BOLETÍN Nº 70 - 13 de junio de 2005

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

TUDELA

Notificación de sanción

La Concejal Delegada de Ordenación Urbana y Económica, en el día de la fecha y en uso de las facultades que me confiere lo dispuesto en el Decreto de Delegación número 21/2003, de 7 de julio, de la Alcaldía de este Ayuntamiento, dicta la siguiente:

Resolución:

Visto expediente incoado a nombre de Impropert Art, S.L. (CIF. B/96782271), titular del establecimiento bar "Moloko", ubicado en la calle Juan Antonio Fernández, número 12, sótano (acceso por calle Valle Salazar, número 2) de Tudela (Navarra), por estar sonando la música en horario no permitido, en concreto los siguientes días y horas:

_El día 19 de diciembre de 2004 a las a las nueve horas diez minutos.

_El día 26 de diciembre de 2004 a las a las diez horas cuarenta minutos.

_El día 2 de enero de 2005 a las a las nueve treinta horas.

_El día 6 de enero de 2005 a las a las diez horas veintiséis minutos.

Resultando: Que por Resolución de la Concejal Delegada de Ordenación Urbana y Económica de fecha 17 de enero de 2005, se ordenó la incoación de expediente sancionador para determinar su responsabilidad, dando cumplimiento a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobada por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Resultando: Que nombrado Instructor, y no habiendo sido recusado, se ha instruido el oportuno expediente para el esclarecimiento de los hechos.

Resultando: Que formulado el correspondiente pliego de cargo y notificado el día 20 de febrero de 2005, la mercantil Impropert Art, S.L. no ha presentado en plazo escrito de alegaciones.

Considerando: Que en el punto 10.º de la resolución de fecha 23 de marzo de 2004 por la que se iniciaba este expediente, se le advertía al interesado que "de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2 del citado Real Decreto (RD 1398/1993), de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, en el plazo mencionada anteriormente (quince días hábiles), la iniciación podrá ser considerada como propuesta de resolución, con los efectos previsto en el capítulo IV del referido Real Decreto 1398/1993".

Considerando: Que en el punto 5.º de la resolución de fecha 23 de marzo de 2004 por la que se iniciaba este expediente, se tipificaba la infracción de emitir música en horario no permitido como leve, en atención a lo dispuesto en:

_En el artículo 39 (a "contrario sensu" del artículo 38.h) del Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, Reglamento de Control de Actividades Clasificadas para la protección del Medio Ambiente. "El incumplimiento por parte de una actividad clasificada de las condiciones previstas en el proyecto técnico presentado o de las medidas correctoras establecidas en la licencia de actividad".

_En el artículo 24 de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, de Espectáculos Públicos y Actividades recreativas: Serán infracciones leves todas las acciones su omisiones que vulneren lo dispuesto en esta Ley Foral o en los reglamentos que la desarrollen, y que no se encuentren tipificadas como infracción grave o muy grave. En concreto ....las normas de desarrollo de la actividad.

Considerando: Que en el punto 6.º de la resolución de fecha 23 de marzo de 2004 por la que se iniciaba este expediente, se proponía una multa por la cantidad de 600 euros, por estar sonando la música en horario no permitido los días arriba señalados.

Considerando: Que constan en el expediente 4 denuncias de la Policía Municipal en el breve espacio de un mes en las que se afirma que estaba sonando la música en horario no permitido, lo cual agrava más el caso.

Considerando: La potestad sancionadora que otorga al Alcalde el artículo 21.k) de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (Ley 7/85, de 2 de abril) y el artículo 44 y 45 del Decreto Foral 32/1990 para imponer multas leves y graves (estas últimas hasta la cantidad de 12.020,45 euros), cuya competencia fue delegada en la Concejal Delegada de Ordenación Urbana y Económica por el Decreto número 21/2003, de 7 de julio, mencionado anteriormente.

Por todo ello, he resuelto:

1._Imponer a Impropert Art, S.L. (CIF. B/96782271), titular del establecimiento bar "Moloko", ubicado en la calle Juan Antonio Fernández, número 12, sótano (acceso por calle Valle Salazar, número 2) de Tudela (Navarra), por estar sonando la música en horario no permitido los días arriba señalados, una multa por la cantidad de 600 euros.

2._Dicha cantidad deberá hacerla efectiva en la Tesorería Municipal en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. No obstante, si el contribuyente tiene domiciliados sus pagos con el Ayuntamiento de Tudela, el recibo en cuestión será presentado a la entidad financiera correspondiente para su gestión de cobro. En caso de impago se reclamará su abono por la vía ejecutiva.

3._Esta resolución es definitiva en vía administrativa por lo que contra la misma cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos, sin que quepa interponer ninguno de ellos mientras no se resuelva el que, en su caso, esté en trámite de resolución:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor de este acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de esta Resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la notificación de esta Resolución.

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de esta Resolución.

4._Dar traslado de esta Resolución al interesado, Policía Municipal, Tesorería e Intervención Municipal.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a la mercantil Larreatxa, S.L., ya que intentada la notificación en forma legal, ésta no se le ha podido practicar.

Tudela, 16 de mayo de 2005
La Concejal Delegada de Ordenación Urbana y Económica (Industria), María Victoria Castillo Floristán.

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