BOLETÍN Nº 101 - 23 de agosto de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 721/2006, de 5 de julio, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, por la que se aprueban las bases reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para obras en Centros de iniciativa social.

El Servicio de Centros y Ayudas al Estudio presenta informe solicitando la aprobación de las bases de la convocatoria que tiene por objeto regular el procedimiento y requisitos de la concesión de subvenciones para inversiones en centros de iniciativa social concertados que tengan por objeto absorber incrementos de matrícula preferentemente, de líneas educativas completas de E. Infantil y E. Primaria, y secundariamente de ciclos completos de E. Infantil y E. Primaria, mediante la ampliación, remodelación o redistribución de los espacios actuales del Centro, y que cuenten con la previa autorización de los proyectos por parte del Departamento de Educación.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d), de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de subvenciones para obras en centros de iniciativa social.

2.º Aprobar las bases de la Convocatoria de subvenciones para obras en centros de iniciativa social, que figuran como anexo a esta Resolución.

3.º Autorizar un gasto de 200.001 euros con cargo a la partida 410001-41120-7819-325102 "Subvención para obras en centros de iniciativa social", del Presupuesto de Gastos para 2006, para atender los compromisos derivados de esta Resolución.

4.º Publicar la presente Resolución y las bases de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.º Contra la presente Resolución y las bases reguladoras puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

6.º Trasladar la presente Resolución al Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, al Interventor delegado del Departamento de Hacienda en el de Educación, al Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al Negociado de Construcciones y a la Sección de Obras, a los efectos oportunos.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA OBRAS EN CENTROS DE INICIATIVA SOCIAL

El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los Presupuestos Generales de Navarra del ejercicio 2006, establece la presente convocatoria con arreglo a las siguientes

B A S E S

1.ª Finalidad.

Las subvenciones a que se refiere esta Resolución se destinarán a la financiación de proyectos de obras en centros escolares de iniciativa social.

2.ª Beneficiarios.

Podrán acogerse a este régimen de subvenciones las entidades titulares de centros escolares de iniciativa social concertados.

3.ª Objeto.

Solamente serán subvencionables, aquellos centros de iniciativa social concertados que tengan por objeto absorber incrementos de matrícula preferentemente, de líneas educativas completas de E. Infantil y E. Primaria, y secundariamente de ciclos completos de E. Infantil y E. Primaria, mediante la ampliación, remodelación o redistribución de los espacios actuales del Centro, y que cuenten con la previa autorización de los proyectos por parte del Departamento de Educación.

Las obras deberán ejecutarse en el verano del 2006 y estar realizadas y justificado el gasto antes del 30 de noviembre del 2006.

No serán objeto de subvención otro tipo de actuaciones, como la urbanización, rehabilitación de edificios e instalaciones y la compra de equipamiento.

Quedan excluidas las construcciones de nuevos edificios por cambio de ubicación a otros solares ante el crecimiento del centro y la insuficiencia de espacios.

En el caso de actuaciones que hayan sido objeto de subvención por parte de otras Administraciones o Entidades o se prevea que puedan ser objeto de ello, lo deberán comunicar en la solicitud notificando las cuantías percibidas o por percibir. Asimismo, deberán comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación.

4.ª Importe de las subvenciones.

La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 50 por 100 del costo de la inversión que se proyecte. La concesión de laS subvenciones queda limitada a la consignación presupuestaria.

Los centros que alcancen una puntuación mínima de 50 puntos en los criterios de valoración y cumplan con las bases de esta convocatoria se les subvencionará con una cuantía, que se obtendrá de repartir proporcionalmente la consignación presupuestaria entre las cantidades de obra que sean susceptibles de ser subvencionadas a tenor de las bases reguladoras aprobadas, siempre respetando el límite máximo del 50 por 100 del costo de la inversión que se proyecte.

5.ª Requisitos de los beneficiarios.

a) Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones.

b) Los centros privados interesados en solicitar la subvención objeto de la presente convocatoria deberán justificar la necesidad de acometer las obras para la que se solicita subvención por no disponer de locales suficientes ante el crecimiento del centro y la insuficiencia de espacio.

6.ª Plazo y lugar de presentación de solicitudes y de la documentación acreditativa de los requisitos.

El plazo de presentación de solicitudes terminará a los veinte días a contar desde la publicación de la Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. El modelo de la solicitud es el previsto en el Anexo 1.

La solicitud de ayuda se presentará en el Registro General del Gobierno de Navarra o en el Registro del Departamento de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Declaración responsable del solicitante de la subvención de que cumple los requisitos generales del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario.

b) Declaración por parte del centro de las ayudas recibidas o por recibir para acometer las obras objeto de subvención.

c) Los centros que no tengan su domicilio a efectos tributarios en Navarra presentarán certificado de la Administración Tributaria correspondiente de que está al corriente de sus obligaciones tributarias.

d) Certificado de estar al corriente de sus obligaciones ante la Seguridad Social.

e) Proyecto de obras: memoria y plano descriptivo de las obras, con expresión del presupuesto global y detallado respecto a la inversión en edificios, honorarios, licencia municipal, etc.

f) Declaración del centro sobre el número de plazas escolares y el número de alumnos beneficiados de la mejora del centro.

g) Plan de financiación de las obras.

El modelo de declaración responsable se adjunta en el Anexo 2.

Si la solicitud de subvención no viniera cumplimentada en todos sus términos o los aspectos relevantes para la valoración de la solicitud no estuvieran suficientemente acreditados, se requerirá al solicitante la subsanación del defecto observado, concediendo, a estos efectos, un plazo máximo de 10 días a contar desde el día siguiente al de la notificación.

7.ª Criterios de valoración.

La valoración de las solicitudes presentadas se atendrá a los siguientes criterios:

a) Incremento de matrícula, preferentemente líneas educativas completas de E. Infantil y E. Primaria, y secundariamente, ciclos completos de E. Infantil y E. Primaria: hasta 50 puntos.

b) Grado de necesidad de las obras para adecuar el centro a los requisitos de implantación de la LOE: hasta 25 puntos.

c) El grado de utilización y aprovechamiento de los nuevos espacios resultantes y las necesidades de escolarización que satisfagan: hasta 25 puntos.

Podrán ser beneficiarios de la subvención aquellos solicitantes que obtengan, al menos, 50 puntos.

8.ª Organos competentes y plazo de resolucion.

La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde a la Directora del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio.

El órgano instructor evaluará las solicitudes y elevará al Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales la propuesta de la resolución.

Asimismo será preciso informe de la Directora del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio en el que conste que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones.

El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, vista la propuesta de resolución, dictará la Resolución de concesión de subvenciones en el plazo de un mes, contados desde la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada

Contra la desestimación expresa o presunta podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre el procedimiento administrativo común.

La Resolución se notificará a los interesados mediante publicación en el Diario de Navarra.

9.ª Obligaciones.

Son obligaciones de los beneficiarios las siguientes:

a) Realizar los trabajos de construcción objeto de la presente convocatoria.

b) Justificar ante la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales la realización de las obras objeto de la subvención.

c) El sometimiento a cualesquiera actuaciones de comprobación que efectúe la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, en relación con la realización de los trabajos.

d) Comunicar al órgano concedente la solicitud u obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como se conozcan y con anterioridad a la justificación.

e) Encontrarse, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.

h) Dar publicidad de la financiación de las obras mediante la colocación de cartel publicitario en las obras, anunciándose el carácter público de la financiación.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005.

j) Finalizar las obras objeto de subvención con anterioridad al 30 de noviembre de 2006.

Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención y en la cuantía fijada en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, en los siguientes supuestos:

a) Incumplimiento de la obligación de justificación en la forma y plazos establecidos.

b) La no realización de las obras recogidas en el proyecto objeto de subvención.

c) La modificación del proyecto sin la preceptiva autorización de la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales.

d) En los demás supuestos previstos en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005.

10.ª Plazo y forma de justificación.

A la finalización de las obras se presentará la solicitud del abono de la subvención otorgada, presentando la certificación final de las obras o facturas correspondientes, en cualquiera de los casos antes del 30 de noviembre de 2006.

Cuando el gasto subvencionable supere los 30.000 euros, el beneficiario debe acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía. La justificación de estos extremos se realizará mediante la presentación de las ofertas recibidas (más de dos ofertas) y un informe justificativo de la oferta elegida. Dichos documentos se presentarán junto con la solicitud de abono de la subvención.

11.ª Pago.

La subvención se abonará una vez acreditada la ejecución de las obras mediante la presentación de la certificación final de las obras o facturas justificativas del gasto realizado.

En el caso de que la inversión realizada sea por importe menor a la tenida en cuenta para el cálculo del importe de la subvención, dará lugar a la modificación de la resolución de concesión.

12.ª Publicidad de las subvenciones concedidas.

El Servicio de Centros y Ayudas al Estudio hará pública en la página web del Departamento de Educación, http://www.navarra.es/home-es/ Catalogo+de+servicios/Ayudas/Educacion las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.

13.ª Infracciones y sanciones.

En materia de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

14.ª Recursos.

Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

ANEXO 1

Don ......................................, DNI/NIF ............., con domicilio en ......................., CP .........., .................... (calle / plaza / avenida) ......................, teléfono ........................, f titular o f represente legal del centro ........................., CIF/NIF ..............., con domicilio en ...................., CP .........., .................... (calle / plaza / avenida) teléfono .....................

Destino: Servicio de Centros y Ayudas al Estudio

Solicita subvención para obras de mejora en centros de iniciativa social.

DECLARO que las plazas actuales del centro son las siguientes:

Número de plazas escolares autorizadas

Número de alumnos beneficiados de la

mejora del centro

Adjunto a esta solicitud:

1._El proyecto de obras, que incluye memoria y plano descriptivo de las obras, con expresión del presupuesto global y detallado respecto de la inversión en edificios.

2._El plan de financiación de las obras.

En ............., a ....... de ............ de 200.......

El representante legal del centro

ANEXO 2

Modelo de declaración

Don/Doña .................................., NIF ................, en:

f Nombre propio.

f Representación de la persona/empresa solicitante.

DECLARA:

Primero: Sobre la percepción de otras ayudas.

f Que no está percibiendo ninguna ayuda con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración o Ente público o privado, nacional o internacional.

f Que, además de la presente solicitud de ayuda, ha presentado y/o obtenido ayuda para el mismo concepto, hasta el día de la fecha, en las instituciones públicas y privadas que a continuación se relacionan, comprometiéndose, además a comunicar cuantas solicitudes de ayuda realice para este proyecto:

Fecha solicitud Institución Programa Importe solicitado Ayuda concedida

Segundo: Sobre el cumplimiento de los requisitos:

No estar incurso en ninguna de las siguientes circunstancias, contempladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones:

_No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

_No haber solicitado la declaración de concurso y/o haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento y/o hallarse declarado en concurso y/o sujeto a intervención judicial y/o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

_No haber dado lugar, por causa de la que ha sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

_No estar incursos la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de incompatibilidad que establece la normativa vigente.

_No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

_No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en esta Ley Foral, o en la legislación general tributaria.

_No hallarse incurso en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado como consecuencia de subvención o ayuda de la misma naturaleza otorgada por la Administración Foral de Navarra o de sus organismos autónomos.

_No estar la corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

Tercero: Veracidad de los datos.

Declaro que los datos consignados en la presente solicitud se ajustan a la realidad, aceptando cualquier responsabilidad que se pueda derivar de su falsedad o inexactitud, sin que quepa alegar ignorancia de los hechos que lo motive.

Cuarto: Actualización de datos.

Me comprometo a comunicar por escrito a este Departamento, en el plazo máximo de quince días a partir de su notificación, cualquier modificación que se produzca en las ayudas especificadas en esta declaración. Asimismo, me comprometo a ponerlo en conocimiento de toda entidad pública a la que haya solicitado algún tipo de ayuda en el mismo objeto.

Quinto: Acceso a información.

Me doy por informado de la unidad administrativa convocante puede recabar por medios telemáticos los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal ("Boletín Oficial del Estado" número 298 de 14 de diciembre), y con lo dispuesto en el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos ("Boletín Oficial del Estado" número 51 de 28 de febrero).

Me doy por informado de que los datos obtenidos mediante la cumplimentación de este impreso puedan ser registrados en un fichero automatizado, con la finalidad de realizar una mejor gestión y el tratamiento estadístico de los mismos.

Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos por la Ley, ante la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación en la calle Cuesta Santo Domingo, s/n.

En ..............., a ...... de ................ de 200.....

Firma del declarante:Sello en caso de empresa:

Pamplona, 5 de julio de 2006
El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, Fermín Villanueva Ferreras.

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