BOLETÍN Nº 71 - 15 de junio de 2005

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Nueve de Bilbao

Cédula de notificación

Doña María Luisa Linaza Vicandi, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Nueve de Bilbao.

Hago saber: Que en autos número 300/2005 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de doña Dorina Curcanu, contra la empresa Transportes Gamboita, S.L., sobre ordinario, se ha dictado lo siguiente:

Auto. En Bilbao (Bizkaia), a cinco de mayo de dos mil cinco.

Hechos.

Primero: Doña Dorina Curcanu presenta demanda contra Transportes Gamboita, S.L., en materia de ordinario.

Razonamientos jurídicos.

Primero: Examinada la demanda, este Juzgado tiene jurisdicción y competencia para conocer de la misma y no observándose defecto en aquélla, procede admitir la misma y señalar día y hora en que hayan de tener lugar los actos de conciliación y juicio, conforme se establece en el artículo 82.1 de la L.P.L.

Segundo: Conforme al artículo 90.2 de la L.P.L., podrán las partes solicitar aquellas pruebas que habiendo de practicarse en el juicio, requieren diligencias de citación o requerimiento, extremo sobre el que debe resolverse.

Parte dispositiva.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 22 de septiembre de 2005, a las once cincuenta horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados.

Adviértase a las partes:

1._Que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral L.P.L.).

2._Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda (artículo 83.2 L.P.L.).

3._Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 L.P.L.).

Respecto a la prueba solicitada se acuerda:

Acceder al interrogatorio del representante en juicio de Transportes Gamboita, S.L., para que declare sobre los hechos y circunstancias objeto del pleito por los que se le pregunte y que el Tribunal declare pertinentes.

El interrogatorio tendrá lugar el día y hora anteriormente señalados y al representante en juicio de la persona jurídica se le citará con el apercibimiento de que si no comparece y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que hubiere intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos le sea enteramente perjudicial (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil L.E.Cn.).

Requerir a la parte demandada para que presente los documentos que estén en su poder y han sido solicitados por el actor; advirtiéndole que podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte que reclama los documentos, si deja de presentarlos sin causa justificada (artículo 94.2 L.P.L.).

Respecto al embargo preventivo solicitado, se requiere a la parte actora para que en el término de una audiencia, presente los documentos, información testifical o cualquier otra prueba que justifique la situación alegada, según lo dispuesto en el artículo 79.2 L.P.L.

Se tiene por hecha la manifestación de que la parte actora comparecerá al acto de juicio asistida de Letrado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Transportes Gamboita, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Bilbao, 5 de mayo de 2005
La Secretaria Judicial, María Luisa Linaza Vicandi.

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