BOLETÍN Nº 1 - 2 de enero de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PATRONATO MUNICIPAL DE MUSICA "VICENTE FONTAN" DE MARCILLA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de profesor/a de saxofón con funciones de coordinación de Escuela de Música y dirección de bandas, de carácter laboral fijo, a tiempo parcial y con destino en la Escuela Municipal de Música de Marcilla

La elección del sistema de concurso-oposición, en vez del de oposición, se justifica en la naturaleza de las funciones a desempeñar, estimándose necesaria para el correcto desempeño de las mismas, experiencia por parte del docente que ha de hacerse cargo de la correcta formación musical de los diferentes alumnos/as y grupos de alumnos/as, en las diferentes vías del Plan de Estudios del Centro, así como de toda la planificación y organización académica y pedagógica de la Escuela de Música, que quedará a su cargo y la esporádica planificación de audiciones, conciertos y festivales tanto en el Centro como fuera de él, sin que exista ningún otro personal en la Administración contratante de la misma especialidad del puesto que se oferta, no estando capacitado, por tanto, ninguno de los trabajadores/as del Patronato Municipal contratante, para proceder a la formación de la persona que resulte adjudicataria de la plaza.

B A S E S

Base 1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Profesor/a de saxofón y lenguaje musical con funciones de coordinación de Escuela de Música y dirección de bandas, con destino en la Escuela Municipal de Música de Marcilla. El aspirante que resulte nombrado ha de desempeñar, además de las funciones propias de profesor de saxofón y lenguaje musical, las siguientes:

a) Coordinación y dirección de los ensayos de las agrupaciones municipales con que cuente el municipio. Estos ensayos se deberán realizar durante los fines de semana y en horas nocturnas.

b) Dirección presencial de las actuaciones de una de las agrupaciones musicales todos los domingos desde el mes de mayo hasta el mes de agosto, día 12 de octubre, carnavales y cabalgata de Reyes Magos.

c) Dirección presencial de las actuaciones de la otra agrupación municipal, actuaciones, que se concretan en tres: Tres conciertos anuales (Navidades, Semana Santa y agosto), y todas las Procesiones que se realizan en Marcilla.

d) Desempeño de cuantas funciones estén relacionadas con la organización y funcionamiento de la escuela (coordinación, documentación oficial, matriculación ...).

1.2. El nombramiento conferirá a la persona designada, a todos los efectos, el carácter de trabajador/a laboral fijo con jornada a tiempo parcial del Patronato Municipal de la Escuela de Música de Marcilla. La jornada laboral semanal total será de 30 horas. Con carácter general, las condiciones laborales del puesto de trabajo serán las establecidas en el convenio laboral "Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos (Personal laboral)" o cualesquiera otros a los que el Patronato Municipal contratante pudiera adherirse o negociar en un futuro con su personal.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B del convenio laboral, "Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos (Personal laboral)", así como las fijadas en la Plantilla orgánica del Patronato. El nombrado para su desempeño tendrá todos los derechos y deberes que se señalan en las disposiciones vigentes de aplicación al personal laboral fijo con tiempo parcial. Se establece un período de prueba de 6 meses con las excepciones establecidas legal y convencionalmente.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos correspondientes.

Base 2._Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidas en esta oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

De acuerdo con el derecho comunitario, los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos, salvo que impliquen una participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y que se trate de funciones que tienen por objeto la salvaguarda de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Ser mayor de edad y, en su caso, no superar la edad establecida reglamentariamente.

c) Estar en posesión del título exigido: como mínimo del título de Profesor/a de Música de Grado Medio o equivalente de la especialidad de Saxofón o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por la persona aspirante aprobada que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la base 7.2 de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 3._Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en concurso-oposición que se convoca, deberán presentarse en el registro general del Ayuntamiento de Marcilla en horario de diez treinta a catorce horas, de lunes a viernes, o por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo 1.º y a las mismas se deberán acompañar los certificados originales o fotocopias compulsadas en el Ayuntamiento de Marcilla de los méritos que se deseen hacer valer en la fase de concurso, así como un ejemplar del proyecto pedagógico al que se hace referencia en el punto 6.3 de la presente convocatoria.

3.2. El plazo para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Junta Rectora del Patronato, dictará resolución aprobando la lista provisional de las personas aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente de la Junta Rectora de la Escuela Municipal de Música dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Base 5._El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Doña Carmen Garrido Toledo, Presidente de la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música de Marcilla.

Suplente: Doña Amparo Mena Elorz, Concejal del Ayuntamiento de Marcilla miembro de la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música de Marcilla.

Vocal: Don Carlos Lizarazu Aramayo, Profesor de saxofón de la Escuela Municipal de Música de Olite.

Suplente: Don Javier Arrondo Calavia, Profesor de saxofón de La Escuela de Música de Castejón.

Vocal: Don Daniel Huarte Izquierdo, Director de la Escuela Municipal de Música de Tafalla.

Suplente: Don Victor Cornago Serrano, Director de la Escuela de Música de Murchante.

Vocal: Don Jose Antonio Morella Rodrigo, Director de Banda de Valtierra.

Suplente: Don Octavio Guisan Aguirre, Director de Banda de Castejón.

Vocal secretario: Representante de los trabajadores.

Suplente: Secretario del Ayuntamiento de Marcilla.

5.1. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación la asistencia, de al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.2. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.3. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

Base 6._Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.

6.1. En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar, la fecha y hora de comienzo de las pruebas.

6.2. Desarrollo del concurso:

Se valorarán los méritos del candidato/a conforme al siguiente baremo:

6.2.1. Experiencia docente previa. Se valorará sobre un máximo de 12 puntos.

a) Por cada curso completo en la enseñanza pública, en plazas correspondientes al puesto al que se opta: 3 puntos por curso, máximo 12 puntos.

b) Por cada curso completo en la enseñanza privada en plazas correspondientes al puesto al que se opta: 1 punto por curso, máximo 3 puntos.

c) Las fracciones de curso en la enseñanza pública en plazas correspondientes al puesto al que se opta: 0,5 puntos por mes, máximo 3 puntos.

d) Las fracciones de curso en la enseñanza privada en plazas correspondientes al puesto al que se opta: 0,15 puntos por mes, máximo 1 punto.

e) A los efectos de los subapartados a) y b) se considerará como curso completo 6 meses de servicios efectivos computados a 30 de junio. Los servicios por los subapartados c) y d) solo computarán hasta el 30 de junio de cada curso. No podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro docente.

Para la validez de los subapartados a), b), c) y d) será necesario que la jornada de trabajo haya sido superior a 10 horas lectivas semanales. Si hubiese sido inferior a 10 horas semanales podría acumularse con los servicios prestados con otro centro siempre y cuando coincidan los periodos y las especialidades, hasta superar el mínimo señalado.

6.2.2. Expediente académico. Se valorará sobre un máximo de 3 puntos.

Por este apartado se valorará exclusivamente la nota media que se obtenga del expediente académico aportado por el aspirante correspondiente al título exigido con carácter general para ingreso a la plaza convocada, del modo que a continuación se indica:

_Hasta 6: 0 puntos.

_De 6,01 hasta 7,5: 1,5 puntos.

_De 7,51 a 10: 3 puntos.

Para la obtención de la nota media en los casos en que no figura la expresión numérica correcta se aplicarán las siguientes equivalencias:

_Aprobado: 5 puntos.

_Apto: 5 puntos.

_Notable: 7 puntos.

_Sobresaliente: 9 puntos.

_Matrícula de honor: 10 puntos.

_Aquellas calificaciones que contengan la expresión literal "bien" se considerará equivalente a 6 puntos.

6.2.3. Otros méritos. Se valorará sobre un máximo de 15 puntos.

a) Por posesión del Título Superior a la especialidad a la que se opta: 3 puntos.

b) Por conciertos como Director de Banda: 0,5 puntos por concierto, máximo 6 puntos.

c) Por concierto individual: 0,5 puntos por concierto, máximo 3 puntos.

d) Por conciertos compartidos: 0,5 punto por concierto, máximo 3 puntos.

Los servicios prestados se acreditarán mediante certificados expedidos por la Administración Pública o entidad privada correspondiente y se admitirán los efectivamente prestados cualesquiera que fuere el régimen de contratación. En caso de simultaneidad se valorarán solo los que den derecho a mejor puntuación.

Documentos justificativos:

Apartado 6.2.1. Certificado del centro haciendo constar la especialidad y duración real de los servicios indicando expresamente el número de horas lectivas de jornada laboral semanal en caso de prestaciones de servicios con tiempo parcial.

Apartado 6.2.2. Certificado académico del Centro.

Apartado 6.2.3. Certificación académica o fotocopia compulsada del título requerido para ingreso en el puesto, así como de cuantos alegue como méritos.

6.3. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

_Primer ejercicio: Entrega y defensa ante el Tribunal de la siguiente documentación, con su correspondiente explicación:

a) Presentación del Plan Pedagógico de Centro, enfocado a la Escuela de Música de Marcilla.

b) Presentación de la Programación didáctica de saxofón.

c) Presentación de un listado de obras que el opositor considere apropiadas para Banda de Música.

d) Composición de dos obras inéditas, una marcha de Procesión y un Himno para Marcilla, las cuales quedarán en poder del Ayuntamiento.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 15 puntos.

Segundo ejercicio: Exposición oral, durante un máximo de una hora, de un tema elegido por el tribunal de entre los establecidos en Anexo 2.º

La puntuación máxima de este ejercicio será de 15 puntos.

Quedarán eliminados aquellos aspirantes que no superen 10 puntos en los dos primeros ejercicios.

_Tercer ejercicio: Exposición oral, durante un máximo de una hora, de un tema elegido por el tribunal relativo a los contenidos en el Anexo 3.º Dentro de este ejercicio, el tribunal podrá proponer la realización de un ejercicio práctico consistente en la dirección de la Banda de Música de Música de Marcilla con las siguientes partituras:

a) Caballería Ligera (P. Suppe)

b) Fiesta Tropical (Víctor López)

La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos.

6.4. Entrevista personal con los miembros del Tribunal. Los aspirantes que hayan superado las pruebas anteriores deberán presentarse ante el Tribunal de selección para la realización de una entrevista personal que versará sobre aspectos de trabajo a desarrollar e información aportada por el candidato en el concurso oposición.

La puntuación máxima de la entrevista será de 10 puntos, y la misma no tiene carácter eliminatorio.

6.5. Finalizada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios de la Escuela Municipal de Música, la lista de las personas aprobadas con las calificaciones obtenidas.

6.6. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio mediante llamamiento único, al que deberán acudir provisto del Documento Nacional de Identidad.

Base 7._Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio el Tribunal elevará a la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música la relación de las personas aprobadas por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en el concurso y en los distintos ejercicios de la oposición, y acompañarán la propuesta de nombramiento a favor del/la aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios de la Escuela Municipal de Música y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Tablón de Anuncios y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el/la aspirante propuesto/a deberá presentar en las oficinas de la Escuela de Música los siguientes documentos:

1._Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2._Originales o fotocopias debidamente compulsadas de los títulos exigidos en la base 2, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

3._Declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración Pública.

4._Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo.

7.3. Quienes dentro del plazo iniciado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la baja se cubrirá con el/la aspirante incluido/a inmediatamente a continuación en la relación de aprobados/as a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 8._Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo y aportados por el/la aspirante los documentos a que se refieres la base 7.2 anterior, la Junta Rectora, mediante resolución, procederá a su nombramiento para desempeñar el puesto de trabajo de Profesor/a de saxofón y lenguaje musical con funciones de coordinación de Escuela de Música y de dirección de Bandas.

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.3. La persona nombrada deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación de su nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos, quedando sin efecto dicho nombramiento. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4.

Base 9._Recursos.

Contra esta convocatoria, sus bases y actos de aplicación de las mismas, podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor de la convocatoria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

b) Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

c) Con carácter potestativo, recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo de un mes, a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

ANEXO 1

Don/Doña ......................., mayor de edad, D.N.I.............., domicilio en ......................... (................), calle ........................, número .........., código postal ............, teléfono ...............

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de profesor/a de Saxofón y lenguaje musical con funciones de coordinación de Escuela de Música y dirección de Bandas del Patronato Municipal de la Escuela de Música de Marcilla.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni esta inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto:

Solicito ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición de una plaza de Profesor/a de saxofón con funciones de coordinación de Escuela de Música y dirección de Bandas del Patronato Municipal de la Escuela de Música Marcilla.

Marcilla, .........., de ........................... de 2005.

SRA. PRESIDENTA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE LA ESCUELA DE MUSICA DE MARCILLA.

ANEXO 2

Tema 1._Objetivos de una Escuela de Música.

Tema 2._Relación entre las Escuelas de Música de Navarra.

Tema 3._Organización y administración de una Escuela de Música.

ANEXO 3

Tema 1._Conocimiento teórico de los diferentes instrumentos que componen una Banda de Música.

Tema 2._Preparación de una Banda de Música. Adaptación de instrumentos en defecto y exceso a la Banda.

Tema 3._Archivo y repertorio de una Banda.

Marcilla, 7 de octubre de 2005
La Presidenta del Patronato Municipal de Música de Marcilla, Carmen Garrido Toledo.

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