BOLETÍN Nº 99 - 19 de agosto de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

INTZA

Aprobación inicial presupuesto 2005 y sus bases de ejecución

El Concejo de Intza, en la Junta del Concejo celebrada en fecha 2 de julio de 2005, por unanimidad de los miembros presentes en la Junta acordó:

1. Aprobar inicialmente el Presupuesto General Único para el Ejercicio 2005, siendo su resumen el siguiente:

CLASIFICACION ECONOMICA

INGRESOS:

A) Operaciones corrientes:

Capítulo III._Tasas, Precios públicos y otros ingresos: 2.738,12 euros.

Capítulo IV._Transferencias corrientes: 11.965,32 euros.

Capítulo V._Ingresos patrimoniales y aprovechamientos comunales: 455 euros.

B) Operaciones de capital:

Capítulo VII._Transferencias de capital y otros ingresos de capital: 69.185,51 euros.

Total: 84.343,95 euros.

GASTOS:

A) Operaciones corrientes:

Capítulo I._Gastos de Personal: 567,96 euros.

Capítulo II._Gastos de bienes corrientes y servicios: 4.833,91 euros.

Capítulo III._Gastos financieros: 365,44 euros.

Capítulo IV._Transferencias corrientes: 660 euros.

B) Operaciones de capital:

Capítulo VI._Inversiones reales: 76.967,50 euros.

Capítulo IX._Pasivos Financieros: 949,14 euros.

Total: 84.343,95 euros.

2. Aprobar inicialmente las Bases de Ejecución del Presupuesto del Concejo de Intza para 2005.

3. Tanto el Presupuesto General como sus Bases de Ejecución serán expuestas al público por plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, al objeto de que los vecinos o interesados puedan examinar el Expediente y formular las alegaciones que estimen oportunas.

Si no se formulan reclamaciones, el Presupuesto General se entenderá aprobado definitivamente, una vez transcurrido el periodo de exposición pública.

Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 276 de la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra; 202 de la Ley Foral 2/95 de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y Artículo 18 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que la desarrolla.

Intza, 2 de julio de 2005
El Presidente, Marcelino Iriarte Tolosa.

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