratados.

_Agricultura, Ganadería y Montes.

III._a) Al frente de cada Area existirá un Director/Directora, puesto que se configura como directivo, de libre designación y remoción por parte del señor Alcalde, preferentemente, entre personal municipal perteneciente o adscrito a este Ayuntamiento o sus organismos autónomos.

"b) En el caso de los puestos de Director de Area, se distinguen dos supuestos a efectos retributivos:

b.1) Si para ocupar dicho puesto no es designado funcionario/a o personal laboral fijo municipal, percibirá retribuciones asimiladas a un nivel "A" más el complemento directivo que se asigne en la plantilla orgánica.

b.2) Si para ocupar el puesto, es designado funcionario/a o personal laboral fijo municipal, éste/a percibirá las retribuciones básicas vinculadas al nivel de titulación determinante de la pertenencia a su nivel funcionarial, o grupo, caso del personal laboral fijo; y las retribuciones complementarias, las asignadas al puesto de trabajo que efectivamente ocupan, en este caso el nivel "A".

c) Las dudas, omisiones o discrepancias que pudieran surgir sobre las materias o competencias asignadas a cada Area serán resueltas de forma motivada por Alcaldía, quien concretará debidamente las atribuciones señaladas, una vez recabados cuantos antecedentes e información estime oportuno.

ANEXO 1

Informe alegaciones plantilla 2006

Doña María Carmen Montoya Sánchez (Directora Area de Bienestar Social) y doña Pilar Guerendiain Biurrun (Directora Area de Atención al Ciudadano) (documento 1).

Solicitan seguir percibiendo las mismas retribuciones que todos los puestos directivos de libre designación, en la cuantía que percibían hasta la fecha, por lo cual presentan alegaciones a la modificación del Reglamento Orgánico, de la estructura orgánico-administrativa y funcional y de la Plantilla Orgánica aprobadas inicialmente en Pleno de 31 de enero de 2006.

Se desestima la alegación presentada en base a la facultad de autoorganización de las entidades locales y al informe de Asesoría Jurídica de fecha 11 de julio de 2005, sobre las retribuciones que deben percibir los funcionarios de este Ayuntamiento que estén desempeñando un puesto de trabajo de nivel superior al que tienen en propiedad.

Tudela, 12 de julio de 2006
El Alcalde, Luis Casado Oliver.

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