BOLETÍN Nº 97 - 15 de agosto de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

BERRIOPLANO

Aprobación inicial del Plan Especial de Desarrollo, de zona deportiva comarcal en Artica

En la sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Berrioplano, el día 7 de junio de 2005, se adoptó con el quórum legalmente exigido, el acuerdo que literalmente se transcribe a continuación:

1._Aprobar inicialmente el Plan Especial de Desarrollo de la zona deportiva comarcal, en el Sector Mogotes de Artica, promovido por el Ayuntamiento de Berrioplano, y redactado por Asoarq Arquitectos Asociados, S.L., todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 74 y 79.4 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

2._El Plan Especial de Desarrollo aprobado, se somete a información pública, por período de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 74.1.a) de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo; mediante anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y en alguno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, y se notificará personalmente al Presidente del Concejo de Artica y a todos los propietarios comprendidos en el ámbito territorial de la zona deportiva comarcal.

Durante el período de información pública, podrán los particulares interesados, deducir las alegaciones que estimen oportunas.

3._Remitir una copia del Plan Especial de Desarrollo aprobado inicialmente, al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra, con objeto de que se emita el informe previsto en el artículo 74.2 de la Ley Foral 35/2002.

Berrioplano, 14 de julio de 2005
El Alcalde-Presidente, José María Irisarri.

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